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Carta de Invitación en España 2024: Todo lo que necesitas saber

Para poder entrar al territorio español como turista, es necesario cumplir una serie de requisitos y uno de ellos es la carta de invitación. Aunque este documento puede ser sustituido por una reserva de hotel, muchas personas prefieren alojarse con familiares o amigos durante su estancia, por lo que, la carta de invitación se convierte entonces en un elemento clave para demostrar que tienen un lugar donde hospedarse. ¿Qué es una carta de invitación? Esta carta se trata de un documento que un residente en España puede solicitar para invitar a un extranjero a visitarlo y en la que se dejará constancia de que se alojará en su vivienda. Este documento no garantiza la entrada del invitado a España, pero puede ayudar a demostrar que tiene un motivo legítimo para visitar el país y que cuenta con un lugar donde alojarse durante su estancia. ¿Quién puede solicitar una carta de invitación en España? Cualquier persona residente en España, ya sea un ciudadano español o un extranjero con residencia legal, puede solicitar una carta de invitación para un visitante extranjero, y se debe realizar ante la Comisaría de Policía del lugar de residencia del solicitante, a través de una cita previa en el siguiente enlace: Proceso automático para la solicitud de cita previa (administracionelectronica.gob.es) Antes de indicarte los datos que debes disponer para rellenar la planilla, te explicamos cuáles son los requisitos que debes tener para el día de la cita: Requisitos Carta de Invitación en España: Impreso de solicitud por cada uno de los invitados, cumplimentado con todos los datos (si la invitación va dirigida a dos o más personas se tiene que hacer constar que la vivienda es habitable para todas ellas). Documentación del invitante en vigor, que puede ser el DNI si es español, la tarjeta de identidad de extranjero (TIE) si es extranjero, y el pasaporte en caso de ser ciudadano comunitario. Documentación que acredite la disponibilidad de la vivienda, como el contrato de arrendamiento, escritura de compraventa o cualquier otro que acredite dicha situación. Toda la documentación debe ser original y acompañada de fotocopia. Las Comisarías de Policía podrían requerir cualquier otra documentación adicional, en caso de que consideren que no es suficiente con lo aportado. Datos que debes rellenar en la planilla Datos del solicitante: Nombre y apellidos. Lugar y fecha de nacimiento. Nacionalidad. Número del documento de identidad o pasaporte (para españoles) o tarjeta de identidad de extranjero (para residentes extranjeros). Domicilio o lugar completo de residencia. Compromiso del solicitante: Declaración expresa de su voluntad de invitar y acoger al visitante en su domicilio principal o en una segunda vivienda, indicando la dirección completa. Documentación que acredite la disponibilidad de la vivienda (escritura pública, título de propiedad, contrato de arrendamiento, etc.). Relación con el invitado: Explicación de la relación o vínculo con el invitado. Datos del invitado: Nombre y apellidos. Lugar y fecha de nacimiento. Nacionalidad. Domicilio completo y número de pasaporte. Si se invita a varias personas, deben incluirse los datos de cada una y la disponibilidad de alojamiento para todas. Detalles de la estancia: Período durante el cual se prevé la estancia del invitado, especificando el primer y el último día. Declaración de veracidad: El solicitante debe declarar que toda la información proporcionada es verídica. Conocimiento de las consecuencias legales: Información sobre las consecuencias legales de favorecer la inmigración clandestina según el Código Penal y la Ley Orgánica 4/2000. Protección de datos: Los datos del solicitante y del invitado se incorporarán a un fichero de la Dirección General de la Policía, con derechos de acceso, rectificación y cancelación. Tramitación de la solicitud Proceso administrativo Una vez presentada la solicitud, la Comisaría de Policía iniciará su tramitación y nombrará un instructor del procedimiento. En algunos casos, es posible que citen al solicitante para una entrevista personal con el fin de verificar la información proporcionada; y en caso de que no asista, sin causa justificada, se considerará como desistimiento del procedimiento. Aprobación de la solicitud Si la solicitud es aprobada, el solicitante recibirá una notificación y posteriormente deberá abonar una tasa (modelo 790-012) en el plazo de un mes. Una vez realizado el pago, podrá recoger la carta de invitación. Denegación de la solicitud En caso de denegación, la resolución deberá estar motivada y explicará los recursos disponibles para apelar la decisión, así como los plazos y organismos ante los cuales se puede presentar la apelación. Cómo indicamos al principio del artículo, la carta de invitación forma parte de los requisitos que debes cumplir si quieres venir a España como turista, y es uno de los principales. Puedes ver nuestro artículo de Requisitos para Entrar a España como turista en el 2024 para que tengas garantía de que cuentas con todos, y no tengas inconvenientes a la hora de entrar a país. ¿Tienes dudas? ¡Reserva tu asesoría y comienza un proceso migratorio exitoso! Varias modalidades Online vía Zoom Presencial en nuestra oficina en Madrid RESERVAR AMS Abogados contacto@amsabogados.com

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Nacionalidad Española por Residencia 2024

