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Artículo Fe de vida Venezuela

Acta Notarial de Presencia – Fe de vida en Venezuela 2026

Muchos venezolanos llevan años residiendo en España, aquí han logrado reconstruir su vida, trabajan, estudian, tienen familia, e incluso, una gran parte de ellos ya cuentan con nacionalidad española. Sin embargo, aunque lleven años lejos de Venezuela, todavía mantienen vínculos legales, administrativos, y patrimoniales con el país. Vivir fuera del país implica que, en muchas ocasiones, se deban realizar trámites adicionales que permitan mantener actualizados sus datos, gestionar incidencias administrativas, y es justo allí donde surge la necesidad de demostrar ante los organismos venezolanos que la persona sigue con vida. Este requisito es cada vez más frecuente, en trámites relacionados con pensiones, jubilaciones, poderes, cobro de prestaciones, procesos sucesorios, bancos, seguros o actuaciones realizadas por familiares en Venezuela; en los cuales las autoridades venezolanas solicitan una “Fe de vida”, que no es más que, un documento que acredita de manera oficial que la persona se encuentra con vida en una fecha determinada. ¿Cómo se tramita? Puede tramitarse a través de las distintas oficinas consulares de Venezuela en España, de manera personal por el interesado, y para ello deberá tomar cita previa, a través del portal web, del Consulado venezolano de su preferencia. Es menester hacer mención, que este trámite cuando es realizado por la vía consular es totalmente gratuito, y que no requiere el pago de tasas consulares. Por otra parte, en España este documento es conocido como “acta notarial de presencia”, y es un documento que se realiza ante un notario, el cual deja constancia de un hecho que presencia personalmente, como la comparecencia física del otorgante en la fecha concreta; por lo que, cuando alguna persona necesita demostrar en Venezuela que continúa con vida, el notario puede emitir un acta donde haga constar precisamente esa circunstancia. ¿Es necesario apostillarlo? Si la fe de vida es realizada por vía consular, no es necesario apostillarla, pues emana de una autoridad venezolana, y para trámites en Venezuela no requiere apostilla, pues se entenderá, como si el mismo hubiese sido emitido dentro del país. Ahora bien, cuando se tramita por vía notarial, sí se requiere que el documento sea apostillado, pues al emanar de una autoridad española, para ser presentado ante una autoridad extranjera, en este caso autoridad venezolana, deberá legalizarse el documento por medio de la Apostilla de la Haya, para que tenga validez internacional. La apostilla certifica la autenticidad de la firma del notario español y permite que el documento pueda surtir efectos legales fuera de España. Requisitos Para la vía consular es necesario presentar: Cédula de identidad o pasaporte venezolano Tantas copias como fe de vida requieran Solicitar cita previa Cada Consulado tiene sus propios procedimientos para tramitarlos, algunos de ellos exigen llenar formularios previos, otros indicar el organismo al cual va dirigido, y consulados como el de Tenerife tiene publicado en su portal, desde el año 2022, que no están generando fe de vida para trámites relacionados con el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales. Si, por el contrario, se tramita por vía notarial en España necesitarás: Documento de identidad vigente (DNI, NIE, Pasaporte). Documentación acreditativa de la nacionalidad venezolana (cédula de identidad venezolana y/o pasaporte). Información del organismo venezolano que requiere el documento. Este tipo de gestiones forman parte de una realidad migratoria donde, aunque la vida continúe en otro país, muchas personas desean seguir manteniendo sus datos actualizados ante las instituciones venezolanas, y descubren la importancia de la fe de vida, únicamente cuando algún organismo suspende un pago, o cuando paralizan algún trámite exigiendo acreditar la supervivencia del interesado. Es por ello que contar con la asesoría adecuada y oportuna, te permitirá tramitar este documento, de manera correcta, evitando retrasos, o rechazos administrativos innecesarios.  Si deseas recibir más información sobre este trámite, contáctanos. AMS Abogados contacto@amsabogados.com

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Nueva forma de apostillar documentos civiles en Venezuela

