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¿Debo desistir de mi procedimiento de Asilo en España?

Desde que se anunció el Nuevo Reglamento de Extranjería que entrará en vigencia el 20 de mayo de 2025, existe una duda entre los solicitantes de asilo y es si deben desistir o no de su solicitud para poder optar a las nuevas figuras de Arraigo. En este artículo te explicamos lo que debes saber. El reciente Real Decreto 1155/2024, de 19 de noviembre, introduce un nuevo marco normativo que regula el acceso a la residencia por arraigo para extranjeros en situación irregular en España. Y entre los puntos más relevantes, está la Disposición Transitoria Quinta que establece un régimen especial para solicitantes de asilo cuya petición haya sido denegada y deseen acceder a una autorización de residencia. Sin embargo, ¿es recomendable desistir del procedimiento de asilo para acogerse a esta disposición? Analicemos los aspectos clave. ver instrucción 1. Condiciones para acceder a una residencia por arraigo con el nuevo Reglamento. Para poder beneficiarse de esta medida transitoria, es necesario cumplir con ciertos requisitos: Haber recibido una denegación de la solicitud de asilo, y que la misma esté firme, es decir que la resolución denegatoria no pueda ser recurrida. Permanecer en situación irregular en España durante al menos seis meses tras la firmeza de la denegación. Que la denegación haya sido notificada antes del 20 de mayo de 2025. Presentar la solicitud entre el 20 de mayo de 2025 y el 20 de mayo de 2026. 2. ¿Cuándo NO debes desistir del procedimiento de asilo? Según la nota aclaratoria emitida por la Dirección General de Migraciones, para acogerse a la Disposición Transitoria Quinta no se considerará válido el desistimiento de la solicitud de asilo, ni la renuncia de los recursos presentados contra el silencio administrativo negativo (cuando la Administración no responde a la solicitud de asilo en el plazo establecido). 3. ¿Cuándo SÍ se puede desistir? En caso de que te hayan denegado la solicitud mediante una resolución expresa, y contra esta has interpuesto un recurso de reposición o un recurso contencioso-administrativo, sí podrás desistir de dicho recurso, ya que la denegación devendría firme y podría computarse el plazo de estancia irregular necesario para solicitar el arraigo. 4. ¿Cómo presentar el desistimiento del recurso de reposición de Asilo? El pasado miércoles 22 de enero, la Dirección General de Protección Internacional anunció la habilitación de un formulario electrónico para facilitar la presentación de solicitudes de desistimiento de recursos de reposición, que además permite la descarga automática de las resoluciones correspondientes. El formulario está disponible en la sede electrónica del Ministerio del Interior y puede ser completado en línea a través del siguiente enlace.  Cabe destacar que este formulario está destinado exclusivamente para el desistimiento de recursos de reposición, por lo que no se admiten otros escritos o recursos a través de esta plataforma. Para más detalles, puedes consultar la nota oficial en el siguiente enlace. ver nota informativa ¿Es recomendable desistir? La decisión de desistir o no depende de cada caso particular. En principio, si no has recibido resolución denegatoria de tu solicitud, no es recomendable desistir del proceso de asilo, y abandonar un recurso podría significar la pérdida de posibles opciones de protección internacional. Además, si no cumples con los requisitos exactos, podrías quedar en una situación de mayor vulnerabilidad sin posibilidad de acogerte a este régimen transitorio. ¿Tienes dudas? ¡Reserva tu asesoría y comienza un proceso migratorio exitoso! Varias modalidades Online vía Zoom Presencial en nuestra oficina en Madrid RESERVAR Si tienes dudas sobre tu situación específica y necesitas una evaluación detallada de tu caso, en AMS Abogados podemos ayudarte a determinar la mejor estrategia para regularizar tu situación en España. Agenda una consulta con nosotros y resuelve todas tus inquietudes con asesoría especializada. Migrar es cosa seria. AMS Abogados contacto@amsabogados.com

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Diferencia entre estancia y residencia en España ams abogados

