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Extranjería

La Ley de Extranjería en España establece los requisitos y procedimientos para obtener diferentes tipos de residencias y visados temporales o permanentes para personas extranjeras que deseen vivir en el país. Una opción es la residencia por arraigo laboral, que se otorga a quienes han trabajado de forma continua en España durante un mínimo de dos años. Asimismo, está la residencia por arraigo social, que se concede a personas que han estado viviendo de forma continua en el país durante un mínimo de tres años y pueden acreditar vínculos sociales y familiares en España.

La residencia por arraigo familiar es otra opción, otorgada a cónyuges, hijos o padres de ciudadanos españoles. Además, se pueden solicitar residencias por motivos de formación, como estudios en universidades o programas de intercambio. También está la residencia por reagrupación familiar, que permite a ciudadanos extranjeros que residan legalmente en España solicitar la reunificación con sus familiares. Por último, existe la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión, que se concede a familiares de ciudadanos de la UE que vayan a residir en España con ellos.

En nuestros artículos, encontrarás información detallada sobre cada tipo de residencia y visado, así como los requisitos y documentos necesarios para obtener una resolución favorable. Además, ofrecemos asesoramiento legal para ayudarte a cumplir con todos los requerimientos necesarios y obtener tu residencia o visado sin inconvenientes.

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Residencia para Prácticas en España 2025

En el proceso de inserción laboral en España, los estudiantes extranjeros cuentan con diversas opciones para obtener un permiso de residencia que les permita trabajar legalmente. Una de estas alternativas es la Residencia para Prácticas, una autorización que permite a los recién titulados o estudiantes en formación superior realizar prácticas en empresas españolas, facilitando su acceso al mercado laboral. Si finalizaste tus estudios y estas considerando esta opción, aquí te explicamos en qué consiste, quiénes pueden solicitarla, cuáles son los requisitos y qué ventajas ofrece. ¿Qué es la Residencia para Prácticas en España? Es una autorización que habilita a los estudiantes extranjeros a residir y realizar prácticas profesionales en España, que pueden llevarse a cabo de dos formas: A través de un convenio de prácticas, para aquellas personas que no tienen un contrato laboral, pero desean obtener experiencia profesional en su sector, y este suele hacerse entre el centro de estudios (universidad) y la empresa en la que se realizarán. A través de un contrato de trabajo en prácticas, lo que implica una relación laboral directa entre el extranjero y la empresa, bajo condiciones específicas que lo diferencian de la relación de trabajo regular. Este permiso permite a los beneficiarios mejorar sus conocimientos, habilidades y experiencia en un entorno profesional, facilitando así su inserción en el mercado laboral español. ¿Quiénes pueden solicitar la Residencia para Prácticas? Para poder optar por esta residencia, el solicitante debe cumplir con alguno de los siguientes requisitos: Haber obtenido un título de educación superior en los dos años anteriores a la solicitud. Esto incluye títulos universitarios, formación profesional de grado superior (FP), enseñanzas artísticas superiores, artes plásticas y diseño, o enseñanzas deportivas de grado superior. Estar realizando estudios que conduzcan a la obtención de un título de educación superior, ya sea en España o en el extranjero. Además, el solicitante debe: No ser ciudadano de un país de la Unión Europea, Espacio Económico Europeo o Suiza. No contar con antecedentes penales en España ni en sus países de residencia en los últimos cinco años, ni figurar como rechazable en los países con los que España tenga acuerdos en materia migratoria. Requisitos Dependiendo de si las prácticas se realizarán mediante un convenio de prácticas o un contrato de trabajo en prácticas, los requisitos pueden variar: Documentos Generales: Formulario de solicitud oficial (EX04) debidamente cumplimentado.  Pasaporte del solicitante cuya vigencia debe ser igual o superior al periodo solicitado. Acreditación de haber obtenido un título de educación superior en los últimos dos años o estar en proceso de obtenerlo. Documento de admisión o contrato con la entidad que ofrece las prácticas. Si las prácticas son no laborales (Convenio de Prácticas): Convenio firmado con la empresa donde se realicen las prácticas. Seguro médico público o privado con cobertura total en España. Demostración de medios económicos suficientes para la estancia. Si las prácticas son laborales (Contrato de Trabajo en Prácticas): Contrato de trabajo en prácticas, firmado por ambas partes, el empleador y el extranjero. Acreditación de que la empresa cumple con sus obligaciones fiscales y de seguridad social. Prueba de que la empresa tiene recursos suficientes para cubrir el pago del salario estipulado. Duración de la residencia para prácticas Con Convenio de Prácticas: La residencia se otorga por 12 meses o por el tiempo que dure el convenio si este es menor a un año. Se puede renovar una única vez, con un límite máximo de 2 años en total. Con Contrato de Trabajo en Prácticas: La duración será la estipulada en el contrato de trabajo, según la normativa laboral vigente. Se puede renovar hasta alcanzar la duración máxima establecida en la ley laboral para este tipo de contrato, que actualmente es de un año. Procedimiento de solicitud y resolución: ¿Quién presenta la Solicitud? La entidad de acogida, que puede ser la empresa o institución que ofrece las prácticas, es la encargada y facultada para presentar la solicitud en nombre del estudiante. ¿Dónde se presenta? De forma electrónica, a través de la plataforma de Extranjería Mercurio; o solicitando un visado en el Consulado español del país de origen en caso de que el interesado se encuentre fuera de España. ¿Cuánto tiempo tarda la resolución? La Administración tiene un plazo de 30 días para resolver la solicitud. Si en este plazo no hay respuesta, se considera aprobada por silencio administrativo positivo. Esto es una gran ventaja de esta residencia, ya que las Oficinas de Extranjería suelen tardar más tiempo del previsto en la Ley para resolver las solicitudes, y esto normalmente perjudica a los extranjeros, pero en este caso, si no responden dentro del tiempo se considerará que han concedido la residencia. ¿Se puede renovar? Sí, pero solo una vez si se trata de un convenio de prácticas, con un límite total de dos años. Si se trata de un contrato de trabajo en prácticas, se puede renovar hasta alcanzar la duración máxima permitida por la legislación laboral. Ventajas de la residencia para prácticas Además de permitir la transición de estudiante a trabajador, este tipo de residencia tiene múltiples beneficios: Con este permiso los estudiantes pueden hacer la transición de su permiso de estancia por estudios a una residencia de manera mucho más rápida y sencilla. Y una vez que culmine este permiso para prácticas, podrán modificar a uno de trabajo y mantener así la continuidad de su residencia. Una gran ventaja es que no es necesario estar en España para tramitar esta residencia. Un estudiante puede obtener su autorización desde su país de origen y viajar a España una vez aprobada. Sin embargo, esta opción no es la más recomendable, pues al no hacer los estudios en España, suele ser una solicitud para la que exigen mayor documentación. El tiempo con esta residencia se computa para la solicitud de nacionalidad española. Esto es especialmente útil para ciudadanos de países iberoamericanos, que pueden obtener la nacionalidad tras dos años de residencia legal en España. Las empresas pueden solicitar este permiso de manera totalmente telemática, evitando trámites burocráticos complicados y agilizando la

