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Puedo tramitar nacionalidad española por LMD si mi tatarabuelo o bisabuelo era español

Preguntas Frecuentes sobre la Ley de Memoria Democrática – Consulado de España en Caracas

El Consulado de España en Caracas ha publicado un nuevo listado de preguntas frecuentes, un total de 22, sobre el proceso de solicitud de la nacionalidad española por Ley de Memoria Democrática (Ley de Nietos). Hemos seleccionado y ampliado cinco de esas preguntas, que coinciden con las dudas que nuestros clientes nos plantean con mayor frecuencia. Al final de esta publicación encontrarás un botón que te llevará al documento oficial del Consulado, donde podrás consultar toda la información. ¿Puedo tramitar nacionalidad española por LMD si mi tatarabuelo o bisabuelo era español nacido en España, pero mi abuelo, que es el nieto, está fallecido? La respuesta del Consulado resulta bastante confusa e imprecisa, pues si bien en principio especifica que la Ley no menciona a tataranietos ni bisnietos, luego señala que «estos casos se están admitiendo a trámite en función de sus disposiciones interpretativas. En este tipo de expedientes se debe demostrar que se es descendiente de padre, madre, abuelo o abuela originariamente español. En muchos casos, se trata simplemente de justificar y documentar la línea genealógica desde el bisabuelo o bisabuela nacido en España, y la condición de originariamente español del abuelo o abuela que nacieron en el extranjero. Evidentemente, si faltan piezas en esa cadena documental de ascendientes a descendientes, el expediente puede no ser válido.» Es importante tomar en cuenta principalmente lo expresado por la Ley, junto al hecho de que el propio Consulado no tiene un criterio fijo al respecto y solo señala que quedará a interpretación del mismo, lo cual puede conllevar a que muchas personas piensen que sí es posible, cuando realmente es un criterio que puede cambiar en cualquier momento, pues lamentablemente en la práctica hemos visto considerables inconsistencias en los procedimientos que se llevan a través del Consulado. Si introduzco la nacionalidad por Ley de Memoria Democrática en Venezuela y me voy del país antes de obtener respuesta, ¿Puedo continuar el trámite o retirar mi literal de nacimiento por el país donde me encuentre viviendo? El Consulado informa que sí se puede. Y que una vez que recibas el correo electrónico de parte de ellos con la resolución favorable, respondas informando de tu lugar actual de residencia, ya sea España u otro país. Es importante aclarar que esto solo significa que te enviarán tu partida literal de nacimiento española, aunque te vayas a otro país, pero si vienes a España esto no implica que tendrás permiso de residencia mientras no tengas la resolución. Yo opté como nieto con al Anexo 1. Tengo un hijo que ahora es menor de edad, así que no puede optar con un Anexo 3. Temo que cuando salga mi resolución positiva mi hijo ya sea mayor de edad y haya perdido la posibilidad de optar: El Consulado informó que la fecha en la que se presentó y firmó el Anexo es la que se toma de referencia para la adquisición de la nacionalidad española. Por lo tanto, si en ese momento tu hijo era menor de edad y estaba bajo tu patria potestad, posteriormente le será de aplicación el artículo 20 del Código Civil y podrá ejercer su opción a la nacionalidad española hasta que cumpla 20 años de edad. ¿Puedo averiguar en el Consulado si mi abuelo o abuela eran españoles nacidos en España proporcionado su nombre? No es posible solo con el nombre, pero se puede buscar la partida literal de nacimiento de sus abuelos en la web del Ministerio de Justicia de España. Para ello necesitará los datos de sus abuelos: nombre y dos apellidos, lugar y fecha de nacimiento etc. Si presento un expediente incompleto porque no tengo todos los documentos, ¿Cuánto tiempo tendré para subsanarlo? ¿Cuál sería el procedimiento? Dado que la Ley de Memoria Democrática va a finalizar su vigencia en octubre, el Consulado ha indicado que permitirá presentar casos incompletos y luego se requerirá la subsanación cuando sean examinados (plazo aproximado de 18 meses), dando tiempo así a reunir la documentación. La documentación faltante se presenta cuando se solicita por el Consulado, no antes. Esta información es muy importante respecto de las solicitudes, ya que el propio Consulado está indicando que tardan aproximadamente más de un año y medio en examinar los expedientes, por lo que, una vez presentado solo queda esperar a tener respuesta. Además de estas respuestas, encontramos otras aclaratorias importantes por parte del Consulado, como las siguientes: Los documentos que se presenten deben tener un máximo de cinco años desde su emisión. Este trámite se debe presentar de forma personal y que no es posible hacerlo a través de terceros, aunque tengan un poder. Los plazos de resolución son variables y que dependen de cada caso, es por esto que pueden resolver algunas solicitudes en mayor o menor tiempo que otras. Se puede presentar la solicitud en los Consulados Honorarios de España en Maracay, Valencia, Barquisimeto, Punto Fijo, Maracaibo, Mérida, Puerto Ordaz, Puerto la Cruz y Porlamar. La vía principal de comunicación del Consulado con el solicitante será a través del correo electrónico, por esto es muy importante asegurarte de que el mismo esté bien escrito en la solicitud. ver formulario completo ¿Tienes dudas? ¡Reserva tu asesoría y comienza un proceso migratorio exitoso! Varias modalidades Online vía Zoom Presencial en nuestra oficina en Madrid RESERVAR Si estás interesado en efectuar el trámite nuestro equipo de AMS Abogados está preparado para ayudarte a gestionar tu solicitud antes de que culmine el plazo. Si necesitas más información o asesoramiento personalizado, no dudes en contactarnos o tomar una asesoría con nosotros. Migrar es cosa seria AMS Abogados contacto@amsabogados.com

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Cómo apostillar documentos venezolanos en España

