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Más de 10.000 venezolanos obtienen residencia por razones humanitarias en España en lo que va de 2025

El Ministerio del Interior ha confirmado que entre enero y abril de este año se han concedido 10.996 autorizaciones de residencia por razones humanitarias a ciudadanos venezolanos, consolidando así la vigencia de esta decisión, que sigue planteando una alternativa real para los venezolanos que solicitan Protección Internacional (Asilo) en España. Pese a la reciente entrada en vigor del nuevo Reglamento de Extranjería, recalcamos que este no afecta los procedimientos de Asilo. Así lo reflejan las cifras oficiales: Venezuela lidera ampliamente las resoluciones favorables, muy por encima de la segunda nacionalidad beneficiada, Colombia, que apenas suma 112 concesiones de residencia por razones humanitarias en el mismo periodo. Según el informe publicado por la Dirección General de Protección Internacional, las concesiones por razones humanitarias representan más del 98% de las resoluciones emitidas a ciudadanos venezolanos, y la mayoría de los rechazos se deben a abandonos voluntarios del trámite, incumplimientos de citaciones o antecedentes penales durante el proceso. Estas cifras desmienten rumores alarmistas y reafirman que la solicitud de asilo continúa siendo una opción válida para quienes huyen de la crisis humanitaria que atraviesa Venezuela. A nuestro juicio, no existen señales de que esta tendencia vaya a revertirse en el corto plazo. AMS Abogados contacto@amsabogados.com

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que es la tarjeta roja

¿Qué es la tarjeta roja en España? 2025

La tarjeta roja es uno de los documentos más importantes en el proceso de solicitud de asilo en España. Aunque su nombre no aparece como tal en la ley, popularmente se conoce así por el color del documento, cuya función es acreditar que una persona extranjera se encuentra en trámite de protección internacional. En este artículo te explicamos qué es exactamente la tarjeta roja, cómo se obtiene, qué derechos otorga y qué implicaciones tiene en 2025 para quienes solicitan asilo en España. ¿Qué es la tarjeta roja? La tarjeta roja es el segundo documento provisional que reciben los extranjeros cuya solicitud de asilo fue admitida a trámite, pero aún no ha sido resuelta. El otorgamiento de este documento no implica que el asilo haya sido aprobado, pero permite a la persona permanecer legalmente en España mientras se resuelve su caso, y también habilita el acceso a ciertos derechos, como la atención médica o el permiso de trabajo. Este es un documento que acredita que el extranjero se encuentra en proceso de protección internacional, pero aún no se le ha sido concedido el estatuto de refugiado, de protección subsidiaria o una residencia por razones humanitarias. ¿Quién puede solicitarla? Para poder solicitar la tarjeta roja, se debe pasar por un procedimiento previo, que es el inicio de la solicitud de protección internacional, que podrá hacerla cualquier persona que se encuentre en España y pueda justificar un temor fundado de persecución en su país de origen —por motivos como raza, religión, nacionalidad, orientación sexual, opiniones políticas o pertenencia a un grupo social-. Esta solicitud no está restringida por nacionalidad, y en la práctica, muchas de las personas que solicitan asilo provienen de países en conflicto, con situaciones de violencia generalizada, desastres naturales o crisis humanitarias. Al momento de formalizar la solicitud de protección internacional, el funcionario hace entrega al extranjero de un primer documento, conocido como “hoja blanca”, que tendrá una vigencia de nueve meses. Si al término de este tiempo, aun no tienes respuesta de la solicitud inicial, debes renovar ese documento, y es en ese momento cuando te entregarán la tarjeta roja. ¿Cómo se solicita la tarjeta roja en España? Lo primero es pedir una cita para renovar tu documento como solicitante asilo. Actualmente, conseguir cita puede resultar complicado debido a la alta demanda y a los fraudes en el sistema. En 2025, la mayoría de estas citas se gestionan por internet o directamente en las comisarías de policía. Pero esto dependerá de la Provincia en que te encuentres, por ejemplo, en Madrid, debes ingresar en la página web para “Cita previa extranjería”, escoger la Provincia, y luego seleccionar el trámite que es “Policía – Documento acreditativo solicitante, en tramitación, de Protección Internacional (tarjeta roja). Y luego escoger el día y hora que te permita el sistema. Debes tener en cuenta que la cita puedes tomarla para una fecha que no exceda de un mes antes del vencimiento de la hoja blanca, y también podrá ser para fecha posterior a esta. El día de la cita, debes llevar la “hoja blanca”, tu pasaporte y una foto tipo carnet, y saldrás de la Comisaría con la tarjeta roja en mano. ¿Qué derechos tienes con la tarjeta roja? Mientras dure el procedimiento, el solicitante tiene derecho a: No ser devuelto ni expulsado. Atención sanitaria (médico de cabecera y servicios públicos). Asistencia jurídica gratuita. Acceso a servicios sociales y programas de integración. Educación y formación profesional. Acceso a la Seguridad Social. Apertura de cuentas bancarias. Continuar con tu permiso de trabajo. La tarjeta roja, al igual que la hoja blanca, refleja el NIE (Número de Identificación de Extranjero) que permite al solicitante acceder a estos servicios como cualquier otra persona en España. ¿Se puede viajar fuera de España con la tarjeta roja? Cómo te contamos en nuestro artículo sobre si puedes salir de España siendo solicitante de Asilo, la Tarjeta Roja no es un documento de viaje, al igual que no lo es tu cédula o DNI dependiendo del país del que vengas. Para viajar, es necesario contar con un pasaporte vigente y al ser solicitante de Asilo no existe ninguna limitante o consecuencia por salir del país mientras se está en el proceso. Siempre que la Tarjeta Roja no esta vencida al momento del viaje o venza durante el mismo. ¿Qué ocurre con la tarjeta roja cuando se resuelve la solicitud de asilo? Si se concede el asilo, la protección subsidiaria o una residencia por razones humanitarias, se emite una Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE), y se adquieren plenos derechos de residencia y trabajo. Si se deniega, y la persona considera que la decisión ha sido errónea, podrá ejercer un recurso de reposición o contencioso administrativo, por el contrario, deberá abandonar el país. Residencia por razones humanitarias: ¿qué es? En algunos casos, aunque se deniegue el asilo, el Ministerio del Interior puede otorgar una autorización de residencia temporal por razones humanitarias. Esta figura está pensada para personas que, sin cumplir todos los requisitos para obtener asilo, se encuentran en situaciones de vulnerabilidad extrema o riesgo en su país de origen. Un ejemplo destacado es el caso de los venezolanos: desde 2019, si su solicitud de asilo es denegada, suelen recibir esta residencia de forma automática. Esta residencia se renueva sin necesidad de iniciar un trámite nuevo, solo acudiendo a la toma de huellas. Aunque hasta hace poco se podía cambiar por otro tipo de permiso tras un año, desde mayo de 2025 ya no es posible modificarla directamente debido a cambios en el reglamento. La tarjeta roja es un documento clave para las personas que están en un proceso de protección internacional en España. No solo permite permanecer en el país mientras se resuelve la solicitud, sino que también da acceso a derechos fundamentales como atención médica, asistencia jurídica y, eventualmente, trabajo. ¿Tienes dudas? ¡Reserva tu asesoría y comienza un proceso migratorio exitoso! Varias modalidades Online vía Zoom Presencial en nuestra oficina en Madrid RESERVAR En AMS Abogados, contamos con experiencia

