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Extranjería

La Ley de Extranjería en España establece los requisitos y procedimientos para obtener diferentes tipos de residencias y visados temporales o permanentes para personas extranjeras que deseen vivir en el país. Una opción es la residencia por arraigo laboral, que se otorga a quienes han trabajado de forma continua en España durante un mínimo de dos años. Asimismo, está la residencia por arraigo social, que se concede a personas que han estado viviendo de forma continua en el país durante un mínimo de tres años y pueden acreditar vínculos sociales y familiares en España.

La residencia por arraigo familiar es otra opción, otorgada a cónyuges, hijos o padres de ciudadanos españoles. Además, se pueden solicitar residencias por motivos de formación, como estudios en universidades o programas de intercambio. También está la residencia por reagrupación familiar, que permite a ciudadanos extranjeros que residan legalmente en España solicitar la reunificación con sus familiares. Por último, existe la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión, que se concede a familiares de ciudadanos de la UE que vayan a residir en España con ellos.

En nuestros artículos, encontrarás información detallada sobre cada tipo de residencia y visado, así como los requisitos y documentos necesarios para obtener una resolución favorable. Además, ofrecemos asesoramiento legal para ayudarte a cumplir con todos los requerimientos necesarios y obtener tu residencia o visado sin inconvenientes.

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Residencia para Venezolanos en España

La migración venezolana a España ha crecido significativamente en los últimos años, impulsada por la búsqueda de estabilidad y mejores oportunidades que el país actualmente no puede ofrecer. En este contexto, existen varias vías para obtener una residencia en España que resultan particularmente beneficiosas para los venezolanos. A continuación, presentamos las tres mejores opciones: solicitud de asilo, visa de estudios y Tarjeta de Residencia de Familiar de Ciudadano Comunitario (TFC). Si quieres profundizar más en la información de las mismas, tenemos artículo sobre cada residencia. Protección Internacional (Asilo) El asilo es una de las principales vías de residencia para los venezolanos en España debido a la crisis en su país. De acuerdo a la ley, cualquier extranjero que no pueda regresar a su país por temor a persecución tiene derecho a solicitar asilo en España, y este es un proceso que se inicia en un puesto fronterizo al llegar al país, o en una oficina de asilo o comisaría de policía, dentro del primer mes de llegada a España, también es posible solicitarlo pasado este tiempo, desde el momento en que ocurren los eventos que justifican la solicitud. El proceso incluye una entrevista personal donde el solicitante debe explicar sus razones para pedir asilo. Posteriormente, se le asigna un Número de Identificación de Extranjero (NIE) y un documento provisional conocido como «hoja blanca», en el que expresamente se indica que después de seis meses desde la solicitud, el solicitante está autorizado a trabajar en España. Este documento puede ser renovado, si no se recibe respuesta en nueve meses, a través de la «tarjeta roja”. En la práctica, a la mayoría de los venezolanos les es denegado el asilo, pero reciben una residencia por razones humanitarias, que es una opción que se otorga casi en su totalidad a nacionales de Venezuela debido a la situación de crisis en el país. Sin embargo, en la actualidad, obtener una cita para la solicitud de asilo puede ser complicado, y los tiempos de espera para la resolución suelen ser largos. En este cuadro, puedes observar cómo Venezuela está de primero en la nacionalidad a la que aprueban más residencias por razones humanitaria. Visado de Estudios Otra vía muy atractiva y bastante beneficiosa es la visa de estudios. Los venezolanos son bien recibidos en España, y muchos de ellos llegan con un alto nivel educativo. Por esta razón, la visa de estudios es una excelente opción para aquellos que desean continuar su formación y mejorar sus perspectivas laborales. Además, según datos oficiales, un 74% de los más de 200,000 venezolanos con residencia legal en España cotizan en la Seguridad Social, lo que muestra su integración en el mercado laboral. Esta opción permite a los solicitantes estudiar en España mientras trabajan hasta 30 horas semanales, sin necesidad de realizar trámites adicionales. Y al finalizar los estudios, es posible cambiar el estatus migratorio a una residencia de trabajo, lo que facilita la integración y permanencia en España. La visa se puede solicitar desde el país de origen o directamente en España dentro de los primeros 60 días de estancia como turista. Es importante destacar que los estudiantes pueden traer a sus familiares directos, quienes podrán modificar su estatus a residencia por reagrupación familiar cuando el titular de la visa de estudios obtenga la residencia de trabajo. Sin embargo, estas visas para los acompañantes solo pueden solicitarse en el Consulado y no desde España. Tarjeta de Residencia de Familiar de Ciudadano Comunitario (TFC) También para los venezolanos con familiares europeos, la Tarjeta de Residencia de Familiar de Ciudadano Comunitario (TFC) es una excelente opción. Esta tarjeta permite a los familiares de ciudadanos de la Unión Europea (UE) residir y trabajar en España por hasta cinco años; y los beneficiarios incluyen cónyuges, parejas de hecho, hijos, padres y otros familiares dependientes. Una ventaja notable de esta tarjeta es que, a diferencia del asilo, el proceso de solicitud y resolución suele ser más rápido, especialmente en comunidades como Madrid, donde la aprobación puede llegar en tan solo 45 días, evitando así las largas esperas asociadas con otros procesos migratorios. Para solicitar la TFC, el ciudadano nacional europeo debe estar registrado como residente en España con su NIE verde; además, se debe demostrar el vínculo familiar, disponer de medios económicos suficientes y contar con un seguro de salud. Cabe destacar que esta residencia no aplica para familiares de ciudadanos españoles, salvo en casos específicos. España ofrece diversas opciones de residencia que se adaptan a las necesidades y circunstancias de los venezolanos. Es necesario hacer énfasis en que la solicitud de asilo, aunque segura, puede ser lenta y complicada, pero garantiza protección en casi todos los casos. Por su parte, la visa de estudios es ideal para quienes buscan mejorar su formación y acceder al mercado laboral, mientras que la Tarjeta de Residencia de Familiar de Ciudadano Comunitario es una opción rápida y efectiva para aquellos con familiares europeos. Sea cual sea la vía escogida, es esencial estar bien informado y asesorado para aprovechar al máximo las oportunidades que España ofrece a los venezolanos. Estas tres residencias son las que consideramos más accesibles, sin embargo, existen muchas más opciones al momento de emigrar. Si tienes intenciones de vivir en España, contáctanos a través de una asesoría, donde nuestros abogados expertos definirán una estrategia migratoria de tal manera que evites perder tiempo y dinero. Migra es cosa seria. ¿Tienes dudas? ¡Reserva tu asesoría y comienza un proceso migratorio exitoso! Varias modalidades Online vía Zoom Presencial en nuestra oficina en Madrid RESERVAR AMS Abogados contacto@amsabogados.com