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Cómo buscar mi resolución de Asilo en el BOE España

Si eres solicitante de Protección Internacional (Asilo) en España y no has recibido notificación oficial sobre tu resolución, ya sea porque cambiaste de domicilio o por un error en la comunicación, tienes la opción de verificar tu estatus en el Boletín Oficial del Estado (BOE). ¿Por qué es importante revisar el BOE? Las notificaciones de Asilo en España se realizan por correo postal al último domicilio que conste en el expediente o por la Carpeta Ciudadana del interesado si este se ha registrado con certificado digital. Sin embargo, cuando emiten la resolución, e intentan notificar al extranjero, pero estas formas de notificación fallan, la resolución se publica en el BOE. Cada 15 días se emite un BOE de nuevas notificaciones que no se han logrado, a través de un listado que incluye el NIE de los solicitantes y la decisión que está en la respectiva resolución. Es fundamental revisar estas publicaciones, ya que, dependiendo del resultado, los solicitantes tienen dos opciones: Obtener su TIE: si le han denegado el asilo, pero han recibido la residencia por razones humanitarias. Conocer si su solicitud fue denegada, lo que les permitiría explorar opciones de solicitud de una residencia por arraigo o presentar un recurso si lo consideran necesario. Pasos para buscar tu resolución de asilo en el BOE: Si consideras que ya ha pasado bastante tiempo y crees que hay posibilidades de que no pudieran notificarte personalmente, sigue estos pasos para verificar si ya tienes resolución y te han notificado a través del BOE: Accede a la web oficial del BOE en www.boe.es/buscar En la pestaña de búsqueda rápida, selecciona la opción “Notificaciones”. Introduce tu NIE en la barra de búsqueda y presiona «Buscar». Si tu resolución ha sido publicada, aparecerá el BOE correspondiente con tu estatus de asilo. Si no hay resultados, significa que tu resolución aún no ha sido publicada en el BOE y debes revisar en futuras ediciones. Posibles resultados y qué hacer en cada caso FAVORABLE: Indica que tu solicitud de asilo ha sido aprobada. R.H. ART. 37B: Significa que te han concedido una Residencia por Razones Humanitarias, y puedes acudir con la publicación del BOE a la cita de huellas para tramitar tu TIE y obtener tu residencia. DESFAVORABLE: Si tu solicitud ha sido denegada, podrías optar por una residencia por arraigo; y, a partir de mayo, con la entrada en vigencia del nuevo reglamento de la Ley de Extranjería, desde la fecha de publicación en el BOE, debes esperar 6 meses para iniciar este trámite. ¿Tienes dudas? ¡Reserva tu asesoría y comienza un proceso migratorio exitoso! Varias modalidades Online vía Zoom Presencial en nuestra oficina en Madrid RESERVAR ¿Necesitas ayuda con tu caso? Si tu resolución fue denegada y necesitas asesoría para solicitar un arraigo o presentar un recurso, contáctanos contacto@amsabogados.com . En AMS Abogados, te ayudamos a analizar tu situación y elegir la mejor opción para regularizar tu estatus en España. Migrar es cosa seria. AMS Abogados contacto@amsabogados.com

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Seguro de salud para extranjeros en España en 2025