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¿Cuánto tiempo puedo estar fuera de España sin afectar mi solicitud de nacionalidad? ams abogados

¿Cuánto tiempo puedo estar fuera de España sin afectar mi solicitud de nacionalidad?

Si vas a solicitar la nacionalidad española por residencia, debes prestar especial atención a tus salidas del país de forma previa a iniciar el trámite, ya que ausencias prolongadas pueden afectar el cómputo del tiempo de residencia continua que se exige para obtener la nacionalidad. Aunque puedas viajar con tu tarjeta de residencia y pasaporte, estar fuera de España demasiado tiempo podría ser motivo de denegación de tu solicitud. A continuación, te explicamos cuánto tiempo puedes salir de España sin afectar tu solicitud de nacionalidad, dependiendo del tiempo de residencia legal que se exige en tu caso. Tiempo máximo permitido fuera de España según tu tipo de residencia y nacionalidad de origen Dependiendo de los años de residencia legal exigidos para solicitar la nacionalidad, las ausencias fuera de España se evalúan de manera diferente: Si debes cumplir 10 años de residencia legal (caso general) o 5 años (refugiados). En este caso no puedes ausentarte más de 6 meses seguidos en ningún momento de esos años. Si excedes este límite, podrías perder la posibilidad de solicitar la nacionalidad. Si puedes solicitar la nacionalidad con 1 o 2 años de residencia legal (qué es el caso de los nacionales iberoamericanos o de los cónyuges de españoles), no puedes ausentarte más de 3 meses por cada año, en ningún momento de ese período. Exceder este tiempo podría generar problemas en la concesión de tu nacionalidad. ¿Qué pasa si tengo muchas salidas cortas? Aunque la norma solo habla de salidas continuadas, tener muchas salidas acumuladas (aunque cada una sea menor al límite establecido) puede ser visto negativamente por el Ministerio de Justicia. El criterio sobre el tiempo fuera de España puede cambiar con el tiempo, por lo que es recomendable minimizar tus ausencias lo máximo que puedas. ¿Cómo se interpreta la «residencia continuada»? El concepto de «residencia continuada» ha sido aclarado por la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública (DGSJFP), y actualmente las ausencias se analizan de manera más flexible: Ejemplo para quienes deben acreditar 10 años de residencia: Antes, si estuviste 3 meses fuera en 2014 y 4 meses en 2015, la suma daba 7 meses y tu nacionalidad podía ser denegada. Ahora, solo se toma en cuenta la ausencia más larga (4 meses), permitiendo la solicitud si ninguna ausencia supera los 6 meses seguidos. Ejemplo para quienes pueden solicitar la nacionalidad a los 2 años: Si estuviste 2 meses fuera en 2018 y 1 mes en 2019, antes estos períodos podían sumarse. Ahora, se considera cada ausencia individualmente, permitiendo la solicitud si ninguna supera los 3 meses seguidos. Entonces, ¿Cuánto tiempo puedo estar fuera de España? Si debes residir 10 o 5 años antes de solicitar la nacionalidad, no debes salir más de 6 meses seguidos. Si puedes solicitarla con 1 o 2 años, no puedes salir más de 3 meses seguidos en cada año. Evita tener muchas salidas cortas que sumen demasiado tiempo fuera de España. Siempre consulta antes de salir por períodos largos, ya que la interpretación de la norma puede cambiar. ¿Tienes dudas? ¡Reserva tu asesoría y comienza un proceso migratorio exitoso! Varias modalidades Online vía Zoom Presencial en nuestra oficina en Madrid RESERVAR Si quieres más información sobre la nacionalidad española por residencia y los requisitos específicos para tu caso, te invitamos a leer nuestro artículo completo sobre la «Nacionalidad Española por Residencia»  donde ampliamos más la información. AMS Abogados contacto@amsabogados.com

