En España, en el ámbito de la migración y extranjería, el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) juega un papel crucial para la determinación de la elegibilidad de diversas residencias y visados. Desde el año 2004, el IPREM sirve como una referencia económica que reemplaza al Salario Mínimo Interprofesional en la asignación de ayudas, subvenciones y subsidios; y, para los extranjeros que buscan establecerse en España, es esencial comprender los requisitos económicos vinculados al IPREM, dado que estos criterios a menudo determinan la viabilidad de sus solicitudes.
Las autoridades de Extranjería frecuentemente requieren que, por ejemplo, los solicitantes de Visado de Estudios demuestren una capacidad económica equivalente al 100% del IPREM anual. Por otra parte, los solicitantes de un Visado de Residencia No Lucrativa, deben demostrar una capacidad económica equivalente al 400% del IPREM anual. Estas cifras son fundamentales para evaluar la solvencia económica del solicitante, asegurando que posee los recursos necesarios para residir en el país sin depender de la asistencia social. De manera más detallada, el IPREM se desglosa de la siguiente manera:
Cuantía del IPREM en el 2024 España
- Diarios: 20€
- Mensual: 600€
- Anual en 12 pagas: 7.200€
- Anual en 14 pagas: 8.400€
Para los trámites de extranjería, la normativa no especifica cuál es la modalidad a utilizar, respecto al número de pagas, sin embargo, en la práctica, la recomendación es que los cálculos para cubrir las exigencias financieras que los solicitantes deben cumplir se realicen en base a 14 pagas.
Residenicas que exigen demostración economicas basandose en el IPREM
- Visado de Estudios: Demostrar el 100% del IPREM anual (8.400 €)
- Visa de Residencia No Lucrativa: Demostrar el 400% del IPREM anual (33.600 €)
- Reagrupación Familiar: Para unidades familiares que incluyan dos miembros (reagrupante y reagrupado) demostrar 150 % del IPREM. Por cada miembro adicional se deberá sumar, el 50% del IPREM.
- Residencia para Búsqueda de Empleo: Demostrar el 100% del IPREM anual (8.400 €), o el 50% (4.200 €) si se acredita que cuentan con alojamiento.
- Residencia para Prácticas: Demostrar el 100% del IPREM anual (8.400 €), o el 50% (4.200 €) si se acredita que cuentan con alojamiento. Y si tiene familiares, debe demostrarse el 75% (6.300 €) por el primer familiar, y el 50% por cada uno adicional.
- Residencia para menores extranjeros no nacidos en España: el padre residente, deberá demostrar que cuenta con, por lo menos, el 150% del IPREM anual, equivalente a 12.600 €, si el núcleo familiar es de dos personas; por cada miembro adicional, se debe sumar el 50% del IPREM anual.
- Entre otras residencias.
¿Tienes dudas?
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