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visa nomada digital en españa

Visa de Nómada Digital en España

Desde el año 2022 la visa o residencia para nómada digital es una de las opciones más buscadas y valoradas por las personas que trabajan a distancia para venir a España, principalmente por las facilidades que brinda la residencia en cuanto a viajar dentro de la Unión Europea y la posibilidad de obtener la nacionalidad española en poco tiempo. En este artículo queremos explicarte todo lo que necesitas para aplicar a esta residencia, desde qué documentos necesitas, desde dónde puedes aplicar y ciertos detalles que no están descritos en la ley pero que hemos aprendido en las distintas solicitudes que hemos realizado. ¿Qué requisitos debes cumplir y dónde puedes hacer tu solicitud? En primer lugar, debes saber que esta residencia está enfocada para profesionales que tengan una relación laboral (empleados) o profesional (contratistas o prestadores de servicios) con una empresa extranjera desde hace al menos 3 meses, la cual debe existir desde hace al menos un año (y debes poder demostrarlo) y que tus ingresos mensuales (salario u honorarios) deben ser equivalentes a dos veces el Salario Mínimo Interprofesional (SMI), lo que equivale, en el 2025, a unos 2.763€. Esta residencia se puede solicitar desde el Consulado de España donde residas legalmente o, también puedes hacerlo desde España siempre que estés en situación regular. Información a tener en cuenta Ahora que conoces lo básico sobre esta residencia, queremos que sepas cuáles son los detalles a tener en cuenta sobre algunos de los requisitos: 1. Formación o experiencia profesional: Para empezar, como comentábamos, esta residencia está enfocada en profesionales, es decir, debes tener un título universitario que acredite que tienes la preparación necesaria para ejercer tu trabajo. En caso de que no lo tengas, la Ley permite que demuestres, con cualquier medio posible, que tienes un mínimo de 3 años de experiencia en trabajos o roles similares. Respecto a esa demostración de experiencia, en la práctica hemos encontrado ciertos problemas, principalmente porque la evaluación de la suficiencia o el peso de las pruebas se realiza bajo un criterio enteramente subjetivo y deja espacio a que el funcionario que revise tu expediente determine si tienes o no la experiencia necesaria o si los documentos que aportas son suficientes para probarla. 2. Trabajador remoto vs. autónomo contratista: Luego tenemos la diferencia entre ser un empleado de la empresa extranjera o ser un contratista que le presta servicios. Siendo la primera la forma más complicada de aplicar a este tipo de residencia ya que implica un compromiso de la empresa a designar un representante legal en España e inscribirse en la Seguridad Social para pagar por tus cotizaciones, y esto es algo que la mayoría de las empresas extranjeras no están dispuestas a hacer. Mientras que, si haces la solicitud como contratista, es mucho más fácil ya que sólo tienes que firmar una carta de compromiso de hacerte autónomo una vez que obtengas el permiso de residencia. 3. Ingresos mínimos y familiares acompañantes: Por otra parte, es importante que sepas que respecto del salario que tienes que percibir nosotros solemos redondearlo a 2.800€ por el titular, y que, si quieres agregar familiares acompañantes como cónyuge e hijos, debes sumar un 75% del SMI por el primer familiar acompañante (aproximadamente 1.040€) y 25% del SMI (alrededor de 350€) por cada familiar adicional. Pero si tus ingresos mensuales no llegan a ese monto, podrás complementarlo con tus ahorros, a través de estados de cuenta bancarios. 4. Diferencias entre solicitar la visa de Nómada Digital dentro o fuera de España: Las dos principales diferencias son el tiempo de respuesta y la duración del permiso: Si la solicitas desde España, la resolución debe emitirse en un plazo máximo de 20 días hábiles. Si no hay respuesta, la solicitud se considera aprobada por silencio administrativo positivo. En este caso, se concede por tres años. Si la haces desde el Consulado, el proceso inicial es similar, pero deberás esperar luego la emisión y estampado de la visa, lo que puede demorar más tiempo. Al solicitarla de esta manera, la residencia solo se otorga por un año inicial. Beneficios Adicionales: Nacionalidad española muy cerca Una de las mejores ventajas de este permiso es que se considera como residencia legal en España, lo que permite a los beneficiarios solicitar la nacionalidad española por residencia en el futuro. El plazo general para obtener la nacionalidad es de diez años, pero se reduce a dos años para ciudadanos de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial o Portugal. ¿Tienes dudas? ¡Reserva tu asesoría y comienza un proceso migratorio exitoso! Varias modalidades Online vía Zoom Presencial en nuestra oficina en Madrid RESERVAR Solicitar la residencia como nómada digital en España es una gran oportunidad, pero también un proceso que exige conocimiento y estrategia. En AMS Abogados hemos gestionado con éxito numerosos expedientes de este tipo, y conocemos de primera mano cómo presentar tu solicitud para aumentar tus posibilidades de aprobación. Si quieres hacerlo con tranquilidad y seguridad, deja que nuestro equipo te acompañe en todo el proceso hasta obtener tu permiso de residencia agendando una cita con nosotros o contactándonos por correo. Migrar es cosa seria. AMS Abogados contacto@amsabogados.com

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Retrasos Generalizados en las oficinas de Extranjería en España

