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¿Cómo saber el estado de mi expediente de nacionalidad española? Cómo va lo mío

Si has solicitado la nacionalidad española por residencia y quieres conocer el estado de tu expediente o si ya está resuelto, puedes hacerlo de manera sencilla a través de la Sede Electrónica conocida como «Cómo va lo mío». A continuación, te explicamos el paso a paso para realizar la consulta. Pasos para revisar tu expediente de nacionalidad española: Accede a la web oficial: Abre tu navegador y en el buscador escribe «Cómo va lo mío» o «Consulta telemática de expedientes de nacionalidad española por residencia». Puedes acceder haciendo clic aquí.  Haz clic en el primer resultado que corresponda a la consulta telemática de expedientes del Ministerio de Justicia. La página tiene la siguiente interfaz: Rellena el formulario: Deberás ingresar los siguientes datos que puedes obtener de tu justificante de registro.  Número de Identidad de Extranjero (NIE). Número de expediente. Ejemplo: R500001/2015 Año de presentación. Fecha de nacimiento. Consulta el estado de tu expediente: Una vez enviados los datos, se mostrará el estado actual de tu solicitud. Estados del expediente de nacionalidad española: Al consultar tu expediente, podrás encontrarte con diferentes fases del proceso, siendo las principales las siguientes: «Su expediente ha sido registrado correctamente»: La solicitud ha sido recibida y está en tramitación. “En tramitación: requerimiento”: Esto ocurre si el Ministerio al revisar el expediente considera que hace falta algún documento y realiza un requerimiento. «Pendiente de informes»: Se están recabando documentos y verificaciones necesarias. «En calificación»: El expediente está en fase de análisis final antes de la resolución. Es normal que el estado de tu expediente pueda volver de estar en “Calificación” a “Pendiente de Informes”. No te preocupes, esto no quiere decir que haya un problema con tu solicitud, esto se refiere a que el Ministerio de Justicia les solicita a los otros entes de la Administración, los informes de extranjería y de antecedentes penales correspondientes, en algunos casos tardan en ser enviados y/o recibidos, y deben solicitarlos nuevamente, lo que puede producir que el expediente vuelva a ese estatus. Ya que estos informes tienen una vigencia muy corta y suele pasar que cuando llega uno, el otro ya está expirado. Esto hace que se deba esperar por el nuevo lote de informes, hasta que coincidan en vigencia. Igualmente, si está “en Calificación” suele ser indicativo de que está por ser resuelto. Si te aparece otro estado del expediente, puedes mirar nuestro artículo de fases de nacionalidad española  donde explicamos cada una de las etapas por las que puede pasar tu solicitud. ¿Cómo saber si mi nacionalidad fue aprobada? Si tras introducir tus datos, el sistema indica «Finalizado: Concedido», significa que tu nacionalidad ha sido aprobada. Normalmente te enviarán una notificación con la resolución que te concede la nacionalidad española, si tienes certificado digital la recibirás de forma telemática, en caso contrario, la recibirás por correo postal (de este modo suele tardar un poco más en llegar). Una vez recibida la notificación oficial tendrás un plazo de 180 días para realizar la jura de la nacionalidad en el Registro Civil o por Notaría. Si, por el contrario, el expediente ha sido resuelto como «no favorable» (denegado), también recibirás una notificación oficial informándote de la decisión, y te otorgan un plazo para ejercer los recursos que consideres necesarios. En AMS Abogados podemos ayudarte a presentar un Recurso Contencioso-Administrativo, una vía judicial que puede revertir la decisión y obtener una resolución favorable. ¿Tienes dudas? ¡Reserva tu asesoría y comienza un proceso migratorio exitoso! Varias modalidades Online vía Zoom Presencial en nuestra oficina en Madrid RESERVAR Si aún no has presentado tu solicitud de nacionalidad y ya cumples con los requisitos, también podemos ayudarte a gestionarla para que tu expediente esté completo y sin errores. Recuerda que, si eres ciudadano de un país iberoamericano y llevas al menos dos años de residencia en España, ya puedes solicitar la nacionalidad española. Migrar es cosa seria y tu nacionalidad nuestro compromiso. AMS Abogados contacto@amsabogados.com

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Requisitos para Entrar a España en 2025

