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Residencia de Personal Altamente Cualificado

Descripción
Nuestros servicios incluyen:

La Ley 14/2013 establece la posibilidad de obtener un permiso de residencia y trabajo a los profesionales extranjeros que cuenten con una oferta de trabajo en España para el desarrollo de una relación laboral o profesional en un puesto directivo o actividad para la que se requiera contar con cualificación de enseñanza superior o, excepcionalmente, se acredite un mínimo de tres años de experiencia profesional que pueda considerarse equiparable a dicha cualificación.

Adicionalmente, el salario bruto anual a devengar deberá ser de, al menos, 1,5 veces del salario promedio de la profesión a desempeñar.

Este tipo de residencia se otorga inicialmente por un año y es prorrogable por dos años más, siempre que se acredite que continúan las condiciones que dieron lugar a la primera concesión.

  • Verificación de los requisitos.
  • Revisión de toda la documentación a presentar.
  • Preparación y presentación del expediente de solicitud.
  • Toma de cita en oficina consular en los casos donde sea necesario.
  • Orientación para la toma de huellas y obtención de la Tarjeta de Identificación de extranjero (TIE).

¿Cómo es el proceso?

Propuesta de Servicios

Contáctanos para hacerte llegar toda la información referente al trámite y nuestros servicios.

Contratación

Una vez aceptada nuestra propuesta, te enviaremos el contrato de servicios y los pasos a seguir para iniciar tu trámite.

Tramitación de solicitud

Al recibir toda la documentación, presentaremos tu solicitud e iniciaremos tu expediente.

Resolución

Según la legislación española, la Administración tiene un plazo de 20 días hábiles para emitir la resolución correspondiente te concede la Residencia.