La Apostilla es un certificado expedido según el Convenio de La Haya que autentica el origen de un documento público de un país parte del tratado, facilitando su uso y validez a nivel internacional, ante otros países también parte. Si estás en España y necesitas apostillar un documento venezolano, te explicamos los pasos para tramitar una Apostilla en los distintos Consulado de Venezuela en España Solicitud de Cita para la Apostilla Registro en el sistema: Accede a la plataforma del Ministerio del Poder Popular para Relaciones Exteriores (MPPRE). Deberás registrarte con tus datos personales, y si tienes hijos menores de edad y quieres apostillar sus documentos, deberás incluirlos en el módulo “Hijos e hijas”. Cargar documentos: En el módulo «Documentos», selecciona aquellos que necesitas apostillar. Recuerda que algunos documentos, como las partidas de nacimiento, actas de matrimonio y documentos universitarios, deben estar previamente legalizados en Venezuela. También debes saber que los documentos como las certificaciones de calificaciones de primero a tercer año y de cuarto y quinto año de bachillerato se deben cargar por separado. Para más detalles sobre qué documentos pueden ser apostillados, consulta el instructivo en este enlace. Puedes cargar hasta 15 documentos en una sola solicitud de cita, y es importante verificar si requieres apostillar todos los documentos cargados, ya que el día de la cita deberás cancelar los aranceles por todos ellos, aunque no los lleves ni se tramiten. Solicitar la cita: Una vez cargados los documentos, solicita tu cita, donde deberás colocar en país “España” y luego el Consulado de Venezuela al que asistirás personalmente. Para designar a un representante necesitarás un poder notariado en Venezuela o emitido por un Consulado venezolano. Confirmación de cita: Recibirás un correo electrónico con la fecha de la cita, que también podrás consultar en la sección “Citas” de tu perfil en el sistema. Es importante que sepas que, aun cuando la página web del Consulado de Venezuela indica que debes tener el alta consular para realizar la apostilla, realmente no es obligatorio. Asistencia a la cita en el Consulado El día de tu cita, deberás presentarte en el Consulado General más cercano. Los Consulado de Venezuela en España son: Madrid – Calle Eloy Gonzalo 40, 28010 Madrid. (Este Consulado incluye las Comunidades Autónomas de Madrid, Castilla y León, Castilla La Mancha, Extremadura, Murcia, Andalucía, Ceuta y Melilla). Barcelona – Plaza d’Urquinaona, 6, piso 6 oficina 6a, 08010 Barcelona. (Este Consulado incluye las Comunidades Autónomas de Aragón, Illes Balears, Valencia y Cataluña). Bilbao – Calle Ibáñez de Bilbao 2, Bilbao, 48001. (Este Consulado incluye las Comunidades Autónomas de País Vasco, La Rioja, Cantabria y Navarra). Vigo – C/Velázquez Moreno Nº3. P.: 36201, Vigo, Pontevedra. (Este Consulado incluye las Comunidades Autónomas de Galicia y Principado de Asturias). Islas Canarias – Av. Francisco la Roche, 21 (Av. Anaga), 38001 Santa Cruz de Tenerife. Debes tomar en cuenta que la atención es por orden de llegada, y que no es posible modificar la fecha asignada por el sistema. Los requisitos que debes llevar son: Documento de identidad original y copia (cédula venezolana o pasaporte, sin importar si están vencidos). Dos copias del correo electrónico de confirmación de la cita. Documentos originales a apostillar, debidamente legalizados. Si envías a un representante legal, este deberá llevar su cédula o pasaporte, el poder notariado en original y copia y los documentos mencionados anteriormente. También debes saber que si falta algún requisito no se podrá realizar el trámite. Pago de Aranceles Consulares El costo del trámite es de 60 € por cada documento. El pago se realiza en efectivo el mismo día de la cita y antes de la revisión de los documentos. El pago cubre la verificación de los documentos, pero no garantiza que la Apostilla será emitida; ya que, si los documentos fueron cargados incorrectamente en el sistema, serán rechazados y los derechos consulares pagados no serán reembolsados. En cuanto a los documentos relacionados con niños, niñas y adolescentes, el trámite es gratuito. Tiempos de entrega de los documentos apostillados El Consulado entrega los documentos apostillados el mismo día de la cita, entre las 14:00 y las 16:30. Solo el titular o su representante legal pueden retirar los documentos, y no se aceptan autorizaciones a terceros. Cancelación de la cita Si necesitas cancelar una cita, puedes hacerlo a través del mismo sistema, seleccionando la opción «Cancelar» en el módulo de citas; una vez cancelada, podrás solicitar una nueva cita. Recuerda que no es posible modificar la fecha, oficina o documentos cargados en una cita ya asignada, sino que debes cancelarla y tomar otra. Poderes de Representación Legal Es posible delegar el trámite de Apostilla en un representante legal. Para ello, el poder debe ser: Un poder notariado en Venezuela ante el SAREN. Emitido por un Consulado, Sección Consular o Embajada venezolana. Un poder tramitado en el extranjero, incluso desde España, notariado y apostillado, y debidamente traducido al español si es necesario. El poder debe ser registrado en el sistema de apostilla al solicitar la cita, ingresando el número del documento según corresponda. El proceso de Apostilla es fundamental para validar documentos venezolanos en el extranjero, pero requiere seguir cuidadosamente los pasos establecidos por el Consulado. Asegúrate de tener todos los documentos en orden, cumplir con los requisitos y asistir puntualmente a la cita, pues esto garantizará que el trámite se realice sin contratiempos y que tus documentos estén listos para su uso internacional. ¿Tienes dudas? ¡Reserva tu asesoría y comienza un proceso migratorio exitoso! Varias modalidades Online vía Zoom Presencial en nuestra oficina en Madrid RESERVAR Podemos ayudarte en la solicitud de diversos documentos como partidas de nacimiento, actas de matrimonio, entre otros, y su apostilla. Y también podemos gestionar por ti el poder que debes otorgar para que un tercero pueda apostillar tus documentos. Si quieres que solicitemos tus documentos, la apostilla de los mismos o la gestión de algún trámite en España, escríbenos a contacto@amsabogados.com Migrar es cosa seria. AMS Abogados contacto@amsabogados.com

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¿Cómo solicitar la nacionalidad española por Ley de Nietos en Chile?