España sigue siendo un destino favorito para millones de turistas, gracias a su rica cultura, impresionante arquitectura y exquisita gastronomía. Sin embargo, antes de embarcarte en tu próxima aventura española, es crucial conocer los requisitos necesarios para ingresar como turista. En este artículo te contamos todo lo que necesitas saber, desde la vigencia de los pasaportes hasta las consideraciones sobre estadías y seguros médicos.  Como parte de la Unión Europea, España exige a los visitantes no comunitarios el cumplimiento de las condiciones establecidas en el Reglamento 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo para poder ingresar a su territorio.  ¿Necesito visa para ir a España? El primer paso para determinar si necesitas visado es tu nacionalidad, si eres ciudadano de alguno de los países que requieren visado, deberás tramitarlo en el Consulado General de España correspondiente a tu lugar de residencia. Algunos de los países cuyos ciudadanos necesitan visado son:  Afganistán Angola Arabia saudí Argelia Armenia Azerbaiyán Bangladesh Bahréin Belice Benín Bielorrusia Birmania Bolivia Botsuana Burkina faso Burundi Butan Cabo verde Camboya Camerún Rep. Centroafricana Chad China Comoras R.D. Congo Congo Corea del Norte Costa de Marfil Cuba Rep. Dominicana Ecuador Egipto Eritrea Esuatini Etiopía Filipinas Fiyi Gabón Gambia Ghana Guinea Guinea-Bisáu Guinea Ecuatorial Guyana Haití India Indonesia Irak Irán Jamaica Jordania Kazajistán Kenia Kirguistán Kuwait Laos Lesoto Líbano Liberia Libia Madagascar Malaui Maldivas Mali Marruecos Mauritania Mongolia Mozambique Namibia Nepal Níger Nigeria Omán Pakistán Nueva Guinea Qatar Ruanda Rusia Santo Tomé y Príncipe Senegal Sierra Leona Siria Guinea-Bisáu Somalia Sri Lanka Sudáfrica Sudán Sudán del sur Surinam Tailandia Tanzania Tayikistán Togo Túnez Turkmenistán Turquía Uganda Uzbekistán Vietnam Yemen Yibuti Zambia Zimbabue Para información más detallada sobre los requisitos y procesos de obtención del visado, es importante visitar la página web oficial del Consulado General de España de tu país de residencia.  Por otro lado, si tu nacionalidad no está en esta lista, no necesitas visado para viajar a España como turista. Sin embargo, siempre debes cumplir con los siguientes requisitos, que podrían ser solicitados por el oficial de inmigración al momento de tu entrada.  Requisitos que deben cumplir los turistas para entrar a España en 2025: Boleto de avión de ida y vuelta El boleto de ida y vuelta es un requisito clave que establece la duración de tu visita, la cual no debe superar los 90 días en un período de 180 días. Asegúrate de tener esta documentación, incluso si planeas realizar un proceso migratorio.  Pasaporte vigente Tu pasaporte debe tener una vigencia de al menos 90 días después de tu fecha de salida de España. Por ejemplo, si planeas viajar del 1 al 30 de junio, tu pasaporte debe ser válido al menos hasta el 28 de septiembre de 2025.  Reserva de hotel o carta de invitación Puedes demostrar tu alojamiento con una reserva de hotel válida para toda tu estadía en España. Si planeas alojarte en casa de familiares o amigos, deberás presentar una carta de invitación tramitada por ellos en la Comisaría de Policía más cercana a su domicilio.  Tasa de solicitud: €75,05.  Tasa de expedición: €6,54.  La carta de invitación debe enviarse en original por correo postal al turista, quien deberá presentarla ante el oficial de inmigración si se le solicita. Es importante saber que esta carta de invitación solo suple a la reserva de hotel, y no los medios económicos, como suele confundirse. Medios económicos Deberás demostrar que cuentas con recursos económicos suficientes para tu estancia, calculados en el 10% del Salario Mínimo Interprofesional por día de estadía. En 2025, esta cifra es de €1.184 al mes, por lo que necesitas €118,40 diarios como mínimo.  Monto mínimo a demostrar: €1.184, incluso si el viaje es menor a 10 días.  Puedes presentar dinero en efectivo o estados de cuenta bancarios y/o de tarjetas de crédito del mes corriente o anterior.  Seguro de viaje Es obligatorio contar con un seguro de viaje que cubra al menos €30.000 en gastos médicos y de repatriación. Este es un requisito esencial para ingresar a España.  ¿Es posible que no te soliciten estos documentos? Aunque el oficial de inmigración puede decidir si solicita o no estos documentos, siempre debes tenerlos listos. Si no cumples con alguno de los requisitos, el oficial puede denegar tu entrada al país.  ¿Tienes dudas? ¡Reserva tu asesoría y comienza un proceso migratorio exitoso! Varias modalidades Online vía Zoom Presencial en nuestra oficina en Madrid RESERVAR Conocer y cumplir los requisitos de entrada a España como turista en 2025 es esencial para evitar problemas en el momento de tu llegada. Desde la vigencia de tu pasaporte hasta los detalles financieros y de salud, estos aspectos son clave para garantizar una experiencia segura y placentera en tu visita al país ibérico.  Migrar es cosa seria AMS Abogados contacto@amsabogados.com

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Cómo Vivir en España Teletrabajando como Nómada Digital en 2025

El teletrabajo ha revolucionado la forma en que las personas desarrollan sus carreras, permitiendo que muchos adopten el estilo de vida del nómada digital. Esta modalidad de trabajo remoto permite a los profesionales ejercer su actividad desde cualquier parte del mundo, con la flexibilidad de viajar y explorar nuevas culturas. España se ha convertido en un destino atractivo gracias a su reciente regulación que facilita la residencia para teletrabajadores internacionales (Residencia de Nómada Digital). ¿Qué es un nómada digital? Un nómada digital es un profesional que trabaja de manera remota utilizando internet, sin necesidad de estar físicamente en un lugar fijo. Esta libertad les permite viajar y asentarse temporalmente en distintos países mientras continúan ejerciendo su profesión. Sin embargo, este estilo de vida también conlleva desafíos, como la regulación migratoria, la seguridad social y las obligaciones fiscales. ¿Cómo es el permiso para teletrabajar en España? Para facilitar la llegada de nómadas digitales, desde 2022 España ha implementado un permiso de residencia específico a través de la Ley 28/2022, también conocida como «Ley de Startups». Este permiso está dirigido a ciudadanos extracomunitarios que ejerzan una actividad laboral o profesional a distancia para empresas radicadas fuera de España. Requisitos Residencia como Nómada Digital Los principales requisitos para obtener este permiso son: Ser mayor de 18 años. No encontrarse en situación irregular en España. Carecer de antecedentes penales en España y en los países donde haya residido en los últimos dos años. Contar con un seguro de salud, público o privado, válido en España. Acreditar recursos económicos suficientes para el periodo de residencia. Pagar la tasa de tramitación del visado o autorización. Contar con una actividad real y continuada de al menos un año con la empresa o empresas con las que mantiene relación laboral o profesional. Aportar documentación que acredite la posibilidad de realizar la actividad de forma remota. En caso de trabajadores por cuenta ajena, acreditar una relación laboral con una empresa extranjera durante los últimos tres meses. En el caso de trabajadores autónomos, acreditar una relación mercantil con una o varias empresas extranjeras en los últimos tres meses y demostrar que por lo menos el 80% de su facturación proviene de empresas fuera de España. Procedimiento de Solicitud La solicitud del permiso de teletrabajo puede realizarse de dos maneras: Desde España: Dentro de los primeros 90 días como turista puedes presentar la solicitud ante la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos (UGE). Desde el extranjero: Si te encuentras fuera de España, puedes solicitar un visado en el Consulado de España de tu país de residencia. Este visado te permitirá entrar y establecerte en España como nómada digital. ¿Cuánto tiempo dura la residencia por Nómada Digital? Este permiso tiene una duración inicial de tres años, si se solicita desde España, o de un año si se solicita desde algún Consulado de España. En ambos casos, puede renovarse por dos años más, siempre que se mantengan las condiciones bajo las cuales se concedió la autorización. Beneficios Adicionales: Camino a la Nacionalidad Española Una de las ventajas de este permiso es que se considera como residencia legal en España, lo que permite a los beneficiarios solicitar la nacionalidad española por residencia en el futuro. El plazo general para obtener la nacionalidad es de diez años, pero se reduce a dos años para ciudadanos de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial o Portugal. ¿Tienes dudas? ¡Reserva tu asesoría y comienza un proceso migratorio exitoso! Varias modalidades Online vía Zoom Presencial en nuestra oficina en Madrid RESERVAR Vivir en España como nómada digital es una opción atractiva para quienes desean combinar trabajo remoto con la oportunidad de disfrutar de la cultura, gastronomía y calidad de vida del país. Con un marco legal claro y beneficios adicionales, España se posiciona como un destino ideal para teletrabajadores internacionales. Planificar con antelación y contar con asesoramiento profesional pueden hacer que el proceso de solicitud sea más sencillo y exitoso. Migrar es cosa seria. AMS Abogados contacto@amsabogados.com