Ya han pasado casi seis meses desde la entrada en vigor del nuevo Reglamento de la Ley de Extranjería en España, que trajo consigo nuevas figuras de visados y residencias, además de la promesa de reducir los tiempos de resolución de muchos trámites. Después de 5 meses trabajando con el nuevo Reglamento para las residencias y visados de nuestros clientes, podemos afirmar con certeza cuáles son los principales retrasos que se están produciendo en las Oficinas de Extranjería. En este artículo te contamos cuáles son, por qué ocurren y te ofrecemos algunas recomendaciones para sobrellevar mejor la espera y entender mejor el panorama actual. Retrasos Generalizados Desde la entrada en vigor de este nuevo reglamento, en mayo de este año, estamos viendo un retraso generalizado en todos los trámites. Esto resulta curioso, ya que, una de las promesas de esta nueva normativa, precisamente era acortar los tiempos de tramitación y acelerar los procesos, pero en la práctica vemos como sucede lo contrario. Sin embargo, es importante que sepas que mientras tu solicitud se encuentre en trámite, tu estatus en España es regular y en determinados casos podrás trabajar mientras esperas. Sabemos que la espera puede ser frustrante, pero te animamos a tener paciencia, aunque los retrasos son evidentes, las Oficinas de Extranjería están obligadas a responder siempre, y eventualmente recibirás tu resolución. Retrasos en la Residencia para Familiares de Españoles Entre las nuevas residencias que se establecen, está la residencia para familiares de ciudadanos españoles, para la que está prevista que el plazo de resolución será de un máximo de 60 días. Sin embargo, en la práctica, hemos observado que de las solicitudes presentadas para nuestros clientes han tardado entre 4 y 5 meses en resolverse, superando ampliamente el plazo previsto por la normativa. Asimismo, se establece que, de forma previa a recibir la resolución definitiva, el solicitante debe recibir el resguardo de “entrada a trámite” de la solicitud, que es un documento que expresamente señala que el solicitante está autorizado legalmente para trabajar mientras el expediente está en proceso. Esta emisión debería ser inmediata o al menos rápida, pero en la práctica está demorando entre 1 y 3 meses. Esto, junto a los retrasos generalizados en los otros trámites de extranjería ponen en evidencia lo poco preparada que estaba la Administración para asumir esta nueva ola de solicitudes. Nuevo visado de búsqueda de empleo para Hijos y Nietos de Españoles de origen También está la nueva visa de búsqueda de empleo para hijos y nietos de españoles de origen, que se trata de un visado que se tramita desde Consulado, otorgando al solicitante un permiso para residir 1 año en España mientras realiza la búsqueda de un empleo. Una vez consiga una oferta de trabajo, este podrá hacer una modificación a una residencia de Trabajo por cuenta Ajena. Por cómo está prevista, es una considerada una excelente opción para las personas que no pudieron formalizar la solicitud de nacionalidad española por Ley de Memoria Democrática o que, sí lo hicieron, pero se encuentran a la espera de su partida literal española, pudieran beneficiarse de este visado. No obstante, si bien es cierto que se encuentra contemplado este visado en el nuevo reglamento, en la práctica aún no se puede aplicar, ya que, el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, debe publicar una orden autorizándola e indicando las forma de reglamentar esta solicitud, pero aún no lo ha hecho y no hay indicios de cuándo se podrá optar. No hay Citas de Huellas Por otra parte, entre los retrasos y demoras que vemos por parte de la Administración Pública respecto a los trámites de extranjería, también encontramos dilación en el proceso posterior a recibir la concesión de un visado o residencia. El siguiente paso es tomar una cita para la toma de huellas y posterior a ella transcurridos 30 días podrás recoger tu TIE (Tarjeta de Identidad de Extranjero). Actualmente, se está evidenciando una falta de citas para esta toma de huellas, lo cual representa un problema importante. La normativa establece un plazo máximo de 30 días para realizar este trámite desde la fecha de notificación de la resolución, o, en el caso de los visados, dentro de los primeros 30 días tras la llegada a España. Pero ¿Qué ocurre si no consigo en la cita de huellas en los primeros 30 días? En principio, al ser un fallo de la administración esto no afecta al solicitante y no traerá ningún inconveniente. Nuestra recomendación es ser persistente al momento de buscar tu cita en la página web, y si únicamente encuentras una fecha lejana en el calendario, es preferible asegurarla pues lo importante es tomar la cita dentro de esos 30 días y no que la fecha de la misma sea dentro de ese plazo y continuar revisando con frecuencia, ya que en ocasiones suelen liberarse citas más cercanas al plazo requerido. ¿Tienes dudas? ¡Reserva tu asesoría y comienza un proceso migratorio exitoso! Varias modalidades Online vía Zoom Presencial en nuestra oficina en Madrid RESERVAR Es importante que sepas que a pesar de todos los retrasos que pueda tener la Administración y las oficinas de Extranjería, si tu expediente esta bien presentado, obtendrás tu resolución y podrás hacer vida en España. Recuerda que un error en tu expediente puede retrasar aún más tu solicitud. Te invitamos a tomar una cita con nuestros abogados donde analizaremos tu caso y te indicaremos cuales son tus opciones y que requisitos necesitas para cada una de ellas. Migrar es cosa seria.   AMS Abogados contacto@amsabogados.com

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¿Necesitan visado los ciudadanos de Guinea Ecuatorial para viajar España?