Durante los últimos años, debido al auge migratorio, los venezolanos que requerían utilizar documentos públicos en el extranjero se enfrentaron a un proceso que resultaba ser tedioso, y en la mayoría de los casos muy demorado, pues implicaba varios pasos, problemas de conectividad, y errores en las distintas plataformas, lo que generaba como consecuencia, el tener que recurrir a gestores, incrementando de manera abrupta los costos de tramitación. Con la finalidad de simplificar estos procedimientos, y en aras de eliminar la intervención de terceros en la gestión de este tipo de tramites, el Servicio autónomo de Registros y notarias (SAREN), en coordinación con la Cancillería venezolana, habilitó una nueva modalidad que permite a los usuarios de este sistema, gestionar la apostilla electrónica de determinados documentos civiles directamente desde esta plataforma. Ahora, con esta actualización, después de solicitar la legalización de tus documentos civiles a través del portal del SAREN, podrás solicitar también la gestión de la apostilla electrónica sin necesidad de cargar tus documentos en el Sistema de legalización y apostilla electrónica, como anteriormente debía hacerse. Esta modificación representa un cambio importante, y de suma relevancia, especialmente para los migrantes venezolanos, quienes frecuentemente necesitan presentar partidas de nacimiento, actas de matrimonio, actas de defunción u otros documentos; ante autoridades extranjera para sus procesos de residencia, nacionalidad, matrimonio, o estudios. ¿Que cambió en la tramitación de los documentos apostillados? La principal novedad de esta actualización es que ya no es necesario que el ciudadano acuda de manera presencial a las distintas oficinas en Venezuela ni a los Consulados venezolanos a solicitar sus documentos, para después realizar los procesos de legalización y apostilla, sino que ahora podrá hacerlo de manera electrónica. Esto representa un avance en la prestación de este servicio, ya que anteriormente los ciudadanos debían esperar largos meses para la obtención de una cita que les permitiera acudir a las oficinas habilitadas para la apostilla, donde inclusive, algunas personas por el afán de gestionar los tramites con rapidez, se veían en la obligación de solicitar su cita por oficinas con menor afluencia, ocasionando desplazamientos innecesarios. Ahora se simplificó un poco, y se podrá realizar de manera electrónica, con la salvedad que solo se podrá hacer con aquellos documentos emitidos por el SAREN previamente por esta vía. Si solicitaste tu documento de manera presencial, deberás realizar la apostilla por la vía anterior. Otra de las novedades que trae consigo esta actualización, es que el actual sistema integra la solicitud, la generación del pago y la emisión del documento apostillado en formato digital, reduciendo los tiempos de espera, desplazamientos innecesarios, e inclusive gastos de envío internacional. ¿Qué documentos pueden beneficiarse de este cambio? Esta nueva modalidad, como ya lo hemos referido, está orientada principalmente a documentos emitidos por el Servicio Autónomo de Registros y Notarias (SAREN), incluyendo documentos del ámbito civil, notarial y registral. Por tanto, no todos los documentos venezolanos pueden apostillarse por esta vía, ya que aquellos que emanen de otros organismos deberán continuarse apostillando de la manera en que se venía haciendo, es decir, solicitándolos al órgano correspondiente, y posteriormente cargando el tipo de documento al sistema de legalización y apostilla. Si deseas saber cómo realizar este proceso, en este artículo te lo contamos: Podemos ayudarte. Rellena el formulario y te contactamos. Por favor, activa JavaScript en tu navegador para completar este formulario.Nombre y Apellido *Correo electrónico *Documento a apostillarPartida de nacimientoActa de matrimonioActa de defunciónPoderPermiso de viajeDeclaración juradaOtroPaís de origen del documento *EspañaVenezuelaPaís de destino *Cuéntanos un poco tu caso Enviar PASO A PASO PARA SOLICITAR LA APOSTILLA ELECTRONICA ATRAVES DEL SAREN: El usuario debe acceder a la plataforma digital del SAREN con sus credenciales de acceso personales (usuario y contraseña). Una vez dentro del portal, deberá dirigirse al apartado de ver solicitudes y seleccionar el organismo emisor (Mercantil, Notaria, Principal) seleccionas el órgano que emite el documento que deseas apostillar, y allí deberán aparecerte todos los documentos que previamente has gestionado y que ya se encuentran legalizados. El usuario deberá identificar el documento que desea apostillar y en la parte inferior, aparecerá un botón verde que dice “Solicitar apostilla”. Al presionar el sistema te solicitará que indiques el país donde será presentado el documento. Cuando se trate de documentos referidos a menores de edad, el sistema solicitará que completes datos adicionales referidos al representante legal del menor y luego de llenarlos podrás continuar. En caso de tratarse de documentos de mayores de edad podrás continuar sin llenar ningún dato adicional. Una vez confirmada la información, el sistema te emitirá una planilla única Bancaria (PUB), permitiendo realizar el pago mediante los mecanismos habilitados (hasta ahora solo permite pago en bolívares). Una vez realizado el pago, el sistema te genera de manera automática la apostilla digital, permitiendo la descarga directa desde la plataforma o desde el correo electrónico que tengas registrado. Esta simplificación representa un paso importante hacia la modernización de los tramites venezolanos y facilita a miles de ciudadanos residentes en el extranjero, la obtención de sus documentos, para la preparación de sus expedientes migratorios o la realización de trámites civiles y administrativos en el extranjero. Se espera que, en los próximos días, el gobierno venezolano, a través de los órganos competentes, anuncie la incorporación de nuevos documentos a este sistema de apostilla electrónica. Si estás interesado en la legalización y apostilla de tu partida de nacimiento, escríbenos al correo contacto@amsabogados.com, en AMS Abogados podemos ayudarte con todo este trámite. AMS Abogados contacto@amsabogados.com

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visa de estudiante en españa 2026

Visa de Estudiante en España 2026

La visa de estudios, o autorización de estancia por estudios, se ha convertido en uno de los permisos migratorios más solicitados por ciudadanos extranjeros que desean formarse académicamente en España. Pues se trata de una autorización que no solo permite a su titular vivir legalmente en el país durante el tiempo que duren sus estudios, sino que además ofrece la posibilidad de trabajar de forma compatible con la formación cursada. Para los ciudadanos venezolanos interesados en migrar a España, este permiso adquiere hoy una relevancia aún mayor, puesto que recientemente el Ministerio del Interior publicó una nota informativa sobre las autorizaciones de residencia temporal por razones humanitarias, derivadas de solicitudes protección internacional, emitida de la Dirección General de Migración y Extranjería, en la que se establece que, a partir del 12 de junio del 2026, dejará de otorgarse y renovarse este tipo de residencia. Cabe recordar que esta autorización de residencia por razones humanitarias se había consolidado, desde mediados del año 2014, como una de las principales vías (por no decir la principal), utilizada por los ciudadanos venezolanos para regularizar su situación y acceder a la residencia en España, siendo otorgada de manera masiva durante los últimos años. Ante este nuevo escenario, la visa de estudios surge como una alternativa migratoria legal y cada vez más relevante para quienes deseen establecerse en España, mientras desarrollan su formación académica. En este articulo encontraras todo lo que necesitas saber sobre este visado: ¿Qué es la visa de estudios? La visa o autorización de estancia por estudios, es un permiso dirigido a ciudadanos extracomunitarios (no españoles ni europeos), que desean permanecer en España por un tiempo mayor a 90 días para cursar algún estudio superior, cursar alguna formación reglada, participar en programas de intercambio, realizar alguna practica no laboral, o participar en algún proyecto de investigación o voluntariado. A diferencia de otros permisos migratorios, la estancia por estudios permite al ciudadano extranjero permanecer legalmente en territorio español durante el tiempo de duración de su formación académica, siempre que sus estudios sean realizados en una institución autorizada y cumpla con los requisitos exigidos por la normativa. Es importante tomar en cuenta que legalmente este permiso no se considera una residencia, sino una estancia, sin embargo, permite a su titular vivir en España de manera regular durante el periodo autorizado. ¿Quiénes necesitan solicitar este visado? Deben solicitarlo todos aquellos ciudadanos no pertenecientes a la Unión Europea, Espacio Económico Europeo, o Suiza; que vayan a estudiar en España durante más de 90 días. Si el curso, o estudio a cursar, tiene una vigencia inferior a los 90 días, bastará con un visado de corta duración o incluso, en algunos casos, podría no ser necesaria para estudiantes de ciertas nacionalidades. ¿Qué estudios permiten solicitar la visa de estudios? La normativa exige que el estudiante haya sido admitido en un centro autorizado en España y en un programa de formación a tiempo completo que conduzca a un título o certificado oficial. Este permiso puede solicitarse para cursar distintos tipos de formación académica en España, incluyendo estudios universitarios, másteres oficiales, doctorados, programas de formación profesional, cursos de especialización, investigaciones académicas, e incluso, determinados cursos de idiomas, siempre que estos sean impartidos por centros acreditados. No obstante, uno de los aspectos a más importante a tener en consideración, para los solicitantes venezolanos, consiste en verificar previamente que la institución educativa y el programa escogido cumplen efectivamente con las exigencias requeridas por las autoridades migratorias española, ya que no todo estudio, permite acceder a la autorización de estancia por estudio. Otros estudios que también son válidos para la obtención de este visado son los estudios de bachillerato, o educación secundaria postobligatoria, cursos de especialización profesional, certificados de profesionalidad, programas de movilidad internacional, entre otros. ¿Dónde se puede comprobar si un curso sirve para este visado? Es fundamental verificar que el centro educativo este oficialmente autorizado, para comprobarlo debes ingresar al portal oficial del gobierno de España sobre estudios, al cual podrás acceder a través del siguiente enlace  https://www.educacion.gob.es/ruct/home ¿Cuáles son los principales requisitos? No ser ciudadano de un Estado de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza, o familiar de ciudadanos de estos países a los que les sea de aplicación el régimen de ciudadanos de la Unión.  No encontrarse irregularmente en territorio español.  No figurar como rechazable en el espacio territorial de los países con los que España tenga firmado un convenio en tal sentido. Acreditar no padecer ninguna de las enfermedades que pueden tener repercusiones de salud pública graves de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento Sanitario Internacional de 2005. ¿Dónde se puede solicitar? Este visado se puede solicitar tanto en vía consular desde tu país de origen, como desde dentro de España. Para presentar la solicitud desde la oficina consular, debes ser mayor de edad o, en el caso de estudios superiores, tener cumplidos los 17 años.  Si solicitas la autorización desde España (sólo en el caso de estudios superiores), debes ser mayor de edad y encontrarte en situación regular en el país. Deberás presentar la solicitud con una antelación mínima de dos meses a la fecha de comienzo de los estudios; siendo la única excepción a este plazo, que se logre acreditar la imposibilidad de hacerlo por existir fechas concretas de matriculación o por otros motivos excepcionales.  Otros requisitos El Solicitante del visado deberá demostrar que cuenta con los medios económicos suficientes para sufragar los gastos de manutención, alojamiento y estancia en España, así como los necesarios para el regreso a su país y, en su caso, los de sus familiares, de acuerdo con las siguientes cuantías: para su sostenimiento, mensualmente, el 100 % del IPREM, que en la actualidad equivale a unos 8.400€ al año; salvo que acredite debidamente tener abonado de antemano el alojamiento por todo el tiempo que haya de durar la estancia, en este caso solo deberá acredita el 50% del IPREM. La normativa española también contempla la posibilidad de que el titular de una autorización de estancia por estudio, pueda, a su