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¿Cómo solicitar y obtener Partidas Literales de Nacimiento en España?

Solicitar una partida literal de nacimiento en España es un paso clave para muchos trámites legales, como obtener el DNI, solicitar una residencia por arraigo familiar o tramitar la nacionalidad bajo la Ley de Memoria Democrática. Este artículo explica cómo realizar este trámite de manera sencilla, detallando los requisitos y pasos necesarios para obtener este documento esencial. ¿Qué es una partida literal de nacimiento? La partida literal de nacimiento es una copia certificada del documento original que contiene todos los datos del nacimiento de un ciudadano español que se encuentra en el Registro Civil del Municipio o Consulado de España del país de nacimiento del ciudadano español. Este documento se emite por el Registro Civil donde está inscrito el nacimiento y es indispensable para diversos trámites. ¿Dónde y cómo se solicita? El Ministerio de Justicia ofrece una plataforma en línea que permite realizar la solicitud de manera sencilla. Existen diferentes formas de acceder al documento según el perfil del solicitante: Ciudadanos españoles con DNI electrónico: Si tienes un DNI electrónico activado, puedes obtener tu partida literal de nacimiento de forma automática a través de la plataforma del Ministerio de Justicia. Este método es rápido, seguro y evita demoras. Extranjeros con certificado digital: Los extranjeros que cuentan con un certificado digital válido y lo utilizan para realizar la solicitud también se suelen beneficiar de una tramitación más ágil en comparación con las solicitudes realizadas mediante el formulario tradicional. Formulario estándar: Para quienes no cuentan con DNI electrónico ni certificado digital, es posible completar el formulario en línea proporcionando los datos requeridos. Es importante saber que, aunque este método es eficaz, el tiempo de respuesta suele ser más largo. Requisitos necesarios Independientemente del método de solicitud, es imprescindible contar -por lo menos- con la siguiente información exacta para realizar la solicitud: Nombre completo del ciudadano español. Fecha exacta de nacimiento (día/mes/año). Lugar exacto de nacimiento (localidad y provincia). Nombres completos de los padres del inscrito. Si no se cuenta con esta información exacta, es poco probable que la búsqueda tenga éxito, ya que los registros se localizan en función de estos datos. Igualmente, si se tienen los datos de número de partida, folio y/o tomo, es importante que se agreguen a la solicitud, pues mientras más datos se indiquen es más probable conseguir la partida literal. Proceso de solicitud paso a paso Accede a la plataforma del Ministerio de Justicia:Ingresa al portal de trámites de la página oficial del Ministerio de Justicia. Allí encontrarás una sección específica para solicitar certificaciones de nacimiento. Rellena el formulario en línea o utiliza DNI electrónico/certificado digital: Si usas un DNI electrónico o certificado digital, el sistema valida automáticamente los datos y la tramitación es más rápida. Si eliges el formulario estándar, debes proporcionar manualmente los datos mencionados. Indica para qué necesitas el documento y cuantas copias requieres:Actualmente, muchos registros civiles en España están implementando un sistema de digitalización que permite emitir partidas literales en formato digital, con firma electrónica y un código de barras que garantiza su validez como original y puede ser utilizada varias veces. Y en caso de que la literal que buscas aún no esté digitalizada, la recibirás en físico por correo postal. Confirma y envía la solicitud: Una vez enviada, el Ministerio remite la solicitud al Registro Civil correspondiente. Plazos de respuesta y tiempos de entrega DNI electrónico o certificado digital: Las solicitudes hechas con estas herramientas suelen ser procesadas más rápidamente. En los casos de solicitud con DNI electrónico, puedes obtener el documento inmediatamente si se trata de tu propio certificado de nacimiento o el de tus hijos. Formulario estándar: El tiempo estimado para recibir la partida literal de nacimiento es de 6 a 8 semanas, dependiendo de la carga de trabajo del Registro Civil al que se le solicite la partida. ¿Para qué sirve este documento? Las partidas literales de nacimiento son necesarias para múltiples gestiones legales, como tramitar el DNI español, solicitar una residencia por arraigo familiar o trámites de nacionalidad española bajo la Ley de Memoria Democrática o por otras vías. Obtener una partida literal de nacimiento es un trámite esencial para diversas gestiones legales y migratorias en España. Con la información correcta y siguiendo los pasos detallados, este proceso puede realizarse de manera eficiente, aprovechando las ventajas del sistema digitalizado implementado por los Registros Civiles. ¿Tienes dudas? ¡Reserva tu asesoría y comienza un proceso migratorio exitoso! Varias modalidades Online vía Zoom Presencial en nuestra oficina en Madrid RESERVAR Si tienes dudas o necesitas ayuda en la obtención de una partida literal de nacimiento, puedes contactar con nosotros para conocer nuestros servicios y obtener el documento por ti. Migrar es cosa seria. AMS Abogados contacto@amsabogados.com

