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Ley de Nietos para Cubanos en la Habana y en Miami 2025

En octubre de 2022 se aprobó en España la Ley 20/2022, conocida como la Ley de Memoria Democrática o popularmente llamada “Ley de Nietos”.

Esta norma surgió con el objetivo de resarcir los daños sufridos por las familias afectadas por la Guerra Civil Española y la dictadura franquista, pues muchas de estas familias, perseguidas o forzadas al exilio, perdieron la nacionalidad española. Esta ley ofrece a sus descendientes la posibilidad de recuperarla y acceder a los beneficios inherentes a la ciudadanía española y europea.

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Para los cubanos, tanto en La Habana como en el Consulado de España en Miami o en cualquier otro Consulado, esta normativa representa una oportunidad única para recuperar su conexión con España y, al mismo tiempo, disfrutar de las ventajas de la nacionalidad española.

Procedimiento general de la Ley de Nietos

La Ley de Memoria Democrática establece tres supuestos principales para optar a la nacionalidad española:

  1. Descendientes de exiliados: Los nacidos fuera de España de padre, madre, abuelo o abuela que originalmente fueran españoles y que, como consecuencia del exilio por razones políticas, ideológicas, creencias o identidad sexual, perdieran o renunciaran a su nacionalidad.
  2. Descendientes de mujeres españolas: Hijos nacidos en el exterior de mujeres españolas que perdieron su nacionalidad por casarse con extranjeros antes de la entrada en vigor de la Constitución de 1978.
  3. Hijos mayores de edad de españoles que recuperaron la nacionalidad: Los hijos de mayores de edad cuyos padres recuperaron su nacionalidad bajo esta ley o bajo la Ley de Memoria Histórica de 2007.

Es importante destacar que, gracias a una modificación realizada pocos días después de la publicación de la ley, ya no es necesario demostrar que el familiar español sufrió exilio. Esto significa que ahora basta con presentar documentos que acrediten el vínculo familiar directo con el padre, madre, abuelo o abuela de origen español.

Es decir, el primer supuesto se ha dividido en dos partes, de la siguiente manera:

  • 1A: Para los nacidos fuera de España de padre, madre, abuelo o abuela que originalmente fueran españoles.
  • 1B: Para aquellas personas con padres o abuelos españoles que puedan demostrar que estos perdieron su nacionalidad en razón del exilio.

Este cambio simplifica enormemente el proceso y amplía el acceso a la nacionalidad para muchas personas. Sabiendo esto, vamos con los requisitos:

Requisitos para los Cubanos

Para los cubanos interesados en solicitar la nacionalidad española, los requisitos son claros y detallados:

  • Certificación literal de nacimiento española del padre, madre o abuelo/a. Si no se cuenta con este documento, se puede presentar una Fe de Bautismo emitida en España.
  • Certificado de nacimiento del solicitante. Este documento es esencial para demostrar el vínculo directo con el ciudadano español.
  • Documento de identidad del solicitante y una copia del mismo.
  • Certificado de nacimiento de los padres legalizado y apostillado, si la solicitud se realiza a través de los abuelos.
  • Legalización y apostilla de todos los documentos emitidos en Cuba. Los documentos emitidos en España no requieren legalización ni apostilla.
  • Documentos adicionales como certificados matrimoniales o de defunción pueden ser necesarios para reforzar la solicitud.

Es crucial que todos los documentos sean correctos y coherentes, y es muy importante que la solicitud se presente sin errores, pues esto ayudará a evitar retrasos.

Debido al gran número de ciudadanos cubanos que residen en los Estados Unidos, especialmente en el Estado de Florida, hemos recopilado las preguntas frecuentes más comunes realizadas por ellos al Consulado de España en Miami. Puedes consultarlas todas en esta página

Preguntas frecuentes del Consulado de España en Miami

  1. ¿Qué pasaporte debo incluir en mi solicitud, el cubano o el americano?

Puedes incluir cualquiera de los dos, o ambos si tienes doble nacionalidad. Lo importante es contar con todos los certificados y requisitos exigidos para presentar la solicitud.

  1. ¿Qué pasa con los bisnietos de españoles?

Lamentablemente, los bisnietos de españoles no pueden acceder directamente a la nacionalidad mediante esta ley. Solo podrán hacerlo si los padres o abuelos recuperaron su nacionalidad antes de fallecer. Si no es así, el bisnieto no podrá beneficiarse de la Ley de Nietos.

  1. ¿Quiénes pueden presentar la solicitud en el Consulado de España en Miami?

Aquellas personas que residan en Florida, Georgia o Carolina del Sur, sin importar su lugar de nacimiento. Por ejemplo, un cubano que viva en Miami debe presentar su expediente en el Consulado de España en esa ciudad.

No es necesario residir legalmente en Miami, pero se debe demostrar la residencia en uno de estos estados mediante documentos como facturas de servicios.

La nacionalidad española ofrece múltiples ventajas, como el derecho a residir y trabajar en España y otros países de la Unión Europea, la posibilidad de transmitir la nacionalidad a descendientes, la reunión familiar en Europa y un pasaporte que permite viajar a más de 150 países sin visado.

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La Ley de Nietos es una oportunidad única para los cubanos de conectar con su herencia española y aprovechar los beneficios de la nacionalidad. El plazo para presentar las solicitudes está vigente hasta octubre de 2025, por lo que es crucial actuar con prontitud y contar con una asesoría profesional adecuada para garantizar el éxito del trámite.

En AMS Abogados, somos especialistas en la tramitación de expedientes de la Ley de Memoria Democrática. Nuestro equipo de abogados se encarga de gestionar y presentar tu solicitud de manera precisa y sin errores, asegurando que obtengas tu nacionalidad española en el menor tiempo posible.

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