Durante el mes de octubre de 2022 se aprobó la Ley de Memoria Democrática en España, también conocida popularmente como la “Ley de Nietos”, que es una alternativa temporal para conseguir la nacionalidad española desde tu país de residencia siempre que alguno de tus abuelos o tus padres sea o haya sido español de origen. En principio, esta Ley planteaba tres supuestos donde para aplicar debía demostrarse la pérdida de la nacionalidad española por razones de exilio, matrimonio con extranjeros, pasaportes antiguos, entre otros. Sin embargo, el 25 de octubre del mismo 2022, se publicaron las instrucciones que desarrollaban la aplicación de la Ley y en ellas, se agregó una división del primer supuesto, quedando establecido el supuesto 1A, el cual dice “Los nacidos fuera de España de padre o madre, abuelo o abuela, que originariamente hubieran sido españoles podrán optar a la nacionalidad española de origen”, es decir, basta con demostrar el vínculo con tu padre, madre, abuelo o abuela español de origen para poder optar a la nacionalidad española. ¿Dónde presentar la solicitud y que documentos necesitas? Puedes optar a la nacionalidad por la Ley de Memoria Democrática a través del Consulado General de España en Santiago de Chile, ubicado en Avenida Nueva Providencia 2353, Piso 9. Para conocer los requisitos, el Consulado publicó una guía práctica sobre los documentos que debes aportar en tu expediente de solicitud dependiendo de a que supuestos desees apegarte. Nuestra recomendación es optar al supuesto 1A ya que este abarca a los demás supuestos y conlleva menos documentación que el resto. Los documentos que requiere el Consulado para este supuesto son: ANEXO I debidamente cumplimentado y firmado.  Hoja declaratoria de datos rellenada.  Copia simple del documento de identidad del solicitante. Recuerda que debes incluir el Carnet de Identidad Chileno vigente o provisorio en trámite. Certificado literal de nacimiento del solicitante debidamente apostillado. Certificación de nacimiento del padre, madre, abuelo o abuela del solicitante, que originariamente hubieran sido españoles. En su caso, si la solicitud se formula como nieto/a de abuelo/a originariamente español, se aportará adicionalmente, certificación literal de nacimiento del padre o madre que corresponda con la línea del abuelo o abuela españoles del solicitante, debidamente apostillado. En el caso de los abuelos, si no existe partida literal de nacimiento, puede presentarse el certificado de bautismo acompañado de una certificación negativa del Registro Civil de donde nació. Certificado simple de nacimiento del padre/madre del solicitante, que no corresponde a la línea española (No es necesario certificado literal, ni que esté apostillado). Certificado de matrimonio de los padres del solicitante, si existiera (no es necesario apostillarlo). Ahora bien, para presentar el expediente, se debe obtener cita en el Consulado correspondiente siguiendo estos pasos: Enviar un correo electrónico a schile.lmdsol@maec.es con asunto “Solicitud alta sistema de cita LMD con RUT – Anexo” indicando el número de anexo con el que optarás a la nacionalidad. En el cuerpo del correo deberás señalar tu nombre completo en mayúsculas y sin acentos, seguido del RUT con puntos y guion. Ejemplo: MATIAS GABRIEL PEDROZA LOPEZ 22.111.354-0 Finalmente deberás Anexar los siguientes documentos al correo: Para Anexo I Copia de tu RUT chileno Acta ​​literal de nacimiento apostillada (no es válida la obtenida online). Certificado literal de nacimiento español del padre o madre, abuelo o abuela español del solicitante, solo si su nacimiento NO consta inscrito en nuestro Registro Civil Consular en Santiago de Chile. Para Anexos II, III y IV Copia de tu RUT chileno. Copia de su acta de nacimiento apostillada (no es válida la obtenida online). Luego de enviar el correo, el Consulado suele tardar unos 3 o 4 meses en enviar un usuario y clave para que puedas agendar tu cita. Una vez que recibas el correo con tu usuario y clave podrás ingresar al servicio de gestión de citas y agendar en la fecha y hora que aparezca disponible. El día de la cita, debes asistir presencialmente al Consulado con originales y copias de todo el expediente. Una vez presentado, sólo debes esperar que el Consulado se ponga en contacto contigo para entregarte la resolución, Ten en cuenta que en la práctica se manejan tiempos de resolución de hasta dos años, por lo que debes tener paciencia. De ser positiva incluirá tu Partida Literal de Nacimiento española con la cual podrás solicitar tu pasaporte y luego inscribir a tus hijos menores de 21 años para que obtengan la nacionalidad española o inscribir tu matrimonio para que tu cónyuge pueda optar a una Residencia por Arraigo Familiar. La Ley de Nietos representa una oportunidad excepcional para los chilenos que tienen raíces españolas y desean reconectarse con su origen familiar. Esta ley permite acceder a la nacionalidad española, y el plazo para presentar las solicitudes finaliza en octubre de 2025, por lo que es fundamental comenzar el proceso cuanto antes y con la orientación adecuada. ¿Tienes dudas? ¡Reserva tu asesoría y comienza un proceso migratorio exitoso! Varias modalidades Online vía Zoom Presencial en nuestra oficina en Madrid RESERVAR En AMS Abogados, contamos con amplia experiencia en la tramitación de solicitudes bajo la Ley de Memoria Democrática. Nuestro equipo se encarga de todo el proceso legal, asegurando una presentación correcta y sin errores, para que puedas obtener tu ciudadanía española de forma eficiente y segura. AMS Abogados contacto@amsabogados.com

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¿Qué es la Hoja Blanca en España?

