Cálculo del Cestaticket con base en el valor vigente al momento del pago.

Tribunal
Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela, Sala de Casación Social
Sentencia
N.º 712
Fecha
Expediente
2023-000340
Ponente
Carlos Castillo
Partes
David Rafael Ochoa Olivera contra Clínica Sanatrix, C.A. y otros
Tribunal
Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela, Sala de Casación Social
Sentencia
N.º 712
Fecha
Expediente
2023-000340
Ponente
Carlos Castillo
Partes
David Rafael Ochoa Olivera contra Clínica Sanatrix, C.A. y otros

Resumen

El beneficio de alimentación adeudado al trabajador debe calcularse tomando como referencia el valor vigente del cestaticket para el momento en que corresponda efectuar su pago, y no únicamente el monto que estaba vigente durante el período en que se generó la obligación.

“En tal sentido, dentro del marco normativo que regula este beneficio (…) su cuantificación se realice considerando valor vigente para el momento de su cumplimiento.”

Contexto

El ciudadano David Rafael Ochoa Olivera demandó a Clínica Sanatrix, C.A., entre otros conceptos, el pago del beneficio de alimentación que no le habría sido otorgado durante la relación laboral.

El tribunal superior había considerado procedente el pago del cestaticket, pero tomó como referencia para su cálculo el valor establecido en la normativa vigente para el período reclamado. La parte trabajadora recurrió en casación, cuestionando la forma en que había sido determinado el monto del beneficio.

La Sala de Casación Social consideró que el tribunal de alzada había aplicado incorrectamente la normativa, pues el artículo 34 del Reglamento de la Ley de Alimentación establece que, cuando el beneficio de alimentación no ha sido otorgado oportunamente, su cuantificación debe realizarse tomando en consideración el valor vigente para el momento de su cumplimiento.

Por ello, la Sala tomó en cuenta el valor que se encontraba vigente al momento de dictarse la sentencia recurrida y sostuvo que el beneficio debía ser calculado conforme al último ajuste aplicable. En consecuencia, declaró con lugar el recurso de casación, anuló la sentencia recurrida y declaró parcialmente con lugar la demanda.

Importancia del precedente

La sentencia es relevante porque establece que, cuando un patrono incumple oportunamente con el pago del cestaticket, la deuda no debe quedar congelada en el valor histórico del beneficio, sino que debe determinarse considerando el valor vigente al momento de su cumplimiento. De esta manera, se busca que el trabajador reciba efectivamente el beneficio que le correspondía, tomando en cuenta las modificaciones que haya experimentado durante el tiempo transcurrido.

Además, la decisión reafirma que el juez laboral debe aplicar de manera conjunta la normativa que regula el cestaticket y las disposiciones que establecen la forma de cuantificarlo cuando existe un incumplimiento patronal.

  • Derecho Laboral
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