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Fecha Límite para Solicitar la Nacionalidad por la Ley de Nietos 2025

La Ley de Memoria Democrática, también conocida como «Ley de Nietos», ha permitido desde el año 2022 que los hijos y nietos de españoles puedan optar por la nacionalidad española. Originalmente, el plazo para presentar estas solicitudes vencía en octubre de 2024, pero posteriormente fue ampliado un año más, hasta octubre de 2025. Sin embargo, la alta demanda en los Consulados ha generado retrasos en la asignación de citas para la presentación de documentos, esto ha generado incertidumbre entre los solicitantes sobre si podrán completar el proceso dentro del plazo estipulado. Lo que ha llevado al Gobierno de España a emitir una nueva instrucción que flexibiliza los plazos de presentación de solicitudes en determinadas condiciones. Los Consulados de España en Miami, Houston, San Francisco y Santiago de Chile, son los que tienen mayores problemas para responder En nuestra experiencia tramitando este tipo de solicitudes, hemos visto que los principales Consulados que están teniendo problemas para dar respuesta breve a las solicitudes de cita son Miami, Houston, San Francisco y Santiago de Chile, pudiendo tardar hasta más de 4 meses en enviar siquiera una confirmación de “recibido” a la solicitud de la cita. Nueva instrucción del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes. Ante esta situación, el pasado 05 de noviembre de 2024, la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública emitió una instrucción (BOE-A-2024-23338) en la que se establece que si un solicitante ha pedido su cita a través de las herramientas telemáticas (normalmente correo electrónico) habilitadas por los Consulados y puede demostrarlo con un justificante de envío, su solicitud será aceptada, incluso si la cita presencial para presentar los documentos ocurre después de octubre de 2025, que es cuando vence originalmente el plazo. En la Instrucción, el Ministerio insiste en que los Consulados deben respetar el orden cronológico de solicitud de citas y garantizar que los registros digitales acrediten la fecha en la que se realizó la petición. Esta medida busca evitar que retrasos administrativos perjudiquen a los solicitantes que han cumplido con los requisitos en tiempo y forma. Recomendaciones para los solicitantes: Dado este nuevo marco normativo, desde AMS Abogados te recomendamos: Solicitar la cita cuanto antes: Dado el colapso en algunos consulados, es fundamental no esperar hasta el último momento para iniciar el proceso. Recuerda que para esto es fundamental tener todos los requisitos y seguir muy bien las instrucciones, porque un error puede generar un enorme retraso. Conservar el comprobante de solicitud de cita: Esta es la prueba clave para poder presentar la solicitud incluso después de octubre de 2025 si los retrasos persisten. Como comentamos antes, normalmente es un correo que debes enviar, así que con imprimirlo y resaltando la fecha de envío debería ser suficiente. Consultar con expertos: Dada la complejidad de los procesos administrativos, contar con asesoramiento legal especializado puede evitar errores y agilizar el procedimiento. https://www.youtube.com/watch?v=3OC5U3s5k6g ¿Cómo podemos ayudarte? En AMS Abogados, contamos con un equipo especializado en tramitaciones de nacionalidad española. Podemos ayudarte evaluando tu caso para determinar tu elegibilidad para la nacionalidad española a través de la Ley de Memoria Democrática, indicarte y revisa toda la documentación necesaria, armar tu expediente según los requisitos necesitas e incluso gestionar la cita en el Consulado de España que te corresponda. La extensión del plazo para la solicitud de nacionalidad bajo la Ley de Memoria Democrática es una gran oportunidad para muchos descendientes de españoles. Sin embargo, los retrasos en los consulados han generado incertidumbre, y han llevado al Gobierno a flexibilizar los tiempos de presentación. ¿Tienes dudas? ¡Reserva tu asesoría y comienza un proceso migratorio exitoso! Varias modalidades Online vía Zoom Presencial en nuestra oficina en Madrid RESERVAR En AMS Abogados estamos preparados para ayudarte en cada paso del proceso y garantizar que su solicitud se realice de manera correcta y sin contratiempos. Si necesitas más información o asesoramiento personalizado, no dudes en contactarnos o tomar una asesoría con nosotros. Migrar es cosa seria AMS Abogados contacto@amsabogados.com

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Ley de Nietos para Cubanos en la Habana y en Miami 2025