La Hoja Blanca es un documento provisional que se entrega a los extranjeros que han iniciado el proceso de solicitud de protección internacional o asilo en España. Aunque su nombre oficial es “Documento Acreditativo de la Condición de Solicitante en Tramitación de Protección Internacional”, se le conoce comúnmente como “hoja blanca” o “carta blanca”. Este documento representa el primer paso para regularizar tu situación en España si tu proceso es de solicitud de Protección Internacional (Asilo) y permite permanecer legalmente en el país mientras se resuelve tu solicitud. Además, otorga ciertos derechos fundamentales como el acceso a la sanidad pública, la educación y, posteriormente, el derecho a trabajar. ¿Quién puede solicitar la Hoja Blanca? Cualquier persona que se encuentre en España y pueda justificar un temor fundado de persecución en su país de origen —por motivos como raza, religión, nacionalidad, orientación sexual, opiniones políticas o pertenencia a un grupo social— puede iniciar una solicitud de protección internacional, según el artículo 13.4 de la Constitución Española, la Ley 12/2009, y otras normas complementarias. Este proceso no está restringido por nacionalidad. En la práctica, muchas de las personas que solicitan asilo provienen de países en conflicto, con situaciones de violencia generalizada, desastres naturales o crisis humanitarias. ¿Cómo se obtiene la Hoja Blanca? Solicitar una cita previa El procedimiento inicia con la manifestación de voluntad de solicitar protección internacional, para la que se debe pedir una cita para formalizar la solicitud. Actualmente, conseguir cita puede resultar complicado debido a la alta demanda y a los fraudes en el sistema. En 2025, la mayoría de las citas no se gestionan por internet, sino a través de correo electrónico, teléfono o directamente en las comisarías de policía u oficinas de extranjería. Presentar la solicitud La solicitud se presenta presencialmente, normalmente en la Oficina de Asilo y Refugio (OAR), en las comisarías autorizadas o en los Centros de Internamiento de Extranjeros (CIE). También puede realizarse en puestos fronterizos si la persona llega al país e intenta entrar sin permiso previo. Entrevista personal Durante este proceso se realiza una entrevista individual, donde el solicitante debe explicar los motivos por los que solicita protección internacional. Es fundamental proporcionar un relato que explique el porqué de la solicitud. En esa cita, el solicitante recibirá la Hoja Blanca, también conocida como “resguardo de presentación de solicitud de protección internacional”, junto con el Número de Identificación de Extranjero (NIE). ¿Qué ocurre después de solicitar asilo? El procedimiento tiene dos fases: Fase 1: Admisión a trámite En esta etapa, se evalúa si España es competente para examinar la solicitud. Si se admite a trámite, se entrega la tarjeta roja. Si se rechaza, la persona deberá abandonar el país salvo que cuente con otro permiso de residencia. Fase 2: Evaluación del caso Una vez admitida, comienza la evaluación de fondo. En teoría, la resolución debe emitirse en un plazo máximo de 6 meses (o 3 si es procedimiento de urgencia), aunque en la práctica puede tardar hasta 18 o 24 meses. ¿Qué derechos te otorga la Hoja Blanca? Aunque es un documento provisional, la Hoja Blanca ofrece importantes garantías legales y sociales: Protección contra la deportación, mientras se estudia tu caso. Acceso a la sanidad pública y la educación, en igualdad de condiciones con los ciudadanos españoles. Permiso de trabajo: A partir del sexto mes desde la fecha de solicitud de asilo, puedes trabajar legalmente en España. Asistencia jurídica gratuita. Acceso a servicios sociales y programas de integración. Acceso a la Seguridad Social. Apertura de cuentas bancarias. ¿Qué validez tiene la Hoja Blanca? Duración inicial: 9 meses. Si no se ha emitido una resolución negativa en el primer mes, la hoja sigue vigente. ¿Qué sucede después de la Hoja Blanca? Tu expediente será enviado por la Policía a la Oficina de Asilo y Refugio, que tramitará el procedimiento a través del Ministerio del Interior. En la práctica, aunque la ley establece un plazo de seis meses para resolver la solicitud, pero este plazo puede extenderse incluso más de un año. En ese caso, al transcurrir los nueves meses de vigencia que tiene este documento, deberás renovarlo, y es cuando te entregarán la “Tarjeta roja”.  La respuesta la recibirás a través de una resolución, que puede ser de alguna de las siguientes maneras: Aprobarse tu solicitud: obtendrás la condición de refugiado o de protección subsidiaria. Denegarse la solicitud, pero concediéndote una residencia por razones humanitarias Ser denegada: deberás abandonar el país en un plazo de 15 días, salvo que interpongas un recurso o tengas otro tipo de autorización de residencia. ¿Tienes dudas? ¡Reserva tu asesoría y comienza un proceso migratorio exitoso! Varias modalidades Online vía Zoom Presencial en nuestra oficina en Madrid RESERVAR La Hoja Blanca es mucho más que un simple papel: es la puerta de entrada al sistema de protección internacional en España, y representa el comienzo de un proceso que puede darte estatus legal en el país. En AMS Abogados podemos ayudarte en cada paso de tu solicitud de Protección Internacional. Contamos con experiencia en el acompañamiento legal de personas que necesitan protección y una nueva oportunidad en España. Migrar es cosa seria AMS Abogados contacto@amsabogados.com

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Requisitos para la nacionalidad española 2025 ams abogados