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¿Puedo solicitar el visado de estudios siendo turista en España? ams abogados

¿Puedo solicitar el visado de estudios siendo turista en España? 2025

España se ha convertido en uno de los destinos favoritos para quienes desean empezar o continuar sus estudios, y no es para menos: universidades reconocidas, gran variedad de programas académicos y una calidad de vida que atrae a estudiantes de todo el mundo. Pero ¿qué pasa si llegaste a España como turista y luego decidiste que quieres estudiar aquí? ¿Es posible gestionar una autorización de estancia por estudios sin regresar a tu país? La respuesta es sí, pero con condiciones claras que debes cumplir. ¿Puedo solicitar la estancia por estudios si entré como turista? Sí, puedes hacerlo, pero hay que tener en cuenta dos aspectos fundamentales: El tiempo en que presentas tu solicitud. El tipo de estudios que vas a realizar. El nuevo Reglamento de Extranjería, que entrará en vigor este 20 de mayo de 2025, establece normas más precisas sobre quiénes pueden solicitar esta autorización desde dentro de España. ¿Cuándo debo presentar la solicitud? Hay dos plazos importantes que no puedes pasar por alto: Primero, debes hacer tu solicitud en los primeros 30 días de estancia legal de turista en España. Segundo, la solicitud debe hacerse con al menos dos meses de antelación al inicio de los estudios. Si no respetas estos plazos, tu solicitud puede ser rechazada sin posibilidad de subsanación mediante recurso administrativo o judicial. ¿Qué estudios me permiten solicitar la tarjeta de estudiante desde España? Aunque la ley prevé distintos tipos de estudios para obtener la autorización, solo algunos son válidos si estás en España como turista: Estudios universitarios (Grados, Másteres, Doctorados). Especializaciones en el ámbito sanitario. Formación que conduzca a una certificación técnica o habilitación profesional completa. Otras formaciones como cursos de idiomas, voluntariados, o certificados profesionales no se pueden solicitar desde España si estás con una estancia de corta duración. Requisitos para obtener un permiso de estudios: Si ya tienes claro que tu programa académico es válido y estás dentro del plazo legal, debes cumplir con los siguientes requisitos: Estar admitido en un centro de estudios autorizado, ya sea público o privado. Disponer de medios económicos suficientes: al menos el 100% del IPREM mensual , que en 2025 equivale a 600 euros al mes. Contar con un seguro médico público o privado que cubra toda la estancia y ofrezca las mismas coberturas que a un ciudadano español. Si tu estancia por estudios en España es superior a seis meses, también necesitarás: Un certificado médico que acredite que no padeces enfermedades que puedan afectar a la salud pública. Un certificado de antecedentes penales (si eres mayor de edad). ¿Dónde y cómo se presenta la solicitud? La autorización de estancia por estudios se solicita en la Oficina de Extranjería correspondiente a tu lugar de residencia o al centro de estudios. Puedes presentarla: Personalmente de forma presencial. Por vía electrónica, a través de la plataforma Mercurio, de forma personal o a través de abogados. Una vez presentada, la Oficina evaluará tu caso y emitirá una resolución: Si la resolución es favorable, deberás acudir a la comisaría de policía para obtener tu tarjeta física (TIE). Si es desfavorable, podrás presentar un recurso para intentar corregir el problema, siempre que el error sea subsanable. ¿Tienes dudas? ¡Reserva tu asesoría y comienza un proceso migratorio exitoso! Varias modalidades Online vía Zoom Presencial en nuestra oficina en Madrid RESERVAR ¿Dónde y cómo se presenta la solicitud? En AMS Abogados te acompañamos durante todo el proceso para que puedas presentar tu solicitud correctamente y sin errores. Si estás en España como turista y quieres quedarte a estudiar, es fundamental planificar bien los tiempos y cumplir con todos los requisitos. Escríbenos y te asesoramos paso a paso para que puedas continuar con tus estudios. Migrar es cosa seria AMS Abogados contacto@amsabogados.com

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¿Qué pasa si la policía me detiene sin papales en España ams abogados

¿Qué pasa si la policía me detiene sin papales en España?