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apostillar consulado de venezuela en tenerife

Apostillar Documentos Venezolanos en Tenerife – España.

La Apostilla es un certificado expedido según el Convenio de La Haya que autentica el origen de un documento público, facilitando su uso y validez a nivel internacional. Si estás en las Islas Canarias y necesitas apostillar un documento venezolano, te explicamos los pasos para tramitar una Apostilla en el Consulado General de la República Bolivariana de Venezuela en Tenerife, España. Para acceder al Sistema de Legalización y Apostilla Electrónica del Ministerio de Relaciones Exteriores venezolano, el titular del documento deberá contar con un usuario previamente creado y registrado, en caso de no tenerlo, te contamos como hacerlo: Registro en el sistema Accede a la plataforma del Ministerio, en el enlace http://legalizacionve.mppre.gob.ve.  Deberás registrarte con tus datos personales, y si tienes hijos menores de edad y quieres apostillar sus documentos, deberás incluirlos en el módulo “Hijos e hijas”. Cargar documentos En el módulo «Documentos», selecciona aquellos que necesitas apostillar. Recuerda que algunos documentos deben estar previamente legalizados en Venezuela; así mismo, los documentos como las certificaciones de calificaciones de primero a tercer año y de cuarto y quinto año de bachillerato se deben cargar por separado. Puedes incluir hasta 15 documentos en una sola solicitud de cita, y es importante verificarlos, ya que el día de la cita deberás cancelar los aranceles por todos ellos, aun cuando no los lleves todos. Av. Francisco la Roche, 21, 38001 Santa Cruz de Tenerife Solicitar la cita Una vez cargados los documentos, deberás solicitar la cita, seleccionando la Oficina del Consulado General de la República Bolivariana de Venezuela en Tenerife. También, deberás indicar si asistirás personalmente o designar a un representante legal a través de un poder. Confirmación de cita Una vez cargados los documentos, deberás solicitar la cita, seleccionando la Oficina del Consulado General de la República Bolivariana de Venezuela en Tenerife. También, deberás indicar si asistirás personalmente o designar a un representante legal a través de un poder. Requisitos a presentar el día de la cita El día de la cita, el interesado debe asistir personalmente, a la Oficina del Consulado General de la República Bolivariana de Venezuela en Tenerife, ubicada en la Av. Francisco la Roche, 21 (Av. Anaga) 38001, Santa Cruz de Tenerife, en horario comprendido entre las 9:00 am y las 12:00 m, con los siguientes requisitos: Un (01) ejemplar impreso del correo mediante el que el Sistema te otorga la cita. Original y copia de la cédula de identidad y pasaporte (venezolano o extranjero). Documentos venezolanos para apostillar especificados en la cita otorgada, los cuales deberán ser originales y deberán estar previamente legalizados en territorio nacional por el ente competente. En el caso de citas para apostillar documentos venezolanos de niños, niñas y/o adolescentes, tendrás que aportar adicionalmente copia de la cédula de identidad y/o pasaporte del niño, niña y/o adolescente, y solo debe asistir el progenitor titular del perfil. Pago del arancel consular correspondiente a Sesenta Euros (60€) en efectivo por cada documento que desee apostillar. Si se trata de documentos para niños, niñas y adolescentes, estos estarán exentos de pagos de dicha tasa. Observaciones a tener en cuenta para el trámite de Apostilla El pago del derecho consular no garantiza la apostilla del documento, ya que si presenta alguna inconsistencia o incumplimiento de los requisitos el funcionario que le atenderá en la oficina consular se encuentra en el deber de denegar la apostilla, y esto lamentablemente no implica la devolución del pago. La apostilla de documentos venezolanos pertenecientes a niños, niñas y adolescentes deberá ser solicitada a través del usuario personal de uno de los progenitores. Tiempos de entrega El Consulado entrega los documentos apostillados el mismo día de la cita, entre las 16:00 y las 16:30. Solo el titular o su representante legal pueden retirar los documentos, y no se aceptan autorizaciones a terceros. Cancelación de la cita Si necesitas cancelar una cita, puedes hacerlo a través del mismo sistema, seleccionando la opción «Cancelar» en el módulo de citas; una vez cancelada, podrás solicitar una nueva cita. Recuerda que no es posible modificar la fecha, oficina o documentos cargados en una cita ya asignada, sino que debes cancelarla y tomar otra. Si tienes más dudas, puedes dejarla en los comentarios y con gusto nuestro equipo de abogados responderá a ellas. Por otro lado, si estás interesado en que te gestionemos la cita de apostilla del Consulado por ti y te acompañemos durante el proceso, rellena el formulario para que conozcas nuestra propuesta de servicio. Por favor, activa JavaScript en tu navegador para completar este formulario.Nombre y apellido *Correo electrónico *Documento a apostillarPartida de NacimientoActa de DefunciónActa de MatrimonioTítulo de BachillerTítulo UniversitarioNotas AcadémicasOtros Enviar Poderes de Representación Legal Es posible delegar el trámite de Apostilla en un representante legal. Para ello, el poder debe ser: Notariado en Venezuela ante el SAREN. Emitido por un Consulado, Sección Consular o Embajada venezolana. Un poder tramitado en el exterior, notariado y apostillado, y debidamente traducido al español si es necesario. El poder debe ser registrado en el sistema de apostilla al solicitar la cita, ingresando el número del documento según corresponda. El proceso de Apostilla es fundamental para validar documentos venezolanos en el extranjero, pero requiere seguir cuidadosamente los pasos establecidos por el Consulado. Asegúrate de tener todos los documentos en orden, cumplir con los requisitos y asistir puntualmente a la cita, pues esto garantizará que el trámite se realice sin contratiempos y que tus documentos estén listos para su uso internacional. Podemos ayudarte en la solicitud de diversos documentos como partidas de nacimiento, actas de matrimonio, antecedentes penales, entre otros, y su apostilla. Y también podemos gestionar por ti el poder que debes otorgar para que un tercero pueda apostillar tus documentos. Si quieres que solicitemos tus documentos, la apostilla de los mismos o la gestión de algún trámite en España, escríbenos a contacto@amsabogados.com Migrar es cosa seria. AMS Abogados contacto@amsabogados.com

