¿Puedo solicitar el visado de estudios siendo turista en España? 2025
España se ha convertido en uno de los destinos favoritos para quienes desean empezar o continuar sus estudios, y no es para menos: universidades reconocidas, gran variedad de programas académicos y una calidad de vida que atrae a estudiantes de todo el mundo. Pero ¿qué pasa si llegaste a España como turista y luego decidiste que quieres estudiar aquí? ¿Es posible gestionar una autorización de estancia por estudios sin regresar a tu país? La respuesta es sí, pero con condiciones claras que debes cumplir. ¿Puedo solicitar la estancia por estudios si entré como turista? Sí, puedes hacerlo, pero hay que tener en cuenta dos aspectos fundamentales: El tiempo en que presentas tu solicitud. El tipo de estudios que vas a realizar. El nuevo Reglamento de Extranjería, que entrará en vigor este 20 de mayo de 2025, establece normas más precisas sobre quiénes pueden solicitar esta autorización desde dentro de España. ¿Cuándo debo presentar la solicitud? Hay dos plazos importantes que no puedes pasar por alto: Primero, debes hacer tu solicitud en los primeros 30 días de estancia legal de turista en España. Segundo, la solicitud debe hacerse con al menos dos meses de antelación al inicio de los estudios. Si no respetas estos plazos, tu solicitud puede ser rechazada sin posibilidad de subsanación mediante recurso administrativo o judicial. ¿Qué estudios me permiten solicitar la tarjeta de estudiante desde España? Aunque la ley prevé distintos tipos de estudios para obtener la autorización, solo algunos son válidos si estás en España como turista: Estudios universitarios (Grados, Másteres, Doctorados). Especializaciones en el ámbito sanitario. Formación que conduzca a una certificación técnica o habilitación profesional completa. Otras formaciones como cursos de idiomas, voluntariados, o certificados profesionales no se pueden solicitar desde España si estás con una estancia de corta duración. Requisitos para obtener un permiso de estudios: Si ya tienes claro que tu programa académico es válido y estás dentro del plazo legal, debes cumplir con los siguientes requisitos: Estar admitido en un centro de estudios autorizado, ya sea público o privado. Disponer de medios económicos suficientes: al menos el 100% del IPREM mensual , que en 2025 equivale a 600 euros al mes. Contar con un seguro médico público o privado que cubra toda la estancia y ofrezca las mismas coberturas que a un ciudadano español. Si tu estancia por estudios en España es superior a seis meses, también necesitarás: Un certificado médico que acredite que no padeces enfermedades que puedan afectar a la salud pública. Un certificado de antecedentes penales (si eres mayor de edad). ¿Dónde y cómo se presenta la solicitud? La autorización de estancia por estudios se solicita en la Oficina de Extranjería correspondiente a tu lugar de residencia o al centro de estudios. Puedes presentarla: Personalmente de forma presencial. Por vía electrónica, a través de la plataforma Mercurio, de forma personal o a través de abogados. Una vez presentada, la Oficina evaluará tu caso y emitirá una resolución: Si la resolución es favorable, deberás acudir a la comisaría de policía para obtener tu tarjeta física (TIE). Si es desfavorable, podrás presentar un recurso para intentar corregir el problema, siempre que el error sea subsanable. ¿Tienes dudas? ¡Reserva tu asesoría y comienza un proceso migratorio exitoso! Varias modalidades Online vía Zoom Presencial en nuestra oficina en Madrid RESERVAR ¿Dónde y cómo se presenta la solicitud? En AMS Abogados te acompañamos durante todo el proceso para que puedas presentar tu solicitud correctamente y sin errores. Si estás en España como turista y quieres quedarte a estudiar, es fundamental planificar bien los tiempos y cumplir con todos los requisitos. Escríbenos y te asesoramos paso a paso para que puedas continuar con tus estudios. Migrar es cosa seria AMS Abogados contacto@amsabogados.com
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