Requisitos para la nacionalidad española 2025

Obtener la nacionalidad española en 2025 continúa siendo una meta clave para muchas personas extranjeras que ya han establecido su vida en el país o que tienen vínculos familiares con ciudadanos españoles. En este artículo te explicamos los requisitos actualizados para las dos vías más comunes: la nacionalidad por residencia y la nacionalidad por la Ley de Memoria Democrática (Ley de Nietos). Requisitos para la nacionalidad española por residencia (2025) La nacionalidad por residencia es la vía general para quienes han vivido legalmente en España durante un periodo determinado. Repasemos los requisitos para evitar errores o retrasos en la solicitud: Plazos de residencia exigidos: 10 años: es el plazo general. 5 años: para personas a quienes se les ha reconocido oficialmente  el estatuto de refugiado. 2 años: para nacionales de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial o Portugal.  1 año: en los siguientes casos: Haber nacido en España, pero ostentando otra nacionalidad. Estar casado/a con un ciudadano español (mínimo 1 año de matrimonio, sin separación legal). Ser viudo/a de un español (si no hubo separación previa al fallecimiento). Ser hijo/a o nieto/a de español de origen. Requisitos y documentación Para presentar la solicitud en 2025, deberás aportar los siguientes documentos generales: Pasaporte completo y vigente. (Actualmente, en el caso de los ciudadanos venezolanos, hay una excepción y en sus solicitudes pueden tener el pasaporte caducado siempre que aporten el comprobante de que se encuentra en proceso de renovación) Certificado de nacimiento debidamente legalizado, apostillado y traducido, si es el caso. Certificado de antecedentes penales del país de origen y de residencia de los últimos cinco años, debidamente apostillados. Así como los antecedentes de España. Volante de empadronamiento actualizado. Certificado de superación de las pruebas CCSE y DELE (esta última solo si el español no es tu lengua materna). Presentación de la solicitud La solicitud se presenta ante el Ministerio de Justicia, de forma telemática mediante certificado digital. Sin embargo, muchas personas optan por tramitarla a través de abogados especializados, ya que esto garantiza que el expediente esté completo, bien fundamentado y sin errores que puedan provocar retrasos o rechazos. En AMS Abogados te acompañamos durante todo el proceso: revisamos tu documentación, gestionamos la presentación de la solicitud y hacemos seguimiento hasta su resolución. Contar con nuestro equipo no solo te ahorra tiempo y complicaciones, sino que aumenta significativamente tus posibilidades de éxito. El plazo legal para obtener respuesta es de 12 meses desde la presentación, aunque en la práctica puede alargarse si el expediente no está bien armado desde el inicio. Por eso, asesorarte con profesionales puede marcar la diferencia. Requisitos para la nacionalidad española por Ley de Memoria Democrática (Ley de Nietos) La Ley 20/2022, de Memoria Democrática, en vigor desde octubre de 2022, y hasta octubre de 2025, permite acceder a la nacionalidad a los descendientes de españoles de origen, bajo ciertos supuestos que han sido ampliados por instrucciones oficiales posteriores. Supuestos reconocidos para optar a la nacionalidad: En 2025, los beneficiarios pueden solicitar la nacionalidad si cumplen con uno de los siguientes criterios: Descendientes de españoles exiliados: previsto para aquellos nacidos fuera de España cuyos padres o abuelos, originariamente españoles, perdieron o renunciaron a su nacionalidad por causas de exilio (políticas, ideológicas, de creencias u orientación sexual). Hijos/as de mujeres españolas que perdieron su nacionalidad al casarse con extranjeros antes de 1978. Hijos/as mayores de edad de personas que obtuvieron la nacionalidad por opción, bajo esta ley o la Ley 52/2007. Hijos o nietos de españoles de origen: basta con demostrar que el padre, madre, abuelo o abuela fue originariamente español, incluso si no fueron exiliados, conforme a la interpretación más reciente. Requisitos claves y documentación Partida de nacimiento apostillada del solicitante. Certificado literal de nacimiento del familiar español (padre, madre, abuelo o abuela). Documentos que acrediten el vínculo familiar y, si aplica, el exilio. Documentos identificativos vigentes. ¿Dónde y hasta cuándo se puede solicitar? Plazo: Hasta el 20 de octubre de 2025. Lugar de presentación: En el Registro Civil que corresponda al domicilio del solicitante, que bien puede ser en España o en el consulado español del país de residencia. En 2025, tanto la vía por residencia como por Ley de Memoria Democrática representan oportunidades reales y alcanzables para obtener la nacionalidad española. El cumplimiento riguroso de los requisitos documentales y legales es fundamental para el éxito del trámite. Si tu opción es la Ley de Memoria Democrática, debes darte prisa ya que se dejarán de recibir solicitudes en octubre de este año. ¿Tienes dudas? ¡Reserva tu asesoría y comienza un proceso migratorio exitoso! Varias modalidades Online vía Zoom Presencial en nuestra oficina en Madrid RESERVAR En AMS Abogados contamos con un equipo especializado en procedimientos de nacionalidad española. Te ayudamos a preparar, revisar y presentar tu expediente, maximizando tus posibilidades de éxito. ¡Contáctanos! Migrar es cosa seria. AMS Abogados contacto@amsabogados.com

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Más de 10.000 venezolanos obtienen residencia por razones humanitarias en España en lo que va de 2025

El Ministerio del Interior ha confirmado que entre enero y abril de este año se han concedido 10.996 autorizaciones de residencia por razones humanitarias a ciudadanos venezolanos, consolidando así la vigencia de esta decisión, que sigue planteando una alternativa real para los venezolanos que solicitan Protección Internacional (Asilo) en España. Pese a la reciente entrada en vigor del nuevo Reglamento de Extranjería, recalcamos que este no afecta los procedimientos de Asilo. Así lo reflejan las cifras oficiales: Venezuela lidera ampliamente las resoluciones favorables, muy por encima de la segunda nacionalidad beneficiada, Colombia, que apenas suma 112 concesiones de residencia por razones humanitarias en el mismo periodo. Según el informe publicado por la Dirección General de Protección Internacional, las concesiones por razones humanitarias representan más del 98% de las resoluciones emitidas a ciudadanos venezolanos, y la mayoría de los rechazos se deben a abandonos voluntarios del trámite, incumplimientos de citaciones o antecedentes penales durante el proceso. Estas cifras desmienten rumores alarmistas y reafirman que la solicitud de asilo continúa siendo una opción válida para quienes huyen de la crisis humanitaria que atraviesa Venezuela. A nuestro juicio, no existen señales de que esta tendencia vaya a revertirse en el corto plazo. AMS Abogados contacto@amsabogados.com