Guinea Ecuatorial forma parte de los países que necesitan solicitar un visado para poder entrar a España como turista, este es conocido como Visado de Estancia o Visado Schengen. Este visado permite estancias en el espacio Schengen de hasta 90 días (en cualquier período de 180 días) por razones de turismo, negocios, visita familiar, tratamiento médico, para realizar estudios, prácticas no laborales o actividades de voluntariado de duración no superior a 90 días, o para otras actividades que no tengan carácter lucrativo; así como el tránsito territorial y aeroportuario. Con esta visa se autoriza a viajar a cualquiera de los Estados Schengen y transitar por su territorio, pero no implica un derecho automático de entrada en el área Schengen. Las autoridades de frontera pueden denegar la entrada si no se aportan los requisitos de entrada a España. Si eres ecuatoguineano o resides en Guinea Ecuatorial, tu nacionalidad no está entre las eximidas del visado, y planeas visitar España como turista en 2025, es esencial que estés bien informado sobre los requisitos de entrada actualizados y las recomendaciones para que no tengas inconveniente a la hora de entrar al país y puedes disfrutar de tu viaje. Procedimiento de Solicitud en el Consulado General de España en Malabo Lo primero que debes saber es que la solicitud debe hacerse de forma personal, solo en caso de que el solicitante sea menor de edad, sus representantes legales deben presentar la solicitud en su nombre. En el Consulado de España en Malabo no es necesario agendar una cita, sencillamente debes dirigirte a las oficinas de BLS Internacional ubicadas frente de la residencia Soraya, Caracolas, Inmueble San Valentín, 1er Piso en Malabo y llevar toda la documentación que te explicamos seguidamente. Requisitos Generales para la Solicitud de la Visa Schengen Los requisitos generales que aplican para todos los casos en los que se necesite una visa Schengen: Pasaporte en regla: Tu pasaporte debe cumplir con los siguientes criterios: No debe tener más de 10 años desde su emisión. Debe tener una vigencia superior a 3 meses a partir de la fecha en la que tienes pensado dejar el espacio Schengen. Debe contar con al menos dos páginas sin sellos. Una fotografía tamaño carnet: Deberás presentar una fotografía reciente, a color y en fondo blanco, que cumpla con los estándares de fotografía para pasaportes. En las fotografías de los menores de edad no debe verse el cuerpo de un adulto sosteniéndolo. Prueba de residencia en la demarcación consular: Debes acreditar tu residencia legal en Guinea Ecuatorial presentando tu documento de identidad vigente y fotocopia del mismo. Si no eres ecuatoguineano, pero resides en Guinea Ecuatorial, debes llevar original y fotocopia de tu permiso de residencia vigente.  Formulario de visa Schengen: Se trata del formulario de solicitud que debe ser cumplimentado y firmado. Te dejamos el enlace para acceder al mismo: Formulario de visa Schengen. Documentos que acrediten el motivo del viaje y la intención de retorno: Para esto, es recomendable llevar constancias de trabajo, títulos de propiedad y cualquier documento que te ayude a demostrar tu intención de regresar antes del cumplimiento del tiempo permitido por el visado. Seguro de viaje Schengen: Debes contratar un seguro de viaje para posibles eventualidades durante tu estancia en el Espacio Schengen, con una cobertura mínima de 30.000 euros en gastos médicos, incluidos los de emergencia y repatriación. Esta póliza es uno de los requisitos obligatorios para obtener la visa, y puedes contratar este tipo de seguro en compañías especializadas como AXA Schengen Prueba de solvencia económica: Deberás demostrar que cuentas con los recursos económicos suficientes para cubrir los gastos de tu estancia en España. La cantidad mínima a demostrar es de 118,40 € (65.600 Francos CFA) por persona por día, con un mínimo de 1.184€ (590.400 Francos CFA) independientemente de la duración del viaje. Es fundamental presentar documentos como extractos bancarios, cartas de empleo, o cualquier otro que acrediten tu solvencia. Justificación de alojamiento: Necesitarás presentar un documento que demuestre dónde te alojarás durante tu estancia en España, y esto puede ser a través de la reserva de un hotel, reserva de un piso turístico a través de aplicaciones como Airbnb o similares, o a través de una carta de invitación de un familiar o amigo que resida en España. Es importante tomar en cuenta que, si tu viaje es con fines migratorios, la recomendación es que evites venir con una carta de invitación, ya que esta indica las fechas en las que supuestamente entras y sales de España, si no la cumples, pueden multar a la persona que solicitó la carta. Billete de ida y vuelta: Deberás presentar una reserva de vuelo o billete de ida y vuelta que coincida con las fechas de tu viaje planeado. ¿Cuándo debo hacer la solicitud del visado? La solicitud de la visa Schengen debe presentarse entre 6 meses y 15 días antes de la fecha prevista para tu viaje, es recomendable iniciar el proceso lo antes posible para evitar contratiempos, pues los tiempos de respuesta en cada Consulado suelen variar en razón de la carga de trabajo que tengan. Costo de la Tasa Consular del visado: 80 EUROS (52.000 Francos CFA) para personas mayores de 12 años. 40 EUROS (26.000 Francos CFA) para niños entre 6 y 11 años. Gratis para menores de 6 años. Adicionalmente, BLS Internacional aplica una tasa de 15,45€ (10.135 Francos CFA) por sus servicios. Ten en cuenta que el pago de las tasas debe hacerse preferiblemente en efectivo y debes llevar el importe exacto. Recomendaciones Te recomendamos que solicites el visado con suficiente antelación, ya que, como comentamos anteriormente, los Consulados pueden tardar más de lo habitual en procesar las solicitudes debido a la alta demanda que tienen. Además, es crucial que mantengas todos los requisitos de la visa actualizados y vigentes al ingresar a España, ya que si un funcionario en el aeropuerto, por ejemplo, te solicita verificar los fondos económicos, estos deben coincidir o ser superiores a los que presentaste durante la solicitud

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Cómo obtener una residencia en España por Matrimonio en 2025

El Ministerio de Seguridad Social y Migraciones publicó el pasado 30 de junio de 2025 una excelente noticia para los cónyuges de españoles en el extranjero, y es que ya no es necesario inscribir el matrimonio en España para que el cónyuge extranjero obtenga un permiso de residencia. En este artículo te explicamos porqué esto agiliza el trámite y los pasos que debes seguir para obtener una residencia a través de tu cónyuge español. Así como la importancia que aún tiene inscribir tu matrimonio en España. ver aclaratoria Antes de la aclaratoria, el proceso para obtener un permiso de residencia a través de tu cónyuge español era necesario hacer la inscripción del matrimonio en el Registro Civil en España. Este paso previo en la práctica tardaba alrededor de 9 meses. En caso de no estar registrado, esa acta de matrimonio celebrado en el extranjero solo te servía como una prueba de tu relación, que debías acompañar de otras para demostrar que efectivamente tenías una vida en pareja con tu cónyuge. Pero ahora, con la nueva aclaratoria del Ministerio de Seguridad Social y Migraciones no es necesario, pues la residencia de familiares de ciudadanos españoles se podrá solicitar con esa acta de matrimonio celebrado en el extranjero, que otorgará el carácter de cónyuge, como, a nuestro criterio, ha debido ser siempre. Sin embargo, esa acta debe cumplir con los siguientes requisitos: Debe estar debidamente legalizada y apostillada. Si el acta de matrimonio no está en castellano debe estar traducida. ¿Cómo es el procedimiento? Hay tres formas de proceder y dependerán de donde estén el español y el cónyuge extranjero: Si ambos están fuera de España, cualquiera de los dos debe hacer la solicitud a través del Consulado de España en el país de residencia. Si ambos están en España, cualquiera de los dos debe dirigirse a la Oficinas de Extranjería que corresponda a su domicilio para realizar la solicitud de la residencia. Si el español está en España y el cónyuge extranjero fuera, quien debe hacer la solicitud es el español en la Oficinas de Extranjería de su domicilio en España, y una vez aprobada la residencia, el cónyuge debe ir al Consulado a que le estampen la visa en el pasaporte. Estas tres formas de solicitar la residencia hacen que sea bastante flexible y dependerá de cada situación. Si no hay prisa y ambos se encuentran fuera de España, hacer la solicitud en el Consulado es una muy buena opción para que el cónyuge del español al llegar al país, ya cuente con su permiso de residencia y trabajo. ¿Qué documentos debo presentar en el Consulado u Oficina de Extranjería? Acta de matrimonio legalizada y apostillada. Antecedentes penales del cónyuge extranjero apostillados. Pasaporte completo del extranjero. DNI o pasaporte del español. ¿Cuánto tiempo tardan en responder la solicitud? Una vez iniciada la solicitud, el tiempo indicado por ley para que sea resuelta es de 2 meses; sin embargo, en la práctica vemos que puede llegar en algunos casos hasta cuatro a seis meses. Una vez aprobada esta residencia se otorgará por cinco años. Importancia de inscribir el matrimonio en el Registro Civil Si bien para efectos de obtener un permiso de residencia y trabajo no es necesario que tu matrimonio esté inscrito en España, sí es recomendable hacerlo, ya que, una vez que obtengas tu residencia, si registraste tu matrimonio podrás gozar de otros beneficios, como: El cónyuge extranjero podrá optar a la nacionalidad española después de un (1) año de residencia y no de dos (2) años (en caso de nacionales de países iberoamericanos) o de 10 años como indica la norma general. Podrán hacer la declaración de impuestos de forma conjunta, y esto puede significar beneficios fiscales. Si uno solo de los cónyuges trabaja, podrá inscribir al otro como beneficiario de la Seguridad Social. Con esta nueva instrucción se busca facilitar mucho más la solicitud de residencia para los cónyuges de ciudadanos españoles. Sin embargo, reiteramos que nuestra recomendación es realizar la inscripción ante el Registro Civil para gozar de los demás beneficios. También es importante que sepas que puedes hacer el registro del matrimonio en cualquier momento, tanto de forma paralela a la solicitud de tu residencia, como después de aprobada. ¿Tienes dudas? ¡Reserva tu asesoría y comienza un proceso migratorio exitoso! Varias modalidades Online vía Zoom Presencial en nuestra oficina en Madrid RESERVAR En AMS Abogados podemos ayudarte para la solicitud de la residencia por vía Consular o ya en territorio español. Además, podemos ayudarte también con la inscripción del matrimonio ante el Registro Civil. Migrar es cosa seria AMS Abogados contacto@amsabogados.com

