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requisitos para entrar a españa como turista en 2026

Requisitos para entrar a España en 2026

Si deseas viajar a España como turista debes cumplir con unos requisitos para poder entrar al país y en algunos casos, según tu nacionalidad, debes solicitar una visa de turista en el Consulado de España. En este artículo te indicamos cuáles son los requisitos para poder entrar a España en 2026. Como parte de la Unión Europea, España exige a los visitantes de países no comunitarios el cumplimiento de las condiciones establecidas en el Reglamento 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo para poder ingresar a su territorio. ¿Cómo sé si necesito visa para entrar a España? Si eres ciudadano de alguno de los países que requieren visado, deberás tramitarlo en el Consulado General de España correspondiente a tu lugar de residencia. Puedes ver la lista de países que necesitan visado en nuestro artículo de ¿Qué países necesitan visado para viajar a España y cómo conseguirlo?  Para países como Cuba, Republica Dominicana, Bolivia, Ecuador y Guinea Ecuatorial, hemos realizado una guía paso a paso de cómo obtener este visado. Y si quieres información más detallada sobre los requisitos y procesos de obtención del visado, es importante visitar la página web oficial del Consulado General de España de tu país de residencia. Por otro lado, si tu nacionalidad no está en esta lista, no necesitas tramitar un visado para viajar a España como turista. Sin embargo, siempre debes cumplir con los siguientes requisitos, que podrían ser solicitados por el oficial de inmigración al momento de tu entrada en el aeropuerto. Requisitos que deben cumplir los turistas para entrar a España en 2026: Boleto de avión de ida y vuelta El boleto de ida y vuelta es un requisito clave que establece la duración de tu visita, la cual no debe superar los 90 días en un período de 180 días. Asegúrate de tener esta documentación, incluso si planeas realizar un proceso migratorio una vez que estés en España. Pasaporte vigente Tu pasaporte debe tener una vigencia de al menos 90 días después de tu fecha prevista de salida de España. Por ejemplo, si planeas viajar del 1 al 30 de marzo, tu pasaporte debe ser válido al menos hasta el 28 de junio de 2026. Reserva de hotel o carta de invitación Puedes demostrar tu alojamiento con una reserva de hotel o de un Airbnb. Si planeas alojarte en casa de familiares o amigos, deberás presentar una carta de invitación tramitada por ellos en la Comisaría de Policía más cercana a su domicilio. Tasa de solicitud: €75,05. Tasa de expedición: €6,54. La carta de invitación debe enviarse en original por correo postal al turista, quien deberá presentarla ante el oficial de inmigración si se le solicita. Es importante saber que esta carta de invitación solo suple a la reserva de hotel, y no los medios económicos, como suele confundirse. Medios económicos Deberás demostrar que cuentas con recursos económicos suficientes para tu estancia, calculados en el 10% del Salario Mínimo Interprofesional por día de estadía. En 2025, esta cifra es de €1.184 al mes, por lo que necesitas €118,40 diarios como mínimo. Monto mínimo a demostrar: €1.184, incluso si el viaje es menor a 10 días. Puedes presentar dinero en efectivo o estados de cuenta bancarios y/o de tarjetas de crédito del mes corriente o anterior. Seguro de viaje Es obligatorio contar con un seguro de viaje que cubra al menos €30.000 en gastos médicos y de repatriación; es importante saber que este es un requisito esencial para ingresar a España. Formulario ETIAS Entrará en vigencia a partir del 12 de abril de este año. En principio, los requisitos serán llenar un formulario y pagar una tasa, pero hasta este momento se desconoce el monto de la misma, una vez se publique mayor información sobre el ETIAS la actualizaremos. ¿Necesito estos documentos si quiero vivir en España? Los requisitos para migrar o residir en España son diferentes a los de una estancia turística, y aunque algunos documentos básicos como el pasaporte vigente coinciden, cada proceso migratorio requiere una documentación específica según el caso. Nuestra recomendación es fundamental: agenda una asesoría con nuestros abogados expertos en Migración y Extranjería. En la consulta, analizaremos tu perfil, cuál es el tipo de residencia que mejor se adapta a ti, y te indicaremos los documentos y requisitos necesarios. Asesorarte es crucial, pues, por ejemplo, a un turista se le exige un billete de ida y vuelta, pero si tramitas un visado de residencia específico desde el Consulado de España en tu país, es muy probable que no necesites presentar un pasaje de vuelta, aligerando así los costes iniciales de tu viaje y garantizando tu entrada de forma correcta. ¿Tienes dudas? ¡Reserva tu asesoría y comienza un proceso migratorio exitoso! Varias modalidades Online vía Zoom Presencial en nuestra oficina en Madrid RESERVAR ¿Es posible que no te soliciten estos documentos? Aunque el oficial de inmigración puede decidir si solicita o no estos documentos al momento de entrar a España, siempre debes tenerlos listos. Si no cumples con alguno de los requisitos, el oficial puede denegar tu entrada al país. Conocer y cumplir los requisitos de entrada a España como turista en 2026 es esencial para evitar problemas en el momento de tu llegada. Desde la vigencia de tu pasaporte hasta los detalles financieros y de salud, estos aspectos son clave para garantizar una experiencia segura y placentera en tu visita a España. AMS Abogados contacto@amsabogados.com

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Retrasos Generalizados en las oficinas de Extranjería en España