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que es la tarjeta roja

¿Qué es la tarjeta roja en España? 2025

La tarjeta roja es uno de los documentos más importantes en el proceso de solicitud de asilo en España. Aunque su nombre no aparece como tal en la ley, popularmente se conoce así por el color del documento, cuya función es acreditar que una persona extranjera se encuentra en trámite de protección internacional. En este artículo te explicamos qué es exactamente la tarjeta roja, cómo se obtiene, qué derechos otorga y qué implicaciones tiene en 2025 para quienes solicitan asilo en España. ¿Qué es la tarjeta roja? La tarjeta roja es el segundo documento provisional que reciben los extranjeros cuya solicitud de asilo fue admitida a trámite, pero aún no ha sido resuelta. El otorgamiento de este documento no implica que el asilo haya sido aprobado, pero permite a la persona permanecer legalmente en España mientras se resuelve su caso, y también habilita el acceso a ciertos derechos, como la atención médica o el permiso de trabajo. Este es un documento que acredita que el extranjero se encuentra en proceso de protección internacional, pero aún no se le ha sido concedido el estatuto de refugiado, de protección subsidiaria o una residencia por razones humanitarias. ¿Quién puede solicitarla? Para poder solicitar la tarjeta roja, se debe pasar por un procedimiento previo, que es el inicio de la solicitud de protección internacional, que podrá hacerla cualquier persona que se encuentre en España y pueda justificar un temor fundado de persecución en su país de origen —por motivos como raza, religión, nacionalidad, orientación sexual, opiniones políticas o pertenencia a un grupo social-. Esta solicitud no está restringida por nacionalidad, y en la práctica, muchas de las personas que solicitan asilo provienen de países en conflicto, con situaciones de violencia generalizada, desastres naturales o crisis humanitarias. Al momento de formalizar la solicitud de protección internacional, el funcionario hace entrega al extranjero de un primer documento, conocido como “hoja blanca”, que tendrá una vigencia de nueve meses. Si al término de este tiempo, aun no tienes respuesta de la solicitud inicial, debes renovar ese documento, y es en ese momento cuando te entregarán la tarjeta roja. ¿Cómo se solicita la tarjeta roja en España? Lo primero es pedir una cita para renovar tu documento como solicitante asilo. Actualmente, conseguir cita puede resultar complicado debido a la alta demanda y a los fraudes en el sistema. En 2025, la mayoría de estas citas se gestionan por internet o directamente en las comisarías de policía. Pero esto dependerá de la Provincia en que te encuentres, por ejemplo, en Madrid, debes ingresar en la página web para “Cita previa extranjería”, escoger la Provincia, y luego seleccionar el trámite que es “Policía – Documento acreditativo solicitante, en tramitación, de Protección Internacional (tarjeta roja). Y luego escoger el día y hora que te permita el sistema. Debes tener en cuenta que la cita puedes tomarla para una fecha que no exceda de un mes antes del vencimiento de la hoja blanca, y también podrá ser para fecha posterior a esta. El día de la cita, debes llevar la “hoja blanca”, tu pasaporte y una foto tipo carnet, y saldrás de la Comisaría con la tarjeta roja en mano. ¿Qué derechos tienes con la tarjeta roja? Mientras dure el procedimiento, el solicitante tiene derecho a: No ser devuelto ni expulsado. Atención sanitaria (médico de cabecera y servicios públicos). Asistencia jurídica gratuita. Acceso a servicios sociales y programas de integración. Educación y formación profesional. Acceso a la Seguridad Social. Apertura de cuentas bancarias. Continuar con tu permiso de trabajo. La tarjeta roja, al igual que la hoja blanca, refleja el NIE (Número de Identificación de Extranjero) que permite al solicitante acceder a estos servicios como cualquier otra persona en España. ¿Se puede viajar fuera de España con la tarjeta roja? Cómo te contamos en nuestro artículo sobre si puedes salir de España siendo solicitante de Asilo, la Tarjeta Roja no es un documento de viaje, al igual que no lo es tu cédula o DNI dependiendo del país del que vengas. Para viajar, es necesario contar con un pasaporte vigente y al ser solicitante de Asilo no existe ninguna limitante o consecuencia por salir del país mientras se está en el proceso. Siempre que la Tarjeta Roja no esta vencida al momento del viaje o venza durante el mismo. ¿Qué ocurre con la tarjeta roja cuando se resuelve la solicitud de asilo? Si se concede el asilo, la protección subsidiaria o una residencia por razones humanitarias, se emite una Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE), y se adquieren plenos derechos de residencia y trabajo. Si se deniega, y la persona considera que la decisión ha sido errónea, podrá ejercer un recurso de reposición o contencioso administrativo, por el contrario, deberá abandonar el país. Residencia por razones humanitarias: ¿qué es? En algunos casos, aunque se deniegue el asilo, el Ministerio del Interior puede otorgar una autorización de residencia temporal por razones humanitarias. Esta figura está pensada para personas que, sin cumplir todos los requisitos para obtener asilo, se encuentran en situaciones de vulnerabilidad extrema o riesgo en su país de origen. Un ejemplo destacado es el caso de los venezolanos: desde 2019, si su solicitud de asilo es denegada, suelen recibir esta residencia de forma automática. Esta residencia se renueva sin necesidad de iniciar un trámite nuevo, solo acudiendo a la toma de huellas. Aunque hasta hace poco se podía cambiar por otro tipo de permiso tras un año, desde mayo de 2025 ya no es posible modificarla directamente debido a cambios en el reglamento. La tarjeta roja es un documento clave para las personas que están en un proceso de protección internacional en España. No solo permite permanecer en el país mientras se resuelve la solicitud, sino que también da acceso a derechos fundamentales como atención médica, asistencia jurídica y, eventualmente, trabajo. ¿Tienes dudas? ¡Reserva tu asesoría y comienza un proceso migratorio exitoso! Varias modalidades Online vía Zoom Presencial en nuestra oficina en Madrid RESERVAR En AMS Abogados, contamos con experiencia

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¿Cuánto tiempo puedo estar fuera de España sin afectar mi solicitud de nacionalidad? ams abogados

¿Cuánto tiempo puedo estar fuera de España sin afectar mi solicitud de nacionalidad?