Si estás planificando tu viaje a España como turista, estudiante o trabajador, es fundamental que conozcas los requisitos de seguro médico exigidos por la normativa española. Aunque en algunos casos, para estancias cortas como turista, no es obligatorio contar con un seguro de salud, sí debes contar con un seguro de viaje. En este artículo, te explicamos qué seguro necesitas, qué requisitos debe cumplir y cómo elegir el mejor para tu perfil. ¿Es obligatorio el seguro médico para extranjeros en España? La contratación de un seguro médico es un requisito indispensable para aquellos extranjeros que planean residir en España por más de tres meses. Este requisito aplica tanto a ciudadanos de la Unión Europea como a extracomunitarios que soliciten un visado o permiso de residencia. Sin embargo, para turistas con una estancia menor a 90 días, no es obligatorio contar con un seguro médico privado, pero sí deben contar con un seguro de viaje. En caso de necesitar atención sanitaria durante tu viaje y no tener cobertura, los gastos médicos pueden ser elevados, especialmente si requieren hospitalización. Si tu viaje a España excede los tres meses o si vas a solicitar una visa de estudios, visado de residencia no lucrativa o cualquier otro permiso, sí deberás contar con un seguro de salud que cumpla con los requisitos establecidos por la normativa española. ¿Qué requisitos debe cumplir el seguro médico para extranjeros en España? No todos los seguros médicos son válidos para cumplir con los requisitos del gobierno español, pues para que sea aceptado en el trámite de un visado o permiso de residencia, debe cumplir con las siguientes condiciones: Sin copagos: el seguro debe garantizar atención médica sin costes adicionales, esto significa que no tengas que pagar por cada consulta, tratamiento o servicio médico que necesites dentro de las coberturas contratadas. En otros países, especialmente en Latinoamérica, al copago se le conoce como “deducible”. Sin carencias: desde el primer día de tu llegada a España, el seguro debe estar activo y permitirte acceso inmediato a la atención sanitaria. Cobertura completa: Debe cubrir hospitalización, urgencias, pruebas diagnósticas, especialidades médicas y traslados sanitarios dentro de España. Vigencia durante toda tu estancia: El seguro debe cubrir todo el período de tu visado o permiso de residencia, y, en caso de renovación de tu permiso, también deberás renovar tu póliza. Debe estar contratado con una aseguradora autorizada en España: No es válido cualquier seguro internacional, pues la aseguradora debe estar reconocida y operar legalmente en el territorio español. Por esto la recomendación es que contrates un seguro emitido por una empresa española, para evitar contratiempos. Cobertura en todo el territorio español: Es importante que el seguro cubra la asistencia médica en cualquier comunidad autónoma dentro de España. ⚠️ Importante: Un seguro de viaje con cobertura médica no es suficiente para obtener un visado o permiso de residencia. Debe ser un seguro de salud completo con las coberturas establecidas por la sanidad española. ¿Cómo elegir el mejor seguro de salud para extranjeros en España? Además de cumplir con los requisitos legales, al elegir un seguro médico debes considerar otros factores clave: Cuadro médico y hospitales: Verifica cuántos centros médicos y especialistas están disponibles en la red de la aseguradora y si hay suficientes en la ciudad donde residirás. Servicios adicionales: Algunas pólizas incluyen beneficios como asistencia telefónica 24/7, telemedicina o descuentos en farmacias. Cobertura internacional: Si planeas viajar a otros países dentro del espacio Schengen, asegúrate de que tu seguro cubra asistencia fuera de España. Precio: Los costos varían según la aseguradora y el nivel de cobertura. Generalmente, los seguros de salud sin copagos son más costosos, pero garantizan una atención médica sin pagos adicionales. 📩 ¿Necesitas ayuda con tu seguro médico? En AMS Abogados te asesoramos en la contratación del seguro que mejor se adapte a tu perfil y requisitos migratorios. Trabajamos con DKV, una de las aseguradoras más reconocidas en España, con la que hemos ayudado a numerosos clientes a obtener su cobertura médica sin complicaciones. Escríbenos a contacto@amsabogados.com y gestionamos tu seguro de forma rápida y segura. Casos específicos: ¿Necesito seguro médico si soy estudiante o trabajador? Si vienes a estudiar a España por más de 90 días: Sí, necesitarás un seguro de salud internacional para estudiantes, que cumpla con los requisitos exigidos por el visado de estudios. Algunas compañías, como Sanitas, Mapfre, Asisa, Adelas, entre otras, también ofrecen seguros diseñados para estudiantes extranjeros. Si eres trabajador en España: Si ya tienes un contrato de trabajo en España y cotizas en la Seguridad Social, no necesitas contratar un seguro privado, ya que tendrás acceso al sistema público de salud. Si eres ciudadano no comunitario (fuera de la Unión Europea) y vas a residir en España sin trabajar: Para visas como la residencia no lucrativa o la de nómada digital, sí es obligatorio contar con un seguro de salud privado sin copagos. ¿Puedo contratar un seguro si tengo una enfermedad preexistente? Sí, las enfermedades preexistentes no deben ser un impedimento para contratar un seguro de salud en España; sin embargo, algunas aseguradoras pueden aumentar el precio de la póliza o excluir ciertas coberturas relacionadas con la enfermedad previa. Es importante revisar las condiciones antes de contratarlo. Si estás planificando tu estancia en España, contar con un seguro médico adecuado es clave para tu seguridad y tranquilidad. Aunque los turistas que visitan el país por menos de 90 días no están obligados a contratar un seguro, se recomienda encarecidamente tener uno para evitar imprevistos médicos costosos. Si es tu caso, mira nuestro artículo de requisitos para entrar a España este año 2025.  ¿Tienes dudas? ¡Reserva tu asesoría y comienza un proceso migratorio exitoso! Varias modalidades Online vía Zoom Presencial en nuestra oficina en Madrid RESERVAR Si necesitas un visado o permiso de residencia, es obligatorio contar con un seguro médico privado que cumpla con los requisitos establecidos. Antes de contratarlo, revisa bien las condiciones, asegúrate de que la aseguradora esté reconocida en España y compara diferentes opciones para encontrar la mejor cobertura al mejor

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Fin del TPS para venezolanos en Estados Unidos: Alternativas para migrar a España en 2025

