Residencia por Reagrupación Familiar
En España, la ley permite que los ciudadanos extranjeros que hayan vivido legalmente en el país durante al menos un año, y una vez renovada su residencia, puedan solicitar un permiso de residencia para sus familiares a través de un proceso de reagrupación. Los familiares que pueden ser reagrupados son el cónyuge o pareja registrada, los hijos del solicitante o de su cónyuge o pareja, y las personas menores de 18 años o discapacitados que estén bajo su tutela legal.
Además, la reagrupación también puede solicitarse para los padres del residente o su cónyuge o pareja, siempre y cuando el solicitante tenga una residencia de larga duración.
- Verificación de los requisitos.
- Revisión de toda la documentación a presentar.
- Preparación y presentación del expediente de solicitud.
- Toma de cita en oficina consular para el estampado del visado.
- Orientación para la toma de huellas y obtención de la Tarjeta de Identificación de extranjero (TIE).
¿Cómo es el proceso?
Propuesta de Servicios
Contáctanos para hacerte llegar toda la información referente al trámite y nuestros servicios.
Contratación
Una vez aceptada nuestra propuesta, te enviaremos el contrato de servicios y los pasos a seguir para iniciar tu trámite.
Tramitación de solicitud
Al recibir toda la documentación, presentaremos tu solicitud e iniciaremos tu expediente.
Resolución
Según la legislación española, la Administración tiene un plazo de 90 días para emitir la resolución correspondiente te concede la Residencia.