Si eres inmigrante y estás en España sin papeles, es normal sentir temor ante un posible control policial. Pero tranquilo, que en este artículo te explicamos qué puede pasar si te detiene la policía en la calle y cómo deberías actuar. ¿Qué ocurre si la policía me para y no tengo documentos? Lo primero que debes saber es que, en España, si la policía te detiene en la vía pública, estás obligado a identificarte. Sin embargo, no es común que la policía realice controles o “alcabalas” solo para verificar la regularidad o no de las personas en materia de extranjería. No obstante, en algunos casos si no cuentas con un permiso de residencia o estancia pueden abrirte un expediente sancionador por estar en situación irregular. Esto está contemplado en la Ley de Extranjería, concretamente en el artículo 53.1.a, que considera como infracción grave “carecer de autorización para residir legalmente en España”. Ahora bien, esto no significa que hayas cometido un delito. Es decir, no tendrás antecedentes penales por ello, ya que no está regulado por el Código Penal, sino por una ley administrativa. ¿Me pueden multar o expulsar por no tener papeles? Sí, existe la posibilidad de que te impongan una multa o incluso que se inicie un procedimiento de expulsión. Aunque en años anteriores se optaba más por multas (y en algunos casos ni siquiera se llegaban a imponer), hoy en día, en 2025, se está volviendo a aplicar la multa de manera más frecuente, sobre todo si no existen circunstancias agravantes. Actualmente, esta multa por no tener documentación es de 501 euros. ¿Qué se considera una circunstancia agravante? Hay varios factores que pueden agravar la situación y aumentar la posibilidad de recibir una sanción más severa: No estar empadronado.  Tener antecedentes penales en tu país de origen. O haber cometido algún delito en España. Haber entrado en España de forma irregular (por ejemplo, por mar o frontera terrestre). Haber recibido una multa anterior por la misma situación. Si no hay circunstancias agravantes, es probable que se te imponga una multa administrativa y no una orden de expulsión. Pero todo depende del criterio de la Administración. ¿Cómo debo actuar si me detiene la policía? Aquí algunos consejos importantes: Mantén la calma y coopera: No te pongas nervioso ni trates de huir. Eso solo puede empeorar la situación. Identifícate verbalmente: Di tu nombre, nacionalidad y fecha de nacimiento. Si tienes algún documento de tu país, muéstralo. No mientas sobre tu identidad: Dar datos falsos puede traerte problemas legales adicionales. Pide asistencia legal: Tienes derecho a contactar con un abogado, aunque no tengas papeles. No firmes nada sin entenderlo: Lee cualquier documento que te presenten y, si no entiendes algo, pide un traductor o asesoramiento legal. ¿Y si ya tengo una orden de expulsión? Si ya tienes una orden de expulsión, pero esta aún no se ha ejecutado, todavía podrías regularizar tu situación dependiendo del caso. Sin embargo, si la orden ya fue ejecutada y fuiste expulsado, lamentablemente no podrás regularizarte en el corto plazo, ya que implica una prohibición de entrada nuevamente al país. ¿Tienes dudas? ¡Reserva tu asesoría y comienza un proceso migratorio exitoso! Varias modalidades Online vía Zoom Presencial en nuestra oficina en Madrid RESERVAR ¿Qué puedo hacer para evitar sanciones futuras? La mejor forma de evitar sanciones es iniciar un proceso de regularización cuanto antes. Hay diferentes vías para ello, como el arraigo social, el arraigo laboral o el arraigo familiar, entre otros. En AMS Abogados te ayudamos a analizar tu caso y te acompañamos durante todo el proceso. Migrar es cosa seria AMS Abogados contacto@amsabogados.com

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Bonificación del salario el perverso proceso de des-salarización ams abogados

Bonificación del salario en Venezuela: el perverso proceso de “des-salarización”.