El Estatus de Protección Temporal (TPS) otorgado a ciudadanos venezolanos en Estados Unidos enfrenta su fin en 2025 afectando a más de 600 mil personas que deberán retornar a Venezuela o buscar nuevas alternativas migratorias. ¿Cuándo finaliza el TPS para venezolanos en EE.UU.? Actualmente existen dos grupos de venezolanos amparados por el TPS en EE. UU., cuyos estatus tienen fechas de vencimiento distintas: Personas que se acogieron a la extensión del TPS de 2023: se confirmó que la protección finalizará el 07 de abril de 2025. Personas acogidas al TPS de 2021: Su protección expirará el 10 de septiembre de 2025; si bien una extensión puede ser posible, aún no se sabe con seguridad qué sucederá. Ante la inminente pérdida de esta protección muchos venezolanos están explorando opciones para migrar a otros países. España surge como una de las alternativas más atractivas, principalmente, porque ofrece diversas opciones de residencia legal que en poco tiempo pueden conllevar a la obtención de la ciudadanía española.  Debido a la eliminación de este estatus de protección a los venezolanos en EE. UU., el gobierno español ha indicado que se prepara para una llegada masiva de nacionales de Venezuela, a quienes España «les brindará protección, como ya se ha hecho con los más de 125.000 venezolanos acogidos en los últimos años». Hasta el momento no se ha definido un mecanismo especial para tal protección, pero es probable que en los próximos meses, mediante Decreto, se ofrezca una fórmula de actuación administrativa frente a la posible nueva ola migratoria de venezolanos hacia España, esta vez desde Estados Unidos. Aunque se desconoce el alcance o mecanismos futuros para facilitar la acogida de venezolanos, no es necesario esperar para migrar a España, pues en la actualidad están disponibles distintas alternativas para vivir en este país con estatus migratorio completamente regular y legal: Alternativas para migrar a España para venezolanos en 2025 1. Solicitud de Asilo y Residencia por Razones Humanitarias: Desde hace más de cinco años una de las vías migratorias más utilizadas en España por los venezolanos es la Solicitud de Protección Internacional, comúnmente conocida como “Asilo”, ya que es un proceso que te concede permiso de trabajo seis (6) meses después de haberlo iniciado y asistencia sanitaria desde el momento mismo de la solicitud. Adicionalmente, desde 2019 existe una Instrucción que concede a todos los venezolanos con resoluciones denegatorias de asilo la Residencia por Razones Humanitarias, que permite vivir y trabajar legalmente en España y sumar tiempo para poder optar a la nacionalidad española. Esto es, aunque se considere que los solicitantes no reúnen las condiciones para obtener un asilo, se les concede otro tipo de protección, que permite residir, trabajar y luego optar por la nacionalidad española, si es lo que se desea. Algunos asesores en materia de extranjería afirman que este tipo de protección (residencia por razones humanitarias) será eliminada o suprimida, pero tales suposiciones no tienen sustento. Deben considerarse las recientes declaraciones del presidente del gobierno español antes citadas, y la circunstancia de que los venezolanos son los nacionales extranjeros que más cotizan en la Seguridad Social en relación con la cantidad de personas con permiso de trabajo, demostrando que este grupo de migrantes trae beneficios significativos a la economía española. Aunado a que, solo en el año 2024, más de 20.000 de estas residencias fueron aprobadas a ciudadanos venezolanos. Es por esto que, no parece ser viable que España elimine esta modalidad de residencia, sin ofrecer soluciones alternativas; por ello, consideramos que solicitar protección internacional en España para los ciudadanos venezolanos sigue siendo una opción completamente válida y beneficiosa. 2. Visado de Estudios La Visa de Estudios es una de las alternativas más efectivas para las personas que necesitan llegar a España con un permiso de trabajo activo, pues este visado permite vivir en el país mientras cursan estudios y trabajar hasta 30 horas semanales. Puede solicitarse desde EE.UU. ante el Consulado español que corresponda al domicilio del extranjero, o en España dentro de los primeros 60 días desde la entrada al país como turista. Una vez finalizados los estudios, puedes modificar fácilmente a una residencia de trabajo con cualquier oferta y/o contrato laboral, sin que se requiera que este trabajo esté relacionado con lo que estudiaste. 3. Visa No Lucrativa Esta opción está dirigida a quienes poseen recursos económicos suficientes para residir en España sin necesidad de trabajar al menos por un año. Para obtener este visado se deben demostrar ahorros o ingresos pasivos equivalentes a al menos 30.000€ al año por el titular y 8.000€ adicionales por cada familiar acompañante. Esta opción te permite ciertas ventajas como sumar tiempo para optar a la nacionalidad española desde tu llegada al país o que, luego de un año con la residencia, modifiques a una residencia de trabajo por cuenta ajena o cuenta propia para que puedas obtener un permiso de trabajo. 4. Residencia de Nómada Digital Pensado para personas que trabajan de forma remota, principalmente como contratistas (independiente o autónomo), para una o más empresas extranjeras y ganan al menos 2.800€ al mes. Para este trámite se debe demostrar que tienes títulos académicos o experiencia de 3 años que te capacitan para desarrollar tu trabajo, que tienes al menos 3 meses prestando servicios para la o las empresas extranjeras y que éstas existen desde hace al menos un año. Este permiso es muy beneficioso pues se puede solicitar mientras visitas España como turista (90 días) y la respuesta debe llegar en menos de 20 días hábiles contados desde la solicitud. 5. Residencia para Profesional Altamente Cualificado (PAC) Esta residencia está dirigida a personas que cuenten con una oferta de empleo en España para un puesto que exija una formación académica superior, ya sea un título universitario o de posgrado. En casos excepcionales, también pueden optar quienes acrediten al menos tres años de experiencia profesional en un cargo similar. Para ser elegible, la oferta laboral debe ser, como mínimo, 1,5 veces el salario promedio de la profesión correspondiente. Como referencia, el umbral mínimo

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¿Debo desistir de mi procedimiento de Asilo en España?