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Apostillar Documentos Venezolanos en Bilbao – España

Si estás en el País Vasco, La Rioja, Cantabria o la Comunidad Foral de Navarra, y necesitas apostillar un documento venezolano, te explicamos los pasos para tramitar una Apostilla en el Consulado General de la República Bolivariana de Venezuela en Bilbao, España. Lo primero que debes saber que para acceder al sistema de apostilla, el titular del documento deberá contar con un usuario previamente creado y registrado, en caso de no tenerlo, te contamos como hacerlo: Registro en el sistema Accede a la plataforma del Ministerio del Poder Popular para las relaciones exteriores (MPPRE), en el enlace http://legalizacionve.mppre.gob.ve.  Debes registrarte con tus datos personales, y si tienes hijos menores de edad y quieres apostillar sus documentos, deberás incluirlos en el módulo “Hijos e hijas”. Cargar documentos En el módulo «Documentos», selecciona aquellos que necesitas apostillar. Debes tener en cuenta algunos datos, como que los documentos deben estar previamente legalizados en Venezuela, y que otros documentos como las certificaciones de calificaciones de primero a tercer año y de cuarto y quinto año se deben cargar por separado. Puedes cargar hasta 15 documentos en una sola solicitud de cita, y es importante verificar el número de documentos cargados, ya que el día de la cita deberás cancelar los aranceles por todos ellos. También es importante prestar mucha atención y cuidado al momento de registrar la información de los datos de los documentos que desea apostillar en el sistema de apostilla, pues el día programado de la cita se verifica la información de los documentos que usted presenta para apostillar y la información de los datos que usted registró o cargó en el sistema, y de haber alguna discrepancia o error entre el documento presentado en físico (documento a apostillar) y los datos cargados en el sistema, el documento no podrá ser apostillado. Solicitar la cita Una vez cargados los documentos, deberá solicitar la cita en el Sistema de Legalización y Apostilla Electrónica, seleccionando la Oficina del Consulado General de la República Bolivariana de Venezuela en Bilbao. Confirmación de cita Posteriormente, el sistema le adjudicará una cita y le enviará un correo electrónico informándole la fecha en la cual debe asistir al Consulado personalmente. La Oficina del Consulado General de la República Bolivariana de Venezuela en Bilbao, está ubicada en la Calle Ibáñez de Bilbao 2 (Local Esquina), Código Postal 48001, Bilbao. Sin excepción, el horario para la recepción de documentos es de 09:00am a 01:00pm (9:00 – 13:00h) y se atenderá por orden de llegada. No es necesario llevar a los hijos menores de edad, para realizar los trámites de apostilla de los documentos de ellos, y se deben llevar los requisitos solicitados. Calle Ibáñez de Bilbao 2 (Local Esquina), Código Postal 48001, Bilbao. Tiempos de entrega: Todos los documentos apostillados en este Consulado serán entregados el mismo día de su cita, en el horario de 03:30pm a 04:00pm (de 15:30 a 16:00h). Documentos a consignar Si el documento a apostillar es para hijos menores de edad se debe presentar: original y dos (2) copias de la cédula de identidad y/o pasaporte del menor en formato A4.  Si se trata de un documento emitido por el SAREN en formato PDF, se debe imprimir y verificar que cumple con el formato que detalla el propio Consulado: https://www.consulvenbilbao.org/legalizacion_3.html Un (1) ejemplar de la cita impresa (el correo electrónico emitido por el sistema de Apostilla). Una (1) copia de los documentos de identidad (en una sola hoja A4), cumpliendo con el formato exigido para ello por el Consulado: https://www.consulvenbilbao.org/apostilla_2.html Original de los documentos venezolanos que serán apostillados, que previamente se especificaron al tomar y agendar la cita. Pago del arancel consular, correspondiente a Sesenta Euros (€ 60,00) en efectivo por cada documento que desee apostillar. Si tienes más dudas, puedes dejarla en los comentarios y con gusto nuestro equipo de abogados responderá a ellas. Por otro lado, si estás interesado en que te gestionemos la cita de apostilla del Consulado por ti y te acompañemos durante el proceso, rellena el formulario para que conozcas nuestra propuesta de servicio. Por favor, activa JavaScript en tu navegador para completar este formulario.Nombre y apellido *Correo electrónico *Documento a apostillarPartida de NacimientoActa de DefunciónActa de MatrimonioTítulo de BachillerTítulo UniversitarioNotas AcadémicasOtros Enviar El proceso de Apostilla es fundamental para validar documentos venezolanos en el extranjero, pero requiere seguir cuidadosamente los pasos establecidos por el Consulado. Asegúrate de tener todos los documentos en orden, cumplir con los requisitos y asistir puntualmente a la cita, pues esto garantizará que el trámite se realice sin contratiempos y que tus documentos estén listos para su uso internacional. Podemos ayudarte en la solicitud de diversos documentos como partidas de nacimiento, actas de matrimonio, antecedentes penales, entre otros, y su apostilla. Y también podemos gestionar por ti el poder que debes otorgar para que un tercero pueda apostillar tus documentos. Si quieres que solicitemos tus documentos, la apostilla de los mismos o la gestión de algún trámite en España, escríbenos a contacto@amsabogados.com Migrar es cosa seria. AMS Abogados contacto@amsabogados.com