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Tipos de Residencia en España

España, ofrece diversas opciones para obtener residencia para extranjeros y sus familiares, cada una con procesos, requisitos y beneficios específicos. Si buscas una residencia por reagrupación familiar, algún arraigo, o como nómada digital, es esencial conocer las particularidades de cada tipo de permiso para garantizar un proceso exitoso. De manera muy resumida te vamos a indicar las cinco residencias que consideramos más accesibles, tienes un artículo completo dedicado a cada una de las residencias donde te explicamos los requisitos, tiempos y más información. Visa de Estudios en España 2024 El Visado de Estudios es ideal para extranjeros que desean estudia en España; puede solicitarse desde el Consulado de España en el país de origen o directamente en territorio español; y su duración inicial es de 12 meses, con posibilidad de prórroga. Para su otorgamiento, es esencial cumplir con ciertos requisitos como la matrícula o carta de admisión de un centro educativo, medios económicos suficientes, seguro médico y la ausencia de antecedentes penales. El principal beneficio de esta estancia es que te permite trabajar hasta 30 horas semanales, y tras finalizar los estudios, es posible cambiar a una residencia de trabajo, sin necesidad de esperar tres años, como era anteriormente, lo que facilita la obtención de la nacionalidad española en menos tiempo, especialmente para ciudadanos iberoamericanos. Así mismo, los estudiantes pueden venir acompañados de familiares, quienes también podrán modificar su estatus migratorio a una residencia por reagrupación familiar, una vez que el titular termine sus estudios. Échale un ojo a nuestro artículo completo de Visa de Estudios para conocer como es el procedimiento, los requisitos, tiempos y más información. Tarjeta de Familiar de Ciudadano Comunitario en España (TFC) 2024 La Tarjeta de Residencia de Familiar de Ciudadano Comunitario permite a familiares de ciudadanos de la Unión Europea (UE) residir y trabajar en España por hasta 5 años; los beneficiarios pueden ser los cónyuges, parejas de hecho, hijos, padres y otros familiares dependientes. Los principales requisitos para solicitarla son que el ciudadano de la UE debe estar registrado como residente en España con su NIE verde, así como demostrar el vínculo familiar, disponer de medios económicos suficientes y un seguro de salud. La solicitud puede hacerse presencialmente o en línea, siendo esta última opción más recomendable; y suelen resolverse en un plazo de 90 días, aunque en la práctica puede tardar más debido a la carga de trabajo de las oficinas de extranjería. Es importante tomar en cuenta, que esta residencia no aplica para familiares de españoles, excepto en casos específicos. Para más información, haz clic aquí para leer el artículo completo. Residencia por Arraigo Familiar en España 2024 La Residencia por Arraigo Familiar se concede a familiares directos de ciudadanos españoles, y se ha diferenciado de la residencia de familiar comunitario por ser una opción más flexible y beneficiosa. En la mayoría de los casos, es otorgada por hasta 5 años, y es renovable. Los beneficiarios incluyen descendientes de españoles de origen, cónyuges, parejas de hecho, hijos, padres y suegros, con condiciones específicas según su edad. Esta residencia ofrece permiso de trabajo, acceso a la seguridad social, y en algunos casos, la posibilidad de obtener la nacionalidad española tras solo un año de residencia. El principal requisito para solicitarla será demostrar el vínculo familiar con el ciudadano español. Si quieres saber cuáles son las ventajas de solicitar una residencia por Arraigo Familiar, te dejamos nuestro artículo donde encontrarás toda la información necesaria para obtenerla. Residencia para Nómadas Digitales en España 2024 España ofrece una residencia especial para nómadas digitales, aprobada a través de la Ley de Startups en diciembre de 2022, que permite a extranjeros con empleo remoto para empresas extranjeras establecerse y hacer vida en España. El requisito más importante para los solicitantes es que deben demostrar una relación laboral de al menos 3 meses con alguna empresa extranjera, además contar con un salario de por lo menos 26.000€ al año y ser titular de un seguro médico. La solicitud puede realizarse desde el país de origen o directamente en España, y la viabilidad de hacerlo de una u otra forma se basa en que, si se solicita desde los Consulados será concedida solo por un año, mientras que, si se solicita estando en territorio español, se otorga por tres años. Siendo esto último una gran ventaja para los nacionales de países iberoamericanos, quienes pueden optar por la nacionalidad española en solo 2 años, evitando así un procedimiento de renovación de residencia durante la solicitud. Visa No Lucrativa en España 2024 La Visa No Lucrativa es una opción excelente y expedita para aquellos que desean vivir en España sin necesidad de trabajar o estudiar, además de una alternativa perfecta para quienes buscan un lugar tranquilo y cómodo para retirarse, pues también ofrece la ventaja de poder viajar libremente por el espacio Schengen. Se trata de una residencia que otorgan por un año, y es ideal para personas con suficientes recursos económicos, que puedan demostrar un saldo mínimo de 30.000€ en sus cuentas bancarias durante los últimos doce meses anteriores a la solicitud. Después de ese primer año, es posible renovarla o cambiar a otro tipo de residencia. ¿Tienes dudas? ¡Reserva tu asesoría y comienza un proceso migratorio exitoso! Varias modalidades Online vía Zoom Presencial en nuestra oficina en Madrid RESERVAR La obtención de una residencia en España puede ser un proceso complejo, pero con la información adecuada y el apoyo profesional, es posible hacerlo más sencillo. Desde los permisos para familiares de ciudadanos europeos, pasando por el Arraigo Familiar, hasta las opciones para nómadas digitales, España ofrece diversas vías para aquellos que desean vivir y trabajar en el país. Te invitamos a leer los artículos completos, donde encontrarás información más detallada y enlaces útiles para cada tipo de residencia. Si tienes dudas o necesitas asistencia, no dudes en contactar a nuestros expertos, quienes te guiarán en cada paso del proceso migratorio. Migrar es cosa Seria. AMS Abogados contacto@amsabogados.com