Diferencia entre estancia y residencia en España

Si estás pensando en venir a España, ya sea por un corto tiempo o para quedarte a vivir, es fundamental que conozcas la diferencia entre «estancia» y «residencia». Aunque a simple vista pueden parecer lo mismo, legalmente no lo son, y cada una tiene requisitos, beneficios y limitaciones específicas. ¿Qué es una estancia en España? La estancia hace referencia a una permanencia temporal en España, que en la mayoría de los casos no debe superar los 90 días consecutivos. Esto aplica para turistas y estudiantes. En otras palabras, si vienes a España con la intención de visitar o estudiar por un tiempo determinado, lo que tienes es un permiso de estancia, no de residencia. Primero te explicaremos los diferentes tipos de estancia, dependiendo del motivo de tu visita, que pueden ser: De Turismo: Puedes estar hasta 90 días sin necesidad de un permiso especial, salvo que por tu nacionalidad requieras tramitar un visado de turismo. De Estudios: Si vienes a estudiar, tu estancia puede ampliarse hasta un año. Voluntariado: En este caso, también se permite un máximo de 90 días. Es importante saber que la estancia, en la mayoría de los casos, no te permite trabajar ni cotizar en la Seguridad Social. Y solo algunas excepciones se aplican a estudiantes, quienes, según el caso, podrán contar con un permiso de trabajo. Aclarado esto, pasemos al siguiente punto, que es explicarte el concepto de residencia. ¿Qué es una residencia en España? A diferencia de la estancia, la residencia te va a permitir vivir en España por un periodo más largo, superior a 90 días y, en la mayoría de los casos, con posibilidad de trabajar. Según el tipo de residencia, esta podría ser: Residencia y trabajo: Puede ser por cuenta ajena (con un contrato laboral) o por cuenta propia (si deseas emprender un negocio en España). Residencia por arraigo: Existen diferentes tipos como el social, familiar, laboral y para la formación, que aplican a personas con vínculos en España o con un tiempo determinado de permanencia en el país. Residencia como familiar de comunitario: Para quienes son cónyuges, hijos o padres de ciudadanos españoles o de la Unión Europea. Residencia no lucrativa: Para quienes desean vivir en España sin necesidad de trabajar, demostrando que tienen medios económicos suficientes para mantenerse durante su permanencia en el país.  Como comentamos, la residencia, a diferencia de la estancia, otorga derechos adicionales, como el acceso a la Seguridad Social, la posibilidad de trabajar legalmente, la opción de renovar el permiso hasta obtener la residencia permanente, y la posibilidad de solicitar la nacionalidad española por residencia. ¿Dónde se solicitan estos visados y/o autorizaciones? Otra diferencia clave entre estancia y residencia es dónde se solicitan los permisos, te lo explicamos acá: Los visados de estancia (para turismo, estudios o voluntariado) y de residencia (no lucrativa, nómada digital, Profesional altamente cualificado, entre otras), se gestionan desde el país de origen, en el Consulado español. Las autorizaciones de residencia se solicitan ante las Oficinas de Extranjería en España, bien sea que el extranjero esté dentro del territorio español o desde el extranjero, dependiendo del tipo de permiso. Los arraigos y algunos permisos especiales sólo pueden tramitarse dentro de España. ¿El tiempo de estancia cuenta para la nacionalidad por residencia? No, para solicitar la nacionalidad española por residencia, el tiempo requerido debe haberse cumplido bajo una autorización de residencia, no de estancia. Por ejemplo, si llegaste a España con un visado de estudiante, estuviste un año en esta situación, y luego cambiaste a una residencia por trabajo por cuenta ajena, acumulando otro año, no podrás solicitar la nacionalidad. Aunque seas ciudadano de un país iberoamericano donde solo se requieren dos años de residencia, el tiempo como estudiante no computa para la nacionalidad española. ¿Los solicitantes de asilo son residentes o tienen permiso de estancia? El caso de los solicitantes de asilo es especial, pues hasta hace poco más de un año, en España se consideraba que mientras esperaban respuesta de su solicitud, estaban en situación de estancia en España, sin embargo, el 24 de enero de 2024, el Tribunal Supremo dictó una sentencia mediante la que aclaró el estatus migratorio de las personas que se encuentran en trámite de solicitud de protección internacional, basándose en el artículo 9.1 de la Directiva 2013/32/UE y explicando que se encuentran en una situación migratoria regular pero peculiar y que no es equiparable siquiera a la de estancia, sino que es una medida de “mera tolerancia” para permanecer en el país de solicitud de asilo. ¿Tienes dudas? ¡Reserva tu asesoría y comienza un proceso migratorio exitoso! Varias modalidades Online vía Zoom Presencial en nuestra oficina en Madrid RESERVAR Conocer estas diferencias te ayudará a evitar problemas legales y a elegir la opción que mejor se adapte a tu situación. Tanto si necesitas gestionar un permiso de estancia como de residencia, en AMS Abogados estamos aquí para ayudarte. Reserva una cita con nuestros abogados y diseñaremos una estrategia personalizada para que tu solicitud se presente correctamente, evitando retrasos y gastos innecesarios. Migrar es cosa seria. Migrar es cosa seria. AMS Abogados contacto@amsabogados.com

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Cómo recuperar tu tarjeta de residencia de larga duración si has estado fuera de España

Es bastante común que algunas personas que en su momento obtuvieron un permiso de residencia en España decidieran regresar a su país de origen, trasladarse a otro territorio o, incluso, hayan extraviado su tarjeta. Si te encuentras en esta situación y deseas recuperar tu tarjeta de residencia de larga duración, es importante conocer los requisitos y el procedimiento adecuado para lograrlo. ¿Cuándo puedes solicitar la recuperación de tu residencia de larga duración? Podrás gestionar la recuperación de tu tarjeta de residencia de larga duración si te encuentras en alguno de los siguientes casos: Si perdiste tu residencia de larga duración por haber estado fuera del territorio de la Unión Europea durante un período consecutivo de 12 meses. Si tu tarjeta quedó extinguida debido a la adquisición de una residencia de larga duración-UE en otro Estado miembro. Si firmaste un compromiso de no retorno y, tras finalizar dicho período, deseas regresar a España. El proceso para recuperar tu tarjeta puede realizarse tanto desde el Consulado de España en tu país de residencia actual, como en la Oficina de Extranjería si te encuentras en territorio español con una estancia legal. Documentación necesaria para la recuperación de la tarjeta Para iniciar la solicitud de recuperación de tu residencia de larga duración, deberás presentar la siguiente documentación: Formulario de solicitud (modelo EX-11), completado y firmado en dos ejemplares. Copia completa del pasaporte o título de viaje, con una vigencia mínima de cuatro meses. Certificado de antecedentes penales, expedido por las autoridades de tu país de origen o de los lugares en los que hayas residido durante los últimos cinco años. Este documento debe estar debidamente legalizado o apostillado y traducido por un traductor jurado si no está en castellano. Certificado médico en el que conste que no padeces enfermedades con repercusiones graves para la salud pública según el Reglamento Sanitario Internacional de 2005.  ¿Es posible recuperar cualquier tipo de tarjeta de residencia? Recuperar una tarjeta de residencia de larga duración es un procedimiento factible si cumples con los requisitos establecidos, pero debes tener en cuenta es que no todas las tarjetas de residencia pueden ser recuperadas, por ejemplo, las autorizaciones de residencia y trabajo de carácter temporal no pueden restablecerse directamente. Si tenías una tarjeta temporal, tendrás que iniciar un nuevo proceso o explorar otras alternativas para regularizar tu situación en España, pero podrías beneficiarte de ciertos atenuantes, como la exención del cumplimiento de la Situación Nacional de Empleo en algunos casos. ¿Tienes dudas? ¡Reserva tu asesoría y comienza un proceso migratorio exitoso! Varias modalidades Online vía Zoom Presencial en nuestra oficina en Madrid RESERVAR Si te encuentras en esta situación, agenda una asesoría con nuestros abogados para que puedas recuperar tu tarjeta de larga duración y puedas volver a hacer vida en España. Migrar es cosa seria. AMS Abogados contacto@amsabogados.com