El 1º de mayo y el aumento de salarios en Venezuela El primero de mayo se celebra internacionalmente el Día del Trabajador, que en Venezuela constituye un día feriado o de asueto[1]. Durante la democracia nacida en 1958 era un verdadero día de fiesta en el que se realizaban marchas de trabajadores en las principales ciudades del país, que luego culminaban en verbenas y animadas celebraciones. Tradicionalmente, la efeméride de la tragedia de Chicago de 1886 incluía dos importantes y esperados eventos socio económicos, por una parte, la expresión pública y pacífica de las exigencias por parte de los trabajadores a través de consignas, pancartas, declaraciones y documentos promovidos por la representación sindical (CTV[2]) y, por otro lado, en una suerte de reivindicación y/o respuesta gubernamental se dictaban acuerdos o decretos de aumento del “salario mínimo”. Luego del ascenso de Chávez a la presidencia en 1999, específicamente a partir del año 2002, la fecha se convirtió en una oportunidad de reclamos y rechazo públicos contra el mandatario; seguidamente se comenzaron a producir marchas “por separado” de trabajadores oficialistas y opositores, tiñendo la celebración de un completo tinte político, y llevando a su desaparición en la misma medida en que mermaron las libertades políticas, al punto de que ahora sólo marchan los afines al régimen y se acosa a quienes lo adversan[3]. Sin embargo, se mantuvo en el tiempo la tradición de declarar aumentos de salario en la misma fecha. Bajo el mandato de Chávez y debido al creciente y permanente proceso de inflación y de devaluación del Bolívar, en 2008 se incrementó dos veces el salario mínimo (en enero y mayo), y a partir de allí, tres veces por año, en 2009, 2010, 2011 y 2012. Luego de la muerte de Chávez, y bajo el gobierno de Maduro, ya avanzados en el colapso económico y la crisis institucional, en los años 2013, 2014 y 2015 se decretaron cuatro (4) aumentos salariales cada año, que lamentablemente, resultaron cada vez más disminuidos e insuficientes frente a la exponencial alza de los precios y de la canasta básica, y el iniciado proceso fáctico de dolarización. En el fatídico año 2017, Venezuela vivió la mayor crisis de escasez alimentaria y energética de su historia, con una mega inflación de 2.616%[4], seguida de las astronómicos 65.000% y 20.000% para 2018 y 2019[5], respectivamente; y con una devastadora devaluación de la moneda que se formalizó por medio de la eliminación de cinco (5) ceros en 2018 y seis (6) ceros en 2021. Como corolario, en ese mismo año 2017 se dictaron seis (6) decretos con insignificantes “aumentos” del salario mínimo (en realidad, sólo 5), e inició el proceso de “bonificación”, a través del incremento de la ayuda para alimentación de carácter “no salarial”, denominada “Cestaticket”, que ya desde el año anterior (2016) había superado el monto del salario mínimo, y había comenzado a desplazarlo como principal ingreso.      En 2018 se decretaron siete (7) nuevos “aumentos”, ahora compuestos por incrementos del salario mínimo y del Cestaticket, y hasta tres (3) aumentos anuales en los siguientes 2019, 2020 y 2021; hasta llegar al año 2022 (marzo), cuando se fijó el salario mínimo nacional en ciento treinta bolívares (BS. 130) mensuales, equivalentes para ese momento a 30 dólares mensuales, es decir, a una remuneración de un (1) dólar por día. Luego de allí y hasta este 1º de mayo de 2025, se ha mantenido ese mísero salario mínimo mensual en bolívares (130), pero materialmente desmejorado por motivo de su devaluación, por lo que a la fecha el salario mínimo de los trabajadores venezolanos se ubica en 1,48 dólares mensuales, o 5 centavos de dólar diarios. En su alocución previa al 1° de mayo, Maduro supuestamente incrementó lo que denominó: “ingreso mínimo integral indexado”[6], que en realidad sólo implicó el aumento del “bono de guerra económica”, otro invento que sólo  es percibido por algunos trabajadores del sector público. Por lo que, en definitiva, los trabajadores no han recibido ningún incremento.  Así, durante estos tres últimos años (y ahora el cuarto) el salario mínimo mensual nominalmente congelado en bolívares (Bs. 130) y fácticamente disminuido por la devaluación, se ha constituido en el salario más bajo del mundo. Durante este tiempo, como mágica “solución” a esa grave situación se han creado o inventado, ayudas, bonos y otros pagos, que conforman el “ingreso” de los trabajadores, y que, amén de no aumentar sustancialmente su poder adquisitivo, han venido a formar parte de la crisis social, económica, política y legal que sufre la población, en lo que se ha calificado internacionalmente como una “Crisis humanitaria compleja”, que, más allá de cualquier calificación, muestra sus catastróficos efectos a través de un éxodo migratorio de más de ocho millones de personas, a pesar de no existir una situación bélica ni haberse padecido alguna tragedia natural.   La complejidad de la crisis venezolana y el proceso de des-salarización  El adjetivo de “compleja” incorporado a la denominación de la crisis venezolana, tristemente, resulta adecuado pues obedece a múltiples causas y se manifiesta en graves, diversas y expansivas consecuencias. Esa complejidad también acarrea que estas circunstancias críticas (causas y efectos) resulten de difícil comprensión para los residentes de otros países; especialmente, las más notorias: que el país con las mayores reservas de petróleo del mundo[7] sufra escasez  de gasolina y otros derivados o que, el otrora país receptor de migrantes ahora expulsa a sus hijos por falta de adecuadas condiciones de vida[8]. Más allá de esas evidentes e incomprensibles situaciones, existen otras de muy compleja inteligencia, como la depreciación y devaluación del bolívar, el manejo del  dólar como moneda de uso corriente (cuando el bolívar continúa siendo la moneda oficial), la brecha existente entre el valor del dólar oficial y el paralelo, sueldos que han sido congelados y minimizados desde hace varios años mientras que la inflación continúa su avance, la proliferación de la economía informal, el déficit en la generación de empleo, un parque industrial cada vez más disminuido, la falta de incentivos para el otorgamiento

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¿Terminaste tus estudios en España? Puedes modificar tu estatus y solicitar una Residencia de Trabajo por cuenta ajena.

