En los últimos meses, ha surgido una gran incertidumbre entre los ciudadanos extranjeros en España respecto al futuro de la Residencia por Razones Humanitarias. Este tipo de autorización, que ha sido esencial para proteger a personas en situaciones de vulnerabilidad, ha generado dudas debido a los cambios anunciados en el Reglamento de Extranjería, previstos para mayo de 2025. Sin embargo, es importante aclarar que esta normativa específica no regula la Residencia por Razones Humanitarias que se concede cuando se solicita protección internacional (asilo) en España, lo que significa que la realidad es que no está en peligro de ser eliminada.
¿Qué es la Residencia por Razones Humanitarias?
La Residencia por Razones Humanitarias es un permiso que se concede a personas extranjeras en España que, por diversas circunstancias, no pueden regresar a su país de origen debido a riesgos graves para su integridad o dignidad. Este tipo de residencia está regulada, entre otros, por el artículo 37 de la Ley 12/2009, de 30 de octubre, reguladora del derecho de asilo y de la protección subsidiaria.
Según este artículo, pueden concederse autorizaciones de residencia por razones humanitarias a personas que, aunque no cumplan con los requisitos para obtener la protección internacional (asilo), enfrentan situaciones extraordinarias que justifican su permanencia en España, como conflictos armados, graves catástrofes o condiciones de vulnerabilidad extrema.
Un caso emblemático es el de los ciudadanos venezolanos. Desde la Resolución del Subsecretario del Interior por delegación del Ministro del Interior, de 28 de febrero de 2019, se establece que los venezolanos con resoluciones denegatorias de protección internacional emitidas a partir del 01 de enero de 2014 tienen derecho a recibir la Residencia por Razones Humanitarias.
Una modalidad con renovación automática
Una característica distintiva de la Residencia por Razones Humanitarias cuando se concede en razón de la Ley de Asilo, es su modalidad de renovación automática. A diferencia de otras residencias, en las que es obligatorio presentar una solicitud formal de renovación ante la Oficina de Extranjería, dentro de un plazo específico y esperar una resolución administrativa que puede tardar semanas o incluso meses, la Residencia por Razones Humanitarias permite a los titulares renovar su permiso de manera mucho más sencilla.
La renovación no requiere la presentación de una solicitud formal, basta con acudir a la Comisaría de Policía para la toma de huellas. Este procedimiento simplificado agiliza el proceso y brinda mayor tranquilidad a quienes dependen de este permiso, asegurando que puedan mantener su estatus legal en España sin enfrentarse a largos períodos de incertidumbre administrativa.
¿Es recomendable cambiar este permiso por otro tipo de residencia?
En 2024, más de 20.000 residencias por Razones Humanitarias fueron aprobadas a ciudadanos venezolanos, lo que evidencia la importancia de esta figura como herramienta para regularizar la situación de miles de personas. Además, los venezolanos son la nacionalidad extranjera que más cotiza en la Seguridad Social en relación con la cantidad de personas con permiso de trabajo, demostrando que este grupo de migrantes trae beneficios significativos a la economía española.
Dejar a estos ciudadanos y a otros decenas de miles de personas en situación irregular no solo sería una medida injusta, sino también contraria a los intereses económicos y sociales de España. Bajo ninguna lógica sería viable que el Estado elimine esta modalidad sin ofrecer soluciones alternativas. Incluso, en el hipotético caso de que las autoridades decidieran eliminar esta residencia y no permitir más su renovación, es razonable asumir que se establecería un procedimiento específico para garantizar que quienes ya poseen la residencia puedan mantener su regularidad en España.
Por estas razones, la recomendación de AMS Abogados es clara: mantén y renueva tu Residencia por Razones Humanitarias. Cambiarla por otro tipo de permiso no solo podría implicar mayores complicaciones burocráticas, sino que también te expondría a plazos y requisitos adicionales que podrías evitar con este tipo de residencia.
Además, quienes hayan cumplido el tiempo de residencia necesario pueden optar por la nacionalidad española por residencia, un paso lógico y beneficioso. Para los ciudadanos venezolanos y otros iberoamericanos, basta con dos años de residencia legal en España para presentar esta solicitud, un privilegio que no deben desaprovechar.
Perspectivas Futuras y Recomendaciones
Todo apunta a que la Residencia por Razones Humanitarias, concedida en las solicitudes de protección internacional, se mantendrá en 2025. Este permiso no depende del Reglamento de Extranjería, sino de criterios específicos fundamentados en resoluciones como la del 28 de febrero de 2019 y en la Ley 12/2009. Además, como comentamos, su modalidad de renovación automática es una ventaja significativa para los titulares.
La contribución de los ciudadanos venezolanos y otros beneficiarios de esta figura al sistema de Seguridad Social y al desarrollo económico de España es innegable, lo que refuerza aún más la lógica de mantener esta residencia.
¿Tienes dudas?
¡Reserva tu asesoría y comienza un proceso migratorio exitoso!La recomendación más acertada es mantener esta residencia, renovarla de manera oportuna y, para quienes cumplan los requisitos, dar el paso hacia la nacionalidad española. Esto ofrece no solo una estabilidad definitiva, sino también acceso pleno a los derechos y beneficios de ser ciudadano español.
En AMS Abogados, estamos comprometidos en defender los derechos de los extranjeros en España y garantizar que puedan acceder a las herramientas legales que les correspondan. ¿Tienes dudas sobre tu situación legal o sobre cómo los cambios normativos podrían afectarte? Contáctanos o agenda una asesoría con nosotros.
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