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¿Qué es la Hoja Blanca en España?

La Hoja Blanca es un documento provisional que se entrega a los extranjeros que han iniciado el proceso de solicitud de protección internacional o asilo en España. Aunque su nombre oficial es “Documento Acreditativo de la Condición de Solicitante en Tramitación de Protección Internacional”, se le conoce comúnmente como “hoja blanca” o “carta blanca”. Este documento representa el primer paso para regularizar tu situación en España si tu proceso es de solicitud de Protección Internacional (Asilo) y permite permanecer legalmente en el país mientras se resuelve tu solicitud. Además, otorga ciertos derechos fundamentales como el acceso a la sanidad pública, la educación y, posteriormente, el derecho a trabajar. ¿Quién puede solicitar la Hoja Blanca? Cualquier persona que se encuentre en España y pueda justificar un temor fundado de persecución en su país de origen —por motivos como raza, religión, nacionalidad, orientación sexual, opiniones políticas o pertenencia a un grupo social— puede iniciar una solicitud de protección internacional, según el artículo 13.4 de la Constitución Española, la Ley 12/2009, y otras normas complementarias. Este proceso no está restringido por nacionalidad. En la práctica, muchas de las personas que solicitan asilo provienen de países en conflicto, con situaciones de violencia generalizada, desastres naturales o crisis humanitarias. ¿Cómo se obtiene la Hoja Blanca? Solicitar una cita previa El procedimiento inicia con la manifestación de voluntad de solicitar protección internacional, para la que se debe pedir una cita para formalizar la solicitud. Actualmente, conseguir cita puede resultar complicado debido a la alta demanda y a los fraudes en el sistema. En 2025, la mayoría de las citas no se gestionan por internet, sino a través de correo electrónico, teléfono o directamente en las comisarías de policía u oficinas de extranjería. Presentar la solicitud La solicitud se presenta presencialmente, normalmente en la Oficina de Asilo y Refugio (OAR), en las comisarías autorizadas o en los Centros de Internamiento de Extranjeros (CIE). También puede realizarse en puestos fronterizos si la persona llega al país e intenta entrar sin permiso previo. Entrevista personal Durante este proceso se realiza una entrevista individual, donde el solicitante debe explicar los motivos por los que solicita protección internacional. Es fundamental proporcionar un relato que explique el porqué de la solicitud. En esa cita, el solicitante recibirá la Hoja Blanca, también conocida como “resguardo de presentación de solicitud de protección internacional”, junto con el Número de Identificación de Extranjero (NIE). ¿Qué ocurre después de solicitar asilo? El procedimiento tiene dos fases: Fase 1: Admisión a trámite En esta etapa, se evalúa si España es competente para examinar la solicitud. Si se admite a trámite, se entrega la tarjeta roja. Si se rechaza, la persona deberá abandonar el país salvo que cuente con otro permiso de residencia. Fase 2: Evaluación del caso Una vez admitida, comienza la evaluación de fondo. En teoría, la resolución debe emitirse en un plazo máximo de 6 meses (o 3 si es procedimiento de urgencia), aunque en la práctica puede tardar hasta 18 o 24 meses. ¿Qué derechos te otorga la Hoja Blanca? Aunque es un documento provisional, la Hoja Blanca ofrece importantes garantías legales y sociales: Protección contra la deportación, mientras se estudia tu caso. Acceso a la sanidad pública y la educación, en igualdad de condiciones con los ciudadanos españoles. Permiso de trabajo: A partir del sexto mes desde la fecha de solicitud de asilo, puedes trabajar legalmente en España. Asistencia jurídica gratuita. Acceso a servicios sociales y programas de integración. Acceso a la Seguridad Social. Apertura de cuentas bancarias. ¿Qué validez tiene la Hoja Blanca? Duración inicial: 9 meses. Si no se ha emitido una resolución negativa en el primer mes, la hoja sigue vigente. ¿Qué sucede después de la Hoja Blanca? Tu expediente será enviado por la Policía a la Oficina de Asilo y Refugio, que tramitará el procedimiento a través del Ministerio del Interior. En la práctica, aunque la ley establece un plazo de seis meses para resolver la solicitud, pero este plazo puede extenderse incluso más de un año. En ese caso, al transcurrir los nueves meses de vigencia que tiene este documento, deberás renovarlo, y es cuando te entregarán la “Tarjeta roja”.  La respuesta la recibirás a través de una resolución, que puede ser de alguna de las siguientes maneras: Aprobarse tu solicitud: obtendrás la condición de refugiado o de protección subsidiaria. Denegarse la solicitud, pero concediéndote una residencia por razones humanitarias Ser denegada: deberás abandonar el país en un plazo de 15 días, salvo que interpongas un recurso o tengas otro tipo de autorización de residencia. ¿Tienes dudas? ¡Reserva tu asesoría y comienza un proceso migratorio exitoso! Varias modalidades Online vía Zoom Presencial en nuestra oficina en Madrid RESERVAR La Hoja Blanca es mucho más que un simple papel: es la puerta de entrada al sistema de protección internacional en España, y representa el comienzo de un proceso que puede darte estatus legal en el país. En AMS Abogados podemos ayudarte en cada paso de tu solicitud de Protección Internacional. Contamos con experiencia en el acompañamiento legal de personas que necesitan protección y una nueva oportunidad en España. Migrar es cosa seria AMS Abogados contacto@amsabogados.com