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apostillar consulado de venezuela en vigo

Apostillar Documentos Venezolanos en Vigo-España

La Apostilla es un certificado expedido según el Convenio de La Haya que autentica el origen de un documento público, a los fines de su uso y validez en otro país. Si estás en Galicia o el Principado de Asturias y necesitas apostillar un documento venezolano, te explicamos los pasos para tramitar una Apostilla en el Consulado General de la República Bolivariana de Venezuela en Vigo, España.  Para acceder al sistema de apostilla, se debe contar con datos de usuario previamente creado y registrado, acá te contamos como hacerlo: Registro en el sistema Accede a la plataforma del Ministerio del Poder Popular para las relaciones exteriores (MPPRE), en el enlace http://legalizacionve.mppre.gob.ve ingresando tus datos personales, y si tienes hijos menores de edad y quieres apostillar sus documentos, deberás incluirlos en el módulo “Hijos e hijas”. Cargar documentos En el módulo «Documentos», selecciona aquellos que necesitas apostillar. Recuerda que algunos documentos deben estar previamente legalizados en Venezuela; y otros, como las certificaciones de calificaciones de primero a tercer año y de cuarto y quinto año se deben cargar como documentos separados. Puedes agregar hasta 15 documentos en una sola solicitud de cita, pero es importante verificar cuántos cargaste antes de tomar la cita, pues el día que acudas al Consulado deberás pagar aranceles por todos ellos, aunque no lleves alguno. Es importante verificar muy bien la información al momento de registrar y cargar la información de los datos de los documentos que desea apostillar en el sistema de apostilla, pues de haber alguna discrepancia o error entre el documento presentado en físico (documento a apostillar) y los datos cargados en el sistema, el documento no podrá ser apostillado, y no es posible corregir estos errores el día de la cita. Solicitar la cita Una vez cargados los documentos, deberá solicitar la cita en el referido sistema, seleccionando la Oficina del Consulado General de la República Bolivariana de Venezuela en Vigo. Confirmación de cita Posteriormente, el sistema le adjudicará una cita y le enviará un correo electrónico informándole la fecha en la que debe asistir al Consulado. También podrás consultar en la sección “Citas” de tu perfil en el sistema. El día de la cita programada, el interesado deberá asistir personalmente, a la Oficina del Consulado General de la República Bolivariana de Venezuela en Vigo, ubicado en Calle Velázquez Moreno N.º 3, Bajo, código postal 36201, en horario comprendido de 09:00 am a 12:00 m, por orden de llegada. La dirección del Consulado es Velázquez Moreno Nº 3, Bajo CP:36201 Tiempos de entrega El Consulado entrega los documentos apostillados el mismo día de la cita, después de las 03:00pm. Solo el titular o su representante legal pueden retirar los documentos, y no se aceptan autorizaciones a terceros. Documentos a consignar Fotocopia del correo electrónico en donde conste la asignación de la cita para este Consulado•    Original y 1 copia de la cédula de identidad y del pasaporte.•    Original y 1 copia del documento a apostillar.•    Original y copia de poder (en caso de hacerlo a través de representante. Este documento debe ser específico para este trámite).•    Estar Inscrito (a) en el Consulado que le corresponde de acuerdo con su lugar de residencia.•    Arancel consular: Sesenta euros (60€) en efectivo, por cada documento registrado. Es importante que sepas que, aun cuando la página web del Consulado de Venezuela indica que debes tener el alta consular para realizar la apostilla, realmente no es obligatorio. Observaciones a tener en cuenta para el trámite de Apostilla: Si el documento a apostillar en la cita se relaciona con su estado civil, debe adjuntar en los requisitos una copia legible de la cédula de identidad venezolana. Si el documento a apostillar en la cita se relaciona con una persona fallecida, debe adjuntar en los requisitos una copia legible de la cédula de identidad venezolana del fallecido y copia legible del Acta de Nacimiento o de Matrimonio que demuestre el vínculo filial con la persona fallecida. El día de su cita se verifica la información de los documentos que usted presente para apostillar y los datos que fueron cargados por usted en el sistema de apostilla. En caso de requerir un Representante Legal o Apoderado, es importante enfatizar, que tanto los datos del representante legal como del poder de representación, deben ser cargados (registrados) correctamente en el sistema por el solicitante antes de agendar la cita. Un solicitante solo puede apoderar a una persona para que lo represente en una única cita por mes. Los apoderados se aceptarán bajo las siguientes modalidades: Mediante Poder Notariado ante el Servicio Autónomo de Registros y Notarías (SAREN), colocando el número de la Planilla Única Bancaria (PUB). Poderes emitidos por/ante las Embajadas, Secciones Consulares o Consulados venezolanos, colocando el número de la Planilla de Derechos Consulares (PDC) asignada al mismo. Poderes de Representación Legal notariados y apostillados de otros países, se deberá colocar el número de la Apostilla del Poder (esta Apostilla debe ser del país de origen donde se firmó el documento). En todos los casos, los poderes siempre deberán facultar al apoderado para acudir a la cita del Sistema de Legalización y Apostilla Electrónica. Si tienes más dudas, puedes dejarla en los comentarios y con gusto nuestro equipo de abogados responderá a ellas. Por otro lado, si estás interesado en que te gestionemos la cita de apostilla del Consulado por ti y te acompañemos durante el proceso, rellena el formulario para que conozcas nuestra propuesta de servicio. Por favor, activa JavaScript en tu navegador para completar este formulario.Nombre y apellido *Correo electrónico *Documento a apostillarPartida de NacimientoActa de DefunciónActa de MatrimonioTítulo de BachillerTítulo UniversitarioNotas AcadémicasOtros Enviar Requisitos para apoderados: El representante legal deberá aportar: Original y copia de su cédula de identidad. El documento poder que le autoriza. Dos (2) ejemplares de la cita impresa. Una (1) copia del documento de identificación del solicitante o titular de la cita. Los documentos (originales) debidamente refrendados y legalizados a apostillar. El proceso de Apostilla es fundamental para validar documentos venezolanos en el extranjero,

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Apostillar documentos de Venezuela en España