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Antecedentes Penales en España 2024

Si resides en España, es posible que necesites presentar un Certificado de Antecedentes Penales en diversas situaciones, y especialmente si eres un ciudadano extranjero que solicitará la nacionalidad española por residencia. En este artículo te guiaremos paso a paso para la obtención de este documento de forma sencilla. ¿Quién puede solicitar Antecedentes Penales en España? Cualquier persona mayor de edad, que sea de nacionalidad española o tenga residencia en España. Si necesitas que otra persona lo haga en tu nombre, esta deberá estar legalmente autorizada a través de un Acta Notarial o una delegación ante un Funcionario Público. Los ciudadanos de la Unión Europea pueden solicitar su propio Certificado de Antecedentes Penales del país de origen. Formas de solicitar el Certificado Existen tres maneras de solicitar el Certificado de Antecedentes Penales: Presencialmente (Ministerio de Justicia) Por correo postal Por Internet A continuación, te explicamos detalladamente cada una de estas opciones para que elijas la que más te convenga. 1. Solicitud Presencial Para solicitar tu certificado de manera presencial, debes acudir a la Gerencia Territorial del Ministerio de Justicia correspondiente a tu Comunidad Autónoma; puedes encontrar la dirección y el teléfono en este Listado Actualizado de Gerencias Territoriales. Si te encuentras en Madrid, puedes acudir con cita previa a la Oficina Central de Atención al Ciudadano del Ministerio de Justicia, ubicada en la calle Bolsa nº 8. Puedes solicitar tu cita llamando al 902007214 o a través de la web oficial citaprevia.mjusticia.gob.es 2. Solicitud por Correo Postal Para pedir tu certificado por correo postal, debes enviar una carta a la siguiente dirección: Oficina Central de Atención al Ciudadano Sección de penales – Ministerio de Justicia Calle Bolsa, 8 28012, Madrid En la que debes incluir los siguientes documentos: El formulario 790 del Ministerio de Justicia, para el pago de la tasa correspondiente de 3,86 €, con el justificante del pago en una entidad bancaria autorizada. Copia compulsada de tu DNI. Un sobre prepagado de Correos (AGREGA ENLACE DE LA WEB OFICIAL DE CORREOS) para que te envíen tu certificado. 3. Solicitud por Internet Si prefieres solicitar tu certificado por Internet, debes estar registrado en el sistema Cl@ve de Identificación ante la Administración Pública y tener nacionalidad española. Si no estás registrado o si eres ciudadano de otro país extranjero y/o de la Unión Europea, deberás solicitar tu certificado de forma presencial o por correo. Accede a la web del Ministerio de Justicia y busca «Solicitud de certificado electrónico de Antecedentes Penales». Haz clic en «Tramitación online con CL@VE». Necesitarás tener un DNI electrónico instalado en tu ordenador. Una vez identificado, el sistema te pedirá validar tus datos y pagar la tasa mediante cargo en cuenta o con tarjeta. Desde 2020, puedes legalizar digitalmente tu certificado mediante la Apostilla de La Haya sin costo adicional. Costo y tiempos de entrega El precio de la tasa 790-006 del Certificado de Antecedentes Penales en España es de 3,86 €. Puedes pagar este importe a través de cualquiera de las entidades financieras colaboradoras con la Agencia Tributaria; y es importante recordar que sin el justificante de este pago, no se emitirá tu certificado. Solicitud presencial o por Internet: El certificado se emite en el momento. Solicitud por correo postal: El certificado tarda aproximadamente 2 semanas en llegar al domicilio indicado. Si lo solicitas desde el extranjero, el tiempo varía según el país, pero generalmente no supera el mes. Como señalamos al inicio, el Certificado de Antecedentes Penales es un documento esencial para los ciudadanos extranjeros que deseen solicitar la nacionalidad española por residencia. Podemos ayudarte en la solicitud de nacionalidad española por residencia y orientarte en la obtención de los antecedentes penales españoles, así como otros requisitos para la solicitud. ¿Tienes dudas? ¡Reserva tu asesoría y comienza un proceso migratorio exitoso! Varias modalidades Online vía Zoom Presencial en nuestra oficina en Madrid RESERVAR AMS Abogados contacto@amsabogados.com

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Carta de Invitación en España 2024: Todo lo que necesitas saber