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¿Puedo solicitar el visado de estudios siendo turista en España? ams abogados

¿Puedo solicitar el visado de estudios siendo turista en España? 2025

España se ha convertido en uno de los destinos favoritos para quienes desean empezar o continuar sus estudios, y no es para menos: universidades reconocidas, gran variedad de programas académicos y una calidad de vida que atrae a estudiantes de todo el mundo. Pero ¿qué pasa si llegaste a España como turista y luego decidiste que quieres estudiar aquí? ¿Es posible gestionar una autorización de estancia por estudios sin regresar a tu país? La respuesta es sí, pero con condiciones claras que debes cumplir. ¿Puedo solicitar la estancia por estudios si entré como turista? Sí, puedes hacerlo, pero hay que tener en cuenta dos aspectos fundamentales: El tiempo en que presentas tu solicitud. El tipo de estudios que vas a realizar. El nuevo Reglamento de Extranjería, que entrará en vigor este 20 de mayo de 2025, establece normas más precisas sobre quiénes pueden solicitar esta autorización desde dentro de España. ¿Cuándo debo presentar la solicitud? Hay dos plazos importantes que no puedes pasar por alto: Primero, debes hacer tu solicitud en los primeros 30 días de estancia legal de turista en España. Segundo, la solicitud debe hacerse con al menos dos meses de antelación al inicio de los estudios. Si no respetas estos plazos, tu solicitud puede ser rechazada sin posibilidad de subsanación mediante recurso administrativo o judicial. ¿Qué estudios me permiten solicitar la tarjeta de estudiante desde España? Aunque la ley prevé distintos tipos de estudios para obtener la autorización, solo algunos son válidos si estás en España como turista: Estudios universitarios (Grados, Másteres, Doctorados). Especializaciones en el ámbito sanitario. Formación que conduzca a una certificación técnica o habilitación profesional completa. Otras formaciones como cursos de idiomas, voluntariados, o certificados profesionales no se pueden solicitar desde España si estás con una estancia de corta duración. Requisitos para obtener un permiso de estudios: Si ya tienes claro que tu programa académico es válido y estás dentro del plazo legal, debes cumplir con los siguientes requisitos: Estar admitido en un centro de estudios autorizado, ya sea público o privado. Disponer de medios económicos suficientes: al menos el 100% del IPREM mensual , que en 2025 equivale a 600 euros al mes. Contar con un seguro médico público o privado que cubra toda la estancia y ofrezca las mismas coberturas que a un ciudadano español. Si tu estancia por estudios en España es superior a seis meses, también necesitarás: Un certificado médico que acredite que no padeces enfermedades que puedan afectar a la salud pública. Un certificado de antecedentes penales (si eres mayor de edad). ¿Dónde y cómo se presenta la solicitud? La autorización de estancia por estudios se solicita en la Oficina de Extranjería correspondiente a tu lugar de residencia o al centro de estudios. Puedes presentarla: Personalmente de forma presencial. Por vía electrónica, a través de la plataforma Mercurio, de forma personal o a través de abogados. Una vez presentada, la Oficina evaluará tu caso y emitirá una resolución: Si la resolución es favorable, deberás acudir a la comisaría de policía para obtener tu tarjeta física (TIE). Si es desfavorable, podrás presentar un recurso para intentar corregir el problema, siempre que el error sea subsanable. ¿Tienes dudas? ¡Reserva tu asesoría y comienza un proceso migratorio exitoso! Varias modalidades Online vía Zoom Presencial en nuestra oficina en Madrid RESERVAR ¿Dónde y cómo se presenta la solicitud? En AMS Abogados te acompañamos durante todo el proceso para que puedas presentar tu solicitud correctamente y sin errores. Si estás en España como turista y quieres quedarte a estudiar, es fundamental planificar bien los tiempos y cumplir con todos los requisitos. Escríbenos y te asesoramos paso a paso para que puedas continuar con tus estudios. Migrar es cosa seria AMS Abogados contacto@amsabogados.com

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¿Terminaste tus estudios en España? Puedes modificar tu estatus y solicitar una Residencia de Trabajo por cuenta ajena.