Ya han pasado casi seis meses desde la entrada en vigor del nuevo Reglamento de la Ley de Extranjería en España, que trajo consigo nuevas figuras de visados y residencias, además de la promesa de reducir los tiempos de resolución de muchos trámites. Después de 5 meses trabajando con el nuevo Reglamento para las residencias y visados de nuestros clientes, podemos afirmar con certeza cuáles son los principales retrasos que se están produciendo en las Oficinas de Extranjería. En este artículo te contamos cuáles son, por qué ocurren y te ofrecemos algunas recomendaciones para sobrellevar mejor la espera y entender mejor el panorama actual. Retrasos Generalizados Desde la entrada en vigor de este nuevo reglamento, en mayo de este año, estamos viendo un retraso generalizado en todos los trámites. Esto resulta curioso, ya que, una de las promesas de esta nueva normativa, precisamente era acortar los tiempos de tramitación y acelerar los procesos, pero en la práctica vemos como sucede lo contrario. Sin embargo, es importante que sepas que mientras tu solicitud se encuentre en trámite, tu estatus en España es regular y en determinados casos podrás trabajar mientras esperas. Sabemos que la espera puede ser frustrante, pero te animamos a tener paciencia, aunque los retrasos son evidentes, las Oficinas de Extranjería están obligadas a responder siempre, y eventualmente recibirás tu resolución. Retrasos en la Residencia para Familiares de Españoles Entre las nuevas residencias que se establecen, está la residencia para familiares de ciudadanos españoles, para la que está prevista que el plazo de resolución será de un máximo de 60 días. Sin embargo, en la práctica, hemos observado que de las solicitudes presentadas para nuestros clientes han tardado entre 4 y 5 meses en resolverse, superando ampliamente el plazo previsto por la normativa. Asimismo, se establece que, de forma previa a recibir la resolución definitiva, el solicitante debe recibir el resguardo de “entrada a trámite” de la solicitud, que es un documento que expresamente señala que el solicitante está autorizado legalmente para trabajar mientras el expediente está en proceso. Esta emisión debería ser inmediata o al menos rápida, pero en la práctica está demorando entre 1 y 3 meses. Esto, junto a los retrasos generalizados en los otros trámites de extranjería ponen en evidencia lo poco preparada que estaba la Administración para asumir esta nueva ola de solicitudes. Nuevo visado de búsqueda de empleo para Hijos y Nietos de Españoles de origen También está la nueva visa de búsqueda de empleo para hijos y nietos de españoles de origen, que se trata de un visado que se tramita desde Consulado, otorgando al solicitante un permiso para residir 1 año en España mientras realiza la búsqueda de un empleo. Una vez consiga una oferta de trabajo, este podrá hacer una modificación a una residencia de Trabajo por cuenta Ajena. Por cómo está prevista, es una considerada una excelente opción para las personas que no pudieron formalizar la solicitud de nacionalidad española por Ley de Memoria Democrática o que, sí lo hicieron, pero se encuentran a la espera de su partida literal española, pudieran beneficiarse de este visado. No obstante, si bien es cierto que se encuentra contemplado este visado en el nuevo reglamento, en la práctica aún no se puede aplicar, ya que, el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, debe publicar una orden autorizándola e indicando las forma de reglamentar esta solicitud, pero aún no lo ha hecho y no hay indicios de cuándo se podrá optar. No hay Citas de Huellas Por otra parte, entre los retrasos y demoras que vemos por parte de la Administración Pública respecto a los trámites de extranjería, también encontramos dilación en el proceso posterior a recibir la concesión de un visado o residencia. El siguiente paso es tomar una cita para la toma de huellas y posterior a ella transcurridos 30 días podrás recoger tu TIE (Tarjeta de Identidad de Extranjero). Actualmente, se está evidenciando una falta de citas para esta toma de huellas, lo cual representa un problema importante. La normativa establece un plazo máximo de 30 días para realizar este trámite desde la fecha de notificación de la resolución, o, en el caso de los visados, dentro de los primeros 30 días tras la llegada a España. Pero ¿Qué ocurre si no consigo en la cita de huellas en los primeros 30 días? En principio, al ser un fallo de la administración esto no afecta al solicitante y no traerá ningún inconveniente. Nuestra recomendación es ser persistente al momento de buscar tu cita en la página web, y si únicamente encuentras una fecha lejana en el calendario, es preferible asegurarla pues lo importante es tomar la cita dentro de esos 30 días y no que la fecha de la misma sea dentro de ese plazo y continuar revisando con frecuencia, ya que en ocasiones suelen liberarse citas más cercanas al plazo requerido. ¿Tienes dudas? ¡Reserva tu asesoría y comienza un proceso migratorio exitoso! Varias modalidades Online vía Zoom Presencial en nuestra oficina en Madrid RESERVAR Es importante que sepas que a pesar de todos los retrasos que pueda tener la Administración y las oficinas de Extranjería, si tu expediente esta bien presentado, obtendrás tu resolución y podrás hacer vida en España. Recuerda que un error en tu expediente puede retrasar aún más tu solicitud. Te invitamos a tomar una cita con nuestros abogados donde analizaremos tu caso y te indicaremos cuales son tus opciones y que requisitos necesitas para cada una de ellas. Migrar es cosa seria.   AMS Abogados contacto@amsabogados.com

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Poder notariado en España para Venezuela ams abogados

Poder notariado en España para Venezuela

En España existen dos vías para firmar un poder y utilizarlo en Venezuela: a través de los Consulados de Venezuela o en cualquier Notaría española. En este artículo vamos a explicar paso a paso cómo hacerlo a través de una Notaría. Realizar la firma de un poder por Notaría, por sorprendente que parezca, en muchos casos suele ser más económico y rápido que por la vía consular. Además, España cuenta con solo cinco Consulados de Venezuela y, si se desea optar por esta vía, el interesado debe trasladarse al Consulado más cercano, lo que aumenta el costo del trámite. Con la Notaría no ocurre esto, ya que cada ciudad de España cuenta con muchas de ellas. Por otro lado, los aranceles de Notaría oscilan entre los 70 y 120 €, mientras que a través del Consulado pueden llegar a costar hasta 300 €. ¿Diferencia entre la Notaría y el Consulado? Además del costo de los aranceles y el procedimiento, los poderes emitidos por el Consulado no deben estar apostillados para su uso en Venezuela, pero los emitidos por Notaría sí. Sin embargo, el costo de la apostilla, que se realiza a través del Colegio Notarial, no es muy elevado, oscila entre los 25 € para que esté lista en 3 días hábiles, 50 € para 1 día hábil, e incluso cuenta con una opción de apostilla para el mismo día por 65 €. ¿Cómo puedo firmar un poder por Notaría? Define el poder: Primero, debes tener claro para qué deseas otorgar el poder, si será general o especial, y las facultades específicas que vas a delegar a tu apoderado en Venezuela. Coordina la cita: Luego, debes coordinar una cita en la Notaría para la firma del documento. Apostilla: Una vez que el poder esté firmado, debes realizar la apostilla a través del Colegio Notarial. Envío: Por último, debes realizar el envío a Venezuela para que el apoderado pueda hacer uso del poder. ¿Necesitas ayuda? En AMS hemos realizado muchos poderes para venezolanos en España. En nuestro equipo hay abogados colegiados en Venezuela y en España que conocen este proceso a fondo para asegurar que no falten detalles importantes y que no haya errores en la redacción. El proceso con nosotros consiste en que nos indiques los datos de quien otorga el poder y quien lo recibe, y nos encargamos de: La redacción del poder. Coordinar la cita en Notaría (independientemente de en qué parte de España vivas). Apostillar el poder. Enviarlo a la dirección que nos facilites en Venezuela. Si estás interesado, rellena este formulario para que conozcas nuestra propuesta de servicio y empecemos lo antes posible con la gestión. Por favor, activa JavaScript en tu navegador para completar este formulario.Nombre y Apellido *Correo electrónico *¿En qué ciudad te encuentras? *¿Necesitas el poder apostillado?SiNoTipo de poderGeneralEspecialEspecial inmueblesEspecial menoresEspecial matrimonio/divorcio Enviar AMS Abogados contacto@amsabogados.com