Si vas a solicitar la nacionalidad española por residencia, debes prestar especial atención a tus salidas del país de forma previa a iniciar el trámite, ya que ausencias prolongadas pueden afectar el cómputo del tiempo de residencia continua que se exige para obtener la nacionalidad. Aunque puedas viajar con tu tarjeta de residencia y pasaporte, estar fuera de España demasiado tiempo podría ser motivo de denegación de tu solicitud. A continuación, te explicamos cuánto tiempo puedes salir de España sin afectar tu solicitud de nacionalidad, dependiendo del tiempo de residencia legal que se exige en tu caso. Tiempo máximo permitido fuera de España según tu tipo de residencia y nacionalidad de origen Dependiendo de los años de residencia legal exigidos para solicitar la nacionalidad, las ausencias fuera de España se evalúan de manera diferente: Si debes cumplir 10 años de residencia legal (caso general) o 5 años (refugiados). En este caso no puedes ausentarte más de 6 meses seguidos en ningún momento de esos años. Si excedes este límite, podrías perder la posibilidad de solicitar la nacionalidad. Si puedes solicitar la nacionalidad con 1 o 2 años de residencia legal (qué es el caso de los nacionales iberoamericanos o de los cónyuges de españoles), no puedes ausentarte más de 3 meses por cada año, en ningún momento de ese período. Exceder este tiempo podría generar problemas en la concesión de tu nacionalidad. ¿Qué pasa si tengo muchas salidas cortas? Aunque la norma solo habla de salidas continuadas, tener muchas salidas acumuladas (aunque cada una sea menor al límite establecido) puede ser visto negativamente por el Ministerio de Justicia. El criterio sobre el tiempo fuera de España puede cambiar con el tiempo, por lo que es recomendable minimizar tus ausencias lo máximo que puedas. ¿Cómo se interpreta la «residencia continuada»? El concepto de «residencia continuada» ha sido aclarado por la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública (DGSJFP), y actualmente las ausencias se analizan de manera más flexible: Ejemplo para quienes deben acreditar 10 años de residencia: Antes, si estuviste 3 meses fuera en 2014 y 4 meses en 2015, la suma daba 7 meses y tu nacionalidad podía ser denegada. Ahora, solo se toma en cuenta la ausencia más larga (4 meses), permitiendo la solicitud si ninguna ausencia supera los 6 meses seguidos. Ejemplo para quienes pueden solicitar la nacionalidad a los 2 años: Si estuviste 2 meses fuera en 2018 y 1 mes en 2019, antes estos períodos podían sumarse. Ahora, se considera cada ausencia individualmente, permitiendo la solicitud si ninguna supera los 3 meses seguidos. Entonces, ¿Cuánto tiempo puedo estar fuera de España? Si debes residir 10 o 5 años antes de solicitar la nacionalidad, no debes salir más de 6 meses seguidos. Si puedes solicitarla con 1 o 2 años, no puedes salir más de 3 meses seguidos en cada año. Evita tener muchas salidas cortas que sumen demasiado tiempo fuera de España. Siempre consulta antes de salir por períodos largos, ya que la interpretación de la norma puede cambiar. ¿Tienes dudas? ¡Reserva tu asesoría y comienza un proceso migratorio exitoso! Varias modalidades Online vía Zoom Presencial en nuestra oficina en Madrid RESERVAR Si quieres más información sobre la nacionalidad española por residencia y los requisitos específicos para tu caso, te invitamos a leer nuestro artículo completo sobre la «Nacionalidad Española por Residencia»  donde ampliamos más la información. AMS Abogados contacto@amsabogados.com

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¿Puedo solicitar el visado de estudios siendo turista en España? ams abogados