Obtener la nacionalidad española es un sueño para muchos, y una de las formas más comunes de lograrlo es a través de una residencia en España. La ley española exige que la persona haya vivido legalmente en España durante diez años de manera continuada e inmediatamente anterior a la solicitud. Sin embargo, hay ciertas excepciones donde este período se reduce, que las explicamos a continuación. Períodos Reducidos: Cinco años de residencia: Para aquellas personas que han obtenido el estatus de refugiado en España. Dos años de residencia: Para ciudadanos de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial o Portugal. Un año de residencia: En diversas situaciones, como: Estar casado con un ciudadano español por al menos un año. Ser hijo de español de origen, aunque hayan nacido fuera de España. Ser viudo o viuda de un español, siempre y cuando no estuvieran separados al momento del fallecimiento. Personas nacidas en España, que no tienen la nacionalidad española. Requisitos para los casos de 10, 5 o 2 años de residencia: Además del tiempo de residencia, el solicitante debe demostrar buena conducta cívica y un suficiente grado de integración en la sociedad española. Esto puede incluir pruebas de idioma y conocimientos sobre la cultura y la sociedad española. Prueba CCSE (Prueba de Conocimientos constitucionales y socioculturales de España) Prueba DELE (Diploma Oficial de Español como Lengua Extranjera): Este requisito es solo para las personas cuyo idioma natal no sea el español. Certificado de antecedentes penales apostillados del país o los países donde hayas residido en los últimos 5 años. Si no has vivido en tu país de origen durante este tiempo, existe la posibilidad de que te los soliciten. Certificado de antecedentes penales de España. Pasaporte vigente. Volante de empadronamiento. Certificado de nacimiento legalizado y apostillado del solicitante. Requisitos para los casos en los que se requiere 1 año de residencia: Para los supuestos donde se puede solicitar la nacionalidad con 1 año de residencia debes presentar como requisitos todos los mencionados anteriormente y los siguientes, según cada caso: Cónyuges de español: Partida literal del matrimonio (que debe estar registrado en España). Partida literal de nacimiento del español. DNI del español. Volante de empadronamiento en conjunto. Hijo de un español de origen con 1 año de residencia: La partida de nacimiento del padre o madre español/a. ¿Dónde Presentar la Solicitud? La solicitud se presenta siempre ante el Ministerio de Justicia, y puede hacerlo cualquier persona que cumpla con los requisitos y tenga certificado digital en la página web que corresponda, o a través de terceros autorizados, como Abogados o Gestores colegiados, que se encarguen de que el expediente cuente con la documentación correcta y así evitar retrasos. Obtener la nacionalidad española por residencia puede ser un proceso largo, pero existen diversas vías que pueden facilitarlo, y esto dependerá de la situación personal de cada individuo. Con la documentación adecuada y cumpliendo los requisitos establecidos, este sueño puede convertirse en realidad para muchos residentes en España. ¿Tienes dudas? ¡Reserva tu asesoría y comienza un proceso migratorio exitoso! Varias modalidades Online vía Zoom Presencial en nuestra oficina en Madrid RESERVAR AMS Abogados contacto@amsabogados.com

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Preguntas frecuentes sobre Nacionalidad Española por Ley de Nietos al Consulado General de España en Chile