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¿Si mi hijo/a nace en España, es español? Nacionalidad por Simple Presunción 2025

Obtener la nacionalidad española es un paso fundamental para quienes desean establecerse en España. Existen diversas vías para conseguirla, siendo las más comunes la Nacionalidad por Residencia y la nacionalidad por Ley de Memoria Democrática. No obstante, existe otra modalidad menos conocida pero igualmente válida: la Nacionalidad por Simple Presunción. En este artículo, te explicamos de forma clara y sencilla en qué consiste este proceso, cuáles son los requisitos necesarios, cómo se lleva a cabo y qué beneficios ofrece. ¿Qué es la Nacionalidad por Simple Presunción? Es un mecanismo legal que permite que los niños nacidos en España de padres extranjeros puedan obtener automáticamente la nacionalidad española. Pero hay un detalle importante: no todos los niños nacidos en España tienen derecho a la nacionalidad automáticamente. Para que esto ocurra, una de las razones es que la nacionalidad de los padres no se trasmita de forma directa a sus hijos, en este caso, los padres deben presentar un certificado del Consulado de su país de origen que confirme que el niño no ha sido registrado allí y, por lo tanto, no tiene ninguna nacionalidad. Este proceso solo es válido para ciudadanos de ciertos países; y también se aplica cuando los padres tampoco tienen una nacionalidad, es decir, cuando son apátridas. ¿Qué países permiten la nacionalidad por simple presunción? Este proceso solo es válido para ciudadanos de los siguientes países: Argentina, Bolivia, Brasil, Costa Rica, Cuba, Panamá, Paraguay, Perú y Uruguay, Cabo Verde, Guinea Bissau, Santo Tomé y Príncipe, y Portugal. Para que el niño pueda acceder a este beneficio, ambos padres deben ser de alguna de estas nacionalidades o, en caso de un matrimonio mixto, al menos uno de ellos debe ser de un país de la lista y la nacionalidad del otro tampoco pueda trasmitirse directamente al hijo. Si los padres son de otras nacionalidades, deberán registrar al niño en el Consulado que le corresponda; para que su hijo sea español, los padres podrán solicitar la nacionalidad española por residencia después de vivir en España el tiempo que establece la ley, y posteriormente registrar al hijo. ¿Los padres pueden beneficiarse de este proceso? Sí. Además de darle la nacionalidad española al niño, este proceso puede ayudar a los padres a regularizar su situación en España. Si los padres están en situación irregular, pueden solicitar un permiso de residencia a través del Arraigo Familiar. Este permiso les permitiría vivir y trabajar en España por un período de uno a cinco años, con posibilidad de renovación o cambio a otro tipo de residencia. Para iniciar el proceso, los padres deben presentar la documentación en el Registro Civil de la ciudad donde nació el niño. Allí les indicarán los requisitos específicos y los pasos a seguir. Documentos requeridos: Pasaportes de ambos padres (original y copia). Certificado literal de nacimiento del niño, emitido por el Registro Civil. Certificado del Consulado del país de origen, indicando que el niño no tiene nacionalidad. Certificado de nacionalidad de los padres, obtenido en el Consulado correspondiente y debidamente apostillado. Empadronamiento actual de los padres, emitido por el Ayuntamiento donde residen. Formulario de solicitud (puede obtenerse en el Registro Civil). Todos los documentos deben ser originales, ya que no se aceptan copias simples. 🔹 Importante: No es necesario que los padres tengan permiso de residencia en España para realizar este trámite. Incluso si están en situación irregular, pueden solicitar la nacionalidad para su hijo sin problemas. ¿Cuánto tarda el proceso? Este trámite suele completarse en varios meses, lo que lo convierte en una de las formas más rápidas de obtener la nacionalidad española. En comparación con otros métodos, que pueden tardar 12 meses o más, esta opción es mucho más ágil, pero siempre que se cumplan con los requisitos de ley, pues no todo el mundo puede optar a ella. Sin embargo, la duración exacta para obtener una respuesta dependerá de factores como la carga de trabajo del Registro Civil de la ciudad donde se realice el trámite y la documentación presentada. La Nacionalidad por Simple Presunción es una excelente opción para ciertos niños nacidos en España, ya que les permite obtener la ciudadanía española sin necesidad de largos procesos burocráticos. Además, puede ser una oportunidad para que sus padres regularicen su situación en el país. ¿Tienes dudas? ¡Reserva tu asesoría y comienza un proceso migratorio exitoso! Varias modalidades Online vía Zoom Presencial en nuestra oficina en Madrid RESERVAR Si te encuentras en esta situación y tu hijo/a puede beneficiarse de la Nacionalidad por Simple Presunción, en AMS Abogados te ayudamos a gestionar todo el proceso de manera eficiente, asegurándonos de que cumplas con cada requisito correctamente para que tu hijo obtenga la nacionalidad española en el menor tiempo posible. Migrar es cosa seria. AMS Abogados contacto@amsabogados.com

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Cuánto tarda la resolución de extranjería en España ams abogados

¿Cuánto tarda la resolución de extranjería en España?