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Guía paso a paso: qué hacer con tu título y documentos universitarios de Venezuela para usarlos en el extranjero

Graduarte en Venezuela es un momento de orgullo y superación, pero si tienes planes de continuar tus estudios, trabajar o validar tu profesión en otro país, es importante que desde el primer día sepas qué debes hacer, para ganar el mayor tiempo posible a trámites que se pueden tornar largos y engorrosos. No se trata solo de recibir tu título y guardarlo, sino de seguir una serie de pasos que garanticen que tus estudios sean reconocidos y aceptados en el extranjero. En esta guía encontrarás un recorrido detallado, desde la revisión inicial del título hasta la organización final de todos tus documentos, para que no pierdas tiempo y evites contratiempos. El día que recibes el título Puede parecer exagerado, pero lo primero que debes hacer al recibir tu título es revisarlo minuciosamente: verificar que tu nombre y apellidos estén escritos correctamente, que la carrera, la mención, la fecha y las firmas sean las correctas. Si encuentras algún error, solicita la corrección de inmediato en tu universidad, ya que suele ser un trámite largo y hacerlo después seguramente será más complicado. Una vez confirmado que todo está en orden, te recomendamos digitalizarlo y guardarlo en un lugar donde podrás encontrarlo luego. Considera pedir una copia de tu título en “fondo negro” certificado puede servir como respaldo en caso de pérdida o robo del original. Proceso de registro ante el SAREN El paso siguiente es inscribir tu título en el Registro Principal (SAREN) del Estado donde obtuviste tu grado. Es decir, si estudiaste en la Universidad Central de Venezuela (UCV) o en la Universidad Católica Andrés Bello (UCAB) debes ir al Registro Principal de Caracas en la Avenida Urdaneta, pero si te graduaste en la Universidad de Carabobo (UC) o en la Universidad José Antonio Páez (UJAP) debes ir al Registro Civil Principal en el centro de Valencia en la Avenida Soublette, y así según corresponda a tu universidad y Estado donde se encuentre la sede. El requisito principal para poder hacer el registro es que tu título esté firmado por dos profesores de la facultad donde estudiaste, luego debes averiguar el procedimiento para asistir al Registro ya que varía según la oficina. El día que asistas debes presentar el título en original, tu cédula vigente y el pago de aranceles o timbres fiscales que correspondan. Esto es lo que le confiere carácter de instrumento público en Venezuela y es requisito previo para los procesos de legalización o apostilla que te vamos a explicar a continuación. Solicita los documentos complementarios Mientras estás en el proceso de registrar tu título, es fundamental pedir a tu universidad todos los documentos académicos que puedan ser requeridos en el extranjero. Esto incluye las notas certificadas, el plan de estudios (pensum) y los programas académicos por asignatura, la carga horaria total y por materia y el acta de grado o constancia de egreso. Pide siempre que estén sellados en físico y firmados por la autoridad competente (generalmente, por el Rector de la Universidad y el Decano de tu Facultad). Para la entrega de estos documentos las universidades suelen organizar jornadas especiales y también es normal que cobren algún arancel. Así que intenta estar atento a noticias sobre esto o informarte con las autoridades universitarias. Legalización de documentos ante la Gestión de Trámites Universitarios (GTU). Una vez que hayas obtenido los documentos de los pasos anteriores y antes de apostillarlos, es necesario certificar las firmas de las autoridades universitarias que aparecen en tus documentos a través de la legalización. Esto se realiza a través del Ministerio de Educación Universitaria, a través de su Sistema de Gestión de Trámites Universitarios, normalmente conocido como GTU. Este proceso solía hacerse con una cita previa que debías hacer a través de su página web, sin embargo, tiene varios años sin funcionar y el procedimiento se ha “simplificado” teniendo que ir presencialmente a sus oficinas en la sede de La Hoyada en Caracas, ubicadas en la Calle Este 2, entre esquinas Dr. Paúl y Salvador de León, Torre del CNU – OPSU (antigua Torre del Banco Caribe) en la Planta Baja. El día que asistas debes ir desde muy temprano pues atienden por orden de llegada y en principio un máximo de 100 personas por día. Debes llevar tu cédula de identidad vigente y los documentos a legalizar en original para presentárselos al funcionario que te atienda. Al completar este proceso, en aproximadamente 2 o 3 días recibirás por correo electrónico el documento o constancia de legalización con un código QR que valida la autenticidad de las firmas. Este paso es esencial, ya que la apostilla solo puede realizarse sobre documentos cuyas firmas estén previamente certificadas. Apostilla de documentos universitarios Una vez que tengas los documentos legalizados, el último paso para darles validez en otro país es apostillarlos. Para hacerlo, debes ingresar al sistema de apostillas de Venezuela el día que te corresponda según tu número de cédula y registrarte si todavía no lo has hecho. Cuando hayas ingresado, debes ir a sección de documentos y empezar a cargar cada uno de los documentos que vayas a apostillar, para esto te recomendamos tener los documentos y sus legalizaciones a mano ya que te pedirán varios datos que encontrarás en ellos. Luego de que hayas cargado todos los documentos, debes ir al apartado de “Citas” y seleccionar la opción de solicitar cita y elegir el país y oficina donde quieras realizar el trámite. Ten en cuenta que después de seleccionar la oficina, si esperas unos minutos sin confirmar la sede, aparecerá una fecha estimada de cita. También recuerda que puedes hacer la cita en cualquier registro, por lo que, si los más cercanos a ti tienen la cita muy lejos en el calendario, puedes optar por cualquier otro que tenga cita más pronto. Una vez que te asignen la cita debes asistir con los documentos originales y las legalizaciones impresas. Normalmente te dicen que puedes recoger los documentos ya apostillados el mismo día por la tarde. Traducción jurada En caso de que vayas

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¿Necesitan visado los ciudadanos de Guinea Ecuatorial para viajar España?