Con la Ley de Memoria Democrática (Ley de Nietos), España ha abierto una ventana de oportunidad para todas las personas cuyos padres y abuelos fueron españoles de origen de conseguir su nacionalidad española. Este proceso ha significado la movilización de decenas de miles de solicitantes a los Consulados de España en todo el mundo para poder presentar su solicitud, para lo cual tienen hasta octubre de 2025. En esta oportunidad, te traemos las preguntas más frecuentes recibidas por el Consulado General de España en Santiago de Chile y las respuestas que dieron. 1. ¿Puedo presentar certificados de nacimiento en extracto expedidos online por el Registro Civil chileno o por otro Registro Civil extranjero? No, para trámites ante el Consulado General de España en Santiago, los certificados de nacimiento no españoles deben presentarse como Partida Literal, que además debe estar apostillada. Debes saber que el Registro Civil chileno no expide partidas literales electrónicamente, por lo que debes solicitarla presencialmente. A modo de ejemplo te dejamos imágenes de certificados chilenos para su mejor comprensión: 2. Si he nacido fuera de Chile o España y voy a presentar mi solicitud en este Consulado, ¿qué documentos debo aportar? Debes aportar los documentos que el Consulado General de España correspondiente a tu lugar de nacimiento haya publicado en su página web. Recuerda que en estos casos deberás traer tu expediente en tres juegos idénticos (original y dos copias simples del mismo). 3. ¿Puede presentar mi solicitud de nacionalidad española un tercero mediante poder? ¿Puedo presentar mi solicitud ante un Consulado Honorario? No, debes presentarla personalmente como interesado ante el Registro Civil o Consulado español correspondiente a su residencia habitual. Así mismo, los Consulados Honorarios no recibirán solicitudes de nacionalidad conforme a la Ley de Memoria Democrática. 4. ¿Qué vigencia deben tener los certificados que se requieren para mi trámite? El Consulado General de España en Santiago de Chile admitirá a trámite los certificados de nacimiento, tanto españoles como extranjeros, con una antigüedad máxima de un año. Sin embargo, para aquellas solicitudes que deban remitirse a otro Registro Civil o Consulado, deberás informarte de la vigencia en la web del Consulado o Registro correspondiente, pues puede variar. 5. ¿Cuál es el plazo estimado que tarda mi solicitud de nacionalidad española en ser resuelta? No existen plazos estimados, pues depende de la cantidad de solicitudes que se reciban. El Consulado de España en Santiago cuenta con recursos limitados, por lo que cada solicitud será tratada en estricto orden de ingreso; en consecuencia, ten en cuenta que los plazos pueden ser muy prolongados. Preguntas sobre el ANEXO I 1. ¿Qué significa que mi padre/madre/abuelo/abuela «hubiera sido originariamente español»? Significa que fueron españoles de origen, conforme al artículo 17.1 del Código Civil Español el cual establece: “1. Son españoles de origen: a) Los nacidos de padre o madre españoles. b) Los nacidos en España de padres extranjeros si, al menos, uno de ellos hubiera nacido también en España. Se exceptúan los hijos de funcionario diplomático o consular acreditado en España. c) Los nacidos en España de padres extranjeros, si ambos carecieren de nacionalidad o si la legislación de ninguno de ellos atribuye al hijo una nacionalidad. d) Los nacidos en España cuya filiación no resulte determinada. A estos efectos, se presumen nacidos en territorio español los menores de edad cuyo primer lugar conocido de estancia sea territorio español.​” Preguntas sobre ANEXO III 1. Si mi padre/madre obtuvo su nacionalidad española conforme a la Ley de Memoria Histórica (Ley 52/2007) y su nacimiento está inscrito en el Registro Civil del Consulado General en Santiago de Chile, ¿necesito aportar el certificado de nacimiento español de mi padre/madre? No es necesario aportar este certificado porque ya obra en poder del Consulado General. Y si desconoces los datos de tomo, folio y fecha de la opción a la nacionalidad de tu padre/madre, no es necesario que rellenes estos campos en el Anexo III. ​Si, por el contrario, el nacimiento de tu padre o madre fue inscrito en otro Registro Civil español, distinto al del Consulado General en Santiago de Chile, sí es necesario que aportes dicho certificado de nacimiento, expedido en el último año y no es necesario que esté apostillado por tratarse de un documento español.​ 2. ¿Cómo puedo saber en qué Registro Civil español está inscrito mi padre/madre? Tu padre/madre estará inscrito en el Registro Civil que corresponde al lugar de su nacimiento. Por ejemplo, si nació en Venezuela, su nacimiento está inscrito en el Registro Civil del Consulado de España en Caracas. 3. Al presentar mi solicitud de nacionalidad, ¿puedo incluir en ella a mis hijos, o pueden ellos asistir y presentar su solicitud en la misma cita? No. Una vez presentada tu solicitud, sin necesidad de esperar a que esté resuelta, tus hijos, en citas individuales, podrán presentar la suya propia, justificando que la de su padre/madre ha sido ya presentada (se debe aportar copia simple del ANEXO I, II, III o IV, según corresponda, con sello de entrada del Consulado, presentado por el progenitor).​ Con esta última, ya serían todas las preguntas a las que el Consulado General de España en Santiago de Chile ha dado respuesta. Si quedaste con alguna duda o te gustaría que te acompañáramos en todo el proceso para asegurarte de tener toda la documentación necesaria y así evitar retrasos, puedes agendar tu asesoría o escribirnos por correo para conocer nuestros servicios. ¿Tienes dudas? ¡Reserva tu asesoría y comienza un proceso migratorio exitoso! Varias modalidades Online vía Zoom Presencial en nuestra oficina en Madrid RESERVAR AMS Abogados contacto@amsabogados.com

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Ley de Memoria Democrática – Consulado de España en Miami

