Falta de jurisdicción de los tribunales laborales para ordenar la reincorporación de trabajadores sujetos a inamovilidad laboral.

Tribunal
Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela, Sala de Casación Social
Sentencia
N.º 440
Fecha
Expediente
AA60-S-2024-000632
Ponente
Carlos Alexis Castillo Ascanio
Partes
Jairo José Rincones Sánchez y otros contra Comercial y Técnica del Aluminio (C.T.A.), C.A. y Suramericana de Aleaciones Laminadas (SURAL), C.A.
Tribunal
Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela, Sala de Casación Social
Sentencia
N.º 440
Fecha
Expediente
AA60-S-2024-000632
Ponente
Carlos Alexis Castillo Ascanio
Partes
Jairo José Rincones Sánchez y otros contra Comercial y Técnica del Aluminio (C.T.A.), C.A. y Suramericana de Aleaciones Laminadas (SURAL), C.A.

Resumen

La reincorporación de trabajadores amparados por inamovilidad laboral, cuando se encuentra vinculada con la suspensión de la relación laboral o el cierre de la entidad de trabajo, corresponde a la Inspectoría del Trabajo y no a los tribunales laborales.

“La reincorporación de los trabajadores se trata de situaciones de hecho que no atañen al Poder Judicial.”

Contexto

Un grupo de trabajadores de Comercial y Técnica del Aluminio (C.T.A.), C.A. solicitó su reincorporación a los puestos de trabajo y el pago de los salarios y beneficios dejados de percibir, debido a la paralización de sus actividades laborales y al cierre de la empresa. Los trabajadores habían acudido previamente ante la Inspectoría del Trabajo, pero posteriormente acudieron a los tribunales laborales para solicitar su reincorporación. Los tribunales de instancia consideraron que podían conocer la controversia.

La Sala de Casación Social determinó que el asunto no constituía simplemente un problema de competencia entre tribunales laborales, sino de jurisdicción, pues la legislación laboral atribuye a la Inspectoría del Trabajo la facultad de intervenir en este tipo de situaciones cuando se encuentran involucrados trabajadores protegidos por inamovilidad laboral. Por ello, la Sala declaró que el Poder Judicial carecía de jurisdicción para conocer la solicitud de reincorporación y ordenó remitir las actuaciones para que se realizara la consulta correspondiente.

Importancia del precedente

La sentencia es importante porque delimita las funciones de la Inspectoría del Trabajo frente a los tribunales laborales, estableciendo que determinadas solicitudes de reincorporación de trabajadores protegidos por inamovilidad deben ser conocidas inicialmente por la autoridad administrativa laboral. Además, la decisión aclara la diferencia entre jurisdicción y competencia, pues en este caso no correspondía determinar cuál tribunal debía conocer la causa, sino establecer que la materia pertenecía inicialmente a la Administración Laboral.

  • Derecho Laboral
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