Desde que se anunció el Nuevo Reglamento de Extranjería que entrará en vigencia el 20 de mayo de 2025, existe una duda entre los solicitantes de asilo y es si deben desistir o no de su solicitud para poder optar a las nuevas figuras de Arraigo. En este artículo te explicamos lo que debes saber. El reciente Real Decreto 1155/2024, de 19 de noviembre, introduce un nuevo marco normativo que regula el acceso a la residencia por arraigo para extranjeros en situación irregular en España. Y entre los puntos más relevantes, está la Disposición Transitoria Quinta que establece un régimen especial para solicitantes de asilo cuya petición haya sido denegada y deseen acceder a una autorización de residencia. Sin embargo, ¿es recomendable desistir del procedimiento de asilo para acogerse a esta disposición? Analicemos los aspectos clave. ver instrucción 1. Condiciones para acceder a una residencia por arraigo con el nuevo Reglamento. Para poder beneficiarse de esta medida transitoria, es necesario cumplir con ciertos requisitos: Haber recibido una denegación de la solicitud de asilo, y que la misma esté firme, es decir que la resolución denegatoria no pueda ser recurrida. Permanecer en situación irregular en España durante al menos seis meses tras la firmeza de la denegación. Que la denegación haya sido notificada antes del 20 de mayo de 2025. Presentar la solicitud entre el 20 de mayo de 2025 y el 20 de mayo de 2026. 2. ¿Cuándo NO debes desistir del procedimiento de asilo? Según la nota aclaratoria emitida por la Dirección General de Migraciones, para acogerse a la Disposición Transitoria Quinta no se considerará válido el desistimiento de la solicitud de asilo, ni la renuncia de los recursos presentados contra el silencio administrativo negativo (cuando la Administración no responde a la solicitud de asilo en el plazo establecido). 3. ¿Cuándo SÍ se puede desistir? En caso de que te hayan denegado la solicitud mediante una resolución expresa, y contra esta has interpuesto un recurso de reposición o un recurso contencioso-administrativo, sí podrás desistir de dicho recurso, ya que la denegación devendría firme y podría computarse el plazo de estancia irregular necesario para solicitar el arraigo. 4. ¿Cómo presentar el desistimiento del recurso de reposición de Asilo? El pasado miércoles 22 de enero, la Dirección General de Protección Internacional anunció la habilitación de un formulario electrónico para facilitar la presentación de solicitudes de desistimiento de recursos de reposición, que además permite la descarga automática de las resoluciones correspondientes. El formulario está disponible en la sede electrónica del Ministerio del Interior y puede ser completado en línea a través del siguiente enlace.  Cabe destacar que este formulario está destinado exclusivamente para el desistimiento de recursos de reposición, por lo que no se admiten otros escritos o recursos a través de esta plataforma. Para más detalles, puedes consultar la nota oficial en el siguiente enlace. ver nota informativa ¿Es recomendable desistir? La decisión de desistir o no depende de cada caso particular. En principio, si no has recibido resolución denegatoria de tu solicitud, no es recomendable desistir del proceso de asilo, y abandonar un recurso podría significar la pérdida de posibles opciones de protección internacional. Además, si no cumples con los requisitos exactos, podrías quedar en una situación de mayor vulnerabilidad sin posibilidad de acogerte a este régimen transitorio. ¿Tienes dudas? ¡Reserva tu asesoría y comienza un proceso migratorio exitoso! Varias modalidades Online vía Zoom Presencial en nuestra oficina en Madrid RESERVAR Si tienes dudas sobre tu situación específica y necesitas una evaluación detallada de tu caso, en AMS Abogados podemos ayudarte a determinar la mejor estrategia para regularizar tu situación en España. Agenda una consulta con nosotros y resuelve todas tus inquietudes con asesoría especializada. Migrar es cosa seria. AMS Abogados contacto@amsabogados.com

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Diferencia entre estancia y residencia en España ams abogados

Diferencia entre estancia y residencia en España

Si estás pensando en venir a España, ya sea por un corto tiempo o para quedarte a vivir, es fundamental que conozcas la diferencia entre «estancia» y «residencia». Aunque a simple vista pueden parecer lo mismo, legalmente no lo son, y cada una tiene requisitos, beneficios y limitaciones específicas. ¿Qué es una estancia en España? La estancia hace referencia a una permanencia temporal en España, que en la mayoría de los casos no debe superar los 90 días consecutivos. Esto aplica para turistas y estudiantes. En otras palabras, si vienes a España con la intención de visitar o estudiar por un tiempo determinado, lo que tienes es un permiso de estancia, no de residencia. Primero te explicaremos los diferentes tipos de estancia, dependiendo del motivo de tu visita, que pueden ser: De Turismo: Puedes estar hasta 90 días sin necesidad de un permiso especial, salvo que por tu nacionalidad requieras tramitar un visado de turismo. De Estudios: Si vienes a estudiar, tu estancia puede ampliarse hasta un año. Voluntariado: En este caso, también se permite un máximo de 90 días. Es importante saber que la estancia, en la mayoría de los casos, no te permite trabajar ni cotizar en la Seguridad Social. Y solo algunas excepciones se aplican a estudiantes, quienes, según el caso, podrán contar con un permiso de trabajo. Aclarado esto, pasemos al siguiente punto, que es explicarte el concepto de residencia. ¿Qué es una residencia en España? A diferencia de la estancia, la residencia te va a permitir vivir en España por un periodo más largo, superior a 90 días y, en la mayoría de los casos, con posibilidad de trabajar. Según el tipo de residencia, esta podría ser: Residencia y trabajo: Puede ser por cuenta ajena (con un contrato laboral) o por cuenta propia (si deseas emprender un negocio en España). Residencia por arraigo: Existen diferentes tipos como el social, familiar, laboral y para la formación, que aplican a personas con vínculos en España o con un tiempo determinado de permanencia en el país. Residencia como familiar de comunitario: Para quienes son cónyuges, hijos o padres de ciudadanos españoles o de la Unión Europea. Residencia no lucrativa: Para quienes desean vivir en España sin necesidad de trabajar, demostrando que tienen medios económicos suficientes para mantenerse durante su permanencia en el país.  Como comentamos, la residencia, a diferencia de la estancia, otorga derechos adicionales, como el acceso a la Seguridad Social, la posibilidad de trabajar legalmente, la opción de renovar el permiso hasta obtener la residencia permanente, y la posibilidad de solicitar la nacionalidad española por residencia. ¿Dónde se solicitan estos visados y/o autorizaciones? Otra diferencia clave entre estancia y residencia es dónde se solicitan los permisos, te lo explicamos acá: Los visados de estancia (para turismo, estudios o voluntariado) y de residencia (no lucrativa, nómada digital, Profesional altamente cualificado, entre otras), se gestionan desde el país de origen, en el Consulado español. Las autorizaciones de residencia se solicitan ante las Oficinas de Extranjería en España, bien sea que el extranjero esté dentro del territorio español o desde el extranjero, dependiendo del tipo de permiso. Los arraigos y algunos permisos especiales sólo pueden tramitarse dentro de España. ¿El tiempo de estancia cuenta para la nacionalidad por residencia? No, para solicitar la nacionalidad española por residencia, el tiempo requerido debe haberse cumplido bajo una autorización de residencia, no de estancia. Por ejemplo, si llegaste a España con un visado de estudiante, estuviste un año en esta situación, y luego cambiaste a una residencia por trabajo por cuenta ajena, acumulando otro año, no podrás solicitar la nacionalidad. Aunque seas ciudadano de un país iberoamericano donde solo se requieren dos años de residencia, el tiempo como estudiante no computa para la nacionalidad española. ¿Los solicitantes de asilo son residentes o tienen permiso de estancia? El caso de los solicitantes de asilo es especial, pues hasta hace poco más de un año, en España se consideraba que mientras esperaban respuesta de su solicitud, estaban en situación de estancia en España, sin embargo, el 24 de enero de 2024, el Tribunal Supremo dictó una sentencia mediante la que aclaró el estatus migratorio de las personas que se encuentran en trámite de solicitud de protección internacional, basándose en el artículo 9.1 de la Directiva 2013/32/UE y explicando que se encuentran en una situación migratoria regular pero peculiar y que no es equiparable siquiera a la de estancia, sino que es una medida de “mera tolerancia” para permanecer en el país de solicitud de asilo. ¿Tienes dudas? ¡Reserva tu asesoría y comienza un proceso migratorio exitoso! Varias modalidades Online vía Zoom Presencial en nuestra oficina en Madrid RESERVAR Conocer estas diferencias te ayudará a evitar problemas legales y a elegir la opción que mejor se adapte a tu situación. Tanto si necesitas gestionar un permiso de estancia como de residencia, en AMS Abogados estamos aquí para ayudarte. Reserva una cita con nuestros abogados y diseñaremos una estrategia personalizada para que tu solicitud se presente correctamente, evitando retrasos y gastos innecesarios. Migrar es cosa seria. Migrar es cosa seria. AMS Abogados contacto@amsabogados.com