Guinea Ecuatorial forma parte de los países que necesitan solicitar un visado para poder entrar a España como turista, este es conocido como Visado de Estancia o Visado Schengen. Este visado permite estancias en el espacio Schengen de hasta 90 días (en cualquier período de 180 días) por razones de turismo, negocios, visita familiar, tratamiento médico, para realizar estudios, prácticas no laborales o actividades de voluntariado de duración no superior a 90 días, o para otras actividades que no tengan carácter lucrativo; así como el tránsito territorial y aeroportuario. Con esta visa se autoriza a viajar a cualquiera de los Estados Schengen y transitar por su territorio, pero no implica un derecho automático de entrada en el área Schengen. Las autoridades de frontera pueden denegar la entrada si no se aportan los requisitos de entrada a España. Si eres ecuatoguineano o resides en Guinea Ecuatorial, tu nacionalidad no está entre las eximidas del visado, y planeas visitar España como turista en 2025, es esencial que estés bien informado sobre los requisitos de entrada actualizados y las recomendaciones para que no tengas inconveniente a la hora de entrar al país y puedes disfrutar de tu viaje. Procedimiento de Solicitud en el Consulado General de España en Malabo Lo primero que debes saber es que la solicitud debe hacerse de forma personal, solo en caso de que el solicitante sea menor de edad, sus representantes legales deben presentar la solicitud en su nombre. En el Consulado de España en Malabo no es necesario agendar una cita, sencillamente debes dirigirte a las oficinas de BLS Internacional ubicadas frente de la residencia Soraya, Caracolas, Inmueble San Valentín, 1er Piso en Malabo y llevar toda la documentación que te explicamos seguidamente. Requisitos Generales para la Solicitud de la Visa Schengen Los requisitos generales que aplican para todos los casos en los que se necesite una visa Schengen: Pasaporte en regla: Tu pasaporte debe cumplir con los siguientes criterios: No debe tener más de 10 años desde su emisión. Debe tener una vigencia superior a 3 meses a partir de la fecha en la que tienes pensado dejar el espacio Schengen. Debe contar con al menos dos páginas sin sellos. Una fotografía tamaño carnet: Deberás presentar una fotografía reciente, a color y en fondo blanco, que cumpla con los estándares de fotografía para pasaportes. En las fotografías de los menores de edad no debe verse el cuerpo de un adulto sosteniéndolo. Prueba de residencia en la demarcación consular: Debes acreditar tu residencia legal en Guinea Ecuatorial presentando tu documento de identidad vigente y fotocopia del mismo. Si no eres ecuatoguineano, pero resides en Guinea Ecuatorial, debes llevar original y fotocopia de tu permiso de residencia vigente.  Formulario de visa Schengen: Se trata del formulario de solicitud que debe ser cumplimentado y firmado. Te dejamos el enlace para acceder al mismo: Formulario de visa Schengen. Documentos que acrediten el motivo del viaje y la intención de retorno: Para esto, es recomendable llevar constancias de trabajo, títulos de propiedad y cualquier documento que te ayude a demostrar tu intención de regresar antes del cumplimiento del tiempo permitido por el visado. Seguro de viaje Schengen: Debes contratar un seguro de viaje para posibles eventualidades durante tu estancia en el Espacio Schengen, con una cobertura mínima de 30.000 euros en gastos médicos, incluidos los de emergencia y repatriación. Esta póliza es uno de los requisitos obligatorios para obtener la visa, y puedes contratar este tipo de seguro en compañías especializadas como AXA Schengen Prueba de solvencia económica: Deberás demostrar que cuentas con los recursos económicos suficientes para cubrir los gastos de tu estancia en España. La cantidad mínima a demostrar es de 118,40 € (65.600 Francos CFA) por persona por día, con un mínimo de 1.184€ (590.400 Francos CFA) independientemente de la duración del viaje. Es fundamental presentar documentos como extractos bancarios, cartas de empleo, o cualquier otro que acrediten tu solvencia. Justificación de alojamiento: Necesitarás presentar un documento que demuestre dónde te alojarás durante tu estancia en España, y esto puede ser a través de la reserva de un hotel, reserva de un piso turístico a través de aplicaciones como Airbnb o similares, o a través de una carta de invitación de un familiar o amigo que resida en España. Es importante tomar en cuenta que, si tu viaje es con fines migratorios, la recomendación es que evites venir con una carta de invitación, ya que esta indica las fechas en las que supuestamente entras y sales de España, si no la cumples, pueden multar a la persona que solicitó la carta. Billete de ida y vuelta: Deberás presentar una reserva de vuelo o billete de ida y vuelta que coincida con las fechas de tu viaje planeado. ¿Cuándo debo hacer la solicitud del visado? La solicitud de la visa Schengen debe presentarse entre 6 meses y 15 días antes de la fecha prevista para tu viaje, es recomendable iniciar el proceso lo antes posible para evitar contratiempos, pues los tiempos de respuesta en cada Consulado suelen variar en razón de la carga de trabajo que tengan. Costo de la Tasa Consular del visado: 80 EUROS (52.000 Francos CFA) para personas mayores de 12 años. 40 EUROS (26.000 Francos CFA) para niños entre 6 y 11 años. Gratis para menores de 6 años. Adicionalmente, BLS Internacional aplica una tasa de 15,45€ (10.135 Francos CFA) por sus servicios. Ten en cuenta que el pago de las tasas debe hacerse preferiblemente en efectivo y debes llevar el importe exacto. Recomendaciones Te recomendamos que solicites el visado con suficiente antelación, ya que, como comentamos anteriormente, los Consulados pueden tardar más de lo habitual en procesar las solicitudes debido a la alta demanda que tienen. Además, es crucial que mantengas todos los requisitos de la visa actualizados y vigentes al ingresar a España, ya que si un funcionario en el aeropuerto, por ejemplo, te solicita verificar los fondos económicos, estos deben coincidir o ser superiores a los que presentaste durante la solicitud

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Reconstrucción democrática del sistema laboral en Venezuela

