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Toma de Huellas y Obtención de la TIE tras una Resolución Favorable

Si recibiste una resolución favorable de tu solicitud, entras a España con un visado de estancia o residencia, o necesitas renovar la Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE), te explicamos todo lo que debes saber para obtenerla.

Diferencia entre el NIE y la TIE

Lo primero que debes saber es que se suele confundir el NIE y la TIE, pero se trata de conceptos diferentes:

  • NIE (Número de Identificación de Extranjero): Es un número único que se te asigna al iniciar cualquier trámite de extranjería en España. Este número es permanente y no cambia, incluso si renuevas tu tarjeta o cambias el tipo de residencia.
  • TIE (Tarjeta de Identidad de Extranjero): Es el documento físico que contiene tu NIE, junto con tu fotografía y datos personales. La TIE tiene una vigencia limitada y debe renovarse según los términos de tu estancia o residencia.

En resumen, el NIE es un número de identificación, mientras que la TIE es la tarjeta / carnet que lo acredita.

Ciudadanos de países miembros de la Unión Europea

Los ciudadanos de países miembros de la Unión Europea  no tienen la TIE, sino un Certificado de Registro de Ciudadano de la UE. A estos ciudadanos se les asigna un NIE, que actúa como su número de identificación en España y es conocido como “NIE verde”.

  • El NIE de los ciudadanos de la UE se asigna cuando obtienen su Certificado de Registro de Ciudadano de la UE.
  • No tienen TIE porque el Certificado de Registro de la UE lo sustituye, siempre que se acompañe por el pasaporte o el DNI/Cédula de su país.
  • Este documento acredita su residencia legal en España.
nie régimen comunitario España

¿Quién debe obtener o renovar la TIE?

  1. Nuevos residentes o estudiantes:

Si tienes concedido un visado de residencia o de estancia por estudios (superior a 180 días) a través del Consulado de España de tu país de origen, dentro de los 30 días desde tu llegada a España debes tramitar la TIE. Sin embargo, los estudiantes con visados entre 90 y 180 días no necesitan obtener la TIE.

  1. Personas con resolución favorable:

Si has recibido por parte de la Oficina de Extranjería una autorización para residencia o estancia en España, debes tramitar tu TIE dentro de los 30 días posteriores a que recibas la notificación.

  1. Renovaciones de la TIE:

Al igual que en la obtención inicial, una vez que solicitas y te conceden la renovación de tu residencia o la prórroga de tu estancia por estudios, debes solicitar la nueva TIE.

Ten en cuenta que, dependiendo de la disponibilidad de citas para “toma de huellas”, existe cierta flexibilidad con el plazo de 30 días para iniciar el proceso de obtención de la TIE, por lo que no debes preocuparte si no consigues cita o si la que encuentras es para una fecha posterior a ese plazo.

Caso especial: Renovación automática Residencia por Razones Humanitarias

Si tienes una residencia por razones humanitarias , tu renovación es automática. Es decir, no necesitas recibir una resolución previa, y únicamente deberás gestionar la cita para la toma de huellas siguiendo el procedimiento habitual.

¿Cómo y dónde solicitar la cita para la toma de huellas?

En la mayoría de Provincias, la cita previa es obligatoria y debe realizarse a través de la sede electrónica de la Policía Nacional.

  1. Visita la página oficial.
  2. Elige tu Provincia de residencia.
  3. Selecciona el trámite: «TOMA DE HUELLASExpedición de Tarjetas de Identidad de Extranjeros (TIE)
  4. Rellena tus datos y confirma la cita en la fecha disponible.

Requisitos para la toma de huellas y obtención de la TIE

Es importante que te asegures de tener todos los documentos necesarios para la cita de toma de huellas, que son los siguientes:

  1. Resolución favorable emitida por la Oficina de Extranjería o Visado estampado en pasaporte: Original y copia (no necesaria para renovaciones automáticas).
  2. Pasaporte válido: Original y copia de las páginas principales. En el caso excepcional de los venezolanos, puede realizarse con el pasaporte vencido  gracias a la Instrucción Conjunta de la Dirección General de Migraciones del 13 enero de 2025.
  3. Formulario EX-17: Descárgalo y complétalo aquí
  4. Tasa modelo 790 código 012: Comprobante de pago de la tasa (16-21 €, dependiendo del caso). Puedes generarla y descargarla en este enlace.
  5. Fotografía reciente: Dos fotos tamaño carnet con fondo blanco.
  6. Cita previa: Confirmación de tu cita, ya sea impresa o digital.

La toma de huellas y la cita para recoger la TIE

Una vez que hayas completado la toma de huellas, en algunas oficinas te harán tomar una cita para recoger la TIE. Este procedimiento es común y, generalmente, se te asignará una cita para unos 30 a 40 días después de la toma de huellas. Es importante que asistas a esta cita para obtener la TIE física, ya que sin ella no podrás realizar algunos trámites administrativos o viajar fuera de España sin restricciones.

Lo que puedes y no puedes hacer mientras esperas la TIE

Lo que puedes hacer:

  • Residir en España portando el resguardo de la toma de huellas junto con tu pasaporte.
  • Iniciar trámites esenciales como el empadronamiento o abrir una cuenta bancaria.
  • Trabajar (siempre que tu autorización lo permita).
  • Salir de España, siempre que hayas solicitado y obtenido previamente una Autorización de Regreso.  Esta autorización te permite volver a entrar a España sin problemas mientras esperas la emisión de la TIE.

Lo que no puedes hacer:

  • Viajar fuera de España sin la Autorización de Regreso.
  • Formalizar ciertos contratos sí te exigen la tarjeta física.

En AMS Abogados, ofrecemos un servicio completo para que tu experiencia sea lo más sencilla posible. Te acompañamos desde el inicio de tu solicitud de visado o residencia hasta que tengas tu TIE en tus manos. Nuestra prioridad es que tu proceso sean tranquilo y sin complicaciones.

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