Si eres venezolano, estas en España y necesitas apostillar un documento, puedes hacerlo en los distintos Consulados de Venezuela que hay en España. Hemos realizado una guía paso a paso de cómo hacerlo en el Consulado de Venezuela en Madrid y en Barcelona. Para los otros Consulados el procedimiento es muy parecido. Sin embargo, en este artículo, vamos a responder a las preguntas más frecuentes que hemos recibido al respecto. ¿Debes tener el pasaporte y la cédula vigente? No, pero sí debes llevar ambos documentos en físico el día de la cita. Aunque por lo general, te suelen pedir solo la cédula, conocemos casos donde han pedidos ambos documentos. ¿Puedo apostillar el documento digital que emite el SAREN? Si puedes, siempre y cuando esté impresa legible y a color, podrás apostillarlo. El SAREN emite las partidas de nacimiento, de defunción y matrimonio en un formato digital con códigos QR de verificación. Esto es un sistema relativamente nuevo y es normal la confusión. ¿Puedo apostillar en cualquier Consulado? Esta quizás sea la duda más común y la respuesta es que SI. Si vives en Madrid, pero hay más citas en Barcelona, puedes apostillar sin problema, en la práctica hemos visto que incluso personas que viven en España han apostillado en Portugal, es decir, puedes apostillar en los distintos Consulados de Venezuela. Tengo la cita pero no he recibido el correo. ¿Puedo acudir igualmente? Aquí la respuesta es NO. Uno de los requisitos para apostillar documentos es que lleves el correo de confirmación de la cita impreso. Por lo general, este correo de confirmación llega a la carpeta de SPAM o Correos no Deseados. Recuerda echarles un ojo a estas carpetas. ¿Puedo apostillar documentos que tengan mucho tiempo ya legalizados? Si puedes. Sin embargo, es importante entender lo siguiente, para documentos como Títulos de Bachiller o Universitarios no hay problema. Si legalizaste tu título en 2021 puedes apostillarlo en 2026 sin problema. Ahora bien, hay documentos como la partida de nacimiento que, para trámites como la nacionalidad española por residencia, España exige que tenga 1 año de vigencia como máximo. En estos casos el tiempo que cuenta es el tiempo desde que se emite el documento y no la apostilla. Por lo que, si tienes una partida de nacimiento legalizada en el año 2023 y hoy quieres apostillarla para solicitar tu nacionalidad, en principio no te servirá para ese procedimiento. Si tienes más dudas, puedes dejarla en los comentarios y con gusto nuestro equipo de abogados responderá a ellas. Por otro lado, si estás interesado en que te gestionemos la cita de apostilla del Consulado por ti y te acompañemos durante el proceso, rellena el formulario para que conozcas nuestra propuesta de servicio. Por favor, activa JavaScript en tu navegador para completar este formulario.Nombre y apellido *Correo electrónico *Documento a apostillarPartida de NacimientoActa de DefunciónActa de MatrimonioTítulo de BachillerTítulo UniversitarioNotas AcadémicasOtros Enviar Si estás en Madrid o Barcelona recuerda echarle un ojo a nuestra guía paso a paso de como apostillar documentos venezolano en estas ciudad. Migrar es cosa seria. AMS Abogados contacto@amsabogados.com

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Residencia de Nómada Digital en España 2026

Lo que comenzó como un fenómeno post pandemia, trajo consigo una nueva forma de trabajar, con lo cual, cada vez más profesionales desarrollan sus actividades de manera remota para empresas de cualquier parte del mundo, dando lugar a los llamados “nómadas digitales”. España consciente de esta realidad laboral, incorpora en el año 2022, un tipo de residencia, con la intención de atraer talento internacional y fomentar la economía digital, dando lugar a la hoy conocida Residencia de Nómada Digital, la cual se ha convertido en un plan estratégico de la economía Española, pues hasta lo que va de 2026 se han otorgado cerca de 32.000 residencias, convirtiéndola  en una de las más buscadas, y solicitadas, sobre todo por aquellas personas que trabajan a distancia y desean vivir en España.  Teletrabajo en España con la Residencia de Nómada Digital ¿Qué debes conocer? Lo primero que debes saber, es que es un tipo de residencia que permite a ciudadanos extracomunitarios vivir de manera legal en territorio español, mientras trabajan para empresas ubicadas fuera de España, debiendo demostrar que se encuentra en una relación laboral o profesional con ellas. Está enfocada únicamente en aquellas personas que sean profesionales, es decir que cuenten con titulación universitaria, que acredite que la persona está preparada para ejercer las funciones, o que, en caso de no contar con titulación Universitaria, pueda acreditar que cuenta con al menos tres (3) años de experiencia comprobable, en trabajos o roles similares. Por otra parte, es necesario mencionar que, a la hora de realizar la solicitud de residencia, hay una diferencia entre encontrarse en una relación laboral con la empresa extranjera, es decir, estar en una relación de dependencia y ser trabajador, a tener una relación profesional. En el primer caso, la empresa extranjera deberá designar un representante legal en España, inscribirse en la Seguridad Social y pagar las cotizaciones del trabajador, lo cual, en la práctica, se ha evidenciado que suele ser poco usual, pues es una obligación que las empresas no quieren asumir. En cambio, cuando la solicitud de residencia se realiza como profesional o contratista, el solicitante únicamente deberá firmar una carta de compromiso, donde se obliga a darse de alta como autónomo en España una vez obtenga su permiso de residencia. Adicionalmente se debe demostrar, que la relación laboral o profesional tiene una antigüedad de al menos tres (3) meses, que la empresa tiene al menos un (1) año de constituida, y que sus ingresos mensuales equivalen al menos a dos salarios mínimos interprofesionales (SMI), que en 2026 en España equivalen al a 2.850€. Es importante señalar, que este tipo de residencia puede ser solicitada desde el país de origen, o país de residencia habitual, por vía consular; o desde España, siempre y cuando se esté en situación regular, es decir, dentro de los noventa (90) días de permanencia legal en España. Otros asuntos de interés: Es de suma importancia mencionar que este tipo de residencia permite al solicitante agregar familiares acompañantes como su cónyuge o hijos, siendo necesario demostrar ingresos adicionales a los ya exigidos para él. En estos casos, la normativa exige acreditar un 75% adicional del SMI para el primer familiar acompañante, que equivalen en la actualidad a unos 1069 €, y un 25% extra del SMI, que equivalen a 356€ aproximadamente, por cada miembro adicional de la unidad familiar. También se debe tener en cuenta la diferencia que existe entre presentar la solicitud por vía consular, o realizarla directamente desde territorio español. Pues cuando el trámite se efectúa a través del consulado español en el país de origen o residencia del solicitante, el proceso suele ser más prolongado, ya que, una vez resuelta la solicitud, se debe emitir y estampar el visado correspondiente en el pasaporte. Y lo más relevante es que, en estos casos, la autorización inicial se concede por un periodo de un (1) año. Mientras que, cuando la solicitud se presenta desde España, el procedimiento suele ser más ágil. La administración debe resolver en un plazo máximo de veinte (20) días hábiles y, en caso de no emitirse una respuesta en dicho plazo, la solicitud se entiende aprobada pues impera el silencio administrativo positivo. Y lo mejor es que la autorización inicial concedida desde el territorio español tiene una duración de hasta tres (3) años. Ventajas de este tipo de Residencia: La residencia para nómadas digitales también ofrece una serie de ventajas especialmente atractivas para quienes deseen establecerse en España mientras mantienen una relación laboral o profesional con una empresa extranjera. Entre sus principales beneficios se encuentra la posibilidad de poder circular libremente por el espacio Schengen, facilitando la movilidad y el desplazamiento por toda la Union europea. Del mismo modo, esta residencia constituye una vía hacia la obtención de la nacionalidad española, especialmente en el caso de ciudadanos de países Iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial o Portugal, quienes pueden acceder a la nacionalidad tras un periodo reducido de residencia legal y continuada en España de dos años. Dependiendo de las circunstancias concretas de cada solicitante, también pueden existir ventajas fiscales relevantes, como la posibilidad de acogerse al régimen especial para trabajadores desplazados, conocida como “ley Beckham”, que permite tributar bajo determinadas condiciones de manera más favorable. En AMS Abogados hemos realizado con éxito varias solicitudes de Residencia de Nómada Digital, pues conocemos detalles que son clave en la práctica y que la ley no te cuenta. Si estás interesado en contar con nuestro apoyo para presentar correctamente tu solicitud o quieres que revisemos la viabilidad de tu caso, estaremos encantados de ayudarte. AMS Abogados contacto@amsabogados.com