La crisis que actualmente atraviesa Venezuela implica no solo la necesidad de instaurar un gobierno democrático o de transición, sino también, entender, atender y abordar una serie de circunstancias que confluyen generando y creando esa inmensa crisis. Uno de los aspectos más relevantes es el aspecto laboral, el trabajo. Los ciudadanos, las personas, deben trabajar para su sustento diario y el de su familia, para adquirir bienes de consumo, para adquirir una vivienda, para adquirir un vehículo, para distraerse, no sólo para sobrevivir. La legislación venezolana es prolija al disponer derechos y garantías laborales. Sin embargo, como muchos otros aspectos, la Constitución y la letra de la ley quedan muertas, soslayadas, vulneradas, por acciones gubernamentales, reglamentos, e incluso a veces por la misma ley. En estas líneas vamos a exponer, precisamente, sobre cinco aspectos que creemos fundamentales para la reconstrucción:  La remuneración.  La libertad sindical.  El sistema de Seguridad Social.  La falsa inamovilidad.  La Función Pública.  En primer lugar, por obvio, el tema de la remuneración. Los trabajadores tienen derecho a una remuneración suficiente, a alcanzar una mayor capacidad adquisitiva. Consustancialmente, se debe corregir el flagelo que implica la “desalarización” o “Bonificación del salario”. Fenómeno que corroe todo el sistema laboral legal venezolano y al que nos vamos a referir en la primera sesión. Otro aspecto importante es la necesidad de recuperar y respetar en todas sus manifestaciones la libertad sindical, la sindicación y, por supuesto, su principal objetivo, la negociación y las contrataciones colectivas, tanto en el sector público como en el sector privado. Se trata de la legitimación y despolitización de la representación sindical y de su participación en los mecanismos tripartitos que prevén convenios de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) suscritos por Venezuela. En tercer lugar, la recuperación de los sistemas de seguridad social; nos referimos al sistema de pensiones y jubilaciones, al rearmado del Fondo de Ahorro para Vivienda, FAOV, lo que antes se denominaba política habitacional. El seguro de paro forzoso o seguro contra el desempleo y, por supuesto, el sistema de salud. El sistema de salud es un tema estructural, de inmensa envergadura que contempla muchos otros aspectos y requerirá significativa inversión económica y voluntad política, pero no olvidemos ese sistema de salud sigue siendo parte del sistema laboral y como tal debe abordarse de manera concatenada. En cuarto, el desmontaje de la fatal y falsa inamovilidad, ese perverso mecanismo que en realidad no sirve sino para distorsionar el verdadero motivo y razón de ser de la protección de inamovilidad, de la mujer embarazada, de los sindicalistas o, de los trabajadores en especiales circunstancias. Desde hace varios años, con motivo de su generalización y carácter permanente ha mutado para convertirse en un mecanismo de fraude, de chantaje y que impide un correcto desarrollo de las relaciones laborales. Por último, debe abordarse el tema de la función pública y de los trabajadores de las empresas del Estado. Se debe retomar y respetar la institución de la carrera administrativa (de la carrera judicial, y otras) como mecanismo idóneo para desmontar la burocracia, verificar la profesionalización de los funcionarios y empleados públicos, su capacitación y que cuenten con la garantía de la estabilidad que les otorga la “carrera” y el ingreso por concurso, con independencia de su filiación política u otras desviaciones. La “Bonificación del salario”. Necesidad de recuperar el salario real y legal. ¿Qué es la bonificación del salario? La bonificación del salario es un subterfugio que ha desmontado por vía de los hechos toda la legislación laboral venezolana en lo que respecta a los beneficios patrimoniales de los trabajadores. ¿En qué consiste? La escasa remuneración que actualmente reciben los trabajadores es denominada de otra manera, bono de guerra, bono de transporte, bono de eficacia, prima, complementos, gratificaciones, entre otros. Pero lo cierto es que, conforme a la Ley Orgánica del Trabajo[1], todos esos pagos recurrentes que recibe el trabajador como contraprestación por sus servicios deben ser considerados “salario”, indistintamente de cómo se les denomine[2]. ¿Y cuál es la importancia de esta nomenclatura? Conforme a la ley el salario en su integridad debe ser tomado en cuenta para pagar otros beneficios, como las horas extras, los días de descanso, los días feriados trabajados, y otros de pago anual, como las vacaciones, el bono vacacional y las utilidades, nuestros “aguinaldos” que hoy día se han reducido a nada. Todos estos beneficios tienen como base de cálculo el salario. Críticamente, este desvanecimiento del salario también afecta el cálculo y pago de las “prestaciones sociales”, la prestación de antigüedad que también se calcula con base en el salario[3]. Si el salario es bajo, reducido e insuficiente, y, además, solamente se cataloga como tal una pequeña porción de 130 bolívares mensuales, equivalente a un dólar, entonces las prestaciones sociales no tienen sentido, porque se calculan en base al tiempo de la relación laboral multiplicado por el último salario devengado. Hemos llegado a la situación de que un trabajador puede laborar por décadas y al final de la relación, recibir una indemnización que no vale absolutamente nada. Si vemos más allá, los sistemas contributivos, el Seguro Social, el paro forzoso (seguro de desempleo), el Fondo para vivienda. Todos estos sistemas sociales se fundan en el salario, que constituye su base contributiva. Si el salario no existe, el sistema tampoco. Recordemos, además, el insoslayable tema de los pensionados y jubilados. Las pensiones y las jubilaciones conforme a la Constitución “no podrán ser inferiores al salario mínimo urbano”, es decir el salario mínimo nacional. Pero si ese salario mínimo continúa siendo de 130 bolívares, como está anclado desde el año 2022, entonces, los viejitos, los discapacitados, las personas que están de “reposo” médico, ¿qué van a recibir? prácticamente nada. Todo esto, es causa y parte de la crisis social y económica. Implica la imposibilidad de acceder a bienes y servicios o al sistema de salud, y también, la imposibilidad de acceder a un crédito para adquisición de vivienda, pues ya no se financia la construcción y adquisición de viviendas con el otrora

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Cómo obtener una residencia en España por Matrimonio en 2025