Para poder entrar al territorio español como turista, es necesario cumplir una serie de requisitos y uno de ellos es la carta de invitación. Aunque este documento puede ser sustituido por una reserva de hotel, muchas personas prefieren alojarse con familiares o amigos durante su estancia, por lo que, la carta de invitación se convierte entonces en un elemento clave para demostrar que tienen un lugar donde hospedarse. ¿Qué es una carta de invitación? Esta carta se trata de un documento que un residente en España puede solicitar para invitar a un extranjero a visitarlo y en la que se dejará constancia de que se alojará en su vivienda. Este documento no garantiza la entrada del invitado a España, pero puede ayudar a demostrar que tiene un motivo legítimo para visitar el país y que cuenta con un lugar donde alojarse durante su estancia. ¿Quién puede solicitar una carta de invitación en España? Cualquier persona residente en España, ya sea un ciudadano español o un extranjero con residencia legal, puede solicitar una carta de invitación para un visitante extranjero, y se debe realizar ante la Comisaría de Policía del lugar de residencia del solicitante, a través de una cita previa en el siguiente enlace: Proceso automático para la solicitud de cita previa (administracionelectronica.gob.es) Antes de indicarte los datos que debes disponer para rellenar la planilla, te explicamos cuáles son los requisitos que debes tener para el día de la cita: Requisitos Carta de Invitación en España: Impreso de solicitud por cada uno de los invitados, cumplimentado con todos los datos (si la invitación va dirigida a dos o más personas se tiene que hacer constar que la vivienda es habitable para todas ellas). Documentación del invitante en vigor, que puede ser el DNI si es español, la tarjeta de identidad de extranjero (TIE) si es extranjero, y el pasaporte en caso de ser ciudadano comunitario. Documentación que acredite la disponibilidad de la vivienda, como el contrato de arrendamiento, escritura de compraventa o cualquier otro que acredite dicha situación. Toda la documentación debe ser original y acompañada de fotocopia. Las Comisarías de Policía podrían requerir cualquier otra documentación adicional, en caso de que consideren que no es suficiente con lo aportado. Datos que debes rellenar en la planilla Datos del solicitante: Nombre y apellidos. Lugar y fecha de nacimiento. Nacionalidad. Número del documento de identidad o pasaporte (para españoles) o tarjeta de identidad de extranjero (para residentes extranjeros). Domicilio o lugar completo de residencia. Compromiso del solicitante: Declaración expresa de su voluntad de invitar y acoger al visitante en su domicilio principal o en una segunda vivienda, indicando la dirección completa. Documentación que acredite la disponibilidad de la vivienda (escritura pública, título de propiedad, contrato de arrendamiento, etc.). Relación con el invitado: Explicación de la relación o vínculo con el invitado. Datos del invitado: Nombre y apellidos. Lugar y fecha de nacimiento. Nacionalidad. Domicilio completo y número de pasaporte. Si se invita a varias personas, deben incluirse los datos de cada una y la disponibilidad de alojamiento para todas. Detalles de la estancia: Período durante el cual se prevé la estancia del invitado, especificando el primer y el último día. Declaración de veracidad: El solicitante debe declarar que toda la información proporcionada es verídica. Conocimiento de las consecuencias legales: Información sobre las consecuencias legales de favorecer la inmigración clandestina según el Código Penal y la Ley Orgánica 4/2000. Protección de datos: Los datos del solicitante y del invitado se incorporarán a un fichero de la Dirección General de la Policía, con derechos de acceso, rectificación y cancelación. Tramitación de la solicitud Proceso administrativo Una vez presentada la solicitud, la Comisaría de Policía iniciará su tramitación y nombrará un instructor del procedimiento. En algunos casos, es posible que citen al solicitante para una entrevista personal con el fin de verificar la información proporcionada; y en caso de que no asista, sin causa justificada, se considerará como desistimiento del procedimiento. Aprobación de la solicitud Si la solicitud es aprobada, el solicitante recibirá una notificación y posteriormente deberá abonar una tasa (modelo 790-012) en el plazo de un mes. Una vez realizado el pago, podrá recoger la carta de invitación. Denegación de la solicitud En caso de denegación, la resolución deberá estar motivada y explicará los recursos disponibles para apelar la decisión, así como los plazos y organismos ante los cuales se puede presentar la apelación. Cómo indicamos al principio del artículo, la carta de invitación forma parte de los requisitos que debes cumplir si quieres venir a España como turista, y es uno de los principales. Puedes ver nuestro artículo de Requisitos para Entrar a España como turista en el 2024 para que tengas garantía de que cuentas con todos, y no tengas inconvenientes a la hora de entrar a país. ¿Tienes dudas? ¡Reserva tu asesoría y comienza un proceso migratorio exitoso! Varias modalidades Online vía Zoom Presencial en nuestra oficina en Madrid RESERVAR AMS Abogados contacto@amsabogados.com

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¿Cómo conseguir antecedentes penales apostillados de Venezuela?

Para los venezolanos migrantes, un documento que suelen pedir para muchísimos trámites de residencia o nacionalidad en los países a los que llegan suelen ser los antecedentes penales apostillados y, en España, además deben tener menos de tres meses de vigencia. Esto suele ser motivo de angustia para muchas personas, por las complicaciones de tiempo que suele ameritar un trámite de apostilla en Venezuela, sin embargo, para los antecedentes penales este no es el caso pues todo el proceso se realiza de forma electrónica. Los venezolanos que necesiten obtener su certificado de antecedentes penales apostillados pueden hacerlo de manera sencilla y gratuita, a través de internet si siguen estos pasos: 1. Entrar a la plataforma de antecedentes penales en este enlace Si no te has registrado, puedes hacerlo en la pestaña que está a la izquierda rellenando el formulario con tus datos. 2. Luego, debes tener en cuenta que sólo puedes solicitar el certificado el día asignado según el terminal de tu cédula, que puedes verificar en esta lista. Ese día debes ingresar, hacer clic en Solicitud y más abajo en “Iniciar Solicitud”. Una vez allí eliges el motivo de la solicitud, en caso de que vayas a pedir nacionalidad por residencia debes seleccionar “Solicitud de Residencia”, y el país para el que necesitas la certificación, verificas que los datos sean correctos, marcas el cuadrito donde dice “He comprobado que los datos son correctos…” y haces clic en registrar. Esperas unos minutos, ya que la página se puede poner lenta, y cuando cargue nuevamente verás un apartado que dice “Certificado de A.P.” donde haces clic en descargar y ya tienes tu certificado. Ojo, ese certificado no está apostillado todavía. Ahora te explicamos los pasos para conseguir su apostilla. ¿Cómo apostillar los antecedentes penales venezolanos? Lo primero es ingresar y registrarte en esta página web  2. Al igual que la anterior, sólo puedes ingresar el día que te toca según el último número de tu cédula. 0 y 1 Lunes  2 y 3 Martes 4 y 5 Miércoles 6 y 7 Jueves 8 y 9 Viernes 0,1,2,3,4 Sábado 5,6,7,8 y 9 Domingo 3. Una vez que ingresas, debes seleccionar la pestaña de “Documentos” y luego hacer clic en la opción agregar que está arriba a la izquierda. Seleccionas el titular, el país de destino y en categoría debes seleccionar la opción que dice “Legal”, la subcategoría es “Judicial” y el Documento Público es “Certificación de Antecedentes Penales”. Por último, agregas el “Número de Certificación” que es el que aparece en la parte de abajo del documento, y su fecha de expedición. ¿Tienes dudas? ¡Reserva tu asesoría y comienza un proceso migratorio exitoso! Varias modalidades Online vía Zoom Presencial en nuestra oficina en Madrid RESERVAR Para terminar, debes hacer clic en “Registrar” y en 10 días hábiles deberías recibir tus antecedentes penales apostillados en tu correo. Si no los recibieras, revisa la carpeta de Spam o correo no deseado, y si no está allí, puedes ingresar al sistema de apostilla y descargarlos directamente. Como puedes ver, este es un proceso sumamente sencillo cuando sabes cómo hacerlo paso por paso. Sin embargo, si los trámites no son lo tuyo o quieres ahorrar tiempo, al contratar cualquier trámite con nosotros donde necesites tus antecedentes penales (como la Solicitud de Nacionalidad Española por Residencia, un Visado de Estudios, una Visa No Lucrativa o cualquiera de las Residencias por Arraigo), ¡nosotros lo hacemos por ti sin ningún costo adicional! https://www.youtube.com/watch?v=qaFooGf3kV0 AMS Abogados contacto@amsabogados.com