Si vives en Florida, Carolina del Norte o Georgia y tienes pensado optar a la nacionalidad española por Ley de Nietos (Ley de Memoria Democrática), en este artículo te dejamos las respuestas que ha dado el Consulado a las preguntas más frecuentes acerca de este trámite. 1. ¿Se quedan en el Consulado con los documentos originales? Sí, el Consulado se queda con los documentos originales. De manera que, si quieres mantener tus documentos originales porque los necesitas para otros familiares, tienes la posibilidad de solicitar cita en el Consulado para compulsar los documentos originales, es decir, para que certifiquen los mismos; así el día de la cita presentar, además de los originales, las copias compulsadas, en el Consulado se quedarán con las copias compulsadas y devolverán los originales. Esto no es de aplicación para los expedientes que serán remitidos a otros Consulados como el de Caracas, Santiago de Chile, Buenos Aires, entre otros. Consulte sus páginas oficiales para asegurarse que pueden enviarse copias compulsadas en lugar de los documentos originales. 2. ¿Qué pasa con los bisnietos de españoles? La LMD establece claramente que podrán optar a la nacionalidad española aquellas personas nacidas fuera de España cuyo padre o madre, abuelo o abuela fueran originariamente españoles. De acuerdo con la legislación española en materia de nacionalidad, se considera española la persona nacida de padres españoles independientemente del lugar de nacimiento. Así mismo, se puede ser originariamente español sin haber nacido en España; y también es importante tener en cuenta que no por haber nacido en España se es español. Por ejemplo, si tu bisabuelo nació en Galicia y emigró a Cuba y allí tuvo un hijo (tu abuelo), habrá que demostrar que cuando el abuelo nació en Cuba, su padre (tu bisabuelo) era todavía español y le pudo trasmitir la nacionalidad. Este Consulado no hace recuperaciones de la nacionalidad española de abuelo post-mortem. Solo en caso de que los padres o abuelos del interesado previamente obtengan la nacionalidad en virtud de esta Ley, entonces podrá solicitar la nacionalidad española como nieto o hijo de español de origen. Lamentablemente, si los padres o abuelos han fallecido sin obtener la nacionalidad española, el bisnieto del español de origen no podrá adquirir la nacionalidad beneficiándose de la Ley de Nietos. 3. ¿Qué pasa si he iniciado los trámites en otro Consulado y ahora resido en Florida, Georgia o Carolina del Sur Si ya ha iniciado los trámites en otro consulado, es decir, si ya ha presentado la solicitud, deberá notificar a dicho Consulado (donde lo inició) que ha fijado su residencia en esta demarcación consular suministrando su información personal, dirección, teléfono y correo electrónico. En caso de que el Consulado General de su lugar de nacimiento ya haya decidido sobre su expediente antes de que se cambie de país, deberá solicitar allí su partida de nacimiento para poder darse de alta en el registro de matrícula consular del consulado de España en Miami, ya que no es una gestión que realice este Consulado directamente. Si tan solo ha solicitado cita y se la conceden cuando ya está residiendo en Florida, Georgia o Carolina del Sur, no podrá utilizar la cita en el Consulado de la Habana o de Caracas para venir al Consulado en Miami, deberá iniciar los trámites desde el principio y solicitar cita en el Consulado de España en Miami utilizando el procedimiento establecido en la página web. 4. ¿Quiénes pueden solicitar la nacionalidad en virtud de la Ley de la Memoria Democrática en el Consulado de España en Miami? Aquellas personas que cumplan los requisitos y que residan en Florida, Georgia o Carolina del Sur, sin importar su lugar de nacimiento. Si usted nació en Buenos Aires, por ejemplo, pero reside en Miami, debe presentar su expediente en su lugar de residencia, es decir, en el Consulado de España en Miami. No es necesario que residas legalmente en Miami, solo debe demostrar que vives en uno de estos tres Estados con cualquier documento oficial que pruebe la residencia, por ejemplo, una factura de pago de luz. 5. ¿Qué sucede si resides en Florida, Georgia y Carolina del Sur, pero naciste en otra ciudad o en otro país? Las personas que residen en Florida, Georgia o Carolina del Sur pueden presentar la solicitud de nacionalidad en el Consulado de España en Miami. Sin embargo, una vez que se reciban sus expedientes, el Consulado los mandará al Consulado de España de su lugar de nacimiento porque es el Cónsul de ese lugar el funcionario competente para decidir sobre su solicitud y si le corresponde o no la nacionalidad. Por eso, cuando el solicitante haya nacido en otro lugar que no sea Florida, Georgia o Carolina del Sur, deberá además presentar los documentos que se les exigen a los nacidos en otros países. Una vez que el Consulado de tu lugar de nacimiento resuelva favorablemente el expediente, mandará la partida de nacimiento al Consulado General de España en Miami y ellos se encargarán de remitirte la partida de nacimiento vía correo postal a la dirección que proporcionaste en el momento de presentar tu solicitud. Si cambiaste de dirección, debes comunicarte con el Consulado al correo cog.miami@maec.es diciendo que el cambio de dirección es referente al trámite de la Ley de la Memoria Democrática. 6. ¿Se necesita demostrar cual era el estado civil de los padres al momento del nacimiento del solicitante de la nacionalidad? El Consulado de España en Miami no exige esto para los solicitantes nacidos en Florida, Georgia o Carolina del Sur. Por su parte, el Consulado de España en la Habana ha informado de que ya NO es obligatorio presentar los documentos relativos al estado civil de los progenitores para poder optar por la LMD. Para otras personas nacidas fuera de Florida, Georgia o Carolina Del Sur se recomienda que consulte la página web del Consulado Español situado en su lugar de nacimiento. 7. ¿Hay que renunciar a la nacionalidad o nacionalidades anteriores para poder solicitar la nacionalidad española por

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¿Cómo conseguir antecedentes penales apostillados de Venezuela?

Para los venezolanos migrantes, un documento que suelen pedir para muchísimos trámites de residencia o nacionalidad en los países a los que llegan suelen ser los antecedentes penales apostillados y, en España, además deben tener menos de tres meses de vigencia. Esto suele ser motivo de angustia para muchas personas, por las complicaciones de tiempo que suele ameritar un trámite de apostilla en Venezuela, sin embargo, para los antecedentes penales este no es el caso pues todo el proceso se realiza de forma electrónica. Los venezolanos que necesiten obtener su certificado de antecedentes penales apostillados pueden hacerlo de manera sencilla y gratuita, a través de internet si siguen estos pasos: 1. Entrar a la plataforma de antecedentes penales en este enlace Si no te has registrado, puedes hacerlo en la pestaña que está a la izquierda rellenando el formulario con tus datos. 2. Luego, debes tener en cuenta que sólo puedes solicitar el certificado el día asignado según el terminal de tu cédula, que puedes verificar en esta lista. Ese día debes ingresar, hacer clic en Solicitud y más abajo en “Iniciar Solicitud”. Una vez allí eliges el motivo de la solicitud, en caso de que vayas a pedir nacionalidad por residencia debes seleccionar “Solicitud de Residencia”, y el país para el que necesitas la certificación, verificas que los datos sean correctos, marcas el cuadrito donde dice “He comprobado que los datos son correctos…” y haces clic en registrar. Esperas unos minutos, ya que la página se puede poner lenta, y cuando cargue nuevamente verás un apartado que dice “Certificado de A.P.” donde haces clic en descargar y ya tienes tu certificado. Ojo, ese certificado no está apostillado todavía. Ahora te explicamos los pasos para conseguir su apostilla. ¿Cómo apostillar los antecedentes penales venezolanos? Lo primero es ingresar y registrarte en esta página web  2. Al igual que la anterior, sólo puedes ingresar el día que te toca según el último número de tu cédula. 0 y 1 Lunes  2 y 3 Martes 4 y 5 Miércoles 6 y 7 Jueves 8 y 9 Viernes 0,1,2,3,4 Sábado 5,6,7,8 y 9 Domingo 3. Una vez que ingresas, debes seleccionar la pestaña de “Documentos” y luego hacer clic en la opción agregar que está arriba a la izquierda. Seleccionas el titular, el país de destino y en categoría debes seleccionar la opción que dice “Legal”, la subcategoría es “Judicial” y el Documento Público es “Certificación de Antecedentes Penales”. Por último, agregas el “Número de Certificación” que es el que aparece en la parte de abajo del documento, y su fecha de expedición. ¿Tienes dudas? ¡Reserva tu asesoría y comienza un proceso migratorio exitoso! Varias modalidades Online vía Zoom Presencial en nuestra oficina en Madrid RESERVAR Para terminar, debes hacer clic en “Registrar” y en 10 días hábiles deberías recibir tus antecedentes penales apostillados en tu correo. Si no los recibieras, revisa la carpeta de Spam o correo no deseado, y si no está allí, puedes ingresar al sistema de apostilla y descargarlos directamente. Como puedes ver, este es un proceso sumamente sencillo cuando sabes cómo hacerlo paso por paso. Sin embargo, si los trámites no son lo tuyo o quieres ahorrar tiempo, al contratar cualquier trámite con nosotros donde necesites tus antecedentes penales (como la Solicitud de Nacionalidad Española por Residencia, un Visado de Estudios, una Visa No Lucrativa o cualquiera de las Residencias por Arraigo), ¡nosotros lo hacemos por ti sin ningún costo adicional! https://www.youtube.com/watch?v=qaFooGf3kV0 AMS Abogados contacto@amsabogados.com