El Ministerio de Seguridad Social y Migraciones publicó el pasado 30 de junio de 2025 una excelente noticia para los cónyuges de españoles en el extranjero, y es que ya no es necesario inscribir el matrimonio en España para que el cónyuge extranjero obtenga un permiso de residencia. En este artículo te explicamos porqué esto agiliza el trámite y los pasos que debes seguir para obtener una residencia a través de tu cónyuge español. Así como la importancia que aún tiene inscribir tu matrimonio en España. ver aclaratoria Antes de la aclaratoria, el proceso para obtener un permiso de residencia a través de tu cónyuge español era necesario hacer la inscripción del matrimonio en el Registro Civil en España. Este paso previo en la práctica tardaba alrededor de 9 meses. En caso de no estar registrado, esa acta de matrimonio celebrado en el extranjero solo te servía como una prueba de tu relación, que debías acompañar de otras para demostrar que efectivamente tenías una vida en pareja con tu cónyuge. Pero ahora, con la nueva aclaratoria del Ministerio de Seguridad Social y Migraciones no es necesario, pues la residencia de familiares de ciudadanos españoles se podrá solicitar con esa acta de matrimonio celebrado en el extranjero, que otorgará el carácter de cónyuge, como, a nuestro criterio, ha debido ser siempre. Sin embargo, esa acta debe cumplir con los siguientes requisitos: Debe estar debidamente legalizada y apostillada. Si el acta de matrimonio no está en castellano debe estar traducida. ¿Cómo es el procedimiento? Hay tres formas de proceder y dependerán de donde estén el español y el cónyuge extranjero: Si ambos están fuera de España, cualquiera de los dos debe hacer la solicitud a través del Consulado de España en el país de residencia. Si ambos están en España, cualquiera de los dos debe dirigirse a la Oficinas de Extranjería que corresponda a su domicilio para realizar la solicitud de la residencia. Si el español está en España y el cónyuge extranjero fuera, quien debe hacer la solicitud es el español en la Oficinas de Extranjería de su domicilio en España, y una vez aprobada la residencia, el cónyuge debe ir al Consulado a que le estampen la visa en el pasaporte. Estas tres formas de solicitar la residencia hacen que sea bastante flexible y dependerá de cada situación. Si no hay prisa y ambos se encuentran fuera de España, hacer la solicitud en el Consulado es una muy buena opción para que el cónyuge del español al llegar al país, ya cuente con su permiso de residencia y trabajo. ¿Qué documentos debo presentar en el Consulado u Oficina de Extranjería? Acta de matrimonio legalizada y apostillada. Antecedentes penales del cónyuge extranjero apostillados. Pasaporte completo del extranjero. DNI o pasaporte del español. ¿Cuánto tiempo tardan en responder la solicitud? Una vez iniciada la solicitud, el tiempo indicado por ley para que sea resuelta es de 2 meses; sin embargo, en la práctica vemos que puede llegar en algunos casos hasta cuatro a seis meses. Una vez aprobada esta residencia se otorgará por cinco años. Importancia de inscribir el matrimonio en el Registro Civil Si bien para efectos de obtener un permiso de residencia y trabajo no es necesario que tu matrimonio esté inscrito en España, sí es recomendable hacerlo, ya que, una vez que obtengas tu residencia, si registraste tu matrimonio podrás gozar de otros beneficios, como: El cónyuge extranjero podrá optar a la nacionalidad española después de un (1) año de residencia y no de dos (2) años (en caso de nacionales de países iberoamericanos) o de 10 años como indica la norma general. Podrán hacer la declaración de impuestos de forma conjunta, y esto puede significar beneficios fiscales. Si uno solo de los cónyuges trabaja, podrá inscribir al otro como beneficiario de la Seguridad Social. Con esta nueva instrucción se busca facilitar mucho más la solicitud de residencia para los cónyuges de ciudadanos españoles. Sin embargo, reiteramos que nuestra recomendación es realizar la inscripción ante el Registro Civil para gozar de los demás beneficios. También es importante que sepas que puedes hacer el registro del matrimonio en cualquier momento, tanto de forma paralela a la solicitud de tu residencia, como después de aprobada. ¿Tienes dudas? ¡Reserva tu asesoría y comienza un proceso migratorio exitoso! Varias modalidades Online vía Zoom Presencial en nuestra oficina en Madrid RESERVAR En AMS Abogados podemos ayudarte para la solicitud de la residencia por vía Consular o ya en territorio español. Además, podemos ayudarte también con la inscripción del matrimonio ante el Registro Civil. Migrar es cosa seria AMS Abogados contacto@amsabogados.com

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registro consular venezolanos en españa

Guía completa (2025) para el Registro Consular de venezolanos en España

El Registro Consular es el censo oficial de venezolanos que viven fuera del país. Inscribirse es obligatorio para poder: Realizar cualquier trámite consular como renovación de pasaporte, poderes, fe de vida, etc. Mantener actualizados los datos de contacto con la misión diplomática. A continuación, encontrarás los requisitos comunes y las particularidades de cada uno de los cinco consulados venezolanos con jurisdicción en España (Barcelona, Madrid, Tenerife-Canarias, Bilbao y Vigo). Requisitos comunes a todos los Consulados Documento Observaciones Pasaporte venezolano Páginas de datos personales. Si no lo tienes porque se te ha perdido o te lo han robado, deberás aportar la denuncia en policía. Cédula de identidad, si la tienes Debes aportarla aunque esté vencida, pues aún caducada es válida como identificación. Volante/Certificado de empadronamiento Debe estar actualizado (menos 3 meses en la mayoría de oficinas; y 6 meses en Barcelona). DNI o Tarjeta de Residencia española, si aplica Por ambas caras, en un solo PDF o imagen. Fotografía tipo carnet Obligatoria solo en Barcelona, Canarias y Bilbao. Las medidas deben ser de 3 × 4 cm (32 × 36 mm en Bilbao), fondo blanco, digital recortada. Venezolanos por naturalización Gaceta Oficial o constancia del SAIME y/o MPPIJP. Venezolanos nacidos fuera de Venezuela Acta de nacimiento emitida por el consulado venezolano donde se registró el nacimiento. Archivo digital Escaneos separados de menos 1 MB (formatos PDF/JPG/PNG). PDF de 300 ppp si lo exige el consulado. Tip: Usa un escáner o app móvil que permita reducir la resolución antes de guardar el archivo para no superar el 1 MB. Procedimiento general, paso a paso Reúne y escanea los documentos anteriores. Completa el formulario electrónico del consulado que te corresponde por residencia. Adjunta los archivos en línea o envíalos por correo postal si la oficina lo exige. Confirma el registro: la mayoría de los sistemas envían un correo con un código o un resguardo que debes firmar. Espera la aprobación. Recibirás por e-mail tu número de inscripción (o la constancia) cuando el trámite esté concluido. Actualiza tus datos siempre que cambies de domicilio, estado civil, teléfono, correo o estatus migratorio. Particularidades por Consulado Consulado (jurisdicción) Cómo se tramita Extra que solo pide esa oficina Plazo indicado Envío Postal Barcelona (Cataluña, Aragón, Baleares, C. Valenciana) Formulario on-line + carga de archivos (< 1 MB) Foto carnet solo para menores 20 días hábiles No Madrid (Madrid, Castilla-La Mancha, Castilla-León, Extremadura, Murcia, Andalucía) Formulario on-line (PDFs de < 1.2MB) Copia de la página de visado español (si existe) No especificado No Tenerife – Canarias (islas canarias) Descarga planilla, se llena, se cargan archivos on-line y se remite la planilla + copias por correo postal Misma foto carnet para menores; dirección postal: Av. Francisco La Roche 21, Santa Cruz No especificado Sí Bilbao (País Vasco, Cantabria, La Rioja, Navarra) Opción e-mail (PDF) o correo postal Foto 32 × 36 mm para todos; detallar estatus migratorio (visado, doble nacionalidad, sello de entrada, etc.) Depende del volumen (te avisan por e-mail) Opcional Vigo (Galicia, Asturias, León, Zamora) Formulario on-line. Debes imprimir el e-mail de No solicita empadronamiento ni No especificado Sí Consejos prácticos Elige bien tu circunscripción: si vives en un límite provincial revisa el mapa de cada consulado antes de iniciar el trámite. Gmail funciona mejor que hotmail.com o exchange.com, que a menudo derivan los correos consulares a Spam. Nombrado de archivos: usa “Apellido-Nombre-Pasaporte.pdf”, “Apellido-Nombre-Empadronamiento.pdf”, etc., para que el funcionario identifique rápido cada recaudo. Seguimiento de envíos postales: utiliza correo certificado para tener número de trazabilidad. Actualizaciones: los registros emitidos desde 2012 no caducan, pero debes notificar cualquier cambio de datos. Cómo solicitar la baja del Registro Consular Si regresas definitivamente a Venezuela o te mudas a otro país: Envía un correo electrónico al consulado que te inscribió con asunto “BAJA DE REGISTRO CONSULAR”. Adjunta carta firmada explicando el motivo y copia de la página de datos de tu pasaporte. Espera la confirmación de cancelación por la misma vía. Página de los Consulados de Venezuela en España Te dejamos la lista con el enlace a la página de los Consulados de Venezuela en España donde podrás ver los requisitos, observaciones y descargar las planillas necesarias para la inscripción: Madrid Barcelona Vigo Bilbao Tenerife ¿Tienes dudas? ¡Reserva tu asesoría y comienza un proceso migratorio exitoso! Varias modalidades Online vía Zoom Presencial en nuestra oficina en Madrid RESERVAR El Registro Consular es sencillo si preparas con antelación los documentos comunes y atiendes las diferencias del consulado que te corresponde.  Sigue los pasos, escanea con la calidad y el peso indicados y revisa continuamente tu bandeja de entrada (incluido Spam). Con tu inscripción al día podrás realizar sin contratiempos cualquier diligencia ante las autoridades venezolanas en España y, sobre todo, contarás con la asistencia consular cuando la necesites. AMS Abogados contacto@amsabogados.com