En octubre de 2022 se aprobó en España la Ley 20/2022, conocida como la Ley de Memoria Democrática o popularmente llamada “Ley de Nietos”. Esta norma surgió con el objetivo de resarcir los daños sufridos por las familias afectadas por la Guerra Civil Española y la dictadura franquista, pues muchas de estas familias, perseguidas o forzadas al exilio, perdieron la nacionalidad española. Esta ley ofrece a sus descendientes la posibilidad de recuperarla y acceder a los beneficios inherentes a la ciudadanía española y europea. Para los cubanos, tanto en La Habana como en el Consulado de España en Miami o en cualquier otro Consulado, esta normativa representa una oportunidad única para recuperar su conexión con España y, al mismo tiempo, disfrutar de las ventajas de la nacionalidad española. Procedimiento general de la Ley de Nietos La Ley de Memoria Democrática establece tres supuestos principales para optar a la nacionalidad española: Descendientes de exiliados: Los nacidos fuera de España de padre, madre, abuelo o abuela que originalmente fueran españoles y que, como consecuencia del exilio por razones políticas, ideológicas, creencias o identidad sexual, perdieran o renunciaran a su nacionalidad. Descendientes de mujeres españolas: Hijos nacidos en el exterior de mujeres españolas que perdieron su nacionalidad por casarse con extranjeros antes de la entrada en vigor de la Constitución de 1978. Hijos mayores de edad de españoles que recuperaron la nacionalidad: Los hijos de mayores de edad cuyos padres recuperaron su nacionalidad bajo esta ley o bajo la Ley de Memoria Histórica de 2007. Es importante destacar que, gracias a una modificación realizada pocos días después de la publicación de la ley, ya no es necesario demostrar que el familiar español sufrió exilio. Esto significa que ahora basta con presentar documentos que acrediten el vínculo familiar directo con el padre, madre, abuelo o abuela de origen español. Es decir, el primer supuesto se ha dividido en dos partes, de la siguiente manera: 1A: Para los nacidos fuera de España de padre, madre, abuelo o abuela que originalmente fueran españoles. 1B: Para aquellas personas con padres o abuelos españoles que puedan demostrar que estos perdieron su nacionalidad en razón del exilio. Este cambio simplifica enormemente el proceso y amplía el acceso a la nacionalidad para muchas personas. Sabiendo esto, vamos con los requisitos: Requisitos para los Cubanos Para los cubanos interesados en solicitar la nacionalidad española, los requisitos son claros y detallados: Certificación literal de nacimiento española del padre, madre o abuelo/a. Si no se cuenta con este documento, se puede presentar una Fe de Bautismo emitida en España. Certificado de nacimiento del solicitante. Este documento es esencial para demostrar el vínculo directo con el ciudadano español. Documento de identidad del solicitante y una copia del mismo. Certificado de nacimiento de los padres legalizado y apostillado, si la solicitud se realiza a través de los abuelos. Legalización y apostilla de todos los documentos emitidos en Cuba. Los documentos emitidos en España no requieren legalización ni apostilla. Documentos adicionales como certificados matrimoniales o de defunción pueden ser necesarios para reforzar la solicitud. Es crucial que todos los documentos sean correctos y coherentes, y es muy importante que la solicitud se presente sin errores, pues esto ayudará a evitar retrasos. Debido al gran número de ciudadanos cubanos que residen en los Estados Unidos, especialmente en el Estado de Florida, hemos recopilado las preguntas frecuentes más comunes realizadas por ellos al Consulado de España en Miami. Puedes consultarlas todas en esta página:  https://www.youtube.com/watch?v=Vhxf603HG8c Preguntas frecuentes del Consulado de España en Miami ¿Qué pasaporte debo incluir en mi solicitud, el cubano o el americano? Puedes incluir cualquiera de los dos, o ambos si tienes doble nacionalidad. Lo importante es contar con todos los certificados y requisitos exigidos para presentar la solicitud. ¿Qué pasa con los bisnietos de españoles? Lamentablemente, los bisnietos de españoles no pueden acceder directamente a la nacionalidad mediante esta ley. Solo podrán hacerlo si los padres o abuelos recuperaron su nacionalidad antes de fallecer. Si no es así, el bisnieto no podrá beneficiarse de la Ley de Nietos. ¿Quiénes pueden presentar la solicitud en el Consulado de España en Miami? Aquellas personas que residan en Florida, Georgia o Carolina del Sur, sin importar su lugar de nacimiento. Por ejemplo, un cubano que viva en Miami debe presentar su expediente en el Consulado de España en esa ciudad. No es necesario residir legalmente en Miami, pero se debe demostrar la residencia en uno de estos estados mediante documentos como facturas de servicios. La nacionalidad española ofrece múltiples ventajas, como el derecho a residir y trabajar en España y otros países de la Unión Europea, la posibilidad de transmitir la nacionalidad a descendientes, la reunión familiar en Europa y un pasaporte que permite viajar a más de 150 países sin visado. ¿Tienes dudas? ¡Reserva tu asesoría y comienza un proceso migratorio exitoso! Varias modalidades Online vía Zoom Presencial en nuestra oficina en Madrid RESERVAR La Ley de Nietos es una oportunidad única para los cubanos de conectar con su herencia española y aprovechar los beneficios de la nacionalidad. El plazo para presentar las solicitudes está vigente hasta octubre de 2025, por lo que es crucial actuar con prontitud y contar con una asesoría profesional adecuada para garantizar el éxito del trámite. En AMS Abogados, somos especialistas en la tramitación de expedientes de la Ley de Memoria Democrática. Nuestro equipo de abogados se encarga de gestionar y presentar tu solicitud de manera precisa y sin errores, asegurando que obtengas tu nacionalidad española en el menor tiempo posible. AMS Abogados contacto@amsabogados.com

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Carta de Invitación en España 2025