Si migraste a España con un visado de estudios, este permiso te autoriza la estancia en el país hasta la finalización de tu formación. Sin embargo, al concluir tus estudios, es importante conocer las alternativas disponibles para continuar en España de manera legal. Una de las opciones más viables es la modificación a una residencia de trabajo por cuenta ajena. Este tipo de residencia te permitirá no solo continuar en el país, sino también integrarte en el mercado laboral y desarrollar tu carrera profesional en un entorno estable y regulado. Para solicitar esta modificación, es necesario estar trabajando en España o, por lo menos, contar con una oferta de empleo. Esto significa que el proceso no es automático, sino que requiere de una planificación previa y el cumplimiento de ciertos requisitos legales. Esta autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena tiene una duración inicial de un año, con posibilidad de renovación hasta por cuatro años, siempre que se continúe cumpliendo con las condiciones establecidas por la normativa vigente. Asimismo, podrá solicitarse dentro de los 60 días previos a la caducidad de la TIE o bien dentro de los 90 días posteriores a la caducidad de tu autorización de estancia por estudios. Las autoridades han hecho énfasis en que, una vez solicitada esta modificación, se considerará prorrogada la vigencia de la autorización de estancia hasta que la Oficina de Extranjería emita la resolución correspondiente. ¿Cuáles son los requisitos para la modificación de Estancia a Residencia de Trabajo por Cuenta Ajena? Para solicitar este cambio, debes cumplir con los siguientes requisitos: Acreditar la culminación de los estudios. Carecer de antecedentes penales en España y en los países donde hayas residido en los últimos cinco años. Abonar las tasas correspondientes para la tramitación de la autorización de residencia y trabajo. Contar con un contrato de trabajo en vigor o con una oferta de trabajo con contrato firmado por el empleador y el trabajador. El salario ofertado debe ser igual o superior al salario mínimo interprofesional. Y en caso de contratos a tiempo parcial, la retribución debe cumplir con el salario mínimo en cómputo anual. El empleador debe estar inscrito en la Seguridad Social, al corriente de sus obligaciones fiscales y contar con medios suficientes para mantener el puesto de trabajo ofertado. Si el empleador es una persona física, debe acreditar ingresos suficientes para asumir el pago del salario pactado, asegurando al menos el 100% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) si no tiene familiares a su cargo. Si la unidad familiar incluye más miembros, los ingresos requeridos se incrementan según el número de dependientes. Si es necesario por el puesto de trabajo a ocupar, se debe tener la capacitación y titulación necesaria debidamente homologada en España. Familiares de Estudiantes Los familiares que han residido contigo en España durante tu estancia por estudios, cuando tú haces la solicitud de modificación a residencia de trabajo, ellos podrán solicitar una residencia por reagrupación familiar inicial. Para ello, deben cumplir con ciertos requisitos fundamentales, como no contar con antecedentes penales, además, es imprescindible disponer de una vivienda adecuada y demostrar la existencia de medios económicos suficientes para el sostenimiento del núcleo familiar, y finalmente, el pago de la tasa correspondiente al procedimiento para formalizar la solicitud de reagrupación. Es fundamental seguir el procedimiento adecuado y cumplir con todos los requisitos exigidos para garantizar el éxito de la solicitud, además, si cuentas con familiares que dependen de ti, la opción de reagrupación familiar te permitirá mantener la unidad y estabilidad de tu núcleo familiar en España. Modificar tu estatus de estancia por estudios a una residencia de trabajo por cuenta ajena es una gran oportunidad para establecerte y mantenerte en España de manera legal y con estabilidad laboral. No solo implica un cambio de estatus migratorio, sino que también representa un paso significativo en tu integración dentro de la sociedad española, y es el inicio del camino para la posterior obtención de la nacionalidad española por residencia. ¿Tienes dudas? ¡Reserva tu asesoría y comienza un proceso migratorio exitoso! Varias modalidades Online vía Zoom Presencial en nuestra oficina en Madrid RESERVAR Asesórate con nosotros y evita complicaciones en tus solicitudes. Si necesitas ayuda con el proceso, en AMS Abogados te ofrecemos asesoría especializada para gestionar tu solicitud y garantizar que todo el trámite se realice de manera eficiente y sin contratiempos, contáctanos contacto@amsabogados.com AMS Abogados contacto@amsabogados.com

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Informe de Vida Laboral en España

El informe de vida laboral es un documento oficial emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social que recoge el historial de actividad laboral de una persona dentro del sistema de la Seguridad Social en España. Este informe detalla, en orden cronológico, todas las altas y bajas registradas en los distintos regímenes de cotización, permitiendo conocer el número de días trabajados y cotizados a lo largo de la vida laboral del ciudadano. Así como el tiempo total cotizado, el informe proporciona información relevante sobre cada período trabajado, así como la empresa empleadora, el tipo de contrato, la base de cotización, el régimen aplicable (régimen general, autónomos, agrario, entre otros), y otros aspectos fundamentales para el cálculo de prestaciones sociales. ¿Para qué sirve el Informe de Vida Laboral? Este documento resulta de gran utilidad para diversos trámites administrativos, ya que permite acreditar la vida laboral de una persona, verificar si se han realizado correctamente las cotizaciones por parte de los empleadores y comprobar si se cumplen los requisitos necesarios para acceder a determinados derechos y beneficios sociales, como la jubilación, incapacidad, pensiones o prestaciones por desempleo. Es importante destacar que este informe no incluye información sobre los regímenes especiales de los funcionarios civiles del Estado, las Fuerzas Armadas y la Administración de Justicia, ni sobre períodos trabajados en el extranjero. Además de su función de consulta, este informe sirve como prueba documental ante organismos públicos o privados para acreditar la experiencia laboral, facilitando trámites como la solicitud de créditos, procesos de selección de empleo o cualquier gestión que requiera certificar la actividad laboral y los periodos cotizados. También permite detectar posibles errores o datos omitidos, brindando la oportunidad de solicitar correcciones ante la Seguridad Social en caso de inconsistencias. ¿Qué información específica contiene el Informe de Vida Laboral? El informe incluye los siguientes apartados: Régimen de cotización (general, autónomos, agrario, entre otros). Empresa o situación relacionada al alta. Fechas de alta y baja y período total cotizado. Tipo de contrato y coeficiente de parcialidad en caso de trabajos a tiempo parcial. Grupo de cotización, que indica la categoría profesional. También cuenta con notas aclaratorias para facilitar la interpretación de los datos. ¿Quiénes pueden solicitarlo? Cualquier persona que haya estado afiliada en algún momento a la Seguridad Social puede solicitar su informe de vida laboral. ¿Cómo solicitar el informe de vida laboral online? El documento puede obtenerse de forma rápida y sencilla a través del portal Import@ss de la Seguridad Social. Para acceder al documento, se pueden utilizar distintos métodos de autenticación, como el Certificado Digital  o DNI electrónico, el sistema Cl@ve (Cl@ve PIN o Cl@ve Permanente) o la opción de vía SMS, siempre que el número de teléfono del solicitante esté registrado en la Seguridad Social. También existe la posibilidad de solicitar el envío del informe por correo postal a través del portal de la Seguridad Social. En conclusión, el informe de vida laboral es una herramienta fundamental para cualquier trabajador, ya que proporciona un registro detallado de su historial de trabajo; y en razón de la digitalización de los servicios de la Seguridad Social, los ciudadanos pueden acceder a su informe de manera rápida y segura sin salir de casa. ¿Tienes dudas? ¡Reserva tu asesoría y comienza un proceso migratorio exitoso! Varias modalidades Online vía Zoom Presencial en nuestra oficina en Madrid RESERVAR En un entorno laboral en constante cambio, disponer de este informe actualizado garantiza un mejor control sobre los derechos y obligaciones del trabajador dentro del sistema de Seguridad Social. Si necesitas obtener tu informe de vida laboral o tienes dudas sobre cómo interpretar su contenido, en AMS Abogados estamos aquí para asesorarte en cada paso del proceso. AMS Abogados contacto@amsabogados.com