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Cómo recuperar tu tarjeta de residencia de larga duración si has estado fuera de España

Es bastante común que algunas personas que en su momento obtuvieron un permiso de residencia en España decidieran regresar a su país de origen, trasladarse a otro territorio o, incluso, hayan extraviado su tarjeta. Si te encuentras en esta situación y deseas recuperar tu tarjeta de residencia de larga duración, es importante conocer los requisitos y el procedimiento adecuado para lograrlo. ¿Cuándo puedes solicitar la recuperación de tu residencia de larga duración? Podrás gestionar la recuperación de tu tarjeta de residencia de larga duración si te encuentras en alguno de los siguientes casos: Si perdiste tu residencia de larga duración por haber estado fuera del territorio de la Unión Europea durante un período consecutivo de 12 meses. Si tu tarjeta quedó extinguida debido a la adquisición de una residencia de larga duración-UE en otro Estado miembro. Si firmaste un compromiso de no retorno y, tras finalizar dicho período, deseas regresar a España. El proceso para recuperar tu tarjeta puede realizarse tanto desde el Consulado de España en tu país de residencia actual, como en la Oficina de Extranjería si te encuentras en territorio español con una estancia legal. Documentación necesaria para la recuperación de la tarjeta Para iniciar la solicitud de recuperación de tu residencia de larga duración, deberás presentar la siguiente documentación: Formulario de solicitud (modelo EX-11), completado y firmado en dos ejemplares. Copia completa del pasaporte o título de viaje, con una vigencia mínima de cuatro meses. Certificado de antecedentes penales, expedido por las autoridades de tu país de origen o de los lugares en los que hayas residido durante los últimos cinco años. Este documento debe estar debidamente legalizado o apostillado y traducido por un traductor jurado si no está en castellano. Certificado médico en el que conste que no padeces enfermedades con repercusiones graves para la salud pública según el Reglamento Sanitario Internacional de 2005.  ¿Es posible recuperar cualquier tipo de tarjeta de residencia? Recuperar una tarjeta de residencia de larga duración es un procedimiento factible si cumples con los requisitos establecidos, pero debes tener en cuenta es que no todas las tarjetas de residencia pueden ser recuperadas, por ejemplo, las autorizaciones de residencia y trabajo de carácter temporal no pueden restablecerse directamente. Si tenías una tarjeta temporal, tendrás que iniciar un nuevo proceso o explorar otras alternativas para regularizar tu situación en España, pero podrías beneficiarte de ciertos atenuantes, como la exención del cumplimiento de la Situación Nacional de Empleo en algunos casos. ¿Tienes dudas? ¡Reserva tu asesoría y comienza un proceso migratorio exitoso! Varias modalidades Online vía Zoom Presencial en nuestra oficina en Madrid RESERVAR Si te encuentras en esta situación, agenda una asesoría con nuestros abogados para que puedas recuperar tu tarjeta de larga duración y puedas volver a hacer vida en España. Migrar es cosa seria. AMS Abogados contacto@amsabogados.com

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¿Cuánto tarda la resolución de extranjería en España?