Para viajar y entrar a España como turista, es necesario cumplir con ciertos requisitos, entre ellos la carta de invitación, que es un documento clave para quienes planean alojarse en casa de familiares o amigos en lugar de optar por una reserva de hotel. Este requisito ayuda a demostrar que la persona visitante cuenta con un lugar donde hospedarse durante su estadía. ¿Qué es una Carta de Invitación? La carta de invitación es un documento oficial que un residente en España puede tramitar para invitar a un extranjero a visitarlo y certificar que este se alojará en su vivienda. Aunque no garantiza la entrada del visitante al país, es un medio de justificar su estadía y demostrar que tiene un motivo legítimo para el viaje. Es importante resaltarte que este documento únicamente sirve para demostrar el alojamiento durante la visita y en ningún caso es sustitutivo de la demostración de medios económicos, como erróneamente se piensa. ¿Quién Puede Solicitarla? La carta de invitación puede ser gestionada por cualquier persona que resida legalmente en España, ya sea ciudadano español o extranjero con permiso de residencia. La solicitud debe realizarse en la Comisaría de Policía correspondiente al lugar de residencia del solicitante, en la mayoría con previa cita, que puedes gestionar a través del enlace oficial: Solicitud de Cita Previa.  Documentación y requisitos para solicitarla A continuación, te detallamos los requisitos esenciales que debes llevar a la Comisaría de Policía para la emisión de la carta de invitación: Formulario de solicitud completo: debe ser un formulario por cada persona que se vaya a invitar; y si la invitación es para varias personas, debe constar que la vivienda tiene capacidad para todas ellas. Identificación del solicitante: DNI para ciudadanos españoles, TIE para residentes extranjeros, o Certificado de Registro y pasaporte para ciudadanos de la Unión Europea. Documentos que acrediten la vivienda: Escritura de propiedad, contrato de arrendamiento o documento que certifique la disponibilidad de la vivienda, como facturas de servicios o el último recibo del pago de la renta. Esto, junto al certificado de empadronamiento de la persona que emite la carta donde se observe que ese es su domicilio. Documentos originales y copias: Toda la documentación presentada debe ir acompañada de una copia. Posible documentación adicional: La Policía puede requerir otros documentos si lo considera necesario y te dará un plazo para presentarlos. Información a incluir en el formulario El formulario debe incluir los siguientes datos: Del solicitante: Nombre completo, fecha y lugar de nacimiento, nacionalidad y dirección de residencia. Número de identificación (DNI, TIE o pasaporte, según corresponda). Declaración expresa de que el invitado se alojará en la vivienda indicada. Del invitado: Nombre completo, fecha y lugar de nacimiento, nacionalidad, domicilio y número de pasaporte. Si hay más de un invitado, se deben incluir los datos de todos y detallar la disponibilidad de espacio en la vivienda. Detalles de la visita: Período de estancia, con fechas específicas de inicio y fin. Otros aspectos relevantes: Compromiso del solicitante de que la información proporcionada es verídica. Declaración de conocimiento sobre las consecuencias legales de favorecer la inmigración clandestina. Procedimiento para tramitar la Carta de Invitación Presentación de la solicitud El procedimiento comienza con la presentación de la documentación requerida en la Comisaría de Policía. Una vez aceptada, se asignará un instructor al caso. Posibles entrevistas En algunos casos, el solicitante podría ser citado para una entrevista con el objetivo de verificar la información. Es importante tomar en cuenta que, si te llaman a esta entrevista y no asistes, sin tener justificación para ello, se entenderá como un desistimiento del trámite. Es decir, que no emitirán la carta de invitación. Resolución de la solicitud Aprobación: Si la solicitud es aceptada, el solicitante deberá abonar la tasa correspondiente mediante el modelo 790-012. Una vez pagada, podrá recoger la carta de invitación. Es posible que el pago de esta tasa sea solicitado por la Policía al iniciar el trámite, esto dependerá de cada Comisaría. Denegación: En caso de rechazo, la resolución incluirá las razones de la negativa y los procedimientos para apelar la decisión, así como los plazos y organismos correspondientes. La Carta de Invitación como requisito esencial La carta de invitación sigue siendo un requisito fundamental para quienes deseen visitar España alojándose con familiares o amigos; y aunque como dijimos no garantiza la entrada, es un requisito indispensable en caso de no llevar una reserva de hotel. Si tu visita es con fines migratorios, la recomendación es que hagas el ingreso con una reserva de hotel, ya que así no involucras ni pones en riesgo a otra persona a recibir una multa por quedarte en España. ¿Tienes dudas? ¡Reserva tu asesoría y comienza un proceso migratorio exitoso! Varias modalidades Online vía Zoom Presencial en nuestra oficina en Madrid RESERVAR Recuerda que puedes tomar una cita para aclarar tus dudas con nuestros abogados expertos en migración y extranjería a través de nuestro apartado de asesorías.  Migrar es cosa seria. AMS Abogados contacto@amsabogados.com

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Exequatur en España: Homologación de Sentencias de Divorcio y su Procedimiento

El exequatur es un procedimiento judicial que permite reconocer y homologar una sentencia dictada por un tribunal extranjero para que tenga plenos efectos legales en España. Este proceso es fundamental cuando se requiere ejecutar disposiciones relativas a bienes o menores que se encuentran en territorio español. Sin embargo, si éstos se encuentran en el extranjero, deberá tramitarse la homologación correspondiente en dicho territorio. Es importante tener en cuenta que este procedimiento judicial puede implicar costos elevados, ya que requiere la intervención de un abogado y un procurador para garantizar que el proceso se realice de manera adecuada. A continuación, te explicamos las situaciones más comunes en las que el exequatur puede o no ser necesario: Exequatur en Sentencias de Divorcio El divorcio es uno de los casos más frecuentes que llevan a solicitar el exequatur en España, y la necesidad de este procedimiento dependerá de las particularidades de cada caso: Divorcio de mutuo acuerdo sin bienes ni menores en común Si la sentencia de divorcio extranjera es de mutuo acuerdo y no incluye disposiciones sobre bienes ni custodia de menores, actualmente no es necesario solicitar el exequatur. En estos casos, basta con enviar la sentencia firme debidamente apostillada al Registro Civil Central en España para su inscripción. Esto se debe a que no existe nada que ejecutar en términos legales, ya que la sentencia simplemente refleja un acuerdo de separación entre las partes. Divorcio con reparto de bienes Cuando la sentencia extranjera establece la distribución de bienes ubicados en España, es necesario tramitar el exequatur para que la disposición tenga efectos legales y pueda ejecutarse en territorio español, es decir, para que cada uno de los cónyuges pueda hacer suyos los bienes que les correspondan. Se debe tener en cuenta que, para los bienes ubicados en otros países, deberá realizarse la homologación correspondiente en el país donde se encuentren. Divorcio con custodia de menores Si la sentencia aborda cuestiones como el régimen de custodia de menores o pensiones alimenticias para menores que residen en España, también es imprescindible el exequatur. Esto garantiza que las decisiones relativas al bienestar de los menores se cumplan conforme a la legislación española, priorizando siempre el interés superior del menor. Divorcio controvertido En casos donde el divorcio no sea de mutuo acuerdo y existan disputas sobre la custodia, los bienes y/o las pensiones compensatorias que deban hacerse valer en España, también será necesario el exequatur para que la sentencia extranjera pueda ejecutarse. Procedimiento de Exequatur en España El proceso de exequatur en España incluye los siguientes pasos: Presentación de la solicitud: La demanda debe presentarse ante el Juzgado competente. Documentación requerida: Sentencia extranjera original, debidamente legalizada o apostillada. Traducción jurada de la sentencia al español (en caso de que esté en otro idioma). Prueba de que la sentencia es firme y definitiva en el país de origen. Revisión judicial: el Juzgado español comprobará que se cumplen los requisitos legales para reconocer la sentencia, como la competencia del tribunal extranjero y el respeto al orden público español. Resolución final: Si todo está en orden, el Juzgado emitirá un auto reconociendo la validez de la sentencia en España. Contáctanos para un asesoramiento personalizado ¿Tienes dudas? ¡Reserva tu asesoría y comienza un proceso migratorio exitoso! Varias modalidades Online vía Zoom Presencial en nuestra oficina en Madrid RESERVAR Si necesitas homologar una sentencia de divorcio emitida en el extranjero o realizar la inscripción de un divorcio en el Registro Civil, nuestro equipo de abogados especializados está aquí para ayudarte. Contáctanos para analizar tu caso y brindarte el asesoramiento necesario para que tu situación se resuelva de manera eficiente y acorde con la legislación vigente en España. Migrar es cosa seria AMS Abogados contacto@amsabogados.com