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Puedo tramitar nacionalidad española por LMD si mi tatarabuelo o bisabuelo era español

Preguntas Frecuentes sobre la Ley de Memoria Democrática – Consulado de España en Caracas

El Consulado de España en Caracas ha publicado un nuevo listado de preguntas frecuentes, un total de 22, sobre el proceso de solicitud de la nacionalidad española por Ley de Memoria Democrática (Ley de Nietos). Hemos seleccionado y ampliado cinco de esas preguntas, que coinciden con las dudas que nuestros clientes nos plantean con mayor frecuencia. Al final de esta publicación encontrarás un botón que te llevará al documento oficial del Consulado, donde podrás consultar toda la información. ¿Puedo tramitar nacionalidad española por LMD si mi tatarabuelo o bisabuelo era español nacido en España, pero mi abuelo, que es el nieto, está fallecido? La respuesta del Consulado resulta bastante confusa e imprecisa, pues si bien en principio especifica que la Ley no menciona a tataranietos ni bisnietos, luego señala que «estos casos se están admitiendo a trámite en función de sus disposiciones interpretativas. En este tipo de expedientes se debe demostrar que se es descendiente de padre, madre, abuelo o abuela originariamente español. En muchos casos, se trata simplemente de justificar y documentar la línea genealógica desde el bisabuelo o bisabuela nacido en España, y la condición de originariamente español del abuelo o abuela que nacieron en el extranjero. Evidentemente, si faltan piezas en esa cadena documental de ascendientes a descendientes, el expediente puede no ser válido.» Es importante tomar en cuenta principalmente lo expresado por la Ley, junto al hecho de que el propio Consulado no tiene un criterio fijo al respecto y solo señala que quedará a interpretación del mismo, lo cual puede conllevar a que muchas personas piensen que sí es posible, cuando realmente es un criterio que puede cambiar en cualquier momento, pues lamentablemente en la práctica hemos visto considerables inconsistencias en los procedimientos que se llevan a través del Consulado. Si introduzco la nacionalidad por Ley de Memoria Democrática en Venezuela y me voy del país antes de obtener respuesta, ¿Puedo continuar el trámite o retirar mi literal de nacimiento por el país donde me encuentre viviendo? El Consulado informa que sí se puede. Y que una vez que recibas el correo electrónico de parte de ellos con la resolución favorable, respondas informando de tu lugar actual de residencia, ya sea España u otro país. Es importante aclarar que esto solo significa que te enviarán tu partida literal de nacimiento española, aunque te vayas a otro país, pero si vienes a España esto no implica que tendrás permiso de residencia mientras no tengas la resolución. Yo opté como nieto con al Anexo 1. Tengo un hijo que ahora es menor de edad, así que no puede optar con un Anexo 3. Temo que cuando salga mi resolución positiva mi hijo ya sea mayor de edad y haya perdido la posibilidad de optar: El Consulado informó que la fecha en la que se presentó y firmó el Anexo es la que se toma de referencia para la adquisición de la nacionalidad española. Por lo tanto, si en ese momento tu hijo era menor de edad y estaba bajo tu patria potestad, posteriormente le será de aplicación el artículo 20 del Código Civil y podrá ejercer su opción a la nacionalidad española hasta que cumpla 20 años de edad. ¿Puedo averiguar en el Consulado si mi abuelo o abuela eran españoles nacidos en España proporcionado su nombre? No es posible solo con el nombre, pero se puede buscar la partida literal de nacimiento de sus abuelos en la web del Ministerio de Justicia de España. Para ello necesitará los datos de sus abuelos: nombre y dos apellidos, lugar y fecha de nacimiento etc. Si presento un expediente incompleto porque no tengo todos los documentos, ¿Cuánto tiempo tendré para subsanarlo? ¿Cuál sería el procedimiento? Dado que la Ley de Memoria Democrática va a finalizar su vigencia en octubre, el Consulado ha indicado que permitirá presentar casos incompletos y luego se requerirá la subsanación cuando sean examinados (plazo aproximado de 18 meses), dando tiempo así a reunir la documentación. La documentación faltante se presenta cuando se solicita por el Consulado, no antes. Esta información es muy importante respecto de las solicitudes, ya que el propio Consulado está indicando que tardan aproximadamente más de un año y medio en examinar los expedientes, por lo que, una vez presentado solo queda esperar a tener respuesta. Además de estas respuestas, encontramos otras aclaratorias importantes por parte del Consulado, como las siguientes: Los documentos que se presenten deben tener un máximo de cinco años desde su emisión. Este trámite se debe presentar de forma personal y que no es posible hacerlo a través de terceros, aunque tengan un poder. Los plazos de resolución son variables y que dependen de cada caso, es por esto que pueden resolver algunas solicitudes en mayor o menor tiempo que otras. Se puede presentar la solicitud en los Consulados Honorarios de España en Maracay, Valencia, Barquisimeto, Punto Fijo, Maracaibo, Mérida, Puerto Ordaz, Puerto la Cruz y Porlamar. La vía principal de comunicación del Consulado con el solicitante será a través del correo electrónico, por esto es muy importante asegurarte de que el mismo esté bien escrito en la solicitud. ver formulario completo ¿Tienes dudas? ¡Reserva tu asesoría y comienza un proceso migratorio exitoso! Varias modalidades Online vía Zoom Presencial en nuestra oficina en Madrid RESERVAR Si estás interesado en efectuar el trámite nuestro equipo de AMS Abogados está preparado para ayudarte a gestionar tu solicitud antes de que culmine el plazo. Si necesitas más información o asesoramiento personalizado, no dudes en contactarnos o tomar una asesoría con nosotros. Migrar es cosa seria AMS Abogados contacto@amsabogados.com