Si acabas de solicitar tu permiso de residencia en España o estás a punto de hacerlo, es posible que te preguntes cuánto tiempo puede demorar la oficina de extranjería en emitir una resolución favorable. En este artículo te damos una respuesta detallada y te explicamos lo que debes saber sobre los plazos y posibles escenarios. Plazo legal de resolución La oficina de extranjería cuenta (para la mayoría de las solicitudes de residencia o estancia) con un plazo máximo de 90 días para responder a tu solicitud, conforme a la normativa del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas. Este plazo incluye el análisis de la documentación presentada, la comprobación del cumplimiento de requisitos y la emisión de una resolución, ya sea aprobatoria o denegatoria. Y en teoría, deberías recibir una respuesta antes de que transcurran estos tres meses; sin embargo, en la práctica, algunas solicitudes experimentan retrasos y este tiempo de respuesta se alarga a veces a más de seis meses. Entonces, ¿qué puedes hacer si pasa este tiempo y no recibes respuesta? Silencio administrativo: ¿positivo o negativo? Dependiendo del tipo de solicitud que hayas presentado, el silencio administrativo puede jugar a tu favor o en tu contra. Veamos ambos casos: Silencio administrativo positivo (renovación de residencia) Si tu solicitud es una renovación (es decir, ya tenías tu tarjeta de residencia, pero caducó y has presentado la documentación para renovarla), el silencio administrativo será positivo. Esto significa que, si tras tres meses no recibes respuesta, tu solicitud se considerará aprobada. En ese caso, debes enviar un escrito a la Oficina de Extranjería solicitando la resolución aprobatoria para que puedas pedir cita para obtener tu TIE o tarjeta física. Silencio administrativo negativo (nueva solicitud) Si lo que estás tramitando es una residencia inicial (tu primera solicitud), el panorama cambia. Aquí, en la mayoría de las solicitudes, el silencio administrativo es negativo, lo que supone que, si tras los tres meses reglamentarios no tienes respuesta, tu solicitud podría considerarse rechazada, solo a efectos de que tengas la opción de presentar un recurso de reposición o contencioso administrativo, ambos procedimientos te permitirán pedir a la Administración que revise tu expediente con más detalle, que podría desembocar en una resolución favorable. Sin embargo, puede que no sea necesario, pues las Oficinas de Extranjería están obligadas a responder siempre, si no, estarían todos los trámites desistidos por la falta de respuesta dentro del tiempo de Ley, y no deben los solicitantes asumir las consecuencias de las faltas y demora de parte de la Administración. Es decir, la realidad es que, debido a la sobrecarga que puede haber en Extranjería, tu solicitud podría seguir adelante y ser aprobada incluso después de agotarse el plazo. Con un poco de paciencia, tu solicitud seguirá avanzando y te concederán la residencia. ¿Cuánto tardan realmente los expedientes en 2025? Actualmente, las oficinas de extranjería, sobre todo en grandes ciudades como Madrid y Barcelona, están saturadas, y esto provoca que los plazos reales sean mucho más largos que los establecidos en la normativa legal. Hemos visto casos de clientes que, al solicitar un Arraigo Familiar, han tenido que esperar 4, 5 o incluso 6 meses antes de recibir su resolución favorable. Pero, a pesar del retraso, finalmente obtuvieron su permiso de residencia. Recomendaciones clave: Antes de iniciar tu trámite, es recomendable verificar cuánto están tardando las resoluciones en la Oficina de Extranjería que te corresponde por tu domicilio. Esto te permitirá hacer una estimación más realista del tiempo que podría llevar tu expediente y planificarte mejor. ¿Aún no has presentado tu solicitud? Esto te interesa Es importante que sepas que no existe un método para agilizar el tiempo de respuesta y emisión de la resolución por parte de extranjería. Sin embargo, si aún no has iniciado tu trámite lo que sí puedes hacer es preparar tu expediente correctamente desde el principio. Asegúrate de cumplir con todos los requisitos y de presentar los documentos conforme a lo establecido en el Reglamento de la Ley de Extranjería, esto no solo facilita el trabajo del funcionario que revisa tu solicitud, sino que también reduce el riesgo de que te requieran algo adicional o de tener que recurrir más adelante por errores o documentos incompletos. ¿Tienes dudas? ¡Reserva tu asesoría y comienza un proceso migratorio exitoso! Varias modalidades Online vía Zoom Presencial en nuestra oficina en Madrid RESERVAR En AMS Abogados podemos encargarnos de preparar tu expediente y presentar tu solicitud para que no tengas que preocuparte por nada. Nuestro objetivo es que el proceso sea lo más ágil y sencillo posible. Migrar es cosa seria. AMS Abogados contacto@amsabogados.com

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¿Cómo modificar tu estancia por estudios a residencia en España 2025?