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Preguntas Frecuentes sobre la Ley de Nietos (Ley de Memoria Democrática) al Consulado General de España en Caracas, Venezuela.

En este artículo te dejamos las respuestas del Consulado General en Caracas a las preguntas más frecuentes en relación al trámite de solicitud de nacionalidad española por Ley de Nietos (Ley de Memoria Democrática). Ten en cuenta que, si naciste en Venezuela, pero vives en otro país, debes presentar la solicitud en el Consulado General de España del país de tu residencia y ellos se encargarán de remitirlo a Caracas, que será el Consulado encargado de revisarlo y resolverlo, por lo que deberás cumplir con los requisitos exigidos por este último. Sin más que agregar, vamos con las preguntas y sus respuestas: 1. ¿Cuánto tiempo se tardan en resolver los expedientes? Como referencia, se dará respuesta pasados ocho meses, pero puede variar. 2. ¿Por qué algunos casos tardan más que otros? El plazo de resolución de cada caso depende de varios factores: que los documentos estén completos, legibles, cumplan con la vigencia requerida, así como otras circunstancias como la carga de trabajo del Consulado. Algunos expedientes contienen documentos que se someten a verificación o a consulta de otras autoridades, y estos procedimientos tardan tiempo en completarse. 3. Si presenté el expediente incompleto (me faltaba un documento o una apostilla), ¿puedo pedir una cita para introducirlo en mi expediente? Sólo se podrá completar el expediente cuando el Consulado te contacte para ello. Para evitar retrasos innecesarios se recomienda presentar el expediente sólo cuando esté completo. 4. ¿Se dará respuesta a todos los expedientes? Sí, se responderá a todos los expedientes presentados antes del 22 de octubre de 2024, en el entendido de que la respuesta puede ser de forma positiva o negativa. 5. ¿Pueden darme información sobre cómo va mi caso? Si no has recibido respuesta, tu caso sigue en tramitación, por lo que no te darán información sobre el proceso. Recuerda que, aunque escribas varios correos electrónicos o pidas citas para seguir preguntando sobre el estado de tramitación, no se te puede dar una información diferente. 6. ¿Cuántos casos se han resuelto ya? Para el 06 de octubre de 2023, se habían resuelto más de 1.500 casos favorables. 7. ¿Qué sucede con los casos presentados en los Consulados de España en otros países y que tienen que ser remitidos al Consulado General en Caracas? Esos casos llevan más tiempo, porque a la tramitación se suma el traslado de un país a otro. No obstante, ya se han remitido resoluciones positivas a varios Consulados españoles fuera de Venezuela. 8. ¿Si no tengo la partida de nacimiento o de la cédula de identidad de algún familiar, se pueden entregar los “datos filiatorios” como sustituto? ¿Hay que apostillarlos? La Instrucción de 25 de octubre de 2022, recoge la presentación de la partida de nacimiento del interesado y de la línea española como uno de los requisitos a cumplir. No obstante, si no se dispone de la partida de nacimiento, el interesado puede aportar el certificado venezolano de datos filiatorios para su valoración, pero ha de ser consciente de que no está cumpliendo todos los requisitos de la Instrucción para poder tramitar su solicitud, pues el certificado de datos filiatorios no es un documento concluyente, por lo que, es posible que sea requerido o denegado por no contar con la partida de nacimiento. No hay que apostillarlo. 9. Si no se ubica algún documento en el registro civil, ¿puede sustituirse por documentos eclesiásticos? Si, la Instrucción de 25 de octubre de 2022, señala lo siguiente: “Las certificaciones registrales españolas a que se refiere este apartado podrán solicitarse, a partir de la fecha de entrada en vigor de la disposición adicional octava, mediante el propio modelo normalizado de solicitud de certificación literal de nacimiento (anexo VI) dirigido al Encargado de la Oficina del Registro Civil correspondiente, o por vía telemática a través de la web del Ministerio de Justicia www.mjusticia.es haciendo constar expresamente que la certificación se solicita a los efectos de ejercicio del derecho de opción previsto en la Ley 20/2022”. En los casos en que no exista inscripción de nacimiento de los padres o abuelos, puedes aportar la partida de bautismo del archivo parroquial o diocesano, junto con el Certificado Negativo de Inscripción de Nacimiento emitido por el Registro correspondiente. 10. Los documentos compulsados por el Consulado General de España en Caracas, ¿tienen la misma validez que el documento original en los expedientes? A la inversa, compulsados en cualquier otro Consulado de España de otro país, ¿sirven en Venezuela? La respuesta a las dos preguntas es: sí, tienen la misma validez. No obstante, recuerda que hay documentos que obligatoriamente deben presentarse en original, como la partida de nacimiento apostillada del solicitante. 11. Si el antepasado nacido en España tenía dos o más nombres, pero en Venezuela sólo usaba el primer nombre, ¿habría que subsanar los documentos donde aparecen con un sólo nombre? Y si usaba alguno de los otros nombres, ¿habría que subsanar? Los documentos venezolanos deben recoger los nombres y apellidos legalmente registrados en la partida de nacimiento española de ese antepasado. 12. Los cambios de letras en los nombres plasmados en las actas de nacimiento, matrimonio o defunción, en específico las letras “S” por “Z”, “I” por “Y”, y “L” por “R”, o a la inversa, ¿Son aceptados en los documentos que conforman los expedientes? ¿Las omisiones de las letras “S” o “Z”? Los documentos venezolanos deben recoger los nombres y apellidos legalmente registrados en la partida de nacimiento española, aunque en función de cada caso pueden disculparse modificaciones ortográficas frecuentes. 13. En el caso de los padres/abuelos que no sean de la línea española, ¿es necesario la subsanación de alguna omisión u error en algún dato de sus documentos, aunque no sea relevante para su identificación? Los documentos venezolanos (u otros) de los progenitores de los solicitantes que no sean de la línea española deben recoger los nombres y apellidos legalmente registrados. 14. Para el caso de los que optan por el/los abuelo/s originariamente español/es, nacido/s en Venezuela, supuesto 1B, ¿qué partidas de nacimiento deben estar apostilladas? Si el