Si migraste a España con un visado de estudios, este permiso te autoriza la estancia en el país hasta la finalización de tu formación. Sin embargo, al concluir tus estudios, es importante conocer las alternativas disponibles para continuar en España de manera legal. Una de las opciones más viables es la modificación a una residencia de trabajo por cuenta ajena. Este tipo de residencia te permitirá no solo continuar en el país, sino también integrarte en el mercado laboral y desarrollar tu carrera profesional en un entorno estable y regulado. Para solicitar esta modificación, es necesario estar trabajando en España o, por lo menos, contar con una oferta de empleo. Esto significa que el proceso no es automático, sino que requiere de una planificación previa y el cumplimiento de ciertos requisitos legales. Esta autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena tiene una duración inicial de un año, con posibilidad de renovación hasta por cuatro años, siempre que se continúe cumpliendo con las condiciones establecidas por la normativa vigente. Asimismo, podrá solicitarse dentro de los 60 días previos a la caducidad de la TIE o bien dentro de los 90 días posteriores a la caducidad de tu autorización de estancia por estudios. Las autoridades han hecho énfasis en que, una vez solicitada esta modificación, se considerará prorrogada la vigencia de la autorización de estancia hasta que la Oficina de Extranjería emita la resolución correspondiente. ¿Cuáles son los requisitos para la modificación de Estancia a Residencia de Trabajo por Cuenta Ajena? Para solicitar este cambio, debes cumplir con los siguientes requisitos: Acreditar la culminación de los estudios. Carecer de antecedentes penales en España y en los países donde hayas residido en los últimos cinco años. Abonar las tasas correspondientes para la tramitación de la autorización de residencia y trabajo. Contar con un contrato de trabajo en vigor o con una oferta de trabajo con contrato firmado por el empleador y el trabajador. El salario ofertado debe ser igual o superior al salario mínimo interprofesional. Y en caso de contratos a tiempo parcial, la retribución debe cumplir con el salario mínimo en cómputo anual. El empleador debe estar inscrito en la Seguridad Social, al corriente de sus obligaciones fiscales y contar con medios suficientes para mantener el puesto de trabajo ofertado. Si el empleador es una persona física, debe acreditar ingresos suficientes para asumir el pago del salario pactado, asegurando al menos el 100% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) si no tiene familiares a su cargo. Si la unidad familiar incluye más miembros, los ingresos requeridos se incrementan según el número de dependientes. Si es necesario por el puesto de trabajo a ocupar, se debe tener la capacitación y titulación necesaria debidamente homologada en España. Familiares de Estudiantes Los familiares que han residido contigo en España durante tu estancia por estudios, cuando tú haces la solicitud de modificación a residencia de trabajo, ellos podrán solicitar una residencia por reagrupación familiar inicial. Para ello, deben cumplir con ciertos requisitos fundamentales, como no contar con antecedentes penales, además, es imprescindible disponer de una vivienda adecuada y demostrar la existencia de medios económicos suficientes para el sostenimiento del núcleo familiar, y finalmente, el pago de la tasa correspondiente al procedimiento para formalizar la solicitud de reagrupación. Es fundamental seguir el procedimiento adecuado y cumplir con todos los requisitos exigidos para garantizar el éxito de la solicitud, además, si cuentas con familiares que dependen de ti, la opción de reagrupación familiar te permitirá mantener la unidad y estabilidad de tu núcleo familiar en España. Modificar tu estatus de estancia por estudios a una residencia de trabajo por cuenta ajena es una gran oportunidad para establecerte y mantenerte en España de manera legal y con estabilidad laboral. No solo implica un cambio de estatus migratorio, sino que también representa un paso significativo en tu integración dentro de la sociedad española, y es el inicio del camino para la posterior obtención de la nacionalidad española por residencia. ¿Tienes dudas? ¡Reserva tu asesoría y comienza un proceso migratorio exitoso! Varias modalidades Online vía Zoom Presencial en nuestra oficina en Madrid RESERVAR Asesórate con nosotros y evita complicaciones en tus solicitudes. Si necesitas ayuda con el proceso, en AMS Abogados te ofrecemos asesoría especializada para gestionar tu solicitud y garantizar que todo el trámite se realice de manera eficiente y sin contratiempos, contáctanos contacto@amsabogados.com AMS Abogados contacto@amsabogados.com

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Informe de Vida Laboral en España

El informe de vida laboral es un documento oficial emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social que recoge el historial de actividad laboral de una persona dentro del sistema de la Seguridad Social en España. Este informe detalla, en orden cronológico, todas las altas y bajas registradas en los distintos regímenes de cotización, permitiendo conocer el número de días trabajados y cotizados a lo largo de la vida laboral del ciudadano. Así como el tiempo total cotizado, el informe proporciona información relevante sobre cada período trabajado, así como la empresa empleadora, el tipo de contrato, la base de cotización, el régimen aplicable (régimen general, autónomos, agrario, entre otros), y otros aspectos fundamentales para el cálculo de prestaciones sociales. ¿Para qué sirve el Informe de Vida Laboral? Este documento resulta de gran utilidad para diversos trámites administrativos, ya que permite acreditar la vida laboral de una persona, verificar si se han realizado correctamente las cotizaciones por parte de los empleadores y comprobar si se cumplen los requisitos necesarios para acceder a determinados derechos y beneficios sociales, como la jubilación, incapacidad, pensiones o prestaciones por desempleo. Es importante destacar que este informe no incluye información sobre los regímenes especiales de los funcionarios civiles del Estado, las Fuerzas Armadas y la Administración de Justicia, ni sobre períodos trabajados en el extranjero. Además de su función de consulta, este informe sirve como prueba documental ante organismos públicos o privados para acreditar la experiencia laboral, facilitando trámites como la solicitud de créditos, procesos de selección de empleo o cualquier gestión que requiera certificar la actividad laboral y los periodos cotizados. También permite detectar posibles errores o datos omitidos, brindando la oportunidad de solicitar correcciones ante la Seguridad Social en caso de inconsistencias. ¿Qué información específica contiene el Informe de Vida Laboral? El informe incluye los siguientes apartados: Régimen de cotización (general, autónomos, agrario, entre otros). Empresa o situación relacionada al alta. Fechas de alta y baja y período total cotizado. Tipo de contrato y coeficiente de parcialidad en caso de trabajos a tiempo parcial. Grupo de cotización, que indica la categoría profesional. También cuenta con notas aclaratorias para facilitar la interpretación de los datos. ¿Quiénes pueden solicitarlo? Cualquier persona que haya estado afiliada en algún momento a la Seguridad Social puede solicitar su informe de vida laboral. ¿Cómo solicitar el informe de vida laboral online? El documento puede obtenerse de forma rápida y sencilla a través del portal Import@ss de la Seguridad Social. Para acceder al documento, se pueden utilizar distintos métodos de autenticación, como el Certificado Digital  o DNI electrónico, el sistema Cl@ve (Cl@ve PIN o Cl@ve Permanente) o la opción de vía SMS, siempre que el número de teléfono del solicitante esté registrado en la Seguridad Social. También existe la posibilidad de solicitar el envío del informe por correo postal a través del portal de la Seguridad Social. En conclusión, el informe de vida laboral es una herramienta fundamental para cualquier trabajador, ya que proporciona un registro detallado de su historial de trabajo; y en razón de la digitalización de los servicios de la Seguridad Social, los ciudadanos pueden acceder a su informe de manera rápida y segura sin salir de casa. ¿Tienes dudas? ¡Reserva tu asesoría y comienza un proceso migratorio exitoso! Varias modalidades Online vía Zoom Presencial en nuestra oficina en Madrid RESERVAR En un entorno laboral en constante cambio, disponer de este informe actualizado garantiza un mejor control sobre los derechos y obligaciones del trabajador dentro del sistema de Seguridad Social. Si necesitas obtener tu informe de vida laboral o tienes dudas sobre cómo interpretar su contenido, en AMS Abogados estamos aquí para asesorarte en cada paso del proceso. AMS Abogados contacto@amsabogados.com

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Situación Nacional de Empleo en España: Contratación de extranjeros.