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Ciudadanos Comunitarios: Trae a tus familiares

¿Qué es la Tarjeta de Residencia de Familiar de Ciudadano Comunitario y cómo conseguirla? Si tienes nacionalidad europea, tienes derecho a vivir en España y traer contigo a tus familiares, siempre que cumplas distintas condiciones. En este artículo te explicaremos todo lo que necesitarás para que tu esposa o pareja de hecho, tus hijos, tus padres, tus suegros y otros familiares puedan obtener un permiso de residencia y trabajo en España de hasta 5 años. Este tipo de residencia se encuentra regulado por la Directiva 2004/38/CE del Parlamento Europeo y del Consejo y el Real Decreto 240/2007 sobre la entrada, libre circulación y residencia en España de los ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea y de otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo. Es decir, que es de aplicación para los familiares de los ciudadanos que tengan la nacionalidad de alguno de los países de la siguiente lista: Alemania Austria Bélgica Bulgaria Chipre Croacia Dinamarca Eslovaquia Eslovenia España Estonia  Finlandia Francia Grecia Hungría Irlanda Islandia Italia Letonia Liechtenstein* Lituania Luxemburgo Malta Noruega Países Bajos Polonia Portugal República Checa Rumanía Suecia Suiza** * Estados parte en el Acuerdo Sobre el Espacio Económico Europeo.** Acuerdo de 21 de junio de 1999, entre la Comunidad Europea y la Confederación Suiza, sobre libre circulación de personal. Preparación previa Obtener Certificado de Registro de Ciudadano de la UE. Lo primero que tienes que saber es que, para poder conseguir residencia para tus familiares, debes inscribirte como residente europeo en España y obtener tu certificado de registro, también conocido como tarjeta verde o NIE verde.  Una vez que te hayas inscrito, y tengas tu certificado de registro, se puede realizar la solicitud de residencia para tus familiares, ahora vamos a explicarte cómo y dónde presentar la solicitud y los requisitos para cada caso. ¿Cómo solicitar la Residencia de Familiar de Comunitario? La Tarjeta de Familiar de Comunitario debe ser solicitada por el familiar interesado en la oficina de extranjería de la Comunidad Autónoma donde se encuentre residenciado junto al ciudadano europeo y se puede realizar de forma  telemática a través de abogados o gestores, o de forma presencial con cita previa, siendo esta última la menos recomendada, pues no solo es difícil conseguir la cita, sino que debes llevar todos los documentos en físico y la oficina de extranjería deberá digitalizarlo, lo que hace que se retrasen los tiempos de respuesta. ¿Quiénes pueden pedir la residencia de familiar de comunitario en España? Los familiares que pueden obtener un permiso de residencia son: El cónyuge, pareja de hecho registrada o pareja no registrada del ciudadano comunitario. Sus hijos menores de edad y mayores de edad que estén a su cargo. Los padres y suegros siempre que dependan del ciudadano comunitario. Y, por último, hermanos, tíos, primos y sobrinos que puedan demostrar que dependen del ciudadano comunitario. Requisitos Antes de empezar a explicar cada caso, debes saber que para todos ellos serán necesarios: El pasaporte del solicitante, que debe estar vigente y tener su sello de entrada en España o en la Unión Europea, es decir, no importa si llega por cualquier otro país de la Unión. Rellenar el formulario de solicitud EX19. Una póliza de Seguro de Salud Privado que sea sin copagos ni carencias, o en el caso del cónyuge e hijos, presentar la afiliación a la Seguridad Social del comunitario para luego asociarlos. Certificado de empadronamiento donde se demuestre que el solicitante vive junto al ciudadano UE. Demostrar que el ciudadano de la UE posee medios económicos suficientes para cubrir los gastos del familiar que solicita la residencia, esto se puede demostrar con estados de cuenta con al menos 12.000€ o su equivalente en otra moneda; o con un contrato de trabajo en España donde la remuneración sea al menos por el salario mínimo, el cual es de 1.134€ ahorita en 2024. Teniendo esto claro, vamos a explicar, caso por caso, los documentos necesarios y la vigencia que debe tener cada uno para realizar la solicitud. 1. Cónyuge y pareja de hecho Para demostrar el vínculo es necesario el certificado de matrimonio o de pareja de hecho con menos de tres meses de su emisión. Es importante entender que si el matrimonio o pareja de hecho se hizo fuera de la Unión Europea y tienes el certificado apostillado, pero no se ha registrado en el país de la nacionalidad del ciudadano europeo, este no se considera válido para este supuesto y por tanto no se debe aplicar como cónyuge sino como pareja de hecho no registrada. Sin embargo, para los nacionales de Alemania, Austria, Bélgica, República Checa, Chipre, Finlandia, Irlanda, Islandia, Luxemburgo, Noruega, Países Bajos y Suecia no requieren la inscripción del matrimonio en el Registro Nacional o equivalente del país para que se considere válido, por lo que se podrá aportar el Certificado de Matrimonio del país del ciudadano extracomunitario o el Certificado de Matrimonio del país de celebración del mismo. Adicionalmente, la principal ventaja de hacer la solicitud por esta vía es que, después de iniciada y recibida la entrada a trámite, tu cónyuge o pareja registrada podrá solicitar su número de seguridad social y empezar a trabajar de forma legal en España a pesar de no haber recibido la resolución. 2. Pareja de hecho no registrada Es un concepto que puede resultar confuso, pero se refiere a una forma de solicitar esta residencia demostrando que la pareja tiene al menos un año de convivencia previo a la solicitud, esto puede probarse con el certificado de empadronamiento si se conocieron en España, certificados de residencia si vienen juntos desde el extranjero, contratos de alquiler, transferencias entre ambos, cualquier gasto que hagas en favor de tu pareja, boletos de viajes, reservas de hotel, entre otros. En el caso de que tengan el certificado de matrimonio o pareja de hecho extranjera apostillado, este documento sería una prueba muy importante para demostrar la existencia de la relación, así como los certificados de nacimiento de hijos en común, si

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Residencia de Profesional Altamente Cualificado en España (PAC)