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como apostillar documentos venezolanos en españa ams abogados

Cómo apostillar documentos venezolanos en España

La Apostilla es un certificado expedido según el Convenio de La Haya que autentica el origen de un documento público de un país parte del tratado, facilitando su uso y validez a nivel internacional, ante otros países también parte. Si estás en España y necesitas apostillar un documento venezolano, te explicamos los pasos para tramitar una Apostilla en los distintos Consulado de Venezuela en España Solicitud de Cita para la Apostilla Registro en el sistema: Accede a la plataforma del Ministerio del Poder Popular para Relaciones Exteriores (MPPRE). Deberás registrarte con tus datos personales, y si tienes hijos menores de edad y quieres apostillar sus documentos, deberás incluirlos en el módulo “Hijos e hijas”. Cargar documentos: En el módulo «Documentos», selecciona aquellos que necesitas apostillar. Recuerda que algunos documentos, como las partidas de nacimiento, actas de matrimonio y documentos universitarios, deben estar previamente legalizados en Venezuela. También debes saber que los documentos como las certificaciones de calificaciones de primero a tercer año y de cuarto y quinto año de bachillerato se deben cargar por separado. Para más detalles sobre qué documentos pueden ser apostillados, consulta el instructivo en este enlace. Puedes cargar hasta 15 documentos en una sola solicitud de cita, y es importante verificar si requieres apostillar todos los documentos cargados, ya que el día de la cita deberás cancelar los aranceles por todos ellos, aunque no los lleves ni se tramiten. Solicitar la cita: Una vez cargados los documentos, solicita tu cita, donde deberás colocar en país “España” y luego el Consulado de Venezuela al que asistirás personalmente. Para designar a un representante necesitarás un poder notariado en Venezuela o emitido por un Consulado venezolano. Confirmación de cita: Recibirás un correo electrónico con la fecha de la cita, que también podrás consultar en la sección “Citas” de tu perfil en el sistema. Es importante que sepas que, aun cuando la página web del Consulado de Venezuela indica que debes tener el alta consular para realizar la apostilla, realmente no es obligatorio. Asistencia a la cita en el Consulado El día de tu cita, deberás presentarte en el Consulado General más cercano. Los Consulado de Venezuela en España son: Madrid – Calle Eloy Gonzalo 40, 28010 Madrid. (Este Consulado incluye las Comunidades Autónomas de Madrid, Castilla y León, Castilla La Mancha, Extremadura, Murcia, Andalucía, Ceuta y Melilla). Barcelona – Plaza d’Urquinaona, 6, piso 6 oficina 6a, 08010 Barcelona. (Este Consulado incluye las Comunidades Autónomas de Aragón, Illes Balears, Valencia y Cataluña). Bilbao – Calle Ibáñez de Bilbao 2, Bilbao, 48001. (Este Consulado incluye las Comunidades Autónomas de País Vasco, La Rioja, Cantabria y Navarra). Vigo – C/Velázquez Moreno Nº3. P.: 36201, Vigo, Pontevedra. (Este Consulado incluye las Comunidades Autónomas de Galicia y Principado de Asturias). Islas Canarias – Av. Francisco la Roche, 21 (Av. Anaga), 38001 Santa Cruz de Tenerife. Debes tomar en cuenta que la atención es por orden de llegada, y que no es posible modificar la fecha asignada por el sistema. Los requisitos que debes llevar son: Documento de identidad original y copia (cédula venezolana o pasaporte, sin importar si están vencidos). Dos copias del correo electrónico de confirmación de la cita. Documentos originales a apostillar, debidamente legalizados. Si envías a un representante legal, este deberá llevar su cédula o pasaporte, el poder notariado en original y copia y los documentos mencionados anteriormente. También debes saber que si falta algún requisito no se podrá realizar el trámite. Pago de Aranceles Consulares El costo del trámite es de 60 € por cada documento. El pago se realiza en efectivo el mismo día de la cita y antes de la revisión de los documentos. El pago cubre la verificación de los documentos, pero no garantiza que la Apostilla será emitida; ya que, si los documentos fueron cargados incorrectamente en el sistema, serán rechazados y los derechos consulares pagados no serán reembolsados. En cuanto a los documentos relacionados con niños, niñas y adolescentes, el trámite es gratuito. Tiempos de entrega de los documentos apostillados El Consulado entrega los documentos apostillados el mismo día de la cita, entre las 14:00 y las 16:30. Solo el titular o su representante legal pueden retirar los documentos, y no se aceptan autorizaciones a terceros. Cancelación de la cita Si necesitas cancelar una cita, puedes hacerlo a través del mismo sistema, seleccionando la opción «Cancelar» en el módulo de citas; una vez cancelada, podrás solicitar una nueva cita. Recuerda que no es posible modificar la fecha, oficina o documentos cargados en una cita ya asignada, sino que debes cancelarla y tomar otra. Poderes de Representación Legal Es posible delegar el trámite de Apostilla en un representante legal. Para ello, el poder debe ser: Un poder notariado en Venezuela ante el SAREN. Emitido por un Consulado, Sección Consular o Embajada venezolana. Un poder tramitado en el extranjero, incluso desde España, notariado y apostillado, y debidamente traducido al español si es necesario. El poder debe ser registrado en el sistema de apostilla al solicitar la cita, ingresando el número del documento según corresponda. El proceso de Apostilla es fundamental para validar documentos venezolanos en el extranjero, pero requiere seguir cuidadosamente los pasos establecidos por el Consulado. Asegúrate de tener todos los documentos en orden, cumplir con los requisitos y asistir puntualmente a la cita, pues esto garantizará que el trámite se realice sin contratiempos y que tus documentos estén listos para su uso internacional. ¿Tienes dudas? ¡Reserva tu asesoría y comienza un proceso migratorio exitoso! Varias modalidades Online vía Zoom Presencial en nuestra oficina en Madrid RESERVAR Podemos ayudarte en la solicitud de diversos documentos como partidas de nacimiento, actas de matrimonio, entre otros, y su apostilla. Y también podemos gestionar por ti el poder que debes otorgar para que un tercero pueda apostillar tus documentos. Si quieres que solicitemos tus documentos, la apostilla de los mismos o la gestión de algún trámite en España, escríbenos a contacto@amsabogados.com Migrar es cosa seria. AMS Abogados contacto@amsabogados.com

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