Si has llegado a España con un visado de estudios, este te permite vivir legalmente en el país hasta la finalización de tu formación, pues te concede un permiso de estancia. Pero una vez concluyes tus estudios, es normal preguntarse: ¿Qué hacer a continuación? La buena noticia es que existen opciones para modificar tu estatus y obtener una residencia en España. A continuación, te explicamos las principales alternativas disponibles: Residencia de Trabajo por Cuenta Ajena Si ya estás trabajando o tienes una oferta de empleo en España, puedes optar por una residencia de trabajo por cuenta ajena, que te permitirá residir y trabajar legalmente en el país. Para ello, es necesario principalmente: Contar con un contrato de trabajo indefinido. Que el contrato garantice un salario igual o superior al salario mínimo interprofesional. Esta autorización se concede inicialmente por un año y puede renovarse hasta por cuatro años, siempre que se cumplan los requisitos para ello. Residencia de Trabajo por Cuenta Propia Si prefieres emprender y desarrollar tu propio negocio en España, la residencia de trabajo por cuenta propia es una opción viable, y para solicitarla los requisitos principales son: Presentar un plan de negocio detallado. Demostrar una inversión económica suficiente. Acreditar la viabilidad financiera del proyecto, lo cual se puede hacer a través de organizaciones estatales como la Federación Nacional de Asociaciones de Empresarios y Trabajadores Autónomos (ATA), la Unión de Profesionales y Trabajadores Autónomos (UPTA), la Organización de Profesionales y Autónomos (OPA), entre otras. Una ventaja clave de este permiso es que además de poder solicitarse de forma telemática, una vez transcurridos 30 días desde la presentación del expediente, si no tienes respuesta, se considera aprobado por silencio administrativo positivo. En este caso, debes enviar un escrito a la Oficina de Extranjería solicitando la resolución aprobatoria para que puedas pedir cita para la “toma de huellas” y obtener tu TIE. Residencia para Búsqueda de Empleo Si tu objetivo es trabajar en España tras completar tus estudios, pero llegado el momento aun no has conseguido un trabajo, esta modalidad de residencia puede ser la ideal para ti. Para obtenerla debes cumplir con los siguientes requisitos: Acreditar medios económicos suficientes para tu manutención. Contar con un seguro médico. Haber finalizado una licenciatura, maestría o doctorado en España (de Nivel 6 según el Marco Europeo de Cualificaciones). Es importante destacar que esta residencia no permite trabajar durante la vigencia de la misma, pero una vez que cuentes con un contrato de trabajo podrás optar a alguna de estas alternativas: Conseguir un empleo relacionado con tu formación y modificar tu estatus a residencia por cuenta ajena. Optar por la residencia como Profesional Altamente Cualificado a través de la Unidad de Grandes Empresas (UGE). Iniciar un proyecto empresarial y cambiar a una residencia de trabajo por cuenta propia. Para solicitar la modificación de una estancia por estudios a una residencia, es imprescindible haber finalizado los estudios, ya que solo así se podrá optar a alguna de las opciones de residencia disponibles. ¿Tienes dudas? ¡Reserva tu asesoría y comienza un proceso migratorio exitoso! Varias modalidades Online vía Zoom Presencial en nuestra oficina en Madrid RESERVAR Navegar por el proceso de cambio de estatus migratorio puede resultar complicado, pero en AMS Abogados contamos con un equipo experto en extranjería que te asesorará en cada paso del camino. Nos encargamos de la gestión de tu solicitud, garantizando un proceso rápido y sin complicaciones. Si deseas asegurar tu futuro en España, contáctanos hoy mismo. ¡Te ofrecemos la mejor solución para regularizar tu situación migratoria y comenzar esta nueva etapa con tranquilidad! Migrar es cosa seria. AMS Abogados contacto@amsabogados.com

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Actualización sobre el ETIAS: Nueva fecha prevista para su implementación

El Sistema Europeo de Información y Autorización de Viajes (ETIAS), que se esperaba entrara en vigor este 2025, ha sufrido un nuevo retraso en su implementación. Según la información oficial proporcionada por la Unión Europea, el ETIAS no comenzará a funcionar en el primer semestre de este año, y lo más probable es que su lanzamiento se postergue hasta 2026. Esto significa que, de momento, los viajeros que planean visitar el espacio Schengen no necesitan hacer nada respecto a esta autorización de viaje. ¿Qué es el ETIAS y por qué es importante? El ETIAS es un permiso de viaje que deberán obtener los ciudadanos de países exentos de visa para ingresar al espacio Schengen por motivos de turismo, tránsito o negocios. Este sistema fue diseñado con la finalidad de reforzar la seguridad fronteriza, agilizar la entrada de viajeros y mejorar el control migratorio en la región. Su funcionamiento será similar al ESTA de Estados Unidos o al ETA de Canadá. El espacio Schengen está compuesto por los siguientes países europeos: Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Chipre, Croacia, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, España, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Islandia, Italia, Letonia, Liechtenstein, Lituania, Luxemburgo, Malta, Noruega, Países Bajos, Polonia, Portugal, República Checa, Rumanía, Suecia y Suiza. Es decir, una vez que se implemente, para viajar a cualquiera de estos países deberás solicitar el ETIAS. Razones del retraso del ETIAS Desde su concepción en 2016 y su establecimiento formal en 2018, la entrada en funcionamiento del ETIAS ha sido aplazada en varias ocasiones. Inicialmente, se preveía que el sistema estuviera operativo en 2021, pero su puesta en marcha ha sido postergada reiteradamente debido a retrasos en la implementación del Sistema de Entrada/Salida (EES), con el cual está interconectado. Ahora, la Unión Europea ha confirmado que el ETIAS no estará en vigor durante el primer semestre de 2025, y aunque no hay una fecha exacta, las proyecciones indican que su implementación podría trasladarse a 2026. ¿Cómo se solicitará el ETIAS cuando entre en vigor? Cuando finalmente se ponga en marcha, la solicitud del ETIAS se realizará en línea, ya sea a través del sitio web oficial o mediante la aplicación móvil. El proceso consistirá en llenar un formulario con información personal y datos del viaje, y realizar el pago de una tasa de 7 €, aunque algunos viajeros podrán estar exentos de este pago. El tiempo de respuesta para la mayoría de las solicitudes será de unos pocos minutos, pero en algunos casos podría tardar hasta 4 días o, en circunstancias excepcionales, hasta 30 días si se requiere documentación adicional o una entrevista. El permiso tendrá una validez de 3 años o hasta el vencimiento del pasaporte asociado. Permitirá a los viajeros estar hasta 90 días consecutivos en el espacio Schengen en un periodo de 6 meses. Si bien el ETIAS se convertirá en un requisito obligatorio en el futuro, por ahora su implementación sigue pendiente y los viajeros no necesitan preocuparse por este trámite. Si vienes a vacacionar a España, estos son los requisitos que debes cumplir para entrar sin problema este 2025 . ¿Tienes dudas? ¡Reserva tu asesoría y comienza un proceso migratorio exitoso! Varias modalidades Online vía Zoom Presencial en nuestra oficina en Madrid RESERVAR Desde AMS Abogados, recomendamos mantenerse informados sobre su entrada en vigor para evitar contratiempos en viajes futuros. Si necesitas asesoramiento sobre trámites migratorios o residencia en España, nuestro equipo de expertos está listo para ayudarte. ¡Contáctanos y gestiona tu solicitud con la seguridad y confianza! Migrar es cosa seria. AMS Abogados contacto@amsabogados.com