Como solemos comentar, España es un país que ofrece muchas opciones para poder establecerse con un permiso de residencia y trabajo, y es preciso fijarnos en las alternativas de residencia que ofrece la Ley 14/2013 de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, en la que encontramos distintas posibilidades que nos permiten conseguir ese objetivo en poco tiempo. ¿Qué es una residencia de PAC en España? Entre las alternativas que ofrece la ley mencionada anteriormente, se encuentra la residencia de Profesionales Altamente Cualificados (PAC) de la que pueden aprovecharse aquellos extranjeros que cuenten con una oferta de trabajo en España para desempeñar un puesto que requiera una cualificación de enseñanza superior (título universitario o de postgrado) o, en casos excepcionales, que pueda acreditar un mínimo de tres años de experiencia profesional en un puesto similar. Es importante que la oferta recibida sea de al menos 1,5 veces el salario promedio de la profesión a desempeñar; y de forma referencial, podemos decir que el mínimo requerido para poder optar a esta residencia será una oferta igual o superior a los 40.000€ brutos anuales. Los profesionales más comunes en conseguir este tipo de ofertas son ingenieros especializados en tecnología, investigadores de laboratorio, personal de salud con especialidades y altos cargos de gestión en grandes empresas. Residencia más rápida de conseguir en España La Residencia de Profesional Altamente Cualificado cuenta con una ventaja especial y es que el tiempo de respuesta a su solicitud es extremadamente rápido, ya que corresponde a la Unidad de Grandes Empresas (UGE) resolver las peticiones en 20 días hábiles, y en caso de que no respondan en ese tiempo, se considerará que la solicitud está aprobada por silencio administrativo. Aunado al hecho de que, a diferencia de las Oficinas de Extranjería, en la práctica, la UGE sí cumple los tiempos previstos en la ley. Residencia para Familiares de Profesionales Altamente Cualificados La Residencia de Familiar Altamente Cualificado está destinada a los familiares directos que acompañan a los profesionales que obtienen la Residencia de PAC, que les permite acompañar al titular principal en España y disfrutar de los mismos beneficios en términos de residencia y movilidad; entre los que se incluye a los cónyuges o parejas de hecho, hijos menores de 18 años o mayores de edad que se encuentren a cargo del titular, y ascendientes que también puedan demostrar la condición a cargo. Requisitos principales para la Residencia de Profesional Altamente Cualificado y sus familiares: Vínculo Familiar: Debe existir un vínculo comprobable con el profesional altamente cualificado, ya sea a través de actas de matrimonio, certificado de pareja de hecho registrada o partidas de nacimiento de los hijos, así como la demostración de que se encuentra a su cargo (si se trata de ascendientes y/o hijos mayores de edad). Seguro Médico: Es necesario que, al momento de hacer la solicitud, el extranjero disponga de un seguro médico público o privado válido en España, con cobertura ilimitada. Antecedentes penales: Se debe acreditar que carece de antecedentes penales en el país de origen y/o residencia, y este certificado debe aportarse debidamente legalizado. Medios Económicos: Acreditar que el titular del permiso de Residencia cuenta con medios económicos suficientes para el sustento de la familia durante su estancia en España. ¿Cómo pedir la Residencia de PAC? Esta residencia puede solicitarse de dos maneras: a través del Consulado de España en el país de residencia del interesado o directamente desde territorio español, siempre que el solicitante se encuentre en estatus regular, es decir, dentro de los días de estancia como turista o cualquier otro permiso de residencia. Nuestra recomendación es realizar la solicitud directamente desde España, ya que, una vez concedida la residencia, solo debes solicitar en una Comisaría de Policía tu Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE); mientras que, solicitándolo en el Consulado el plazo de 20 días hábiles se puede extender un tiempo más, ya que ese tiempo será solo para recibir respuesta, pero el Consulado debe además emitir el Visado para ingresar a España como residente, y una vez que estés en territorio español es que podrás solicitar el mencionado TIE. ¿Tienes dudas? ¡Reserva tu asesoría y comienza un proceso migratorio exitoso! Varias modalidades Online vía Zoom Presencial en nuestra oficina en Madrid RESERVAR Para finalizar, podemos decir que la Residencia de Profesional Altamente Cualificado es una de las alternativas más eficaces y rápidas para aquellos que desean establecerse en España y traer a sus familiares consigo. Con un proceso de solicitud ágil y múltiples beneficios, ésta residencia facilita no solo la vida profesional sino también la personal del extranjero, pues le permite una integración plena en la sociedad española. Recuerda que en AMS Abogados te acompañamos durante todo este proceso para ti y tu familia, que llevarás de la mano con nuestros abogados expertos en migración y extranjería. Migrar es cosa seria. AMS Abogados contacto@amsabogados.com

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IPREM en ESPAÑA 2024: Migración y Extranjería