¿Puedo solicitar el visado de estudios siendo turista en España? 2025

España se ha convertido en uno de los destinos favoritos para quienes desean empezar o continuar sus estudios, y no es para menos: universidades reconocidas, gran variedad de programas académicos y una calidad de vida que atrae a estudiantes de todo el mundo. Pero ¿qué pasa si llegaste a España como turista y luego decidiste que quieres estudiar aquí? ¿Es posible gestionar una autorización de estancia por estudios sin regresar a tu país? La respuesta es sí, pero con condiciones claras que debes cumplir. ¿Puedo solicitar la estancia por estudios si entré como turista? Sí, puedes hacerlo, pero hay que tener en cuenta dos aspectos fundamentales: El tiempo en que presentas tu solicitud. El tipo de estudios que vas a realizar. El nuevo Reglamento de Extranjería, que entrará en vigor este 20 de mayo de 2025, establece normas más precisas sobre quiénes pueden solicitar esta autorización desde dentro de España. ¿Cuándo debo presentar la solicitud? Hay dos plazos importantes que no puedes pasar por alto: Primero, debes hacer tu solicitud en los primeros 30 días de estancia legal de turista en España. Segundo, la solicitud debe hacerse con al menos dos meses de antelación al inicio de los estudios. Si no respetas estos plazos, tu solicitud puede ser rechazada sin posibilidad de subsanación mediante recurso administrativo o judicial. ¿Qué estudios me permiten solicitar la tarjeta de estudiante desde España? Aunque la ley prevé distintos tipos de estudios para obtener la autorización, solo algunos son válidos si estás en España como turista: Estudios universitarios (Grados, Másteres, Doctorados). Especializaciones en el ámbito sanitario. Formación que conduzca a una certificación técnica o habilitación profesional completa. Otras formaciones como cursos de idiomas, voluntariados, o certificados profesionales no se pueden solicitar desde España si estás con una estancia de corta duración. Requisitos para obtener un permiso de estudios: Si ya tienes claro que tu programa académico es válido y estás dentro del plazo legal, debes cumplir con los siguientes requisitos: Estar admitido en un centro de estudios autorizado, ya sea público o privado. Disponer de medios económicos suficientes: al menos el 100% del IPREM mensual , que en 2025 equivale a 600 euros al mes. Contar con un seguro médico público o privado que cubra toda la estancia y ofrezca las mismas coberturas que a un ciudadano español. Si tu estancia por estudios en España es superior a seis meses, también necesitarás: Un certificado médico que acredite que no padeces enfermedades que puedan afectar a la salud pública. Un certificado de antecedentes penales (si eres mayor de edad). ¿Dónde y cómo se presenta la solicitud? La autorización de estancia por estudios se solicita en la Oficina de Extranjería correspondiente a tu lugar de residencia o al centro de estudios. Puedes presentarla: Personalmente de forma presencial. Por vía electrónica, a través de la plataforma Mercurio, de forma personal o a través de abogados. Una vez presentada, la Oficina evaluará tu caso y emitirá una resolución: Si la resolución es favorable, deberás acudir a la comisaría de policía para obtener tu tarjeta física (TIE). Si es desfavorable, podrás presentar un recurso para intentar corregir el problema, siempre que el error sea subsanable. ¿Tienes dudas? ¡Reserva tu asesoría y comienza un proceso migratorio exitoso! Varias modalidades Online vía Zoom Presencial en nuestra oficina en Madrid RESERVAR ¿Dónde y cómo se presenta la solicitud? En AMS Abogados te acompañamos durante todo el proceso para que puedas presentar tu solicitud correctamente y sin errores. Si estás en España como turista y quieres quedarte a estudiar, es fundamental planificar bien los tiempos y cumplir con todos los requisitos. Escríbenos y te asesoramos paso a paso para que puedas continuar con tus estudios. Migrar es cosa seria AMS Abogados contacto@amsabogados.com

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¿Qué pasa si la policía me detiene sin papales en España ams abogados

¿Qué pasa si la policía me detiene sin papales en España?

Si eres inmigrante y estás en España sin papeles, es normal sentir temor ante un posible control policial. Pero tranquilo, que en este artículo te explicamos qué puede pasar si te detiene la policía en la calle y cómo deberías actuar. ¿Qué ocurre si la policía me para y no tengo documentos? Lo primero que debes saber es que, en España, si la policía te detiene en la vía pública, estás obligado a identificarte. Sin embargo, no es común que la policía realice controles o “alcabalas” solo para verificar la regularidad o no de las personas en materia de extranjería. No obstante, en algunos casos si no cuentas con un permiso de residencia o estancia pueden abrirte un expediente sancionador por estar en situación irregular. Esto está contemplado en la Ley de Extranjería, concretamente en el artículo 53.1.a, que considera como infracción grave “carecer de autorización para residir legalmente en España”. Ahora bien, esto no significa que hayas cometido un delito. Es decir, no tendrás antecedentes penales por ello, ya que no está regulado por el Código Penal, sino por una ley administrativa. ¿Me pueden multar o expulsar por no tener papeles? Sí, existe la posibilidad de que te impongan una multa o incluso que se inicie un procedimiento de expulsión. Aunque en años anteriores se optaba más por multas (y en algunos casos ni siquiera se llegaban a imponer), hoy en día, en 2025, se está volviendo a aplicar la multa de manera más frecuente, sobre todo si no existen circunstancias agravantes. Actualmente, esta multa por no tener documentación es de 501 euros. ¿Qué se considera una circunstancia agravante? Hay varios factores que pueden agravar la situación y aumentar la posibilidad de recibir una sanción más severa: No estar empadronado.  Tener antecedentes penales en tu país de origen. O haber cometido algún delito en España. Haber entrado en España de forma irregular (por ejemplo, por mar o frontera terrestre). Haber recibido una multa anterior por la misma situación. Si no hay circunstancias agravantes, es probable que se te imponga una multa administrativa y no una orden de expulsión. Pero todo depende del criterio de la Administración. ¿Cómo debo actuar si me detiene la policía? Aquí algunos consejos importantes: Mantén la calma y coopera: No te pongas nervioso ni trates de huir. Eso solo puede empeorar la situación. Identifícate verbalmente: Di tu nombre, nacionalidad y fecha de nacimiento. Si tienes algún documento de tu país, muéstralo. No mientas sobre tu identidad: Dar datos falsos puede traerte problemas legales adicionales. Pide asistencia legal: Tienes derecho a contactar con un abogado, aunque no tengas papeles. No firmes nada sin entenderlo: Lee cualquier documento que te presenten y, si no entiendes algo, pide un traductor o asesoramiento legal. ¿Y si ya tengo una orden de expulsión? Si ya tienes una orden de expulsión, pero esta aún no se ha ejecutado, todavía podrías regularizar tu situación dependiendo del caso. Sin embargo, si la orden ya fue ejecutada y fuiste expulsado, lamentablemente no podrás regularizarte en el corto plazo, ya que implica una prohibición de entrada nuevamente al país. ¿Tienes dudas? ¡Reserva tu asesoría y comienza un proceso migratorio exitoso! Varias modalidades Online vía Zoom Presencial en nuestra oficina en Madrid RESERVAR ¿Qué puedo hacer para evitar sanciones futuras? La mejor forma de evitar sanciones es iniciar un proceso de regularización cuanto antes. Hay diferentes vías para ello, como el arraigo social, el arraigo laboral o el arraigo familiar, entre otros. En AMS Abogados te ayudamos a analizar tu caso y te acompañamos durante todo el proceso. Migrar es cosa seria AMS Abogados contacto@amsabogados.com

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