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Ciudadanos Comunitarios: Trae a tus familiares

¿Qué es la Tarjeta de Residencia de Familiar de Ciudadano Comunitario y cómo conseguirla? Si tienes nacionalidad europea, tienes derecho a vivir en España y traer contigo a tus familiares, siempre que cumplas distintas condiciones. En este artículo te explicaremos todo lo que necesitarás para que tu esposa o pareja de hecho, tus hijos, tus padres, tus suegros y otros familiares puedan obtener un permiso de residencia y trabajo en España de hasta 5 años. Este tipo de residencia se encuentra regulado por la Directiva 2004/38/CE del Parlamento Europeo y del Consejo y el Real Decreto 240/2007 sobre la entrada, libre circulación y residencia en España de los ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea y de otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo. Es decir, que es de aplicación para los familiares de los ciudadanos que tengan la nacionalidad de alguno de los países de la siguiente lista: Alemania Austria Bélgica Bulgaria Chipre Croacia Dinamarca Eslovaquia Eslovenia España Estonia  Finlandia Francia Grecia Hungría Irlanda Islandia Italia Letonia Liechtenstein* Lituania Luxemburgo Malta Noruega Países Bajos Polonia Portugal República Checa Rumanía Suecia Suiza** * Estados parte en el Acuerdo Sobre el Espacio Económico Europeo.** Acuerdo de 21 de junio de 1999, entre la Comunidad Europea y la Confederación Suiza, sobre libre circulación de personal. Preparación previa Obtener Certificado de Registro de Ciudadano de la UE. Lo primero que tienes que saber es que, para poder conseguir residencia para tus familiares, debes inscribirte como residente europeo en España y obtener tu certificado de registro, también conocido como tarjeta verde o NIE verde.  Una vez que te hayas inscrito, y tengas tu certificado de registro, se puede realizar la solicitud de residencia para tus familiares, ahora vamos a explicarte cómo y dónde presentar la solicitud y los requisitos para cada caso. ¿Cómo solicitar la Residencia de Familiar de Comunitario? La Tarjeta de Familiar de Comunitario debe ser solicitada por el familiar interesado en la oficina de extranjería de la Comunidad Autónoma donde se encuentre residenciado junto al ciudadano europeo y se puede realizar de forma  telemática a través de abogados o gestores, o de forma presencial con cita previa, siendo esta última la menos recomendada, pues no solo es difícil conseguir la cita, sino que debes llevar todos los documentos en físico y la oficina de extranjería deberá digitalizarlo, lo que hace que se retrasen los tiempos de respuesta. ¿Quiénes pueden pedir la residencia de familiar de comunitario en España? Los familiares que pueden obtener un permiso de residencia son: El cónyuge, pareja de hecho registrada o pareja no registrada del ciudadano comunitario. Sus hijos menores de edad y mayores de edad que estén a su cargo. Los padres y suegros siempre que dependan del ciudadano comunitario. Y, por último, hermanos, tíos, primos y sobrinos que puedan demostrar que dependen del ciudadano comunitario. Requisitos Antes de empezar a explicar cada caso, debes saber que para todos ellos serán necesarios: El pasaporte del solicitante, que debe estar vigente y tener su sello de entrada en España o en la Unión Europea, es decir, no importa si llega por cualquier otro país de la Unión. Rellenar el formulario de solicitud EX19. Una póliza de Seguro de Salud Privado que sea sin copagos ni carencias, o en el caso del cónyuge e hijos, presentar la afiliación a la Seguridad Social del comunitario para luego asociarlos. Certificado de empadronamiento donde se demuestre que el solicitante vive junto al ciudadano UE. Demostrar que el ciudadano de la UE posee medios económicos suficientes para cubrir los gastos del familiar que solicita la residencia, esto se puede demostrar con estados de cuenta con al menos 12.000€ o su equivalente en otra moneda; o con un contrato de trabajo en España donde la remuneración sea al menos por el salario mínimo, el cual es de 1.134€ ahorita en 2024. Teniendo esto claro, vamos a explicar, caso por caso, los documentos necesarios y la vigencia que debe tener cada uno para realizar la solicitud. 1. Cónyuge y pareja de hecho Para demostrar el vínculo es necesario el certificado de matrimonio o de pareja de hecho con menos de tres meses de su emisión. Es importante entender que si el matrimonio o pareja de hecho se hizo fuera de la Unión Europea y tienes el certificado apostillado, pero no se ha registrado en el país de la nacionalidad del ciudadano europeo, este no se considera válido para este supuesto y por tanto no se debe aplicar como cónyuge sino como pareja de hecho no registrada. Sin embargo, para los nacionales de Alemania, Austria, Bélgica, República Checa, Chipre, Finlandia, Irlanda, Islandia, Luxemburgo, Noruega, Países Bajos y Suecia no requieren la inscripción del matrimonio en el Registro Nacional o equivalente del país para que se considere válido, por lo que se podrá aportar el Certificado de Matrimonio del país del ciudadano extracomunitario o el Certificado de Matrimonio del país de celebración del mismo. Adicionalmente, la principal ventaja de hacer la solicitud por esta vía es que, después de iniciada y recibida la entrada a trámite, tu cónyuge o pareja registrada podrá solicitar su número de seguridad social y empezar a trabajar de forma legal en España a pesar de no haber recibido la resolución. 2. Pareja de hecho no registrada Es un concepto que puede resultar confuso, pero se refiere a una forma de solicitar esta residencia demostrando que la pareja tiene al menos un año de convivencia previo a la solicitud, esto puede probarse con el certificado de empadronamiento si se conocieron en España, certificados de residencia si vienen juntos desde el extranjero, contratos de alquiler, transferencias entre ambos, cualquier gasto que hagas en favor de tu pareja, boletos de viajes, reservas de hotel, entre otros. En el caso de que tengan el certificado de matrimonio o pareja de hecho extranjera apostillado, este documento sería una prueba muy importante para demostrar la existencia de la relación, así como los certificados de nacimiento de hijos en común, si