Si acabas de solicitar tu permiso de residencia en España o estás a punto de hacerlo, es posible que te preguntes cuánto tiempo puede demorar la oficina de extranjería en emitir una resolución favorable. En este artículo te damos una respuesta detallada y te explicamos lo que debes saber sobre los plazos y posibles escenarios. Plazo legal de resolución La oficina de extranjería cuenta (para la mayoría de las solicitudes de residencia o estancia) con un plazo máximo de 90 días para responder a tu solicitud, conforme a la normativa del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas. Este plazo incluye el análisis de la documentación presentada, la comprobación del cumplimiento de requisitos y la emisión de una resolución, ya sea aprobatoria o denegatoria. Y en teoría, deberías recibir una respuesta antes de que transcurran estos tres meses; sin embargo, en la práctica, algunas solicitudes experimentan retrasos y este tiempo de respuesta se alarga a veces a más de seis meses. Entonces, ¿qué puedes hacer si pasa este tiempo y no recibes respuesta? Silencio administrativo: ¿positivo o negativo? Dependiendo del tipo de solicitud que hayas presentado, el silencio administrativo puede jugar a tu favor o en tu contra. Veamos ambos casos: Silencio administrativo positivo (renovación de residencia) Si tu solicitud es una renovación (es decir, ya tenías tu tarjeta de residencia, pero caducó y has presentado la documentación para renovarla), el silencio administrativo será positivo. Esto significa que, si tras tres meses no recibes respuesta, tu solicitud se considerará aprobada. En ese caso, debes enviar un escrito a la Oficina de Extranjería solicitando la resolución aprobatoria para que puedas pedir cita para obtener tu TIE o tarjeta física. Silencio administrativo negativo (nueva solicitud) Si lo que estás tramitando es una residencia inicial (tu primera solicitud), el panorama cambia. Aquí, en la mayoría de las solicitudes, el silencio administrativo es negativo, lo que supone que, si tras los tres meses reglamentarios no tienes respuesta, tu solicitud podría considerarse rechazada, solo a efectos de que tengas la opción de presentar un recurso de reposición o contencioso administrativo, ambos procedimientos te permitirán pedir a la Administración que revise tu expediente con más detalle, que podría desembocar en una resolución favorable. Sin embargo, puede que no sea necesario, pues las Oficinas de Extranjería están obligadas a responder siempre, si no, estarían todos los trámites desistidos por la falta de respuesta dentro del tiempo de Ley, y no deben los solicitantes asumir las consecuencias de las faltas y demora de parte de la Administración. Es decir, la realidad es que, debido a la sobrecarga que puede haber en Extranjería, tu solicitud podría seguir adelante y ser aprobada incluso después de agotarse el plazo. Con un poco de paciencia, tu solicitud seguirá avanzando y te concederán la residencia. ¿Cuánto tardan realmente los expedientes en 2025? Actualmente, las oficinas de extranjería, sobre todo en grandes ciudades como Madrid y Barcelona, están saturadas, y esto provoca que los plazos reales sean mucho más largos que los establecidos en la normativa legal. Hemos visto casos de clientes que, al solicitar un Arraigo Familiar, han tenido que esperar 4, 5 o incluso 6 meses antes de recibir su resolución favorable. Pero, a pesar del retraso, finalmente obtuvieron su permiso de residencia. Recomendaciones clave: Antes de iniciar tu trámite, es recomendable verificar cuánto están tardando las resoluciones en la Oficina de Extranjería que te corresponde por tu domicilio. Esto te permitirá hacer una estimación más realista del tiempo que podría llevar tu expediente y planificarte mejor. ¿Aún no has presentado tu solicitud? Esto te interesa Es importante que sepas que no existe un método para agilizar el tiempo de respuesta y emisión de la resolución por parte de extranjería. Sin embargo, si aún no has iniciado tu trámite lo que sí puedes hacer es preparar tu expediente correctamente desde el principio. Asegúrate de cumplir con todos los requisitos y de presentar los documentos conforme a lo establecido en el Reglamento de la Ley de Extranjería, esto no solo facilita el trabajo del funcionario que revisa tu solicitud, sino que también reduce el riesgo de que te requieran algo adicional o de tener que recurrir más adelante por errores o documentos incompletos. ¿Tienes dudas? ¡Reserva tu asesoría y comienza un proceso migratorio exitoso! Varias modalidades Online vía Zoom Presencial en nuestra oficina en Madrid RESERVAR En AMS Abogados podemos encargarnos de preparar tu expediente y presentar tu solicitud para que no tengas que preocuparte por nada. Nuestro objetivo es que el proceso sea lo más ágil y sencillo posible. Migrar es cosa seria. AMS Abogados contacto@amsabogados.com

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¿Cómo modificar tu estancia por estudios a residencia en España 2025?