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¿Cómo Migrar a España en 2025?

Cada año, miles de personas eligen España como su nuevo hogar, atraídas por su alta calidad de vida, su riqueza cultural y su clima privilegiado, destacando su estilo de vida relajado, la diversidad geográfica y el vínculo histórico y lingüístico con Latinoamérica. Además, España ofrece un excelente sistema de salud, una gastronomía de renombre y una infraestructura moderna que facilita la integración de quienes deciden establecerse en el país. En este artículo, te presentamos las distintas opciones disponibles para que puedas hacer de España tu nuevo hogar de manera legal y segura. Tipos de visas para migrar a España Para residir legalmente en España, es necesario obtener un permiso de residencia o un visado. Las principales opciones incluyen: Visados: El Visado de Estudios es ideal para quienes desean estudiar en España. Permite trabajar hasta 30 horas semanales y puede solicitarse desde el país de origen o dentro de España durante el plazo como turista del extranjero. Visa no lucrativa: Para quienes pueden demostrar solvencia económica, sin permiso de trabajo inicial. Visa de emprendedor: Para negocios innovadores y de alto impacto tecnológico. Residencias con permiso de trabajo: Existen diferentes opciones según la situación laboral: Permiso de trabajo por cuenta propia: Para trabajadores independientes. Trabajador altamente cualificado: Para profesionales con perfiles técnicos o directivos. Visa de nómada digital: Para teletrabajadores con clientes o empleadores en el extranjero. Permiso de trabajo por cuenta ajena: Requiere una oferta de trabajo de una empresa española. Tarjeta comunitaria:  Para familiares de ciudadanos de la UE. Es importante saber que los visados y residencias son términos que se suelen confundir, la principal diferencia radica en que los visados siempre son concedidos en el Consulado de España donde se solicitan, normalmente son por 90 días que es el tiempo que tienes para entrar a país y obtener la TIE; es decir, los visados conllevan un permiso de Estancia y/o Residencia dentro de España. Mientras que la residencia siempre es concedida por una Oficina dentro de España. Requisitos legales y Trámites Claves Para establecerse en España, es imprescindible realizar ciertos trámites como la obtención de un NIE (Número de Identificación de Extranjero) que, junto con tu TIE, acreditan la residencia legal en el país. Este documento lo obtienes realizando alguno de los procedimientos mencionados anteriormente. Luego, hay otros trámites importantes que debes tener en cuenta en tu proceso migratorio: Empadronamiento: Este documento certifica tu dirección de domicilio en España y es requisito para tramitar algunas residencias e incluso para más adelante en la solicitud de nacionalidad española. Cuenta bancaria: Abrir una cuenta bancaria en España es un paso esencial en tu proceso migratorio, pues no solo te ayudará a ahorrar dinero al evitar comisiones por retiros y pagos a través de bancos extranjeros, sino que también facilitará el pago de servicios básicos, ya que muchas empresas solo aceptan cuentas locales para ello. El proceso es sencillo: necesitarás tu pasaporte o documento de identidad y una prueba de tu situación laboral. Costo de vida en España El costo de vida en España varía según la ciudad y el estilo de vida, pero en promedio, se estima en unos 750 € al mes, sin contar el alquiler. Esta cifra cubre gastos esenciales como alimentación, transporte y servicios básicos. El alquiler es el mayor gasto a considerar. En ciudades como Madrid o Barcelona, un apartamento pequeño puede costar alrededor de 800 € al mes, mientras que, en localidades más pequeñas, el precio puede bajar a 400-500 €. Sumando estos costos, el presupuesto mensual por persona puede oscilar entre 1.200 € y 1.500 €. Si quieres conocer más detalles sobre el costo de vida en España y cómo optimizar tu presupuesto, te invitamos a leer nuestro artículo completo.  Vida cultural y adaptación Adaptarse a la vida en España es un proceso más sencillo para quienes provienen de Latinoamérica, gracias a la similitud del idioma y la calidez de su gente. Además, en ciudades como Madrid y Barcelona, existen amplias comunidades de migrantes y una gran oferta de bares y restaurantes de distintos países. Esto permite que, sin importar tu origen, encuentres espacios donde conectar con tu cultura, facilitando tu integración y haciendo que la experiencia de vivir en España sea más acogedora. En cuanto al clima, España ofrece opciones para todos los gustos: desde el norte fresco y lluvioso hasta el sur cálido y soleado casi todo el año. Este clima influye en su estilo de vida activo y social, con terrazas al aire libre y una cultura que equilibra el trabajo con el disfrute del ocio. Herramientas y Recursos Antes de finalizar, te facilitaremos el nombre de algunas aplicaciones que te serán de mucha ayuda para conseguir ofertas laborales o un alquiler. Para encontrar vivienda, plataformas como Idealista y Fotocasa te ofrecen múltiples opciones según tu presupuesto y necesidades. En cuanto a trámites administrativos, el sitio oficial de la Administración Electrónica es esencial para solicitar citas del NIE, empadronarte, renovar tu visado o residencia y gestionar servicios públicos, mientras que la aplicación de Seguridad Social facilita gestiones relacionadas con la salud y el empleo. Si buscas trabajo, InfoJobs y LinkedIn son excelentes opciones con ofertas para diversos sectores. Para movilizarte, Google Maps y Moovit te ayudarán a navegar por la ciudad y entender el transporte público. ¿Tienes dudas? ¡Reserva tu asesoría y comienza un proceso migratorio exitoso! Varias modalidades Online vía Zoom Presencial en nuestra oficina en Madrid RESERVAR Migrar a España en 2025 requiere planificación y conocimiento del proceso. Con la residencia adecuada y los trámites en orden, podrás disfrutar de un país con una excelente calidad de vida. En AMS Abogados, te brindamos asesoramiento personalizado en cada etapa para garantizar que tu expediente esté libre de errores, agilizando la obtención de tu permiso de residencia y trabajo. Confía en nosotros para iniciar tu camino en España con la seguridad y tranquilidad que mereces. Migrar es cosa seria AMS Abogados contacto@amsabogados.com