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Todo lo que debes saber sobre la Demanda de Empleo en España

La demanda de empleo es la solicitud que realiza un trabajador, ya sea desempleado o no, ante una Oficina de los Servicios Públicos de Empleo (SEPE) con el objetivo principal de obtener un puesto de trabajo. Sin embargo, hay otros casos en los que resulta obligatorio estar registrado como demandante de empleo, como es el de aquellas personas que perciben o van a percibir prestaciones por desempleo. ¿Cómo inscribirse como demandante de empleo? Es necesario cumplir con ciertos requisitos, como contar con un documento de identidad (Documento Nacional de Identidad (DNI) para españoles; Certificado de registro de ciudadano de la UE en España para los nacionales de la Unión Europea; y, para los demás extranjeros no europeos la Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE)  y tener la edad laboral mínima de 16 años. De igual forma, es importante tomar en cuenta que, al inscribirse, el solicitante deberá proporcionar información relevante para mejorar su perfil profesional, como las condiciones de trabajo deseadas, como el tipo de jornada y horario; la zona geográfica donde desea buscar empleo; su nivel de formación, incluyendo títulos académicos, cursos realizados e idiomas que domina; la experiencia profesional previa y las ocupaciones específicas en las que busca empleo. ¿Dónde y cómo realizar la Demanda de Empleo? La inscripción debe realizarse en la Oficina de Empleo correspondiente al domicilio del solicitante. Se puede solicitar cita previa de forma presencial o telefónica a través de la Oficina Virtual. También es posible realizar la demanda de empleo por internet sin necesidad de acudir a la oficina física, seleccionando la cita previa telefónica. El Documento DARDE Al registrarse como demandante de empleo, se emite el DARDE (Documento de Alta y Renovación de la Demanda de Empleo). Este documento tiene una validez temporal y, si se quiere mantener el alta, es obligatorio renovarlo periódicamente en las fechas indicadas en el mismo. ¿Cómo renovar la Demanda de Empleo? A través de internet, ingresando en la Oficina Virtual con el NIF/NIE y el número de teléfono registrado, o a través del certificado digital. De forma presencial en la Oficina Emplea correspondiente, presentando identificación. Clasificación de los demandantes de Empleo Desde mayo de 2004, las solicitudes de empleo se clasifican en tres categorías: Ocupados: que incluye a personas que ya tienen un empleo, pero buscan mejorar su situación laboral o compatibilizarlo con otro trabajo. Con disponibilidad limitada: que agrupa a demandantes sin empleo que buscan condiciones especiales de trabajo, como teletrabajo o empleo en el extranjero. Demandantes de Empleo No Ocupados (DENOS), que abarca a personas consideradas paradas según las estadísticas del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), así como a otros colectivos, como estudiantes o trabajadores eventuales con subsidios. Importancia de la Demanda de Empleo La clasificación y registro de demandantes de empleo no solo facilita la intermediación laboral, sino que también permite distribuir los Fondos de Políticas Activas de Empleo a las Comunidades Autónomas. Esto forma parte del Programa Nacional de Reformas de España, con el objetivo de mejorar la empleabilidad y la inserción laboral de los ciudadanos. ¿Tienes dudas? ¡Reserva tu asesoría y comienza un proceso migratorio exitoso! Varias modalidades Online vía Zoom Presencial en nuestra oficina en Madrid RESERVAR En resumen, la demanda de empleo es una herramienta clave para aquellas personas que buscan acceder o mejorar su situación en el mercado laboral, ofreciendo un mecanismo estructurado para conectar a los trabajadores con oportunidades de empleo adecuadas a sus perfiles y necesidades. AMS Abogados contacto@amsabogados.com

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Nueva instrucción sobre Asilo en 2025 España: ¿Un cambio real?