En España, en el ámbito de la migración y extranjería, el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) juega un papel crucial para la determinación de la elegibilidad de diversas residencias y visados. Desde el año 2004, el IPREM sirve como una referencia económica que reemplaza al Salario Mínimo Interprofesional en la asignación de ayudas, subvenciones y subsidios; y, para los extranjeros que buscan establecerse en España, es esencial comprender los requisitos económicos vinculados al IPREM, dado que estos criterios a menudo determinan la viabilidad de sus solicitudes. Las autoridades de Extranjería frecuentemente requieren que, por ejemplo, los solicitantes de Visado de Estudios demuestren una capacidad económica equivalente al 100% del IPREM anual. Por otra parte, los solicitantes de un Visado de Residencia No Lucrativa, deben demostrar una capacidad económica equivalente al 400% del IPREM anual. Estas cifras son fundamentales para evaluar la solvencia económica del solicitante, asegurando que posee los recursos necesarios para residir en el país sin depender de la asistencia social. De manera más detallada, el IPREM se desglosa de la siguiente manera: Cuantía del IPREM en el 2024 España Diarios: 20€ Mensual: 600€ Anual en 12 pagas: 7.200€ Anual en 14 pagas: 8.400€ Para los trámites de extranjería, la normativa no especifica cuál es la modalidad a utilizar, respecto al número de pagas, sin embargo, en la práctica, la recomendación es que los cálculos para cubrir las exigencias financieras que los solicitantes deben cumplir se realicen en base a 14 pagas. Residenicas que exigen demostración economicas basandose en el IPREM Visado de Estudios: Demostrar el 100% del IPREM anual (8.400 €) Visa de Residencia No Lucrativa: Demostrar el 400% del IPREM anual (33.600 €) Reagrupación Familiar: Para unidades familiares que incluyan dos miembros (reagrupante y reagrupado) demostrar 150 % del IPREM. Por cada miembro adicional se deberá sumar, el 50% del IPREM. Residencia para Búsqueda de Empleo: Demostrar el 100% del IPREM anual (8.400 €), o el 50% (4.200 €) si se acredita que cuentan con alojamiento. Residencia para Prácticas: Demostrar el 100% del IPREM anual (8.400 €), o el 50% (4.200 €) si se acredita que cuentan con alojamiento. Y si tiene familiares, debe demostrarse el 75% (6.300 €) por el primer familiar, y el 50% por cada uno adicional. Residencia para menores extranjeros no nacidos en España: el padre residente, deberá demostrar que cuenta con, por lo menos, el 150% del IPREM anual, equivalente a 12.600 €, si el núcleo familiar es de dos personas; por cada miembro adicional, se debe sumar el 50% del IPREM anual. Entre otras residencias. ¿Tienes dudas? ¡Reserva tu asesoría y comienza un proceso migratorio exitoso! Varias modalidades Online vía Zoom Presencial en nuestra oficina en Madrid RESERVAR Resulta fundamental que los extranjeros entiendan qué es el IPREM, pues es un elemento esencial en la normativa de migración y extranjería en España, ya que, al ser una referencia económica que determina la viabilidad de diversas solicitudes de residencias y visados, garantiza que los solicitantes posean una estabilidad financiera mínima para residir en el país. Esto facilita una migración más ordenada y sostenible, beneficiando tanto a los solicitantes como a la economía del país. Si quieres asegurarte de que cuentas con toda la documentación, y evitar cualquier inconveniente a la hora de presentar tu expediente, para que te aprueben tu visado o residencia, toma una asesoría con nuestros abogados, quienes te darán todos los detalles que debes saber para que todo tu proceso migratorio resulte satisfactorio, y además te acompañaremos hasta que consigas tu pasaporte español. Migrar es cosa seria – AMS Abogados contacto@amsabogados.com

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reagrupación familiar España 2024

Reagrupación Familiar en España 2024

La Reagrupación Familiar es una residencia que se otorga a los familiares de extranjeros que viven en España y cuentan con una residencia legal que han mantenido por lo menos un año. En este artículo, te explicaremos cómo es el procedimiento para obtener esta residencia, quiénes pueden aplicar a ella, los requisitos y la documentación necesaria. Lo primero que debes saber es que esta residencia se concede para familiares de residente en España siempre que éste no sea ciudadano comunitario ni español, ya que en ese caso cuentan con un régimen de extranjería diferente, y deberán solicitar una residencia por arraigo familiar o de familiar de comunitario, según corresponda; y siempre debe solicitarla el residente, aunque sea para su familiar que está en su país de origen. ¿Qué familiares se pueden reagrupar? El cónyuge o pareja de hecho con la que se tenga una similar al matrimonio, es decir que hayan convivido. Se considera relación análoga al matrimonio cuando: Está registrada en el país de origen y no ha sido cancelada. Se pueda probar por otros medios legales que la relación existía antes de que la persona que reagrupa comenzara a vivir en España, en este caso servirán pruebas como constancias de residencias, seguros de vida juntos, hijos en común, bienes en común, entre otras. Los hijos menores de 18 años, que pueden ser del reagrupante o de su cónyuge o pareja; o hijo mayores de edad que sean discapacitados y no puedan cuidarse por sí mismos. Los menores de 18 años o discapacitados que estén bajo la tutela del reagrupante. Los padres o abuelos del reagrupante, siempre que éste sea titular de una residencia de larga duración o de larga duración-UE, o del cónyuge o pareja de éste, con las condiciones de que deben depender económicamente del solicitante, deben tener más de 65 años y deben existir razones que justifiquen su necesidad de vivir en España. (Se va a considerar que los padres o abuelos dependen económicamente si durante el último año el reagrupante les ha enviado dinero o pagado gastos que representen al menos el 51% del PIB per cápita anual de su país de residencia.) Excepcionalmente, por razones humanitarias, se podrá reagrupar a padres o abuelos menores de sesenta y cinco años si se puede demostrar alguno de los siguientes supuestos: Que vivían con el reagrupante en su país de origen. Que son incapaces y están bajo tutela del reagrupante o su cónyuge o pareja. Que no pueden cuidarse por sí mismos. También se podrán reagrupar a ambos padres o abuelos, en caso de que uno de ellos sea mayor de 65 años. Requisitos y Documentos necesarios para la solicitud de Residencia por Reagrupación Familiar en España: En primer lugar, la persona que quiera reagrupar a su familia debe haber vivido en España de manera legal por lo menos un año y tener permiso para quedarse por otro año más. Este requisito no se va a aplicar a las siguientes personas: Quienes ya eran residentes de larga duración en otro país de la Unión Europea y ahora viven en España. Quienes cuentan con una Tarjeta Azul-UE. Quienes sean beneficiarios del régimen especial de investigadores en España. Así mismo, como indicamos antes, para reagrupar a sus padres o abuelos, la persona debe tener un permiso de residencia de larga duración o de larga duración-UE. El reagrupante también debe demostrar que cuenta con suficiente dinero para cubrir las necesidades de sus familiares. Las cantidades mínimas son las siguientes:  ¿Cuáles son las cantidades mínimas de dinero necesarias? Para una familia de dos personas (la persona que reagrupa y la persona que viene a reunirse), se necesita el 150% del IPREM al mes, que actualmente equivale a 900€ mensuales, es decir, que si el reagrupante trabaja y percibe un salario mínimo, éste será suficiente para acreditar los medios económicos. Si es una familia de dos personas, en la que una de ellas es menor, se necesita el 110% del Ingreso Mínimo Vital anual (de 604,21€ mensuales en 2024) que equivale actualmente a 664,63€ mensuales. Por cada menor adicional, se sumará un 10%, con un máximo del 150%. Por cada persona adicional en la familia, se debe sumar el 50% del IPREM, que actualmente equivale a 300€. Si en la familia hay menores o personas que necesitan representación, esta cantidad puede ser menor. En estos casos, es suficiente tener un ingreso estable igual o superior al salario mínimo interprofesional. ¿Cuáles son las cantidades mínimas de dinero necesarias? Si trabaja por cuenta ajena: Contrato de trabajo y nóminas de los últimos 6 meses. O, la última declaración del Impuesto sobre la Renta de Personas Físicas (IRPF). Si trabaja por cuenta propia: Alta en el Régimen de Trabajadores Autónomos tanto en Seguridad Social como en Hacienda. O, las últimas declaraciones trimestrales de Impuesto sobre la Renta de Personas Físicas (IRPF) y de Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA). Si no trabaja en España: Debe contar con el dinero, preferiblemente en una cuenta bancaria, que se pueda demostrar mediante certificados emitidos por el Banco sobre los estados de cuenta y/o tarjetas de crédito. Así mismo, el reagrupante debe demostrar que dispone de una vivienda adecuada para sí y su familia, a través de un informe emitido por la Comunidad Autónoma o del Ayuntamiento donde reside. Si este informe no es emitido dentro de los 30 días siguientes a su solicitud, podrá acreditarte la disponibilidad de la vivienda, con otra documentación tal como el contrato de arrendamiento, donde se puedan verificar las condiciones de la misma; esto, junto al justificante de solicitud del informe. El requisito que podemos considerar como el más importante es la demostración de los vínculos familiares: Si se trata del cónyuge o pareja: Certificado de matrimonio, o de registro de la pareja, del país de origen. Pruebas de convivencia con la pareja, en caso de no estar casados. Si se trata de hijos: Partida de nacimiento del país de origen. Resolución de adopción, si es el caso. En caso de hijos mayores