España se ha consolidado como un destino atractivo para trabajadores extranjeros debido a su estabilidad económica, oportunidades laborales y calidad de vida. Sin embargo, para acceder al mercado laboral español, los ciudadanos de terceros países deben cumplir con ciertos requisitos legales, entre ellos, la situación nacional de empleo. Se trata de un concepto poco conocido ni definido, sin embargo, es fundamental para determinar si un trabajador extranjero puede ser contratado en España y bajo qué circunstancias. En este artículo, desglosamos todo lo que necesitas saber sobre la situación nacional de empleo y sus implicaciones para la contratación de extranjeros. ¿Qué es la Situación Nacional de Empleo? La situación nacional de empleo es un mecanismo a través del que se busca regular y priorizar la contratación de trabajadores españoles y extranjeros residentes en España, que se encuentran en el mercado laboral español, antes de permitir la contratación de extranjeros no comunitarios que viven fuera del país. En otras palabras, antes de contratar a un trabajador extranjero que no reside en España, un empleador debe demostrar que no hay candidatos nacionales o residentes legales disponibles para ocupar el puesto. Este criterio se basa en dos aspectos principales: El Catálogo de Ocupaciones de Difícil Cobertura: Publicado trimestralmente por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), este listado identifica los sectores y profesiones donde existe escasez de trabajadores en España. La acreditación de falta de candidatos: Si el puesto no está en el catálogo de difícil cobertura, el empleador debe justificar que no hay trabajadores disponibles en el mercado español mediante un informe de insuficiencia de demandantes emitido por los Servicios Públicos de Empleo.  El catálogo de ocupaciones de difícil cobertura Este catálogo es una herramienta clave para agilizar la contratación de trabajadores extranjeros en sectores donde hay una falta evidente de mano de obra. Se elabora con información recopilada por los Servicios Públicos de Empleo y suele incluir profesiones relacionadas con la construcción (albañiles, montadores de estructuras metálicas, carpinteros), la industria tecnológica y científica (ingenieros, desarrolladores de software) y el sector marítimo (marineros, oficiales de cubierta). Si un puesto está incluido en este catálogo, la contratación de un trabajador extranjero se facilita, ya que no es necesario justificar la falta de trabajadores españoles para ese empleo. Proceso de contratación de un extranjero No Comunitario que no reside en España Si una empresa en España desea contratar a un trabajador que es nacional de un país fuera de fuera de la Unión Europea y el puesto no está en el catálogo de difícil cobertura, debe seguir estos pasos: Publicar la oferta de empleo: La empresa debe registrar la oferta en el portal oficial Empléate y en los Servicios Públicos de Empleo.  Evaluar candidatos locales: durante un período de ocho días, los Servicios Públicos de Empleo intentarán cubrir la vacante con trabajadores disponibles en España, y el empleador debe revisar sus currículos a los fines de determinar si se adecúan o no al puesto de trabajo. Certificación de insuficiencia de demandantes: si no hay candidatos adecuados, el SEPE emite un informe mediante el que concede la autorización para la contratación del extranjero no residente. Solicitud de permiso de residencia y trabajo: con el informe favorable, la empresa presenta la solicitud de autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena, ante la Oficina de Extranjería que corresponda. Trámite de visado: una vez aprobada la autorización por parte de Extranjería, el trabajador extranjero debe solicitar un visado en el Consulado General de España de su país de origen. Ingreso a España y formalización del contrato: tras obtener el visado, el trabajador puede viajar a España y completar los trámites de empadronamiento y afiliación a la Seguridad Social.  Casos en los que la Situación Nacional de Empleo no es un obstáculo Existen diversas excepciones en las que la situación nacional de empleo no se aplica, y en consecuencia, se permite la contratación de extranjeros no residentes sin necesidad de demostrar la falta de candidatos nacionales; tales como: Familiares reagrupados de residentes en España: cónyuges o hijos de extranjeros con autorización renovada, hijos de españoles nacionalizados y familiares reagrupados en edad laboral. Renovaciones de permisos de trabajo: quienes ya tienen una autorización previa de trabajo y desean renovarla. Extranjeros que tengan a su cargo hijos o padres de nacionalidad española. Los hijos y nietos de ciudadanos españoles de origen. Trabajadores esenciales: incluye personal técnico especializado, científicos, investigadores y profesionales altamente cualificados. Montaje de instalaciones y equipos productivos: se permite la contratación de extranjeros cuando se trata del ensamblaje o modernización de infraestructuras. Extranjeros en circunstancias especiales: personas que hayan sido reconocidas como apátridas, refugiadas o víctimas de trata de seres humanos o violencia de género. Nacionales de países con acuerdos bilaterales con España: Chile y Perú tienen acuerdos que permiten a sus ciudadanos trabajar en España sin restricciones por la situación nacional de empleo. Situación especial para peruanos y chilenos: beneficiados por Convenios bilaterales. Los ciudadanos de Perú y Chile tienen ventajas significativas para acceder al mercado laboral español debido a los acuerdos bilaterales firmados entre estos países y España. Algunas de estas ventajas son: No están sujetos a la situación nacional de empleo, es decir, pueden ser contratados sin necesidad de que la empresa justifique la falta de candidatos nacionales. Permiso de trabajo sin oferta previa: pueden solicitar la autorización de residencia y trabajo desde su país de origen sin necesidad de contar con un contrato de trabajo inicial. Reconocimiento de cualificaciones profesionales: sus títulos y certificaciones pueden ser convalidados en España de manera más sencilla que los de otros países no comunitarios. Como indicamos al inicio, la situación nacional de empleo es un criterio clave que regula la contratación de trabajadores extranjeros en España, con el objetivo de equilibrar la oferta y demanda de empleo en el país. Sin embargo, existen múltiples excepciones y vías legales que permiten a los extranjeros acceder al mercado laboral español, especialmente para ciertos colectivos como los profesionales altamente cualificados y los ciudadanos de Chile y Perú. ¿Tienes dudas? ¡Reserva tu asesoría

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¿Cómo obtener residencia por trabajo en España? Residencia por Cuenta Ajena.