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El secreto profesional del abogado como garantía del derecho de defensa: un análisis de derecho comparado entre España, Estados Unidos y Venezuela

Por: Claudia Paparelli y Jorgelis De Caires. Resumen El secreto profesional del abogado o privilegio de las comunicaciones cliente-abogado constituye un elemento esencial para garantizar el derecho de defensa y la tutela judicial efectiva. Este artículo analiza de manera resumida su configuración jurídica en los ordenamientos de España, Estados Unidos y Venezuela, con el objetivo de identificar similitudes, diferencias y niveles de desarrollo normativo y jurisprudencial. Mientras algunos sistemas han consolidado este principio como un derecho fundamental autónomo, otros presentan un desarrollo fragmentario, lo que plantea desafíos para su protección efectiva. 1. Introducción El secreto profesional del abogado es una de las piedras angulares del ejercicio de la abogacía y de la administración de justicia. Su función no se limita a proteger la confidencialidad de la información compartida entre abogado y cliente, sino que constituye una garantía estructural del derecho de defensa, al permitir que el justiciable se comunique libremente con su representante legal sin temor a la revelación de información sensible. La configuración jurídica de esta figura varía significativamente entre distintos ordenamientos. Mientras algunos sistemas lo reconocen como un derecho fundamental plenamente desarrollado, otros lo conciben principalmente como un deber ético o una obligación legal, con menor elaboración jurisprudencial. 2. El secreto profesional en el ordenamiento español En España, el secreto profesional de la abogacía no se entiende como un simple deber ético, sino como una garantía ligada directamente al derecho de defensa. La Constitución reconoce, por un lado, el derecho a la intimidad y al secreto de las comunicaciones en su artículo 18[1] y, por otro, el derecho a la tutela judicial efectiva, a la defensa y a la asistencia letrada en el artículo 24[2]. Además, la misma norma del artículo 24 dispone que la ley regulará los casos en que, por razón de secreto profesional, no se estará obligado a declarar sobre hechos presuntamente delictivos. Esto sitúa la confidencialidad entre abogado y cliente en un plano constitucional relacionado con la prohibición de indefensión. Esta protección fue desarrollada de forma expresa en el Estatuto General de la Abogacía Española[3] vigente desde julio 2021. La norma del artículo 21 establece que la confianza y la confidencialidad en la relación con el cliente imponen al profesional de la abogacía el deber y el derecho de guardar secreto sobre todos los hechos o noticias que conozca por razón de cualquiera de las modalidades de su actuación profesional, y añade que no puede ser obligado a declarar sobre ellos. El propio Estatuto, además, afirma en su artículo 6 que la intervención libre e independiente del abogado es una garantía de efectividad del derecho fundamental de defensa. El alcance del secreto profesional en España es especialmente amplio. El artículo 22 del Estatuto señala que comprende todos los hechos, comunicaciones, datos, informaciones, documentos y propuestas que el abogado haya conocido, emitido o recibido en su ejercicio profesional. También precisa dos cosas importantes: primero, que el secreto no ampara actuaciones ajenas al ejercicio propio de la abogacía; y segundo, que el deber de secreto permanece incluso después de haber terminado la relación profesional con el cliente. Por tanto, la protección no se limita a lo que el cliente “cuenta”, sino que cubre también estrategias, borradores, intercambios y demás materiales vinculados a la defensa o al asesoramiento jurídico. La confidencialidad no se agota en la relación abogado-cliente. El artículo 23 del Estatuto protege también las comunicaciones entre profesionales de la abogacía, al prohibir que se aporten a los tribunales o se faciliten al cliente cartas, documentos y notas intercambiadas entre abogados de partes contrarias, salvo autorización expresa. Estos documentos no pueden ser mostrados o entregados por el abogado y tampoco pueden ser requeridos policial o judicialmente, ni por otras autoridades administrativas.  Más recientemente, la Ley Orgánica del Derecho de Defensa[4], eleva el secreto profesional del abogado a una garantía esencial del derecho de defensa, declarando la inviolabilidad de las comunicaciones y documentos vinculados a la relación abogado-cliente y limitando su utilización como prueba en los procedimientos judiciales. Ahora bien, el secreto profesional no es ilimitado. En el ámbito de la prevención, la Ley del blanqueo de capitales[5] introduce una tensión importante entre confidencialidad y deberes de colaboración. Su artículo 22 dispone que los abogados no estarán sometidos a determinadas obligaciones de información respecto de la información que reciban de un cliente u obtengan sobre él al determinar su posición jurídica o al defenderlo en procesos judiciales o en relación con ellos, incluido el asesoramiento sobre la incoación o la forma de evitar un proceso. Es decir, la propia ley reconoce un espacio protegido para la defensa y el asesoramiento jurídico, aunque fuera de ese núcleo pueden activarse obligaciones de prevención, como la identificación del cliente, la aplicación de medidas de diligencia debida sobre el origen de los fondos, la conservación de documentación y la comunicación de operaciones sospechosas, conforme a lo previsto en los artículos 2, 3, 5, 18, 22 y 25 de la misma legislación. En conjunto, el sistema español configura el secreto profesional como un derecho-deber del abogado y, al mismo tiempo, como una garantía del ciudadano. No protege solo al profesional, sino la posibilidad misma de que una persona consulte a su abogado, le entregue información sensible y organice su defensa sin temor a que esa comunicación sea revelada o utilizada en su contra fuera de los cauces legalmente permitidos. 3. El privilegio abogado-cliente en Estados Unidos En el ordenamiento jurídico de los Estados Unidos, el privilegio abogado-cliente (attorney–client privilege) no se encuentra en una única norma codificada uniforme a nivel federal, sino que deriva de una combinación de reglas probatorias federales y derecho común, así como de regulaciones estatales específicas en cada jurisdicción. A nivel federal, la referencia normativa central es la Federal Rules of Evidence[6], particularmente la Regla 501, que dispone que el privilegio “shall be governed by the principles of the common law as they may be interpreted by the courts of the United States”, lo que significa que, se regirá por los principios del derecho común, tal como