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Autorización de Residencia para menores en España

Autorización de Residencia para menores en España

En España, existen diferentes vías para otorgar residencia a hijos menores de edad, nacidos en el extranjero o en territorio español, de padres extranjeros con residencia legal en el país; y se diferencian para hijos nacido en España de residente legal y para hijos de residente legal no nacidos en España. En este artículo, explicaremos en detalle estas modalidades de residencia, incluyendo sus requisitos, la documentación necesaria y el procedimiento que se debe seguir para obtenerlas. Ambas opciones son muy similares y se refieren a conceder un permiso de residencia al hijo de un extranjero que previamente cuenta con permiso de residencia en el país. La única diferencia radica en si el hijo nació en territorio español o fuera de España, y por ello, los requisitos y algunos documentos cambian. Hijo nacido en España de residente legal Los padres o madres que sean residentes legales en España y tengan un hijo extranjero nacido en el país pueden solicitar su autorización de residencia, ante la Oficina de Extranjería de la Provincia donde vive el menor. Y podrá hacerse cuando nace el niño o al momento en que uno de los padres obtiene la residencia legal (en caso de que suceda de forma posterior al nacimiento del hijo). Requisitos y documentos a presentar para solicitar la Residencia del hijo de residente legal nacido en España Lo principal es que el menor haya nacido en territorio español y que no cuente con nacionalidad europea, ni sea familiar de ciudadanos españoles o comunitarios. Que el progenitor (cualquiera de ellos) sea residente legal en España. El pasaporte del menor, ya que, aunque haya nacido en España, debe registrarse en el país de la nacionalidad que le corresponde. Certificado de nacimiento del menor. Documentos de identidad del o los padres residentes. Tasa de solicitud, cuyo monto podrá variar en razón del tipo de autorización de residencia que tenga el progenitor. Una vez presentada la solicitud, la respuesta se espera dentro de los 45 días siguientes. Y una vez sea concedida la residencia, se debe solicitar la Tarjeta de Identidad de Extranjero para el menor. En estos casos, es importante mencionar que, por haber nacido en España, cuando el menor cumple un año de residencia legal, podrá solicitarse su nacionalidad española por residencia. Autorización de residencia de extranjero menor de edad no nacido en España Quienes pueden solicitar la autorización de residencia para un menor extranjero son los padres, madres o tutores que residan legalmente en el país. Como en el caso anterior, la solicitud se debe presentar en la Oficina de Extranjería de la Provincia donde vive el menor; y esta tiene un plazo de 45 días para responder la solicitud y conceder la residencia. Requisitos y documentos a presentar para solicitar la autorización de residencia: Lo principal es que el menor haya nacido fuera del territorio español y que no cuente con nacionalidad europea, ni sea familiar de ciudadanos españoles o comunitarios. Que el progenitor (cualquiera de ellos) sea residente legal en España. Pasaporte del menor. Certificado de nacimiento del menor. Documentos de identidad del o los padres residentes. Tasa de solicitud, cuyo monto podrá variar en razón del tipo de autorización de residencia que tenga el progenitor. A diferencia de la anterior, para los menores nacidos en el extranjero, se debe acreditar que los mismos han permanecido de forma continuada en España durante un periodo mínimo de dos años. Los padres deben acreditar que cuentas con medios económicos para la manutención del grupo familiar, a través de un contrato de trabajo y nóminas, o una cuenta bancaria con por lo menos el 150% del IPREM, y por cada miembro adicional se incrementará el 50% más del IPREM. Así mismo, los padres deben demostrar que disponen de una “vivienda adecuada”, a través de un informe que se solicita y emite el Ayuntamiento correspondiente al domicilio. Si el niño está en edad de escolarización obligatoria (de 6 a 16 años), debe acreditarse que está y ha estado matriculado en un centro de enseñanza en España. ¿Tienes dudas? ¡Reserva tu asesoría y comienza un proceso migratorio exitoso! Varias modalidades Online vía Zoom Presencial en nuestra oficina en Madrid RESERVAR En ambos casos, si se trata de uno solo de los padres, este debe contar con la autorización para que el menor resida en España, o, en su caso, acreditar que tiene atribuida la patria potestad. De no contar con alguno de estos dos requisitos, no será posible que se conceda la residencia al menor de edad. Como indicamos al inicio, ambos tipos de residencias son bastante parecidas, por esto, se suelen confundir, y esto trae consigo que, si se solicita ante Extranjería de forma errónea, será denegada, por eso resulta de suma importancia conocer todos los supuestos, sus requisitos e implicaciones para presentar la solicitud de forma correcta y no tener inconvenientes al recibir la resolución. Si tienes dudas te recomendamos asesorarte con nuestros abogados expertos en migración y extranjería, quienes responderán todas tus preguntas, te ayudarán a definir la estrategia migratoria que mejor se adapte a tus circunstancias, y conseguirán la residencia que tus hijos necesitan, hasta lograr su nacionalidad española. Migrar es cosa seria. AMS Abogados contacto@amsabogados.com

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