Si quieres trabajar en España y una empresa está interesado en contratarte, la residencia de trabajo por cuenta ajena puede ser la opción adecuada para ti. Se trata de una autorización de residencia temporal y trabajo que solicita una empresa o empleador para contratar a un trabajador extranjero que puede ser otorgada hasta por 5 años. Te explicamos quién puede solicitarla, cuáles son los requisitos y cómo es el proceso. Uno de los principales obstáculos en la contratación de extranjeros en origen es la situación nacional de empleo, que es una medida que tiene como objetivo proteger el mercado laboral local, limitando la contratación de trabajadores extranjeros cuando existen candidatos residentes o españoles para esa oferta laboral. Sin embargo, existen excepciones en las que esta situación no se toma en cuenta, permitiendo la contratación de extranjeros sin necesidad de justificar la inexistencia de candidatos locales. Entre estas excepciones destacan: Ciudadanos de Chile y Perú, debido a los acuerdos bilaterales que España mantiene con estos países. Hijos y nietos de españoles de origen, quienes pueden acceder más fácilmente a permisos de residencia y trabajo en reconocimiento a sus vínculos familiares con España. Ocupaciones incluidas en los catálogos de difícil cobertura. Supuestos de cobertura de puestos de confianza o directivos. De igual forma, estas no son las únicas excepciones, ya que cuando vienes de un año con un permiso de residencia diferente, como puede ser la Visa No Lucrativa por ejemplo, o después de haber culminado satisfactoriamente el curso por el que te otorgaron una visa de estudios, puedes modificar a este tipo de residencia sin que la Situación Nacional de empleo sea tomada en cuenta. ¿Quién puede solicitar la residencia por cuenta ajena? Este permiso de residencia y trabajo está destinado a ciudadanos extranjeros no comunitarios residentes y no residentes en España. Es decir, no pueden acceder a este tipo de autorización quienes sean ciudadanos de la Unión Europea (UE), del Espacio Económico Europeo (EEE) o de Suiza, ni sus familiares directos (que pueden acogerse a la Tarjeta de Familiar de Comunitario. Para poder acceder a este permiso, necesitas una oferta de trabajo en España y asegurarte de que cumples con los requisitos legales. Requisitos para obtener la residencia por cuenta ajena: Tanto el trabajador extranjero como el empleador deben cumplir con ciertos requisitos: Para el trabajador: No tener antecedentes penales en España ni en los países donde hayas residido en los últimos cinco años. No tener prohibida la entrada a España ni estar registrado como rechazable en el espacio Schengen. No haber asumido un compromiso de no retorno a España tras una salida voluntaria. Poseer la capacitación profesional requerida para el puesto de trabajo (títulos de estudios homologados si es necesario). Para el empleador o empresa: Presentar un contrato de trabajo firmado por ambas partes, que garantice al menos un año de duración y el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) íntegro, independientemente de las horas que vayas a trabajar. Estar inscrito en el sistema de Seguridad Social y estar al corriente de sus obligaciones fiscales y laborales. Tener solvencia económica suficiente para sostener el contrato y garantizar el pago del salario. En caso de ser un empleador individual, debe demostrar ingresos suficientes: 100% del IPREM si no tiene familiares a su cargo. 200% del IPREM si tiene un dependiente. 50% adicional por cada persona extra en la unidad familiar. ¿Cómo se solicita la residencia por cuenta ajena? En esta ocasión vamos a explicarte el proceso para personas contratadas en origen, es decir, desde el país donde residen a través del Consulado de España hasta que obtienen el permiso y llegan a España como residentes. El proceso de solicitud consta de varios pasos, y es la empresa (no el trabajador) quien debe iniciarlo, siguiendo este procedimiento que te explicamos en pasos sencillos: 1. Presentación de la solicitud La empresa o un representante debe presentar la solicitud ante la Oficina de Extranjería correspondiente. Puede hacerlo de manera telemática a través de la plataforma Mercurio. Documentos necesarios: Formulario oficial EX-03 (firmado por el empleador). Copia completa del pasaporte del trabajador. Documentos que acrediten la capacitación profesional del trabajador. Contrato de trabajo firmado, con las condiciones ajustadas a la normativa. Documentos fiscales de la empresa para demostrar solvencia económica. En algunos casos, es necesario presentar una oferta de empleo en “Empléate” para justificar la contratación, se trata de un portal de empleo del Ministerio de Trabajo. 2. Pago de tasas: La empresa y el trabajador deben abonar las tasas correspondientes: Tasa 790, código 052: se trata de la tasa prevista para la autorización de residencia temporal que debe paga el trabajador. Tasa 790, código 062: se trata de la tasa prevista para la autorización de trabajo que debe pagar la empresa, y su cantidad variará de acuerdo al salario previsto en el contrato. Si el trabajador no tiene Número de Identificación de Extranjero (NIE) antes de presentar la solicitud, estas tasas deben pagarse en un plazo de 10 días hábiles tras la admisión de la solicitud, pues es ese momento que Extranjería le asignará un NIE al extranjero. 3. Evaluación de la solicitud: La Oficina de Extranjería revisará la solicitud y verificará que se cumplen los requisitos. Y el plazo legal para resolverla es de tres meses desde la fecha en que se presenta la documentación completa. Si en este tiempo no hay respuesta, se puede considerar denegada por silencio administrativo, solo a efectos de que tengas la opción de presentar un recurso de reposición o contencioso administrativo, ambos procedimientos te permitirán pedir a la Administración que revise tu expediente con más detalle, que podría desembocar en una resolución favorable. Sin embargo, puede que no sea necesario, pues las Oficinas de Extranjería están obligadas a responder siempre, si no, estarían todos los trámites desistidos por la falta de respuesta dentro del tiempo de Ley, y no deben los solicitantes asumir las consecuencias de las faltas y demora de parte de la Administración. Es decir, la realidad es que, debido a la sobrecarga que puede

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