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Partida de Nacimiento Literal Especial para DNI: Todo lo que debes saber

¿Qué es la Partida de Nacimiento Literal Especial para DNI? La Partida literal de Nacimiento Especial para DNI es un certificado expedido por el Registro Civil o Consular, cuya función principal es permitir la tramitación por primera vez del Documento Nacional de Identidad (DNI) de la persona inscrita. A diferencia de otros tipos de certificados de nacimiento, este tiene un uso exclusivo y específico: la obtención del DNI. ¿Qué Información Contiene? Este certificado es una copia de la inscripción de nacimiento y contiene todos los datos relativos a la identidad y al hecho del nacimiento de la persona. Entre los datos que incluye se encuentran: Nombre y apellidos del inscrito. Fecha y lugar de nacimiento. Filiación (información sobre los padres, si está disponible en el registro). Datos del Registro Civil que expide el certificado (municipio, provincia o, en caso de consulados, población y Estado). Tomo, folio y legajo correspondientes a la inscripción. Fecha de emisión y firma del funcionario encargado. Diferencias con otros tipos de certificados de nacimiento El certificado de nacimiento puede solicitarse en distintas modalidades: Extracto: Resumen de la información registrada, disponible en formato ordinario, plurilingüe o bilingüe. Literal: Copia exacta de la inscripción de nacimiento con todos los detalles. Especial para DNI: Exclusivo para la tramitación del Documento Nacional de Identidad, sin validez para otros procedimientos legales o administrativos. La única diferencia que hay entre los certificados es el uso que le darás, ya que realmente se trata del mismo documento. ¿Quién puede solicitarlo? El Registro Civil es un organismo público, por lo que cualquier persona puede solicitar este documento, excepto en los casos en los que la inscripción contenga información reservada, como adopciones, filiación no matrimonial, rectificación de sexo, entre otros. En estos casos, solo podrá ser solicitado por la propia persona, su representante legal o con una autorización especial. ¿Cómo solicitarlo dentro de España? Toda la información sobre ¿Cómo solicitar y obtener partidas literales de nacimiento en España? la encuentras en nuestro artículo. ¿Cómo solicitarlo fuera de España? (En consulado) Si estás fuera de España y naciste en el extranjero, también puedes pedir tu partida literal de nacimiento especial para DNI desde el Consulado de España de tu país de origen, los requisitos pueden variar de acuerdo al Consulado de que se trate, y son principalmente los siguientes: Un formulario de solicitud que debes rellenar y firmar. Copia de pasaporte español del solicitante. Copia de la partida literal expedida anteriormente por el Consulado y/o todos los datos de la misma (el tomo y página de la inscripción). Suelen solicitarse vía correo electrónico o pidiendo cita para acudir presencialmente. En la página web oficial del Consulado que te corresponde, debes ingresar en la sección “Servicios Consulares”, seleccionar la categoría de “Certificados” y el servicio consular será “Certificado de nacimiento”; una vez allí, tendrás todos los pasos a seguir para solicitar tu partida literal de nacimiento especial para DNI. Es importante tener en cuenta que, si naciste en España, o el registro de tu nacimiento extranjero se hizo en España, debes solicitar la partida literal siempre a través del Ministerio de Justicia, como te explicamos antes. Plazos de Entrega El tiempo estimado para la emisión del certificado es de 2 a 3 semanas desde el momento en que se realiza la solicitud. ¿Tienes dudas? ¡Reserva tu asesoría y comienza un proceso migratorio exitoso! Varias modalidades Online vía Zoom Presencial en nuestra oficina en Madrid RESERVAR ¿Cómo solicitarla con AMS Abogados? En AMS Abogados, podemos ayudarte a obtener la Partida de Nacimiento Literal Especial para DNI de manera rápida y sin complicaciones. Para ello, solo necesitas enviarnos una copia anterior de tu literal de nacimiento al correo contacto@amsabogados.com, y nos encargaremos del resto. Si necesitas este documento para gestionar tu DNI, contáctanos y te asesoraremos en todo el proceso. Migrar es cosa seria AMS Abogados contacto@amsabogados.com