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Jura de nacionalidad por Notaría en España

La jura de nacionalidad es el último paso necesario para completar el proceso de obtención de la nacionalidad española. Este trámite, es fundamental y debe hacerse en un plazo de 180 días desde la recepción de la resolución favorable, pues una vez realizada la jura recibirás tu partida literal de nacimiento española, con la que podrás solicitar tu DNI y tu pasaporte. Es un trámite que se puede hacer directamente en el Registro Civil que corresponda a tu domicilio, por esta vía no hay tasas administrativas que pagar, pero actualmente en las principales ciudades como Madrid y Barcelona las citas para hacer la jura tardan hasta 10 meses. Por ello, se han facultado a las Notarías para realizarlo. En este artículo, nos centraremos exclusivamente en la opción de realizar la jura de nacionalidad ante una Notaría, ya que es una alternativa rápida y eficiente frente a los registros civiles saturados. ¿Qué es la Jura de Nacionalidad? La jura de nacionalidad es un proceso que debes realizar una vez que recibes la resolución que te concede la nacionalidad, e implica manifestar formalmente el respeto y acatamiento a la Constitución española y sus leyes. Con este paso, quedas inscrito como ciudadano español en el Registro Civil, que emite la correspondiente partida literal de nacimiento. Además, si tu país de origen no permite la doble nacionalidad, este será el momento en que deberás renunciar a tu nacionalidad previa. ¿Por qué elegir la opción de Notaría para la jura? Aunque tradicionalmente la jura de nacionalidad solo podía hacerse en el Registro Civil, como indicamos antes, hoy en día también puedes realizarla ante notario. Esta opción ofrece varias ventajas: Rapidez: Las notarías suelen tener menos listas de espera comparadas con los registros civiles, especialmente en ciudades grandes como Madrid o Barcelona. Flexibilidad: Puedes seleccionar la notaría que mejor se adapte a tu ubicación y disponibilidad. Agilidad: El proceso ante notario es generalmente más rápido y eficiente. La única desventaja de realizar la jura de nacionalidad ante notaría, en comparación con el Registro Civil, es el costo asociado, pues se debe abonar una tarifa, que suele oscilar entre 180 € y 250 €. Es importante que sepas que una vez haces la jura ante el notario, debes esperar entre uno y tres meses para que el Registro Civil te envíe, por correo electrónico, la partida literal de nacimiento. Pasos para realizar la jura ante notario Recepción de la Resolución Favorable: Una vez recibas la notificación oficial de que se te ha concedido la nacionalidad, podrás iniciar este proceso. Asegúrate de que la resolución sea oficial y no solo el «resuelto favorable» que aparece en la plataforma «Cómo va lo mío» pues éste no es válido. Solicitud de Cita en la Notaría: Busca una notaría habilitada para realizar este trámite. Puedes consultar en el Colegio Notarial de tu Comunidad Autónoma. Contacta con la notaría para solicitar cita, proporcionando tu información personal y la resolución de nacionalidad. Documentación Necesaria: Resolución favorable de nacionalidad. Tu NIE y pasaporte. Certificado de antecedentes penales y partida de nacimiento de tu país de origen, los mismos documentos que presentaste al momento de iniciar la solicitud de tu expediente de nacionalidad. Antecedentes penales de España emitidos en los tres meses anteriores a la jura. Justificante de empadronamiento emitido en los tres meses anteriores a la jura. Día de la Jura: Acude a la notaría con todos los documentos solicitados. Manifiesta formalmente ante el notario tu respeto a la Constitución y las leyes españolas mediante jura. Inscripción en el Registro Civil: Tras completar la jura, el notario se encargará de enviar la documentación al Registro Civil correspondiente para que se formalice tu inscripción como ciudadano español. Consejos Importantes Realizar la jura de nacionalidad española ante notario se ha convertido en una alternativa cada vez más popular debido a su rapidez, comodidad y la garantía de un proceso formal y seguro. Esta opción no solo facilita el cumplimiento de los plazos legales, sino que también simplifica el trámite al evitar las largas esperas del Registro Civil. Si has recibido tu resolución favorable, optar por la jura ante notario es una decisión eficiente que te permitirá completar con éxito el proceso de obtención de la ciudadanía española. Actúa con prontitud, sigue los pasos requeridos y asegura que cumples con todos los requisitos para convertirte oficialmente en ciudadano español. ¿Tienes dudas? ¡Reserva tu asesoría y comienza un proceso migratorio exitoso! Varias modalidades Online vía Zoom Presencial en nuestra oficina en Madrid RESERVAR Si prefieres dejar este trámite en manos de expertos, podemos gestionar la cita de la jura por ti y facilitar todo el proceso para que sea aún más sencillo. Migrar es cosa seria. AMS Abogados contacto@amsabogados.com