El Ministerio del Interior ha publicado recientemente una nueva instrucción que introduce cambios y aclaraciones clave en el procedimiento de solicitud de protección internacional en España. Como bien sabemos, el derecho de asilo está garantizado por la Constitución y la Ley 12/2009, pero la implementación de estas normativas ha generado dudas y diferencias en la práctica. En este artículo, analizaremos los principales aspectos de esta nueva instrucción y cómo afecta a los solicitantes de protección internacional. Ver instrucción (pdf) 1. Acceso al procedimiento: ¿Eliminación de barreras administrativas? Uno de los cambios más relevantes introducidos por la nueva instrucción es la garantía de un acceso más ágil y equitativo al procedimiento de asilo, eliminando ciertas barreras administrativas que dificultaban la solicitud. En este sentido, ahora es posible solicitar asilo en cualquier punto autorizado, sin que sea requisito obligatorio estar empadronado en una determinada localidad. Este cambio es especialmente significativo, ya que anteriormente algunas oficinas y comisarías exigían prueba de residencia a través del certificado de empadronamiento lo que representaba un obstáculo para muchas personas que se encontraran recién llegando al país y no contaban con un lugar de residencia fija. Asimismo, ya no es imprescindible presentar un pasaporte u otros documentos de identidad para formalizar la solicitud. En su lugar, se aceptará que tú como solicitante puedas, incluso, suministrar de manera verbal tus datos en caso de no contar con la documentación que te identifique. Esto supone una mejora para quienes han tenido que huir de su país de origen sin la posibilidad de recuperar sus documentos, garantizando que ninguna persona quede excluida del proceso por falta de documento de identidad. Otro aspecto clave de la nueva normativa es que se prohíben las valoraciones previas que puedan derivar en rechazos arbitrarios. En la práctica, esto significa que ninguna solicitud podrá ser desestimada en el primer contacto con la Administración por considerarse que su motivación para solicitar asilo no es suficientemente justificada, la Oficina de Asilo y Refugio (OAR) es únicamente la encargada de evaluar cada caso y decidir sobre su admisión o denegación, asegurando que todas las solicitudes sean debidamente tramitadas. Estos cambios buscan reducir las dificultades que muchos solicitantes enfrentaban anteriormente, cuando el acceso al procedimiento estaba condicionado por la disponibilidad de citas, la exigencia de documentos no requeridos por la ley o la discrecionalidad de los funcionarios a la hora de aceptar las solicitudes. Con esta nueva instrucción, se pretende garantizar que cualquier persona que necesite protección internacional pueda acceder al proceso de manera efectiva y sin obstáculos injustificados. 2. Formalización de la solicitud y entrevista. El procedimiento de asilo debe realizarse en condiciones que garanticen la confidencialidad y el respeto a los derechos fundamentales del solicitante, y la nueva instrucción refuerza este principio estableciendo una serie de medidas para asegurar que el proceso sea seguro, justo y homogéneo en todo el territorio español. En primer lugar, la formalización de la solicitud debe llevarse a cabo en un entorno que garantice la privacidad y confidencialidad. Esto implica que las entrevistas no deben realizarse en espacios abiertos o compartidos, sino en lugares adecuados donde la persona solicitante pueda expresar libremente su situación sin temor a represalias o presiones externas. Además, se refuerza el derecho a contar con un intérprete que hable un idioma que el solicitante comprenda, esto es fundamental para que la persona pueda relatar su experiencia con precisión y sin malentendidos, asegurando que toda la información relevante quede debidamente registrada en su expediente. Otro aspecto clave de la nueva normativa es la garantía de asistencia jurídica gratuita para quienes la requieran, todo solicitante podrá recibir apoyo legal mediante un abogado de oficio o mediante entidades especializadas en derechos humanos y migración. Esto es especialmente relevante para quienes desconocen cómo formalizar su solicitud de protección internacional y requieren orientación para hacerlo de manera correcta. Asimismo, la instrucción establece medidas especiales de protección para personas en situación de vulnerabilidad, en estos casos, las autoridades deberán adoptar protocolos específicos que prioricen su seguridad y bienestar, asegurando que reciban el apoyo necesario durante todo el procedimiento. De esta manera, se busca garantizar el acceso igualitario a la solicitud de protección internacional en todo el territorio español, reforzando los principios de dignidad, justicia y derechos humanos a lo largo del proceso. 3. Documentación y derechos durante la tramitación Una vez se haya iniciado el proceso, recibirás un documento que acredite tu situación y te permitirá permanecer legalmente en España mientras se resuelve tu caso, la nueva instrucción refuerza este aspecto con medidas que buscan brindar mayor seguridad jurídica y evitar complicaciones administrativas. Se recalca la entrega de un documento provisional, conocido como “Hoja Blanca”, que certifica la solicitud de protección internacional y te resguarda contra una posible expulsión. Este documento es fundamental, ya que permite a los solicitantes estar de forma legal en España mientras se estudia su caso, y tras un período determinado podrás solicitar la “Tarjeta Roja”, un documento renovable que otorga derechos adicionales, como la autorización para trabajar. De igual forma, la nueva normativa facilita la corrección de errores administrativos, si un solicitante se percata de inconsistencias en su información personal dentro de la solicitud (como nombre, fecha de nacimiento o nacionalidad), podrá modificar sus datos sin inconveniente alguno, y de este modo se busca evitar situaciones en las que errores en la inscripción puedan derivar en complicaciones legales o retrasos en el procedimiento. Y, por último, se aclara un punto que en el pasado generó dudas, y es en el caso de que el asilo sea concedido, el solicitante podrá conservar su pasaporte del país de origen, esto pone fin a la incertidumbre de muchas personas que temían perder su documentación nacional tras recibir la protección internacional en España. 4. Plazos y resolución de solicitudes Según la ley, el plazo máximo de resolución de una solicitud de asilo es de seis meses, aunque en la práctica este período suele alargarse considerablemente, es por ello que la nueva instrucción hace énfasis en la importancia de agilizar el proceso y

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