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Solicitud de asilo y residencia por razones humanitarias a venezolanos

Asilo y Residencia por Razones Humanitarias a venezolanos en España: una tendencia que sigue en aumento

En los últimos años, España se ha consolidado como uno de los principales países de destino para ciudadanos venezolanos que solicitan asilo (Protección Internacional). Lejos de tratarse de un fenómeno puntual, los datos oficiales de la Oficina de Asilo y Refugio confirman que la tendencia de solicitudes y concesiones continúa al alza, especialmente en lo relativo a la residencia por razones humanitarias, una figura que se ha convertido en el resultado más habitual de muchas solicitudes de asilo presentadas por venezolanos. El análisis comparado de los informes oficiales acumulados a diciembre de 2024 y diciembre de 2025 permite entender mejor qué está ocurriendo en la práctica administrativa y por qué Venezuela sigue ocupando un lugar central dentro del sistema español de protección internacional. Venezuela como principal país de origen en las solicitudes de protección internacional Según los datos oficiales de la Oficina de Asilo y Refugio correspondientes al año 2024, Venezuela fue el principal país de origen de solicitantes de protección internacional en España, con 66.134 solicitudes registradas a lo largo del año. Esta cifra situó a los ciudadanos venezolanos como la primera entre las nacionalidades solicitantes, a pesar de los problemas para conseguir citas e iniciar el proceso. En 2025, lejos de disminuir, esta tendencia se intensificó de forma notable. El informe acumulado a diciembre de ese año refleja que las solicitudes de protección internacional presentadas por venezolanos ascendieron a 85.413, consolidando nuevamente a Venezuela como el primer país de origen de solicitantes en España. El incremento interanual es significativo y confirma que el flujo de solicitudes no solo se mantiene, sino que continúa creciendo de manera sostenida. Solicitudes presentadas en el año 2024 Solicitudes presentadas en el año 2025 Las concesiones y su relación con los tiempos de tramitación Para interpretar correctamente estas cifras es importante hacer una aclaratoria, aunque en 2024 se registraron más de 66.000 solicitudes y en 2025 más de 85.000, las concesiones de protección internacional y de residencias por razones humanitarias no corresponden necesariamente a las solicitudes presentadas en esos mismos años. Los plazos medios de resolución de una solicitud de protección internacional en España se sitúan, en la práctica, entre los dos y los dos años y medio, pudiendo incluso superar ese tiempo en determinados expedientes. Como consecuencia, muchas de las resoluciones favorables contabilizadas en 2024 y 2025 responden a solicitudes presentadas en años anteriores, que alcanzan su turno de resolución en esos periodos. Este dato es clave, porque permite entender que el aumento de concesiones no es un fenómeno puntual, sino el reflejo de un criterio administrativo estable y sostenido en el tiempo, que sigue aplicándose conforme los expedientes avanzan dentro del sistema. Concesiones de Razones Humanitarias 2024 Concesiones de Razones Humanitarias 2025 El peso de la residencia por razones humanitarias en el caso venezolano Uno de los aspectos más relevantes al analizar las resoluciones es que, en el caso de los ciudadanos venezolanos, la mayoría de decisiones favorables no se materializan en la concesión de asilo o protección subsidiaria, sino en autorizaciones de residencia por razones humanitarias. En 2024, Venezuela fue la nacionalidad con mayor número de concesiones de este tipo, con 32.181 residencias por razones humanitarias otorgadas, una cifra muy superior a la de cualquier otro país. En 2025, esta dinámica se reforzó de forma clara: las concesiones de residencia por razones humanitarias a venezolanos ascendieron a 56.864, casi duplicando el número del año anterior y confirmando una política administrativa de protección claramente consolidada. Cuando se computan estas autorizaciones humanitarias dentro del conjunto de resoluciones favorables, Venezuela vuelve a situarse como la nacionalidad con mayor tasa de protección total, alcanzando porcentajes cercanos al 99 %, una cifra excepcional dentro del sistema español de protección internacional. La base jurídica de estas concesiones Este elevado número de concesiones de residencia por razones humanitarias a ciudadanos venezolanos no responde a decisiones aisladas ni discrecionales, sino a un criterio jurídico claramente establecido. En concreto, tiene su origen en la Resolución del Subsecretario del Interior, por delegación del Ministro del Interior, de 28 de febrero de 2019, mediante la cual se determinó que los ciudadanos venezolanos cuyas resoluciones denegatorias de protección internacional hayan sido emitidas a partir del 1 de enero de 2014 tienen derecho a recibir una autorización de residencia por razones humanitarias. Esta resolución supuso un punto de inflexión en la práctica de la Oficina de Asilo y Refugio y de la Comisión Interministerial de Asilo y Refugio, al reconocer de forma expresa la situación de vulnerabilidad prolongada existente en Venezuela y la imposibilidad real de retorno seguro para muchas personas. Desde entonces, la residencia por razones humanitarias se ha convertido en la respuesta administrativa habitual para una parte muy significativa de las solicitudes presentadas por ciudadanos venezolanos, incluso cuando no concurren los requisitos estrictos para el reconocimiento del estatuto de refugiado o de la protección subsidiaria. Venezolanos y cotización a la Seguridad Social: una integración efectiva El impacto de estas concesiones se refleja de forma directa en el mercado laboral español. Los datos oficiales de la Seguridad Social muestran que los ciudadanos venezolanos se han convertido en la nacionalidad extranjera que más crece en afiliación en los últimos años. A cierre de 2025, España superó los tres millones de afiliados extranjeros, y los venezolanos encabezaron el crecimiento interanual, con un aumento de más de 40.000 nuevos cotizantes en un solo año. En términos absolutos, alcanzaron aproximadamente 215.000 afiliados a la Seguridad Social, situándose como uno de los colectivos extranjeros con mayor presencia y crecimiento dentro del sistema contributivo. Estas cifras confirman que las personas que obtienen una residencia por razones humanitarias no solo regularizan su situación administrativa, sino que se incorporan activamente al mercado laboral, cotizan y contribuyen de forma directa al sostenimiento del sistema público español. Una realidad que exige análisis y estrategia La comparación de los informes de la Oficina de Asilo y Refugio de 2024 y 2025 deja un mensaje claro: la protección administrativa a ciudadanos venezolanos en España es una tendencia consolidada. El volumen de solicitudes, el

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