Si has llegado a España con un visado de estudios, este te permite vivir legalmente en el país hasta la finalización de tu formación, pues te concede un permiso de estancia. Pero una vez concluyes tus estudios, es normal preguntarse: ¿Qué hacer a continuación? La buena noticia es que existen opciones para modificar tu estatus y obtener una residencia en España. A continuación, te explicamos las principales alternativas disponibles: Residencia de Trabajo por Cuenta Ajena Si ya estás trabajando o tienes una oferta de empleo en España, puedes optar por una residencia de trabajo por cuenta ajena, que te permitirá residir y trabajar legalmente en el país. Para ello, es necesario principalmente: Contar con un contrato de trabajo indefinido. Que el contrato garantice un salario igual o superior al salario mínimo interprofesional. Esta autorización se concede inicialmente por un año y puede renovarse hasta por cuatro años, siempre que se cumplan los requisitos para ello. Residencia de Trabajo por Cuenta Propia Si prefieres emprender y desarrollar tu propio negocio en España, la residencia de trabajo por cuenta propia es una opción viable, y para solicitarla los requisitos principales son: Presentar un plan de negocio detallado. Demostrar una inversión económica suficiente. Acreditar la viabilidad financiera del proyecto, lo cual se puede hacer a través de organizaciones estatales como la Federación Nacional de Asociaciones de Empresarios y Trabajadores Autónomos (ATA), la Unión de Profesionales y Trabajadores Autónomos (UPTA), la Organización de Profesionales y Autónomos (OPA), entre otras. Una ventaja clave de este permiso es que además de poder solicitarse de forma telemática, una vez transcurridos 30 días desde la presentación del expediente, si no tienes respuesta, se considera aprobado por silencio administrativo positivo. En este caso, debes enviar un escrito a la Oficina de Extranjería solicitando la resolución aprobatoria para que puedas pedir cita para la “toma de huellas” y obtener tu TIE. Residencia para Búsqueda de Empleo Si tu objetivo es trabajar en España tras completar tus estudios, pero llegado el momento aun no has conseguido un trabajo, esta modalidad de residencia puede ser la ideal para ti. Para obtenerla debes cumplir con los siguientes requisitos: Acreditar medios económicos suficientes para tu manutención. Contar con un seguro médico. Haber finalizado una licenciatura, maestría o doctorado en España (de Nivel 6 según el Marco Europeo de Cualificaciones). Es importante destacar que esta residencia no permite trabajar durante la vigencia de la misma, pero una vez que cuentes con un contrato de trabajo podrás optar a alguna de estas alternativas: Conseguir un empleo relacionado con tu formación y modificar tu estatus a residencia por cuenta ajena. Optar por la residencia como Profesional Altamente Cualificado a través de la Unidad de Grandes Empresas (UGE). Iniciar un proyecto empresarial y cambiar a una residencia de trabajo por cuenta propia. Para solicitar la modificación de una estancia por estudios a una residencia, es imprescindible haber finalizado los estudios, ya que solo así se podrá optar a alguna de las opciones de residencia disponibles. ¿Tienes dudas? ¡Reserva tu asesoría y comienza un proceso migratorio exitoso! Varias modalidades Online vía Zoom Presencial en nuestra oficina en Madrid RESERVAR Navegar por el proceso de cambio de estatus migratorio puede resultar complicado, pero en AMS Abogados contamos con un equipo experto en extranjería que te asesorará en cada paso del camino. Nos encargamos de la gestión de tu solicitud, garantizando un proceso rápido y sin complicaciones. Si deseas asegurar tu futuro en España, contáctanos hoy mismo. ¡Te ofrecemos la mejor solución para regularizar tu situación migratoria y comenzar esta nueva etapa con tranquilidad! Migrar es cosa seria. AMS Abogados contacto@amsabogados.com

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Actualización sobre el ETIAS: Nueva fecha prevista para su implementación

El Sistema Europeo de Información y Autorización de Viajes (ETIAS), que se esperaba entrara en vigor este 2025, ha sufrido un nuevo retraso en su implementación. Según la información oficial proporcionada por la Unión Europea, el ETIAS no comenzará a funcionar en el primer semestre de este año, y lo más probable es que su lanzamiento se postergue hasta 2026. Esto significa que, de momento, los viajeros que planean visitar el espacio Schengen no necesitan hacer nada respecto a esta autorización de viaje. ¿Qué es el ETIAS y por qué es importante? El ETIAS es un permiso de viaje que deberán obtener los ciudadanos de países exentos de visa para ingresar al espacio Schengen por motivos de turismo, tránsito o negocios. Este sistema fue diseñado con la finalidad de reforzar la seguridad fronteriza, agilizar la entrada de viajeros y mejorar el control migratorio en la región. Su funcionamiento será similar al ESTA de Estados Unidos o al ETA de Canadá. El espacio Schengen está compuesto por los siguientes países europeos: Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Chipre, Croacia, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, España, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Islandia, Italia, Letonia, Liechtenstein, Lituania, Luxemburgo, Malta, Noruega, Países Bajos, Polonia, Portugal, República Checa, Rumanía, Suecia y Suiza. Es decir, una vez que se implemente, para viajar a cualquiera de estos países deberás solicitar el ETIAS. Razones del retraso del ETIAS Desde su concepción en 2016 y su establecimiento formal en 2018, la entrada en funcionamiento del ETIAS ha sido aplazada en varias ocasiones. Inicialmente, se preveía que el sistema estuviera operativo en 2021, pero su puesta en marcha ha sido postergada reiteradamente debido a retrasos en la implementación del Sistema de Entrada/Salida (EES), con el cual está interconectado. Ahora, la Unión Europea ha confirmado que el ETIAS no estará en vigor durante el primer semestre de 2025, y aunque no hay una fecha exacta, las proyecciones indican que su implementación podría trasladarse a 2026. ¿Cómo se solicitará el ETIAS cuando entre en vigor? Cuando finalmente se ponga en marcha, la solicitud del ETIAS se realizará en línea, ya sea a través del sitio web oficial o mediante la aplicación móvil. El proceso consistirá en llenar un formulario con información personal y datos del viaje, y realizar el pago de una tasa de 7 €, aunque algunos viajeros podrán estar exentos de este pago. El tiempo de respuesta para la mayoría de las solicitudes será de unos pocos minutos, pero en algunos casos podría tardar hasta 4 días o, en circunstancias excepcionales, hasta 30 días si se requiere documentación adicional o una entrevista. El permiso tendrá una validez de 3 años o hasta el vencimiento del pasaporte asociado. Permitirá a los viajeros estar hasta 90 días consecutivos en el espacio Schengen en un periodo de 6 meses. Si bien el ETIAS se convertirá en un requisito obligatorio en el futuro, por ahora su implementación sigue pendiente y los viajeros no necesitan preocuparse por este trámite. Si vienes a vacacionar a España, estos son los requisitos que debes cumplir para entrar sin problema este 2025 . ¿Tienes dudas? ¡Reserva tu asesoría y comienza un proceso migratorio exitoso! Varias modalidades Online vía Zoom Presencial en nuestra oficina en Madrid RESERVAR Desde AMS Abogados, recomendamos mantenerse informados sobre su entrada en vigor para evitar contratiempos en viajes futuros. Si necesitas asesoramiento sobre trámites migratorios o residencia en España, nuestro equipo de expertos está listo para ayudarte. ¡Contáctanos y gestiona tu solicitud con la seguridad y confianza! Migrar es cosa seria. AMS Abogados contacto@amsabogados.com

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