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¿Qué es la compulsa y cómo compulsar documentos para España?

La compulsa de documentos es un procedimiento administrativo que permite verificar o emitir una copia de un documento que sea fiel y exacta al original, y es conocido en otros países como copia certificada de un documento. Este trámite es indispensable para muchos procesos legales y administrativos en España, especialmente para los extranjeros que necesitan gestionar solicitudes ante distintas instituciones. En este artículo, te explicaremos en detalle qué es la compulsa de documentos, dónde se puede realizar, tanto dentro como fuera de España, su utilidad en trámites relacionados con extranjería y migración, y por qué no debe confundirse con la legalización o apostilla. ¿Qué es la compulsa de documentos? La compulsa de documentos consiste en la certificación oficial de que una copia de un documento es idéntica al documento original. Durante este procedimiento, un funcionario verifica ambos documentos y, tras comprobar su autenticidad, sella la copia para darle validez legal, y que puedas utilizar esta copia en tus trámites sin necesidad de entregar los documentos originales. Sin embargo, la compulsa no equivale a la legalización o apostilla de documentos. Legalización o apostilla: Son trámites para que un documento emitido por un país tenga validez internacional mediante una certificación. Compulsa: Solo es una constancia de que la copia es idéntica al original. De hecho, si tu documento original requiere legalización o apostilla para ser válido en España, deberás completar ese paso antes de proceder a la compulsa. El funcionario encargado de la compulsa verificará que el documento ya ha sido debidamente legalizado o apostillado y certificará la copia incluyendo esta validación como parte del documento. ¿Dónde se puede realizar la compulsa de documentos? La compulsa de documentos puede realizarse tanto en España como en el extranjero. A continuación, te explicamos las opciones disponibles: En el extranjero: Si resides fuera de España, puedes realizar la compulsa en cualquier Consulado General de España que ofrezca este servicio. El consulado actúa como una extensión de la administración española y está habilitado para compulsa de documentos que se utilizarán en España. Este servicio es especialmente necesario para quienes están gestionando trámites relacionados con la homologación de títulos, bien sea de bachiller o títulos universitarios. Desde España: Dentro del territorio español, la compulsa de documentos puede realizarse en diversas instituciones, entre las que destacan: Notarías: Los notarios son competentes para compulsar documentos con plenas garantías legales. Esto suele llevar un costo no muy elevado que oscila entre los 8-10€ por compulsa, y dependerá del número de páginas del documento. Ayuntamientos: En muchos casos, los Ayuntamientos ofrecen este servicio para documentos requeridos en trámites administrativos. Oficinas de la Administración Pública: Algunas oficinas permiten compulsar documentos directamente relacionados con los trámites que gestionan. Es importante verificar los requisitos específicos de cada institución antes de acudir, ya que pueden variar según el caso. Utilidad de la compulsa de documentos para extranjeros Para las personas extranjeras en España, la compulsa de documentos es un paso clave, siendo algunas de las gestiones más comunes que requieren documentos compulsados las siguientes: Homologación de títulos: Títulos de bachillerato: Es necesario presentar copias compulsadas del documento de identidad, del título y del expediente académico debidamente apostillados para homologar estudios previos. Títulos universitarios: Para ejercer una profesión en España o continuar estudios superiores, la homologación de títulos universitarios también requiere que los documentos que forman parte de la solicitud estén compulsados. Trámites en el Registro Civil: Nacionalidad española: Las solicitudes de nacionalidad por opción o por convenios especiales, como el de España y Guatemala, exigen copias compulsadas de algunos documentos como el pasaporte o DNI. Inscripciones de nacimiento, matrimonio o defunción: Es común que el Registro Civil requiera copias certificadas de los documentos de identidad de los interesados, junto a los documentos originales a inscribir. Al garantizar que las copias sean idénticas a los originales, la compulsa asegura la validez de los documentos en cualquier procedimiento legal. Recomendaciones finales Si necesitas compulsar documentos, asegúrate de llevar contigo los originales y las copias necesarias, así como tu documento de identidad. En el caso de trámites consulares, es recomendable consultar previamente la web del Consulado General de España correspondiente para conocer los horarios, requisitos y tarifas del servicio. ¿Tienes dudas? ¡Reserva tu asesoría y comienza un proceso migratorio exitoso! Varias modalidades Online vía Zoom Presencial en nuestra oficina en Madrid RESERVAR En AMS Abogados, entendemos la importancia de este trámite y podemos asesorarte en la preparación y presentación de documentos para tus solicitudes. Si tienes dudas sobre cómo realizar la compulsa de documentos o necesitas ayuda en trámites de extranjería, contáctanos o agenda una asesoría con nosotros. Nuestro equipo está aquí para ayudarte en cada paso del proceso. Migrar es cosa seria. AMS Abogados contacto@amsabogados.com

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