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Regularización en Francia de “sans papiers”

Francia ha sido históricamente un destino para inmigrantes de diversas partes del mundo, muchas personas llegan al país de manera regular y por diferentes razones permanecen en el tiempo en situación migratoria irregular. Es importante saber que existen vías legales y programas que permiten a los inmigrantes sin papeles regularizar su situación en el país, y estas normas han sido reformadas por la nueva ley en la materia, aprobada el pasado mes de enero. Una de las principales vías de regularización en Francia es a través del empleo. La legislación francesa permite que los trabajadores puedan solicitar la regularización de su estatus si pueden demostrar que han estado empleados durante un período determinado. Este proceso evalúa la integración del solicitante en la sociedad francesa, y también requiere la presentación de pruebas de empleo, como contratos de trabajo,   comprobantes de pago, declaraciones de impuestos, así como la intervención del empleador, quien debe solicitar el permiso de residencia para el trabajador. Encontramos adicionalmente, la reunificación familiar como otra posibilidad para la regularización de personas sin papeles en Francia. Aquellos que tienen familiares directos que son ciudadanos franceses o residentes legales pueden solicitar se regularice su situación basada en los lazos familiares. Estas solicitudes se fundamentan en el derecho a la vida familiar, protegido por las leyes francesas y europeas. Es un proceso que amerita la presentación de documentación que pruebe la relación y vínculo familiar, así como la situación legal del familiar en Francia. En todo caso la integración a la sociedad francesa es un elemento fundamental para estas solicitudes, por lo que, las autoridades francesas tendrán en consideración aspectos como el tiempo de permanencia en el país, el grado de adaptación cultural y social, y la participación en la vida comunitaria; y van a evaluar también el compromiso del individuo con la sociedad francesa y su contribución a la comunidad. Por su parte, los solicitantes pueden demostrar su integración a través de la participación en asociaciones, cursos de idioma y empleo. AMS Abogados contacto@amsabogados.com

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Estudios Universitarios en Francia en 2024