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Toma de Huellas y Obtención de la TIE tras una Resolución Favorable

Si recibiste una resolución favorable de tu solicitud, entras a España con un visado de estancia o residencia, o necesitas renovar la Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE), te explicamos todo lo que debes saber para obtenerla. Diferencia entre el NIE y la TIE Lo primero que debes saber es que se suele confundir el NIE y la TIE, pero se trata de conceptos diferentes: NIE (Número de Identificación de Extranjero): Es un número único que se te asigna al iniciar cualquier trámite de extranjería en España. Este número es permanente y no cambia, incluso si renuevas tu tarjeta o cambias el tipo de residencia. TIE (Tarjeta de Identidad de Extranjero): Es el documento físico que contiene tu NIE, junto con tu fotografía y datos personales. La TIE tiene una vigencia limitada y debe renovarse según los términos de tu estancia o residencia. En resumen, el NIE es un número de identificación, mientras que la TIE es la tarjeta / carnet que lo acredita. Ciudadanos de países miembros de la Unión Europea Los ciudadanos de países miembros de la Unión Europea  no tienen la TIE, sino un Certificado de Registro de Ciudadano de la UE. A estos ciudadanos se les asigna un NIE, que actúa como su número de identificación en España y es conocido como “NIE verde”. El NIE de los ciudadanos de la UE se asigna cuando obtienen su Certificado de Registro de Ciudadano de la UE. No tienen TIE porque el Certificado de Registro de la UE lo sustituye, siempre que se acompañe por el pasaporte o el DNI/Cédula de su país. Este documento acredita su residencia legal en España. ¿Quién debe obtener o renovar la TIE? Nuevos residentes o estudiantes: Si tienes concedido un visado de residencia o de estancia por estudios (superior a 180 días) a través del Consulado de España de tu país de origen, dentro de los 30 días desde tu llegada a España debes tramitar la TIE. Sin embargo, los estudiantes con visados entre 90 y 180 días no necesitan obtener la TIE. Personas con resolución favorable: Si has recibido por parte de la Oficina de Extranjería una autorización para residencia o estancia en España, debes tramitar tu TIE dentro de los 30 días posteriores a que recibas la notificación. Renovaciones de la TIE: Al igual que en la obtención inicial, una vez que solicitas y te conceden la renovación de tu residencia o la prórroga de tu estancia por estudios, debes solicitar la nueva TIE. Ten en cuenta que, dependiendo de la disponibilidad de citas para “toma de huellas”, existe cierta flexibilidad con el plazo de 30 días para iniciar el proceso de obtención de la TIE, por lo que no debes preocuparte si no consigues cita o si la que encuentras es para una fecha posterior a ese plazo. Caso especial: Renovación automática Residencia por Razones Humanitarias Si tienes una residencia por razones humanitarias , tu renovación es automática. Es decir, no necesitas recibir una resolución previa, y únicamente deberás gestionar la cita para la toma de huellas siguiendo el procedimiento habitual. ¿Cómo y dónde solicitar la cita para la toma de huellas? En la mayoría de Provincias, la cita previa es obligatoria y debe realizarse a través de la sede electrónica de la Policía Nacional. Visita la página oficial. Elige tu Provincia de residencia. Selecciona el trámite: «TOMA DE HUELLAS – Expedición de Tarjetas de Identidad de Extranjeros (TIE).» Rellena tus datos y confirma la cita en la fecha disponible. Requisitos para la toma de huellas y obtención de la TIE Es importante que te asegures de tener todos los documentos necesarios para la cita de toma de huellas, que son los siguientes: Resolución favorable emitida por la Oficina de Extranjería o Visado estampado en pasaporte: Original y copia (no necesaria para renovaciones automáticas). Pasaporte válido: Original y copia de las páginas principales. En el caso excepcional de los venezolanos, puede realizarse con el pasaporte vencido  gracias a la Instrucción Conjunta de la Dirección General de Migraciones del 13 enero de 2025. Formulario EX-17: Descárgalo y complétalo aquí.  Tasa modelo 790 código 012: Comprobante de pago de la tasa (16-21 €, dependiendo del caso). Puedes generarla y descargarla en este enlace. Fotografía reciente: Dos fotos tamaño carnet con fondo blanco. Cita previa: Confirmación de tu cita, ya sea impresa o digital. La toma de huellas y la cita para recoger la TIE Una vez que hayas completado la toma de huellas, en algunas oficinas te harán tomar una cita para recoger la TIE. Este procedimiento es común y, generalmente, se te asignará una cita para unos 30 a 40 días después de la toma de huellas. Es importante que asistas a esta cita para obtener la TIE física, ya que sin ella no podrás realizar algunos trámites administrativos o viajar fuera de España sin restricciones. Lo que puedes y no puedes hacer mientras esperas la TIE Lo que puedes hacer: Residir en España portando el resguardo de la toma de huellas junto con tu pasaporte. Iniciar trámites esenciales como el empadronamiento o abrir una cuenta bancaria. Trabajar (siempre que tu autorización lo permita). Salir de España, siempre que hayas solicitado y obtenido previamente una Autorización de Regreso.  Esta autorización te permite volver a entrar a España sin problemas mientras esperas la emisión de la TIE. Lo que no puedes hacer: Viajar fuera de España sin la Autorización de Regreso. Formalizar ciertos contratos sí te exigen la tarjeta física. En AMS Abogados, ofrecemos un servicio completo para que tu experiencia sea lo más sencilla posible. Te acompañamos desde el inicio de tu solicitud de visado o residencia hasta que tengas tu TIE en tus manos. Nuestra prioridad es que tu proceso sean tranquilo y sin complicaciones. ¿Tienes dudas? ¡Reserva tu asesoría y comienza un proceso migratorio exitoso! Varias modalidades Online vía Zoom Presencial en nuestra oficina en Madrid RESERVAR Ya sea que estés solicitando tu primera tarjeta, renovando la TIE o enfrentando alguna complicación, estamos preparados para ayudarte con

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