Elegir Francia como destino para estudios universitarios es una decisión que ofrece múltiples beneficios, especialmente para latinoamericanos. Francia es reconocida por su excelente sistema educativo y las oportunidades únicas que ofrece a los estudiantes internacionales. Las universidades y grandes escuelas francesas, como la Sorbona, Sciences Po y HEC Paris, están altamente valoradas por su calidad educativa y su investigación avanzada. Así mismo, los títulos obtenidos en Francia son respetados mundialmente, facilitando la inserción en el mercado laboral no solo en Francia, sino a nivel internacional. El sistema educativo francés ofrece una amplia gama de programas académicos en diversos campos, desde las ciencias y la ingeniería hasta las humanidades y las artes, siendo las principales ciudades estudiantiles París, Lyon, Toulouse, Marsella y Lille. Además, muchas universidades francesas ofrecen programas en inglés, lo que puede ser ventajoso para los estudiantes latinoamericanos que no dominan el francés. Por otra parte, las tasas de matrícula en las universidades públicas francesas son relativamente bajas debido a los subsidios del gobierno; y, existen numerosas becas disponibles para estudiantes internacionales, incluidas las ofrecidas por el gobierno francés, como las becas Eiffel, y por diversas instituciones y organizaciones. Francia ofrece una experiencia incomparable para los estudiantes, quienes tienen la oportunidad de vivir en un país con una rica herencia histórica, cultural y artística; pueden interactuar con compañeros de diferentes culturas y orígenes, lo que enriquece su experiencia educativa y personal; igualmente, la ubicación geográfica del país, situado en el corazón de Europa, ofrece una excelente conectividad con otros países europeos, permitiendo a los estudiantes viajar fácilmente y a bajo costo a otros destinos durante sus estudios, y esta movilidad resulta beneficiosa para aquellos que deseen realizar prácticas o intercambios en otros países europeos. Además, vivir y estudiar en Francia es una excelente oportunidad para aprender o perfeccionar el idioma francés, y dominar este idioma puede abrir muchas puertas en el ámbito profesional, especialmente en organizaciones internacionales y empresas multinacionales. Para obtener una visa de estudiante, primero, el extranjero debe ser aceptado en una institución educativa francesa, luego debe presentar la solicitud de visa en la Embajada o Consulado francés en su país de origen, proporcionando documentación que incluya prueba de aceptación en una institución educativa, prueba de solvencia económica para cubrir los gastos durante su estancia, seguro médico y, en algunos casos, comprobante de alojamiento. El proceso también puede incluir una entrevista y, si se aprueba, los estudiantes recibirán una visa de estudiante que les permitirá residir y estudiar en Francia durante el período de su programa académico. AMS Abogados contacto@amsabogados.com

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literal de nacimiento de mi abuelo español

¿Cómo obtener la literal de nacimiento de mi abuelo/a Español?

El requisito principal para solicitar la nacionalidad española mediante la Ley de Memoria Democrática (Ley de Nietos) es la literal de nacimiento española de tu familiar (abuelo, abuela, madre o padre). Con nuestra experiencia brindando este servicio, hemos notado que muchas personas no disponen de este documento, y una gran parte de ellas desconoce que es posible solicitar la partida literal de nacimiento del familiar con ciertos datos específicos, aunque no cuente con una copia anterior. Por diversos motivos, entre finales del siglo XIX y la década de 1960, hubo una gran migración de ciudadanos españoles a diferentes partes del mundo, especialmente a América Latina. Dado que ha pasado tanto tiempo, muchos de sus descendientes han perdido esta documentación o la conservan en muy mal estado. Es por esto que te explicamos que sí existe posibilidad de solicitar este certificado de nacimiento y cómo hacerlo. ¿Qué es la literal de nacimiento? La literal de nacimiento española es el documento emitido por el Registro Civil que certifica el hecho del nacimiento, incluyendo la fecha, hora y lugar donde se produjo, así como la identidad, el sexo y, en su caso, la filiación de la persona registrada. ¿Qué datos debes disponer para solicitar la literal de nacimiento de tu familiar? Nombre completo del ciudadano español. Fecha exacta de nacimiento (día/mes/año). Lugar exacto de nacimiento (Localidad y Provincia). Nombre completo de los padres del inscrito. Estos datos podrás conseguirlos en diversos documentos como partidas de bautismo, actas de matrimonio, registros de hijos del ciudadano español, actas de defunción, entre otros. ¿Cuánto tarda en emitirse? Los plazos para la obtención de los documentos dependen exclusivamente del Registro Civil ante el que se presente la solicitud y de su carga de trabajo. En la práctica, estos plazos pueden variar desde una semana hasta seis meses. El tiempo también varía de acuerdo a la forma de emisión del documento, ya que actualmente la mayoría de las partidas literales las envían en formato digital, pues desde inicios del año 2023, por Ley, se está implementando un sistema denominado DICIREG, por el que se gestiona todo lo relacionado con Registro Civil, y la envían con firma digital del propio Ministerio de Justicia, siendo que tiene la misma validez que una partida emitida en físico con sello y firma.   En el mes de febrero de este año, logramos obtener la partida literal de nacimiento del abuelo de un cliente, que solo contaba con ciertos datos como la ciudad y fecha de nacimiento, y el nombre de los padres. Si bien existen muchos municipios en una misma ciudad, iniciamos solicitando la partida en el Ayuntamiento principal, siendo bastante rápido el proceso, pues en menos de un mes recibimos el documento en formato digital con firma electrónica. ¿Tienes dudas? ¡Reserva tu asesoría y comienza un proceso migratorio exitoso! Varias modalidades Online vía Zoom Presencial en nuestra oficina en Madrid RESERVAR ¿Cómo pido una literal de nacimiento española? Una vez nos proporciones estos datos, nos comunicamos con el Registro Civil para solicitar la literal de nacimiento. Posteriormente, en caso de que sea emitida en formato físico, nos encargamos de enviártela a la dirección que nos indiques, sin importar en qué país te encuentres. Si necesitas la partida literal de nacimiento de tu familiar, puedes escribirnos a contacto@amsabogados.com o contactarnos a través de cualquiera de nuestros medios de comunicación. Recuerda que la Ley de Nietos estará vigente hasta octubre de 2024, con la posibilidad de una prórroga de un año, aunque, hasta la fecha, esta prórroga aún no ha sido aprobada. AMS Abogados contacto@amsabogados.com

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